RESOLUCION SUPREMA N° 737-2014-DE/ - Crean vacantes de los cargos a desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior

Fecha de publicación19 Diciembre 2014
Fecha de disposición19 Diciembre 2014
El Peruano
Viernes 19 de diciembre de 2014 540349
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Defensa.
Regístrese comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1179793-2
Crean vacantes de cargos a desempeñar
por Personal Superior de las Fuerzas
Armadas en las Misiones Diplomáticas
del Perú en el exterior
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 736-2014-DE/
Lima, 18 de diciembre de 2014
VISTO:
El Informe N° 334-2014 DGRIN-AL del 29 de agosto
de 2014 del Asesor Legal de la Dirección General de
Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa.
CONSIDERANDO:
Que, en el tercer párrafo del artículo 14° de la Ley
N° 28359, Ley de Situación Militar de los Of‌i ciales de las
Fuerzas Armadas, modif‌i cado por el Decreto Legislativo N°
1143, se establece que el Of‌i cial en situación de actividad
podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior
de la República, en representación de su Institución y
deberá tener por lo menos dos (02) años antes de estar
incurso en las causales para el pase al retiro previstas
en los artículos 45° y 46° de la Ley, y tendrán los mismos
derechos que el personal diplomático establecidos en la
norma que regula la materia;
Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4° del
Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas
en Misión Diplomática, aprobado por Decreto Supremo
N° 028-2006-DE-SG, los Agregados son de Defensa.
Excepcionalmente, cuando lo justif‌i que la naturaleza de
las relaciones existentes y de la gestión a desempeñar,
los Of‌i ciales podrán ser nombrados como Agregado
Militar, Naval o Aéreo;
Que, los Agregados de Defensa Adjuntos coadyuvan
al ejercicio de las funciones del Agregado de Defensa, tal
como lo establece el literal b) del artículo 4° citado en el
párrafo precedente;
Que, ambos cargos son desempeñados por Personal
Superior de las Fuerzas Armadas, los cuales son
nombrados a una Misión Diplomática;
Que, el literal b) del artículo 8° del Reglamento del
Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión
Diplomática, señala que los cargos a desempeñar por el
personal militar en Misión Diplomática, se establecerán
mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro
de Defensa;
Que, mediante el Reglamento del Personal Militar de
las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado
con el Decreto Supremo N° 028-2006-DE-SG, se
establece en su artículo 8°, el proceso de la selección
de los Of‌i ciales para ocupar los cargos de Agregados de
Defensa, Agregados de Defensa Adjuntos y Auxiliares
de Agregadurías, los mismos que deberán ser cubiertos
por personal de los Institutos Armados en los países que
por interés institucional hayan sido creados, estando
a requerimiento de los mismos, la creación de nuevos
cargos
Que, mediante Of‌i cio N° 2099/DRIE/c 3 del 25 de
agosto de 2014, el Director de Relaciones Internacionales
del Ejército solicita crear las vacantes de los cargos, entre
otros, de Agregado de Defensa y Militar a la Embajada
del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte; Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del
Perú en la República Federal de Alemania; y, Agregado
de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú
en la República Federal de Alemania, adjuntando el
correspondiente estudio técnico y económico.
Que, mediante Of‌i cio G.500-2601 del 26 de junio
de 2014, el Secretario del Comandante General de la
Marina, solicita la apertura del cargo de Agregado de
Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República
de Indonesia; Agregado de Defensa Adjunto y Naval a
la Embajada del Perú en la República Popular China; y,
Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del
Perú en los Estados Unidos Mexicanos, adjuntando el
correspondiente estudio técnico y económico.
Que, el artículo 9° del mismo Reglamento, prescribe
que el nombramiento del personal militar en Misión
Diplomática es por un periodo máximo de dos (02) años.
Que, en atención a las razones expuestas, es necesario
aprobar los cargos a desempeñar por el personal militar
en Misión Diplomática a partir del 01 de marzo de 2015 y
por un periodo máximo de dos (02) años;
De conformidad con lo dispuesto por el literal 8) del
artículo 118° de la Constitución Política del Perú y en
concordancia con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo 1134, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, la
Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Of‌i ciales de
las Fuerzas Armadas y su modif‌i catoria aprobada con el
Decreto Legislativo N° 1143, y el Decreto Supremo N° 028-
2006-DE-SG que aprueba el Reglamento del Personal
Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Crear las vacantes de los cargos a
desempeñar por Personal Superior de las Fuerzas
Armadas en las Misiones Diplomáticas del Perú en el
exterior, a partir del 01 de marzo de 2015 y por un periodo
máximo de dos (02) años, de acuerdo al siguiente detalle
:
1. Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del
Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte.
2. Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del
Perú en la República Federal de Alemania.
3. Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada
del Perú en la República Federal de Alemania.
4. Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del
Perú en la República de Indonesia.
5. Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada
del Perú en la República Popular China.
6. Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada
del Perú en los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2°.- En aquellos países donde haya más de
un Agregado, se designará al más antiguo como Agregado
de Defensa y a los otros Of‌i ciales como Agregados
de Defensa Adjuntos y Militar, Naval o Aéreo, según
corresponda.
Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1179793-3
Crean vacantes de los cargos a
desempeñar por Personal Técnico de las
Fuerzas Armadas en las Agregadurías
de Defensa a las Misiones Diplomáticas
del Perú en el exterior
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Nº 737-2014-DE/
Lima, 18 de diciembre de 2014

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