RESOLUCION SUPREMA N° 207-2014-JUS - Aceptan renuncia de Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción

Fecha de disposición29 Noviembre 2014
Fecha de publicación29 Noviembre 2014
El Peruano
Sábado 29 de noviembre de 2014
538900
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Aceptan renuncia de Procurador
Público Especializado en Delitos de
Corrupción
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 207-2014-JUS
Lima, 28 de noviembre de 2014
VISTO, el Ofi cio Nº 3800-2014-JUS/CDJE-ST, del
Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del
Estado;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el
Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad
de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del
Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional
e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal
Constitucional, órganos administrativos e instancias de
similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;
Que, el literal a) del artículo 25º del Decreto
Legislativo antes acotado, estipula que la designación de
los Procuradores Públicos culmina, entre otras razones,
por la renuncia;
Que, mediante Resolución Suprema N° 002-2014-
JUS, de fecha 9 de enero de 2014, se designó al señor
abogado Christian Jaime Salas Beteta como Procurador
Público Especializado en Delitos de Corrupción;
Que, mediante carta de fecha 27 de octubre de 2014,
el señor abogado Christian Jaime Salas Beteta, presentó
renuncia al cargo de Procurador Público Especializado
en Delitos de Corrupción;
Que, conforme al Ofi cio de visto, el Secretario
Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado
informa que el citado Consejo ha propuesto aceptar
la renuncia del señor abogado Christian Jaime Salas
Beteta, al cargo de Procurador Público Especializado en
Delitos de Corrupción, resultando pertinente emitir el acto
correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de
la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el
cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-
2008-JUS;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del abogado
Christian Jaime Salas Beteta como Procurador Público
Especializado en Delitos de Corrupción, dándosele las
gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1171680-1
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Aprueban el “Plan Operativo
Institucional Reformulado del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables” correspondiente al Año
Fiscal 2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 411-2014-MIMP
Lima, 28 de noviembre de 2014
Vistos, el Informe Nº 029-2014-MIMP/OGPP-OP-
MADA de la Ofi cina de Planeamiento y la Nota Nº 728-
2014-MIMP/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento
y Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo dispone en el numeral 1 del artículo 25 que los
Ministros de Estado tienen entre sus funciones, el dirigir
el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el
marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico
y determinar los objetivos sectoriales funcionales
nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno;
aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos
necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las
asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1098 que aprueba
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
la Mujer y Poblaciones Vulnerables, establece que es
el organismo del Poder Ejecutivo, rector en políticas
nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y
protección de las poblaciones vulnerables;
Que, en el artículo 7 del Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-
MIMP, se menciona que la Ministra o el Ministro establece
los objetivos del Sector, orienta, formula, dirige, coordina,
determina, ejecuta, supervisa y evalúa las políticas
nacionales y sectoriales a su cargo, en armonía con las
disposiciones legales y la política general del Gobierno.
Está a cargo de la conducción de las políticas nacionales
y sectoriales y del dictado de lineamientos y directivas en
materia de mujer y poblaciones vulnerables;
Que, el artículo 71, numeral 71.1 del Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo
Nº 304-2012-EF, establece que las entidades, para la
elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y
Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta
su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe
ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo
Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales
Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional
Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local
Concertados (PDLC), según sea el caso;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 306-
2013-MIMP se aprobó “El Plan Operativo Institucional
del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”
correspondiente al Año Fiscal 2014;
Que, con Resolución Ministerial Nº 388-2014-MIMP
se aprobó el “Plan Estratégico Institucional 2014-2016
del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”;
Que, con los documentos de vistos, la Ofi cina General
de Planeamiento y Presupuesto del MIMP, sustenta la
aprobación del “Plan Operativo Institucional Reformulado
del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”,
correspondiente al Año Fiscal 2014, indicando que el
mismo se encuentra concordante con el “Plan Estratégico
Institucional 2014-2016 del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables” antes citado;

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