1069 013-2006-CG - Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra empresa responsable de ocasionar perjuicio económico a la Contraloría General

Fecha de publicación23 Enero 2006
Fecha de disposición23 Enero 2006
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 23 de enero de 2006
Que, en cumplimiento de la Sentencia de Amparo del
ocho de noviembre del 2004 de la Sala Civil de la Corte
Superior de Justicia de Ica, Expediente Nº 2003-2160,
que ordena una nueva evaluación a la Universidad
Privada Abraham Valdelomar con arreglo a ley, se debe
definir el Proyecto de Desarrollo Institucional para que el
proceso de evaluación se cumpla con transparencia y
predictibilidad suficientes que garanticen el proceso de
acuerdo a las normas legales vigentes;
Que, por Acuerdo del Pleno Nº 052-2005-CONAFU,
se acordó Primero: Comunicar a la Comisión de Cierre y
Liquidación de la Universidad Privada Abraham
Valdelomar que al no haber culminado el proceso de
Cierre y Liquidación, el acervo documentario y demás
bienes deberán ser devueltos a la Universidad; Segundo:
Que, en cumplimiento de la Sentencia de Amparo del
ocho de noviembre del 2004 de la Sala Civil de la Corte
Superior de Justicia de Ica, Expediente Nº 2003-2160,
que ordena una nueva evaluación a la Universidad
Privada Abraham Valdelomar con arreglo a ley, se debe
definir el Proyecto de Desarrollo Institucional para que el
proceso de evaluación se cumpla con transparencia y
predictibilidad suficientes que garanticen el proceso de
acuerdo a las normas legales vigentes; Tercero: Citar a
la Asociación Promotora y Comisión Organizadora de la
Universidad Abraham Valdelomar para que conjuntamente
con el CONAFU establezcan los parámetros con los
que se elaborará el Proyecto de Desarrollo Institucional
Reformulado y el cronograma de su ejecución con el
que se iniciará el proceso de evaluación por el tiempo
que resulte necesario en función de las posibilidades
reales que tiene la Universidad para alcanzar los
estándares que se programen en su Proyecto de
Desarrollo Institucional;
Que, mediante la Carta s/n de fecha 22 de noviembre
del 2005, presentado por el Ing. Hernando Martín
Campos Martínez, Gerente General de la Universidad
Privada Abraham Valdelomar S.A., hace de conocimiento
ante el CONAFU que de conformidad al acuerdo de Junta
General de Accionistas se acordó por unanimidad
nombrar al Mag. Martín Campos Martínez al cargo de
Gerente General de la Universidad Privada Abraham
Valdelomar S.A.;
Que mediante el Informe Nº 378-2005-CEAA-
CONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005, emitido por
la Comisión de Trabajo de la Consejería de Evaluación y
Asuntos Académicos opina que el Mag. Hernando Martín
Campos Martínez reúne los requisitos para ocupar el
cargo de Gerente General de la Universidad antes
mencionada, de acuerdo al artículo 20º del Reglamento
aprobado mediante la Resolución Nº 100-2005-CONAFU;
Que, mediante la Carta s/n de fecha 27 de octubre
del 2005, remitida por el Mag. Hernando Martín Campos
Martínez, señala que por Acuerdo de Junta General de
Accionistas los cargos de la Comisión Organizadora de
la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A. serán
ejercidas por el doctor Nicanor Ninahuaman Mucha
(Presidente) y doctora Gloria Isabel Rocha Rivero
(Vicepresidente Académico) y Mag. Hernando Martín
Campos Martínez (Gerente General);
Que, mediante el Informe Nº 383-2005-CEAA-
CONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005, emitida por
la Comisión de Trabajo de la Consejería de Evaluación y
Asuntos Académicos, opina por que el Pleno debe
aprobar la designación del doctor Nicanor Ninahuaman
Mucha como Presidente de la Comisión Organizadora
de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A., por
cumplir con lo normado en los artículos 34º, 35º y 36 de
la Ley Universitaria Nº 23733; así como a la doctora
Gloria Isabel Rocha Rivero, propuesta para el cargo de
Vicepresidente Académico y el Mg. Hernando Martín
Campos Martínez, como Gerente General;
Que, por Acuerdo de Pleno Nº 360-2005-CONAFU
del 20 de diciembre del 2005, se acordó: RECONOCER
la Comisión Organizadora de la Universidad Privada
Abraham Valdelomar S.A.: Doctor Nicanor Ninahuaman
Mucha - Presidente; doctora Gloria Isabel Rocha Rivero
propuesta -Vicepresidenta; y, Mag. Martín Campos
Martínez - Gerente General; de conformidad al Art. 3º
Inc. f) del Estauto del CONAFU.
