Resolución Nº 138-2018-SMV/10.2 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RIGSE N° 138-2018-SMV/10.2)
Número de resolución | 138-2018-SMV/10.2 |
Fecha | 07 Diciembre 2018 |
Emisor | Superintendencia del Mercado de Valores (Perú) |
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES – AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL
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Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades Nº 138-2018-SMV/10.2
Lima, 07 de diciembre de 2018
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El expediente N° 2018034495 iniciado por Grupo Coril
Sociedad Administradora de Fondos S.A., así como el Informe N° 1321-2018-SMV/10.2
del 27 de noviembre de 2018 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades de
la Superintendencia del Mercado de Valores;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución CONASEV N° 046-98-
EF/94.10 de 10 de febrero de 1998 se autorizó el funcionamiento de Coril S.A. Sociedad
Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores, posteriormente Progreso
S.A. Sociedad Administradora de Fondos, para administrar fondos mutuos de inversión
en valores. Asimismo, con Resolución CONASEV N° 035-99-EF/94.10 de 09 de marzo
de 1999 se autorizó a Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos, hoy
denominado Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A., para administrar
fondos de inversión;
Que, mediante escritos presentados hasta el 22 de
noviembre de 2018, Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. solicitó la
inscripción del fondo de inversión denominado “Coril Renta Prime Soles - Fondo de
Inversión”, en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores;
Que, de la evaluación a la documentación presentada se
ha determinado que Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha cumplido
con lo dispuesto en los artículos 9° y 23° de la Ley de Fondos de Inversión y sus
Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo N° 862 y sus modificatorias; el artículo
30° y el Anexo G del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades
Administradoras, aprobado por Resolución SMV N° 029-2014-SMV/01 y sus
modificatorias; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de
Superintendente Nº 023-2015-SMV/02 y modificatorias, para la inscripción del fondo de
inversión mencionado en el párrafo anterior, tal como se desarrolla en el Informe
N° 1321-2018-SMV/10.2; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 1°, inciso b), del Texto
Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores,
aprobado por Decreto Ley Nº 26126, y sus normas modificatorias; y el artículo 38°,
numerales 6) y 7) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia
modificatorias.
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