Resolucion Suprema N° 177-2022-DE. Designan miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación de los pensionistas de las Fuerzas Armadas

Fecha de publicación31 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 30 de diciembre de 2022

CONSIDERANDO:

Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1133, que dispuso el ordenamiento definitivo del Régimen de Pensiones del personal militar y policial, modificó los artículos 12 y 13 del Decreto Ley Nº 21021, Ley que crea la Caja de Pensiones Militar Policial, estableciendo que su Consejo Directivo se encuentra integrado, entre otros, por dos (2) representantes de los pensionistas de la Caja de Pensiones Militar Policial, uno proveniente de la Policía Nacional del Perú, y otro de las Fuerzas Armadas;

Que, el artículo 12 del citado Decreto Ley N° 21021, dispone que para ser designado miembro del Consejo Directivo se requiere tener formación y experiencia en materia previsional o en administración económico financiera;

Que, el artículo 13 del referido Decreto Ley N° 21021, señala que los directores del Consejo Directivo son nombrados por resolución suprema, refrendada por los Ministros de los sectores correspondientes; siendo que su mandato se ejerce por un período de dos (2) años, prorrogable por una sola vez y por el mismo plazo. Así también, los directores del Consejo Directivo están afectos a los mismos impedimentos, responsabilidades y causales de vacancia que señala la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para los directores de las entidades financieras, y demás normas complementarias;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 032-2022-DE/VRD, modificada por Resolución Viceministerial N° 066-2022-DE/VRD, se aprueba la Directiva de Órgano N° 001-2022-MINDEF/VRD-DGEPREV “Directiva de Órgano sobre Lineamientos para la designación del representante de los Pensionistas de las Fuerzas Armadas ante el Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial”; la cual establece los lineamientos que regularon la elección del representante de los pensionistas de las Fuerzas Armadas ante el Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, considerando un Comité de Selección el cual se constituyó en la máxima autoridad del Proceso de Selección, encontrándose presidido por el Director de la Dirección General Previsional de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa;

Que, el numeral 5.4 de la citada Directiva de Órgano señala que el Comité de Selección verificará la documentación sustentatoria de cada pensionista propuesto que se encuentre hábil y lo contrastará con los impedimentos establecido...

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