Estando a lo expuesto, en concordancia a lo
dispuesto en la Ley Nº 26439, la Resolución Nº 098-
2005-CONAFU del 29 de abril del 2004 - Estatuto del
CONAFU, Que, por Ley Nº 26439, Resolución Nº 098-
2005-CONAFU del 29 de abril del 2004 - Estatuto del
CONAFU, la Resolución Nº 222-97-CONAFU de fecha
19 de marzo de 1997, la Resolución Nº 211-2003-
CONAFU, de fecha 13 de noviembre del 2003, el
Expediente Nº 2003-2160, Acuerdo del Pleno Nº 052-
2005-CONAFU, la Carta s/n de fecha 22 de noviembre
del 2005, el Informe Nº 378-2005-CEAA-CONAFU de
fecha 9 de diciembre del 2005, la Carta s/n de fecha 27
de octubre del 2005, el Informe Nº 383-2005-CEAA-
CONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005, Acuerdo de
Pleno Nº 360-2005-CONAFU del 20 de diciembre del
2005, y en uso de las facultades conferidas por el inciso
c), del Art. 20º y 39º Inc. d), del Estatuto - CONAFU y en
mérito a los considerándos;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECONOCER a los nuevos
integrantes de la Comisión Organizadora de la
Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A., con sede
en la ciudad de Ica a:
NOMBRE CARGO
Dr. Nicanor Ninahuaman Mucha Presidente
Dra. Gloria Isabel Rocha Rivero Vicepresidenta
Mag. Hernando Martín Campos Martínez Gerente General
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
CÉSAR CRUZ CARBAJAL
Presidente
WUILDER TRUJILLO REYNA
Secretario General
01322
CONTRALORÍA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra empresa responsable de
ocasionar perjuicio económico a la
Contraloría General
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 013-2006-CG
Lima, 20 de enero de 2006
Vistos: Los Informes Técnicos Nºs. 034 y 038-2005-
CG/GG-LO de la Gerencia de Logística de la Gerencia
General, y la Hoja Informativa Nº 003-2006-CG/ATL de
la Gerencia de Asesoría Técnico Legal;
CONSIDERANDO:
Que, producto de la Licitación Pública Internacional
Nº 001-2003-CG, la Contraloría General de la República
suscribió con fecha 6 de junio del 2003 el Contrato
Nº 226-2003-CG con la empresa JCLM S.A.
COMPUTER SUPPORT, para la adquisición de
computadoras portátiles - laptops;
Que, en virtud a la Cláusula Décimo Octava del
referido contrato, que establece la obligación de la
empresa contratista a otorgar el soporte técnico
necesario para asegurar la plena operatividad de las
computadoras adquiridas a la misma, la Contraloría
General de la República entregó a la citada empresa
ocho computadoras portátiles para efectos de su
reparación;
Que, la empresa contratista fue emplazada por la
Contraloría General mediante Carta Notarial Nº 112-
2005-CG/GG para la devolución de los equipos
entregados para reparación, lo cual no ha sido cumplido
hasta la fecha;
Que, conforme a lo indicado en los documentos de
vistos, producto de la inejecución de las prestaciones

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