Resolucion Vice Ministerial N° 033-2023-MINEDU. Aprueban padrones de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos

Fecha de publicación27 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 27 de febrero de 2023

VISTOS, el Expediente N° 0018709-2023, el Informe
N° 00017-2023-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe N° 00043-2023-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DIFOID de la Dirección de Formación Inicial Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 00191-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00186-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, a través de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Publica de sus Docentes (en adelante, la Ley N° 30512), se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los Institutos de Educación Superior (en adelante, IES) y Escuelas de Educación Superior (en adelante, EES) públicos y privados; así como el desarrollo de la carrera pública docente de los IES y EES públicos;

Que, el artículo 94 de la Ley N° 30512 establece que los docentes de la Carrera Pública Docente de los IES o EES públicos reciben, entre otras, la asignación por trabajo en ámbito rural o de frontera, la asignación por servicio en IES o EES públicos bilingües y la asignación por servicio en zona del VRAEM; asimismo según lo dispuesto en el artículo 106 de la citada Ley, los docentes contratados de los IES y EES públicos perciben, entre otras, la asignación por trabajo en ámbito rural o de frontera y la asignación por servicio en IES o EES públicos bilingües;

Que, conforme con lo señalado en el artículo 109 de la Ley N° 30512, los asistentes y auxiliares contratados perciben, entre otros conceptos, la asignación por trabajo en ámbito rural o de frontera y la asignación por servicio en IES o Escuela de Educación Superior Tecnológica (en adelante, EEST) públicos bilingües;

Que, el numeral 4.5 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 357-2019-EF, Decreto Supremo que aprueba los montos, criterios y condiciones de las asignaciones de los docentes de la carrera pública docente, de los docentes contratados, de los asistentes y auxiliares de educación superior contratados y del...

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