RESOLUCION SUPREMA N° 033-2015-EM - Otorgan a favor de Consorcio Transmantaro S.A. la concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en los departamentos de Apurímac y Cusco

Fecha de disposición25 Junio 2015
Fecha de publicación25 Junio 2015
El Peruano
Jueves 25 de junio de 2015 555821
6.2.2 establece que si la plaza de Director General de los
Institutos y Escuelas de Educación Superior públicos, con
excepción de la Escuela Nacional Superior de Ballet y la
Escuela Nacional Superior de Arte Dramático Guillermo
Ugarte Chamorro, se encuentra vacante, la Dirección
Regional de Educación realizará la selección de acuerdo
al procedimiento establecido en la referida norma;
Que, el segundo párrafo del literal a) del numeral
7.3.1 de la referida Directiva, modif‌i cado por la
Resolución Jefatural N° 1053-2011-ED, establece que
el Director Regional de Educación, mediante resolución,
convocará al proceso de evaluación para encargatura
de las plazas vacantes de Director General de los
Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos
el primer día útil del mes de noviembre de cada año,
pero no regula la encargatura de dichas plazas cuando
quedan vacantes antes de culminado el referido proceso
de evaluación;
Que, mediante Informe N° 032-2015-VMGP/MINEDU-
DIGESUTPA, la Dirección General de Educación
Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística
– DIGESUTPA, sustenta la necesidad de modif‌i car el
numeral 6.2.2 de la Directiva N° 022-2010-ME/SG-OGA-
UPER, para regular la encargatura de of‌i cio y de forma
automática y transitoria, de las funciones de Director
General de los Institutos y Escuelas de Educación
Superior Públicos, al Jefe de la Unidad Académica o el
que haga sus veces, cuando quede vacante el cargo
antes de culminar el proceso de evaluación señalado en
el párrafo precedente;
Que, el numeral 5.3 de la Directiva N° 023-2013-
MINEDU/SG-OAJ, denominada “Elaboración, aprobación
y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos
Resolutivos en el Ministerio de Educación”, aprobada
mediante Resolución Ministerial N° 520-2013-ED,
establece que las normas técnicas describen de manera
detallada la ejecución de un proceso, actividad u otras
disposiciones de similar naturaleza, que permitan cumplir
un f‌i n específ‌i co, en el marco de los objetivos del Sector
Educación, por lo que al amparo de esta normativa, la
Directiva N° 022-2010-ME/SG-OGA-UPER constituye
una Norma Técnica;
Que, el literal o) del artículo 9 del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
aprobado por Decreto Supremo N° 01-2015-MINEDU,
establece que es función del Despacho Viceministerial
de Gestión Pedagógica aprobar actos resolutivos y
documentos normativos en el ámbito de su competencia;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cado por la Ley N° 26510; el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
la Resolución Ministerial N° 520-2013-ED, que aprueba
la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada
“Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos
Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de
Educación”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer que la Directiva N° 022-
2010-ME/SG-OGA-UPER, denominada “Normas que
regulan los procesos de selección de personal para la
encargatura de puesto y/o función en plazas directivas
y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales
de Educación Superior Públicos”, aprobada por
Resolución Jefatural N° 0452-2010-ED, constituye
a partir de la emisión de la presente resolución
una Norma Técnica, conforme a lo dispuesto en la
Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada
“Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos
Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de
Educación”, aprobada mediante Resolución Ministerial
N° 520-2013-ED.
Artículo 2.- Modif‌i car el numeral 6.2.2 de la Directiva
N° 022-2010-ME/SG-OGA-UPER, cuyo texto será el
siguiente:
“6.2.2 Si la plaza de Director General se encuentra
vacante, la Dirección Regional de Educación, o la que
haga sus veces, mediante resolución, encargará de
of‌i cio y de forma automática y transitoria las funciones
de Director General al Jefe de la Unidad Académica o
el que haga sus veces, encargatura que surtirá efecto
hasta que la Dirección Regional de Educación culmine
la selección conforme al procedimiento de encargatura
y cronograma establecidos en el presente documento
normativo.”
Artículo 3.- Disponer que la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica publique la presente Resolución,
en el Sistema de Información Jurídica de Educación
– SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio
de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la
publicación de la presente Resolución en el Diario Of‌i cial
“El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA
Viceministro de Gestión Pedagógica
1255084-1
ENERGIA Y MINAS
Otorgan a favor de Consorcio
Transmantaro S.A. la concesión
definitiva para desarrollar actividad
de transmisión de energía eléctrica en
línea de transmisión ubicada en los
departamentos de Apurímac y Cusco
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 033-2015-EM
Lima, 24 de junio de 2015
VISTO: El Expediente N° 14344814 sobre
otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar
la actividad de transmisión de energía eléctrica para
la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Machupicchu
– S.E. Abancay – S.E. Cotaruse, presentado por
Consorcio Transmantaro S.A., persona jurídica inscrita
en la Partida N° 11014647 del Registro de Personas
Jurídicas, Zona Registral N° IX, Sede Lima, Oficina
Registral de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Carta N° CS00274 – 14032266
ingresada con Registro N° 2396213 de fecha 30 de
mayo de 2014, Consorcio Transmantaro S.A. solicitó
la concesión def‌i nitiva para desarrollar la actividad
de transmisión de energía eléctrica en la Línea de
Transmisión en 220 kV S.E. Machupicchu – S.E.
Abancay – S.E. Cotaruse, ubicada en los distritos de
Cotaruse, Chalhuanca, Justo Apu Sahuaraura, Taparihua,
Chapimarca y Tintay, provincia de Aymaraes, distritos de
Pichirhua, Lambrama, Abancay, Curahuasi y San Pedro
de Cachora, provincia de Abancay, departamento de
Apurímac; así como en los distritos de Mollepata, Santa
Teresa y Machupicchu, provincias de Anta, La Convención
y Urubamba, respectivamente, departamento de Cusco,
cuyas coordenadas UTM (PSAD56 – Zona 18L) f‌i guran
en el Expediente;
Que, mediante la Resolución Directoral N° 061-2014-
MEM/AAE de fecha 24 de febrero de 2014, la Dirección
General de Asuntos Ambientales Energéticos del
Ministerio de Energía y Minas aprobó el Plan de Manejo
Ambiental (PMA) del Proyecto “Línea de Transmisión
Machupicchu – Abancay – Cotaruse a 220 kV”, presentado
por el Consorcio Transmantaro S.A., ubicado en los
distritos Cotaruse, Caraybamba, Chalhuanca, Justo Apu
Sahuaraura, Tapairihua, Chapimarca y Tintay, provincia
de Aymaraes, distritos de Pichirhua, Lambrama, Abancay,
Curahuasi y San Pedro de Cachora, provincia de Abancay,
departamento de Apurímac; así como en los distritos de
Mollepata, Santa Teresa, Machupicchu, provincias de
Anta, La Convención y Machupicchu, respectivamente,
región Cusco;
Que, la petición está amparada en las disposiciones
de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes

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