RESOLUCION SUPREMA N° 031-2015-EM - Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo del INGEMMET

Fecha de disposición19 Junio 2015
Fecha de publicación19 Junio 2015
El Peruano
Viernes 19 de junio de 2015 555447
ANAP HUYAHUYA
VÉRTICEESTE NORTE
7 721,000 8,447,000
8 721,000 8,450,000
9 719,000 8,450,000
10 719,000 8,453,000
11 717,000 8,453,000
12 717,000 8,454,000
13 719,000 8,454,000
14 719,000 8,455,000
ÁREA: 3,800 HAS
7) Área de No Admisión de Petitorios QUEHUINCHE,
de 6,300 hectáreas, ubicada en los distritos de
Tambobamba y Mara, en la provincia de Cotabambas del
departamento de Apurímac. Las coordenadas UTM PSAD
56 de los vértices de las cuadrículas que encierra el área
son:
ANAP QUEHUINCHE
ÁREA EXTERNA
VÉRTICE ESTE NORTE
1 814,000 8,461,000
2 814,000 8,451,000
3 811,000 8,451,000
4 811,000 8,452,000
5 808,000 8,452,000
6 808,000 8,451,000
7 806,000 8,451,000
8 806,000 8,453,000
9 810,000 8,453,000
10 810,000 8,455,000
11 806,000 8,455,000
12 806,000 8,459,000
13 808,000 8,459,000
14 808,000 8,461,000
ÁREA: 6,500 HAS
ANAP QUEHUINCHE
ÁREA INTERNA
VÉRTICE ESTE NORTE
1 809,000 8,457,000
2 809,000 8,456,000
3 807,000 8,456,000
4 807,000 8,457,000
ÁREA: 200 HAS
ÁREA EXTERNA - ÁREA INTERNA = 6,300 HAS.
Artículo 2º.- Autorización.- Autorizar al Instituto
Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET a realizar
trabajos de prospección minera regional en las Áreas
de No Admisión de Petitorios - ANAP PICO DE LORO,
CALVAYUQUE, RUMAN, MAIJA, ORCCOPATA, HUYAHUYA
y QUEHUINCHE, por el plazo de cinco (5) años.
Artículo 3º.- Obligaciones del titular.- El Instituto
Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, en su
calidad de titular de las Áreas de No Admisión de Petitorios
aprobadas, está obligado a respetar la integridad de los
terrenos ocupados por monumentos arqueológicos o
históricos, Red Vial Nacional, oleoductos, gasoductos,
poliductos, cuarteles, puertos u obras de defensa nacional
o Instituciones del Estado con f‌i nes de investigación
científ‌i co - tecnológico que se encuentren dentro de
las áreas constituidas en ANAP, conforme establece el
artículo 22º del Reglamento de Procedimientos Mineros,
aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-EM, modif‌i cado
Artículo 4º.- Libre disponibilidad.- El Instituto
Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, bajo
responsabilidad, pondrá a disposición del público, a título
oneroso, los estudios que contengan la información contenida
en sus trabajos de prospección regional, un mes antes del
vencimiento del plazo concedido, al término del cual éstas
quedarán de libre disponibilidad, con la excepción de que
intervenga la Agencia de Promoción de la Inversión Privada
– PROINVERSIÓN, conforme lo dispone el artículo 25º del
Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería.
Artículo 5º.- Refrendo.- El presente decreto supremo
será refrendado por el Ministro de Energía y Minas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho
días del mes de junio del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
1253151-2
Aceptan renuncia de miembro del
Consejo Directivo del INGEMMET
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 031-2015-EM
Lima, 18 de junio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM se
aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del
Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET,
cuyo artículo 6 establece que los miembros de su Consejo
Directivo son designados por Resolución Suprema
refrendada por el Ministro de Energía y Minas;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 041-2012-EM,
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 13 de abril
de 2012, se designó a la señora Carmen Rosalía Matos
Avalos como miembro del Consejo Directivo del Instituto
Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET;
Que, la señora Carmen Rosalía Matos Avalos ha
presentado su renuncia a la designación como miembro
del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y
Metalúrgico – INGEMMET, la que resulta pertinente ser
aceptada;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594
- Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos, y
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la señora Carmen
Rosalía Matos Avalos, como miembro del Consejo
Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico
– INGEMMET, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema contará
con el refrendo de la Ministra de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
1253152-4

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