RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 065-2015-VMPCIC-MC - Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Carnaval Tipaki Tipaki del distrito de Ahuaycha, provincia de Tayacaja, región Huancavelica

Fecha de disposición25 Mayo 2015
Fecha de publicación25 Mayo 2015
El Peruano
Lunes 25 de mayo de 2015
553254
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Autorizan viaje de representante del
MINCETUR a Bolivia, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 142-2015-MINCETUR
Lima, 18 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo –
MINCETUR es responsable de formular, dirigir, coordinar,
ejecutar y supervisar la política de comercio exterior, y
por tanto, representa al país en los foros y organismos
internacionales de comercio, cooperación económica y
esquemas de integración;
Que, en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de
Bolivia, del 01 al 05 de junio de 2015, se llevará a cabo la
Reunión del Grupo de Trabajo de Alto Nivel (GTAN) para
actualizar el Manual Técnico Andino – Plaguicidas, en el
marco de la Comunidad Andina – CAN;
Que, dicho evento tiene por nalidad cumplir con
lo dispuesto en la Decisión 795 de la CAN, que creó el
GTAN para que recomiende a la Comisión de la CAN un
Proyecto de Decisión sustitutorio de la Decisión 436; la
Comisión de la CAN adoptó la Decisión 804 “Modi cación
de la Decisión 436 (Norma Andina para el Registro y
Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola)”,
estableciendo en su tercera disposición transitoria que
en un período de seis (06) meses contados a partir de
la entrada en vigencia de dicha Decisión, se deberá
proceder a la revisión y actualización del Manual
Técnico Andino, para lo cual, el GTAN ha establecido un
cronograma de trabajo;
Que, en tal sentido, resulta de interés que un
funcionario del MINCETUR participe en la Reunión antes
mencionada, en su calidad de representante o cial y órgano
de enlace ante la Comunidad Andina; por lo expuesto, el
Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se
autorice el viaje del señor Julián Cipriano Gamero Alania,
Director de Asuntos Bilaterales y Técnicos de la Dirección
Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales
Internacionales, para que participe en representación del
MINCETUR en el referido evento;
Que, el artículo 10° de la Ley N° 30281, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos
públicos, salvo los casos excepcionales que la misma
Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el
marco de la negociación de los acuerdos comerciales
de importancia para el Perú, los que deben realizarse en
categoría económica y ser autorizados por Resolución del
Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley
que regula la autorización de viajes al exterior de los
servidores y funcionarios públicos, sus modi catorias, y
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, modi cado por el Decreto Supremo N° 056-
2013-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Julián Cipriano
Gamero Alania, Director de Asuntos Bilaterales y Técnicos
de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones
Comerciales Internacionales, del Viceministerio de
Comercio Exterior, a la ciudad de La Paz, Estado
Plurinacional de Bolivia, del 31 de mayo al 06 de junio
de 2015, para que en representación del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participe en la
Reunión del Grupo de Trabajo de Alto Nivel (GTAN) de la
Comunidad Andina – CAN;
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
los artículos precedentes, son con cargo del MINCETUR,
de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes : US$ 915,30
Viáticos (US$ 370,00 x 06 días) : US$ 2 220,00
Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, el señor Gamero Alania
presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo
un informe detallado sobre las acciones realizadas y
resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá;
asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo
a Ley.
Articulo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
1241008-1
CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la
Nación al Carnaval Tipaki Tipaki del
distrito de Ahuaycha, provincia de
Tayacaja, región Huancavelica
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 065-2015-VMPCIC-MC
Lima, 21 de mayo de 2015
Vistas, las solicitudes presentadas con fechas 22 de
enero de 2015 y 23 de marzo de 2015, por la Dirección
Desconcentrada de Cultura de Huancavelica y la
Asociación Cultural Hatun Huancavelica, respectivamente,
así como el Informe Nº 162-2015-DPI-DGPC/MC, emitido
por la Dirección de Patrimonio Inmaterial y el Informe Nº
219-2015-DGPC-VMPCIC/MC; y,
CONSIDERANDO:
Perú señala que es función del Estado la protección del
Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley N° 28296,
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,
establece que son bienes inmateriales que integran
el Patrimonio Cultural de la Nación, las creaciones de
una comunidad cultural fundadas en las tradiciones,
expresadas por individuos de manera unilateral o grupal,
y que reconocidamente responden a las expectativas de
la comunidad, como expresión de la identidad cultural y
social, además de los valores transmitidos oralmente,
tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios,
el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos,
gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o
religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos
y otras expresiones o manifestaciones culturales que
en conjunto conforman nuestra diversidad cultural como
país;
Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565,
Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que
es función exclusiva de esta entidad realizar acciones
de declaración, investigación, protección, conservación,
puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio
Cultural de la Nación;
Que, dentro del marco legal descrito en los párrafos
precedentes, el inciso 55.8 del artículo 55 del Reglamento
de Organización y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-2013-MC, señala entre las funciones
de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, la de evaluar
las solicitudes para la declaratoria de patrimonio cultural
inmaterial de la nación y emitir opinión técnica sobre su
viabilidad, así como proponer de o cio las manifestaciones
culturales inmateriales a ser declaradas Patrimonio de la
Nación;
Que, mediante solicitud presentada por la Dirección
Desconcentrada de Cultura de Huancavelica con fecha
22 enero del 2015 y solicitud formulada con fecha 23

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