RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 119-2014-VMPCIC-MC - Rectifican error material en la R.VM. N° 070-2014-VMPCIC-MC

Fecha de disposición08 Noviembre 2014
Fecha de publicación08 Noviembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Sábado 8 de noviembre de 2014
537100
inscritos con la información contenida en la mencionada
propuesta, por lo que recomendó aprobar el Expediente
Técnico de delimitación del Sitio Arqueológico “Cerro
Miraf‌l ores” (plano de delimitación, memoria descriptiva y
f‌i cha técnica), de acuerdo a los planos, áreas y perímetros
siguientes:
Nombre
del Sitio
Arqueológico
Nº de Plano en
Datum WGS84 Área
(m²) Área
(ha) Perímetro
(m)
Cerro Miraf‌l ores
P001-OAJ-USFL-
UE007/MC-2014
WGS 84
P002-OAJ-USFL-
UE007/MC-2014
WGS 84
301 356.1371 30.1356 2 231.9811
Que, tomando en consideración los Informes Técnicos
elaborados por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico
Legal se advierte la necesidad de formalizar el área intangible
del Sitio Arqueológico Cerro Miraf‌l ores, el cual ya se encuentra
debidamente registrado ante la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos (SUNARP) Zona Registral N° V Sede
Trujillo Of‌i cina Registral Huamachuco;
Con el visado de la Directora (e) de la Dirección de
Catastro y Saneamiento Físico Legal, del Director General
de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico
Inmueble, y de la Directora General de la Of‌i cina General
de Asesoría Jurídica; y
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444,
28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;
Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura;
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-
MC; y el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas,
aprobado mediante Resolución Suprema N° 004-2000-ED y
modif‌i cado por Resolución Suprema N° 012-2006-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el Expediente Técnico de
delimitación del Sitio Arqueológico “Cerro Miraf‌l ores”
(plano de delimitación, memoria descriptiva y f‌i cha
técnica), ubicado en el distrito de Huamachuco, provincia
de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad, de
acuerdo a los planos, áreas y perímetro que se consigna
a continuación:
Nombre
del Sitio
Arqueológico
Nº de Plano en
Datum WGS84 Área
(m²) Área
(ha) Perímetro
(m)
Cerro Miraf‌l ores
P001-OAJ-USFL-
UE007/MC-2014
WGS 84
P002-OAJ-USFL-
UE007/MC-2014
WGS 84
301 356.1371 30.1356 2 231.9811
Artículo 2°.- Encargar a la Dirección de Catastro
y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura
la inscripción en Registros Públicos de la condición de
Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico
“Cerro Miraf‌l ores”.
Artículo 3º.- Remitir copia certif‌i cada de la presente
Resolución al Gobierno Regional de La Libertad y
a la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión -
Huamachuco para efectos que el Sitio Arqueológico
Cerro Miraf‌l ores sea considerado dentro de los planes de
ordenamiento territorial que se desarrollen.
Artículo 4°.- Remitir copia certif‌i cada de la
presente Resolución a la Unidad Ejecutora N° 007
Marcahuamachuco, a la Dirección Desconcentrada de
Cultura de La Libertad y al Organismo de Formalización
de la Propiedad Informal – COFOPRI.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales
1160951-1
Rectifican error material en la R.VM.
Nº 070-2014-VMPCIC-MC
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 119-2014-VMPCIC-MC
Lima, 3 de noviembre de 2014
Visto, el Informe N° 414-2014-DPI-DGPC/MC y el
Informe N° 785-2014-OGAJ-SG/MC, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 070-
2014-VMPCIC-MC se resolvió, en su artículo 3º “Notif‌i car
la presente Resolución y el Informe N° 226-2014-DPI-
DGPC/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de
Huancavelica, al señor José Luis Requena Egas, a la
Asociación Cultural Hatun Huancavelica y a la Municipalidad
Distrital de Huancavelica, de la provincia y departamento de
Huancavelica, para los f‌i nes consiguientes”;
Que, conforme a lo señalado en el Informe N° 414-
2014-DPI-DGPC/MC de la Dirección de Patrimonio
Inmaterial, se ha advertido que existiría un error material
en el artículo 3° de la Resolución Viceministerial Nº 070-
2014-VMPCIC-MC al haber señalado: “la Municipalidad
Distrital de Huancavelica”, cuando correspondía señalar
“la Municipalidad Provincial de Huancavelica”;
LPAG, establece que “Los errores material o aritmético
en los actos administrativos pueden ser rectif‌i cados con
efecto retroactivo, en cualquier momento, de of‌i cio o a
instancia de los administrados, siempre que no se altere
lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”;
Que, asimismo, el mencionado artículo 201 de la LPAG,
establece en su segundo párrafo que: “La rectif‌i cación
adopta las formas y modalidades de comunicación o
publicación que corresponda para el acto original”;
Que, de acuerdo a la doctrina, el error material atiende
a un error de transcripción, un error de mecanografía,
un error de expresión en la redacción del documento; en
otras palabras, un error al soporte material que lo contiene
y no a la voluntad o razonamiento del acto;
Que, conforme a lo señalado en el Informe N° 785-
2014-OGAJ-SG/MC, el error material advertido no
altera lo sustancial del acto contenido en la Resolución
Viceministerial Nº 070-2014-VMPCIC-MC, por lo que
corresponde su rectif‌i cación con efecto retroactivo;
De conformidad con lo establecido en la Ley del
de Creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565 y el
Reglamento de Organización y Funciones aprobado por
SE RESUELVE
Artículo 1°.- Rectif‌i car el error material consignado
en el artículo 3º de la Resolución Viceministerial Nº
070-2014-VMPCIC-MC de fecha 5 de agosto de 2014,
con efecto retroactivo por las razones expuestas en los
considerandos de la presente Resolución, el cual quedará
redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3°.- Notif‌i car la presente Resolución y el Informe
N° 226-2014-DPI-DGPC/MC a la Dirección Desconcentrada
de Cultura de Huancavelica, al señor José Luis Requena
Egas, a la Asociación Cultural Hatun Huancavelica y a la
Municipalidad Provincial de Huancavelica, del departamento
de Huancavelica, para los f‌i nes consiguientes”.
Artículo 2°.- Notif‌i car la presente Resolución a la
Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica, al
señor José Luis Requena Egas, a la Asociación Cultural
Hatun Huancavelica y a la Municipalidad Provincial de
Huancavelica.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal
Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).
Regístrese y comuníquese y publíquese.
LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales
1160952-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR