191 641-2002 - Prorrogan plazo para que el Banco Santander Central Hispano - Perú proceda a enajenar bienes inmuebles adjudicados en pago de deudas

Fecha de disposición24 Julio 2002
Fecha de publicación24 Julio 2002
Pág. 226994
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 24 de julio de 2002
Prorrogan plazo para que el Banco San-
tander Central Hispano - Perú proceda
a enajenar bienes inmuebles adjudica-
dos en pago de deudas
RESOLUCIÓN SBS Nº 641-2002
Lima, 9 de julio de 2002
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Santander Cen-
tral Hispano - Perú de prórroga del plazo para la enajena-
ción de los bienes adjudicados en cobro de acreencias
que forman parte del Anexo de la presente resolución,
conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley Nº
26702, Ley General del Sistema Financiero y del Siste-
ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y sus modificatorias, en adelante Ley
General;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 215º de la Ley General establece que
cuando como consecuencia del pago de una deuda con-
traída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique
en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la
empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de
un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta
Superintendencia por una sola vez y por un máximo de
seis (6) meses;
Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-2075-
2000 señalan que las solicitudes para prórroga del plazo
establecido en el Artículo 215º de la Ley General, debe-
rán ser presentadas con una anticipación de, por lo me-
nos, quince (15) días antes de su vencimiento, caso con-
trario será rechazada la solicitud;
Que, el numeral 6 de la mencionada circular estable-
ce adicionalmente que, para el caso de bienes inmue-
bles, deberá adjuntarse a la solicitud de prórroga una va-
luación del bien efectuada por un perito inscrito en el re-
gistro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario será
rechazada la solicitud;
Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular
establecen la constitución de provisiones equivalentes al
20 por ciento del valor de adjudicación o recuperación de
los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudi-
cados o recuperados, y de provisiones adicionales, con
requerimientos diferentes para bienes muebles e inmue-
bles;
Estando a lo informado por el Departamento de Eva-
luación del Sistema Financiero “D” mediante Informe Nº
DESF "D"-070-OT-2002 y con el visto bueno del Departa-
mento Legal;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden-
cia de Banca y Seguros, y sus modificatorias; y, en
virtud de las facultades delegadas mediante Resolu-
ción SBS Nº 807-99;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo
al que se refiere el Artículo 215º de la Ley General,
para que el Banco Santander Central Hispano - Perú
proceda a la enajenación de los bienes señalados en
el Anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- El Banco Santander Central Hispano -
Perú deberá proceder conforme a lo establecido en la
Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las corres-
pondientes provisiones con cargo a resultados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR
Superintendente Adjunto de Banca
ANEXO
BIEN INMUEBLE ADJUDICADO POR OBLIGACIÓN
DE DEUDOR SOBRE EL CUAL SE AUTORIZA
PRÓRROGA PARA SU VENTA
Tipo de Descripción / Ubicación Fecha de Valor
Bien Adjudi- en Libros
cación (en S/.)
Inmueble Elias Aparicio N° 791 y Psje. Porto Bello 2001.06.30 589 771.64
N° 125 Urb. P. La Planicie, La Molina -
Lima
Inmueble Jr. Selva Alegre 211-215 y Junín 700- 2001.06.30 34 176.00
708 Juliaca, San Roman - Puno
Inmueble Jr. Ayaviri s/n 1era cuadra Barrio 2001.06.30 12 881.84
Orkopata - Puno
Inmueble Calle Mario Centore N° 1300, Parachico 2001.06.30 28 616.10
Mz. 14 LT 08 - Tacna
Inmueble 31 Lotes en Urb. Comercial La Parada 2001.06.30 233 582.89
Chiclayo, Lambayeque
Inmueble Parque Industrial Mz. D Lote 5A - Tacna 2001.06.30 76 481.56
Inmueble Av. La Paz 1073-1075-1069 LT 02 2001.06.30 50 605.36
Mz. 72 Urb. La Perla -Callao
Inmueble Av. Paracas Lote 25 Urb. Paracas, 2001.06.30 591 281.64
Pisco - Ica (5 casas y 10
estacionamientos) Condominio
Inmueble Av. Abraham Valdelomar Sub Lote 2001.06.30 83 180.81
N° 3 Pisco - Ica
Inmueble Av. Javier Prado Este N° 2954 Mz E5 2001.06.30 600 902.18
LT 26 Urb. San Borja - Lima
Inmueble Urb. Coop. Universitaria Mz. J Lote 14 2001.06.30 69 180.51
Dpto. 301 Estac. 1 y 3 - Arequipa
Inmueble Calle Luis Felipe Villarán N° 1056 2001.06.30 157 914.56
Dpto. 201, San Isidro - Lima
Inmueble Urb. Fray Martín Mza. L, Lote 5, Pasaje 2001.06.30 18 858.30
Alfonso Ugarte, Hunter - Arequipa
12990
Autorizan a la Caja Municipal de Aho-
rro y Crédito de Ica S.A. el traslado de
agencia ubicada en la provincia de Nas-
ca, departamento de Ica
RESOLUCIÓN SBS Nº 644-2002
Lima, 10 de julio de 2002
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Municipal de Aho-
rro y Crédito Ica S.A. para que se le autorice el traslado
de su Agencia de Nasca ubicada en la calle Arica Nº 413,
distrito y provincia de Nasca y departamento de Ica a la
calle Grau Nº 250, distrito y provincia de Nasca y depar-
tamento de Ica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en Sesión Ordinaria de Directorio de fecha
2002.5.23, la CMAC Ica aprobó el traslado de su Agen-
cia de Nasca ubicada en la calle Arica Nº 413, distrito y
provincia de Nasca y departamento de Ica a la calle Grau
Nº 250, distrito y provincia de Nasca y departamento de
Ica;
Que, la referida empresa ha cumplido con presentar
la documentación pertinente que justifica el traslado soli-
citado;
Estando a lo informado por el Intendente del Departa-
mento de Evaluación del Sistema Financiero "F", mediante
Informe DESF "F" Nº 192-OT/2002; y,
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º
de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero
y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten-
dencia de Banca y Seguros; la Circular SBS Nº CM-184-

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