Resolución Directoral Nº 255 - 2017 - MINCETUR/OGA de Ministerio de Comercio Exterior, 2017

Número de resolución255 - 2017 - MINCETUR/OGA
Año2017
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
@arlr*¿a*M
NO b5 -2017-MINCETUR/SG/OGA
Lima,o7 d€ Junio de 2017
VISTOS:
El lnforme No i4J -2017-MINCETUR/SG/OGA-OASA de la Oficina de Abastecim¡ento
y Serv¡caos Aux¡liares de la Ofic¡na General de Administración, el lnforme N" 44-2016-
GRIVCITE-Ayacucho, el lnforme de Conformidad de Servicios de fecha 30 de diciembre del
2017, suscrito por la D¡rección de CITEs de Artesania y Turismo, y el lnforme N" 004-2017-
CRO, de fecha 29 de marzo del 2017, em¡tido por el especialista de le Direcc¡ón de
Abastecimiento y Servicios Auxiliares, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N' 017-84-PCM se aprueba el Reglamento del
Procedimiento Administrativo para el Reconocimiento y Abono de Créditos lnternos y
Devengados a Cergo del Estado, estableciéndose las disposiciones que regulan la tramiteción
de las acc¡ones y reclamaciones de cobranza de créditos internos a cargo del Estado, por
concepto de adquisiciones de bienes, serv¡cios y otros créd¡tos similares correspondientes a
ejercicios presupuestales fenec¡dos, con excepc¡ón del endeudamiento financ¡ero autorizado
por norma legal expresa;
Que, el artÍculo 3 del c¡tado Decreto Supremo, se entiende por Créd¡tos, las
obligaciones que no hab¡endo s¡do afectadas presupuestalmente, han sido contraidas en un
ejerc¡c¡o fiscal anterior dentro de los montos de gastos autor¡zados en los Calendarios de
Comprom¡sos de ese mismo ejercicio,
Que, asim¡smo, los articulos 6 y 7 del refer¡do Decreto Supremo, disponen que el
reconoc¡m¡ento de la deuda será promov¡do por el acreedor ante el organismo deudor,
acompañado de la documentación que acredite el cumplim¡ento de la obligación de su
competencia, y que, el organismo deudor, previos los ¡nformes técnicos y .iuridicos internos,
con la ind¡cación de la conform¡dad del cumplimiento de la obligación en los casos de
adquisiciones y contratos, y de las causales por las que no se ha abonado en el presupuesto,
resolverá denegando o reconociendo el créd¡to y ordenando su abono con cargo al
presupuesto del ejercicio vigente;
Que, el artículo 8 del indicado Decreto Supremo establece que la resolución
mencionada en el ártículo 7 será expedida en primera instancia por el D¡rector General de
Administración, o por el func¡onario homólogo;
Que, el lnforme N'143 -2017-IVIINCETUR/SG/OGA-OASA de la Oficina de
Abastecimiento y Servicios Auxiliares señala lo saguiente: , El reconoc¡m¡ento de deuda fue
promov¡do por el contratista CORPWS S.A.C. a través de Ia Carta s/n de fecha 06 de abril de
2017, en Ia med¡da que solicita el pago de la Factura 001-000013, de feóha 30 de diciembre del
2016 correspondiente a los servic¡os brindados en el 4to Entregable de la Orden de Servicio No
02337-2016-S, por el importe de Sl 722.50 (Setecientos veint¡dós con 50/100 sotes); l,
Mediante lnforme No 44-2016-GRl(CITE-Ayacucho, de fecha 26 de diciembre del 2016, el área

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