RESOLUCION SUPREMA N° 022-2015-MINEDU - Autorizan viaje a Canadá del Presidente del Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, del Director Ejecutivo y del Jefe de la Oficina de Operaciones del “Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019” , en comisión de servicios

Fecha de disposición08 Agosto 2015
Fecha de publicación08 Agosto 2015
558867
NORMAS LEGALES
Sábado 8 de agosto de 2015
El Peruano
/
de tropas extranjeras en el territorio de la República1,
establece que el ingreso de personal militar extranjero sin
armas de guerra para realizar actividades relacionadas a
las medidas de fomento de la conf‌i anza, actividades de
asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios
militares, de instrucción o entrenamiento con personal
de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar
visitas de coordinación o protocolares con autoridades
militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el
Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición
de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especif‌i car los motivos,
la cantidad de personal militar, la relación de equipos
transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitará
opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del
Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modif‌i cada
por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, a un (01) militar de los
Estados Unidos de América, del 10 al 14 de agosto de
2015, con la f‌i nalidad de colaborar en los trabajos de
investigación que se vienen realizando en el Centro de
Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6) en
el Callao e Iquitos.
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modif‌i cada por
Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAKKE VALAKIVI ALVAREZ
Ministro de Defensa
1 Modif‌i cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo
único de la Ley Nº 30209.
1271827-2
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 696-2015-DE/SG
Lima, 7 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DSD) Nro. 533, del 30 de julio de
2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de
Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización
para el ingreso de personal militar de la República Oriental
del Uruguay, sin armas de guerra;
Que, con Of‌i cio Nº 1226-2015-MINDEF/VPD/B/01.a,
del 24 de julio de 2015, el Director General de Relaciones
Internacionales de este Ministerio, emite opinión favorable
para el ingreso al país del personal militar de la República
Oriental del Uruguay;
Que, el referido personal militar ingresará a territorio
de la República, del 17 al 21 de agosto de 2015, con la
f‌i nalidad de participar en la III Conferencia Bilateral de
Estado Mayor entre el Ejército del Perú y el Ejército de
la República Oriental del Uruguay, que se desarrollará en
Lima;
Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos
para la Autorización y consentimiento para el ingreso
de tropas extranjeras en el territorio de la República1,
establece que el ingreso de personal militar extranjero sin
armas de guerra para realizar actividades relacionadas a
las medidas de fomento de la conf‌i anza, actividades de
asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios
militares, de instrucción o entrenamiento con personal
de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar
visitas de coordinación o protocolares con autoridades
militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el
Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición
de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especif‌i car los motivos,
la cantidad de personal militar, la relación de equipos
transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitará
opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Dirección General de
Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de
conformidad con la Ley Nº 27856, modif‌i cada por la Ley
Nº 28899 y la Ley Nº 30209;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, a cinco (05) militares de
la República Oriental del Uruguay, del 17 al 21 de agosto
de 2015, con la f‌i nalidad de participar en la III Conferencia
Bilateral de Estado Mayor entre el Ejército del Perú y el
Ejército de la República Oriental del Uruguay, que se
desarrollará en Lima.
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modif‌i cada por
Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAKKE VALAKIVI ALVAREZ
Ministro de Defensa
1 Modif‌i cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de
1271827-3
EDUCACION
Autorizan viaje a Canadá del Presidente
del Comité Organizador de los XVIII Juegos
Panamericanos del 2019, del Director
Ejecutivo y del Jefe de la Oicina de
Operaciones del “Proyecto Especial para la
Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos
Panamericanos del 2019”, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 022-2015-MINEDU
Lima, 7 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Suprema N° 006-2015-MINEDU
se conformó el “Comité Organizador de los XVIII
Juegos Panamericanos del 2019 (COPAL - PERU)”.
Asimismo, a través del artículo 1 del Decreto Supremo N°
002-2015-MINEDU, modif‌i cado por el Decreto Supremo
N° 009-2015-MINEDU, se creó en el ámbito del Ministerio
de Educación, el “Proyecto Especial para la preparación y
desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019”
(PEJP 2019), con el objeto de programar y ejecutar las
acciones necesarias para el desarrollo de los XVIII Juegos
Panamericanos y Juegos Parapanamericanos del 2019;
Que, el Jefe de la Of‌i cina de Administración del
PEJP 2019, a través del Informe de fecha 03 de agosto
de 2015 señala que, mediante carta s/n de fecha 11 de
mayo de 2015, el International Paralympic Committee
cursó invitación al referido Proyecto Especial para
participar del Programa de Observadores de los Juegos
NL20150808.pdf 9 8/10/2015 8:16:09 AM

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