RESOLUCION SUPREMA N° 080-2015-IN - Ratifican Directores del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar y Policial, durante el periodo 2015-2017

EmisorINTERIOR
Fecha de la disposición 7 de Febrero de 2015
El Peruano
Sábado 7 de febrero de 2015 546331
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la cantidad de 330 000 Kits de
Cocina a GLP que deberán ser destinados a los Usuarios
FISE durante el año 2015.
Artículo 2º.- Aprobar el “Cronograma de Entrega
de Kits de Cocina a GLP” correspondiente al año 2015,
que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3º.- Facultar a la Dirección General de
Efi ciencia Energética del Ministerio de Energía y Minas
a realizar las coordinaciones técnicas y operativas
pertinentes para el cumplimiento de la presente
Resolución.
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial en el diario ofi cial El Peruano y el
Anexo 1 que forma parte integrante de la misma en el
portal institucional del Ministerio de Energía y Minas
(www.minem.gob.pe).
Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1198017-1
INTERIOR
Ratifican Directores del Consejo
Directivo de la Caja de Pensiones
Militar y Policial, durante el período
2015-2017
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 080-2015-IN
Lima, 6 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1133 se aprueba
el Ordenamiento Defi nitivo del Régimen de Pensiones
del Personal Militar y Policial;
Que, la Octava Disposición Complementaria Final
de la citada norma, modifi ca los artículos 12° y 13° del
Decreto Ley N° 21021, estableciendo que la Dirección
de la Caja de Pensiones Militar y Policial está a cargo
del Consejo Directivo, el mismo que se conforma, entre
otros, por dos (2) Directores designados por el Ministro
del Interior; y que los Directores del Consejo Directivo son
nombrados por Resolución Suprema, refrendada por los
Ministros de los sectores correspondientes; su mandato
se ejerce por un periodo de dos (2) años, prorrogable por
una sola vez y por el mismo plazo;
Que, mediante Resolución Suprema N° 009-2013-IN
de fecha 7 de febrero de 2013, se designó a los señores
Jorge Pablo Nicolás Noziglia Chávarri y Adriana Milagros
Mindreu Zelasco como Directores del Consejo Directivo de
la Caja de Pensiones Militar y Policial durante el periodo
2013-2015;
Que, se ha considerado pertinente emitir la resolución
administrativa por la cual se ratifi que a las personas
señaladas en el considerando anterior como Directores
del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar y
Policial durante el periodo 2015-2017;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos;
el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo
N° 1133, Decreto Legislativo para el Ordenamiento
Defi nitivo del Régimen de Pensiones del Personal Militar
y Policial; y, el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 010-2013-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Ratifi car a los señores Jorge Pablo Nicolás
Noziglia Chávarri y Adriana Milagros Mindreau Zelasco, como
Directores del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones
Militar y Policial, durante el periodo 2015-2017.
Artículo 2° La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior
1198399-2
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Acceden a solicitudes de extradición
activa de ciudadanos peruanos y
disponen su presentación a la República
Argentina y República de Chile
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 027-2015-JUS
Lima, 6 de febrero de 2015
VISTO, el Informe de la Comisión Ofi cial de
Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 178-2014/
COE-TC, del 29 de diciembre de 2014, sobre la solicitud
de extradición activa a la República Argentina del
ciudadano peruano HÉCTOR JOSÉ FLORES MEDINA
formulada por el Primer Juzgado Especializado Penal
Transitorio de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón de la
Corte Superior de Justicia de Lima Norte;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral
5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto
Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las
extradiciones activas y pasivas;
Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala
Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de
la República, mediante Resolución Consultiva de fecha
19 de agosto de 2014, declaró procedente la solicitud de
extradición activa del ciudadano peruano HÉCTOR JOSÉ
FLORES MEDINA, para ser procesado por la presunta
comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud
- Lesiones Graves, en agravio de Jean Walter Bravo More
(Expediente Nº 79-2014);
Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas
al comportamiento judicial y gubernamental en materia
de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas
por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece
que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de
Condenados propone al Consejo de Ministros, a través
del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o
no al pedido de extradición activa formulado por el órgano
jurisdiccional competente;
Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado
de Condenados ha emitido la opinión correspondiente
mediante el Informe Nº 178-2014/COE-TC, del 29 de
diciembre de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud
de extradición;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del
el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno
decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución
Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros,
previo informe de la referida Comisión Ofi cial;
De conformidad con el Tratado de Extradición entre la
República del Perú y la República Argentina, suscrito en la
ciudad de Buenos Aires, el 11 de junio de 2004;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR