RESOLUCION SUPREMA N° 021-2015-SA - Aceptan renuncia de Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud

Fecha de publicación06 Agosto 2015
Fecha de disposición06 Agosto 2015
558731
NORMAS LEGALES
Jueves 6 de agosto de 2015
El Peruano
/
actividad extractiva realizada por embarcaciones pesqueras
artesanales y de menor escala dentro de la citada área.
Artículo 3.- El Instituto del Mar del Perú – IMARPE
efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales
indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del
recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta
blanca (Anchoa nasus) debiendo informar y recomendar
oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas
de ordenamiento pesquero.
Artículo 4.- El incumplimiento de lo dispuesto en la
presente Resolución Ministerial será sancionado conforme
al Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones
y Sanciones Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto
Supremo N° 019-2011-PRODUCE.
Artículo 5.- La Dirección General de Políticas y
Desarrollo Pesquero, la Dirección General de Extracción
y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto,
la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera
para Consumo Humano Directo y la Dirección General de
Supervisión y Fiscalización del Ministerio de la Producción,
así como la Dirección Regional de Ica y la Dirección General
de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del
Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus
respectivas competencias, velarán por el cumplimiento de
la presente Resolución Ministerial y realizarán las acciones
de difusión que correspondan.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
1270840-1
RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios a Ecuador,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0693/2015-RE
Lima, 4 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de las normas del Ministerio de
Relaciones Exteriores, la Dirección de Desarrollo e
Integración Fronteriza (DDF) desarrolla, como parte de sus
funciones, actividades y acciones destinadas a promover
el desarrollo y la integración fronteriza como parte de la
política exterior del país;
Que, la Of‌i cina Desconcentrada en Piura, ha informado
de la propuesta de la Sección Nacional del Comité de
Frontera Piura-Loja para realizar el 6 de agosto de 2015
la X Reunión del Comité de Frontera Piura-Loja, que por
la alternancia de las sedes de las reuniones, corresponde
esta vez realizarla en la ciudad de Macará, Provincia de
Loja, República del Ecuador;
Que, la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza
tiene previsto participar en la X Reunión del Comité de
Frontera Piura-Loja, para tal efecto se viene coordinando
oportunamente con las autoridades regionales de Piura
los temas de agenda, y programa, a f‌i n de encaminar
convenientemente el funcionamiento de dicho mecanismo
de desarrollo e integración fronteriza con Ecuador;
Que, la Dirección de Desarrollo e Integración
Fronterizo, en su condición de Secretaria Ejecutiva del
Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración
Fronteriza, realiza el seguimiento y coordinación de estos
mecanismos de integración fronteriza y de la relación
bilateral con los países fronterizos, lo que permite contar
con los insumos necesarios para organizar y reportar a
las instancias correspondientes a nivel nacional, por lo
cual es necesaria la participación del Director de la Of‌i cina
Desconcentrada en Piura, del Cónsul del Perú en Loja,
y de los funcionarios a cargo de la Coordinación de los
Mecanismos de Desarrollo e Integración Fronteriza con
Ecuador;
Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 3727,
del Despacho Viceministerial, de 22 de julio de 2015; y los
Memorandos (DDF) N.° DDF0502/2015, de la Dirección de
Desarrollo e Integración Fronteriza, de 20 de julio de 2015;
y (OPR) N.° OPR0232/2015, de la Of‌i cina de Programación
y Presupuesto, de 30 de julio de 2015, que otorga
certif‌i cación de crédito presupuestario al presente viaje;
De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, modif‌i cada por la Ley N.º 28807 y
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-
2002-PCM, modif‌i cado por Decreto Supremo N.º 056-
2013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático
de la República, su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo N.º 130-2003-RE y sus modif‌i catorias; la Ley N.º
29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1
del artículo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios,
de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Macará,
provincia de Loja, República del Ecuador, para participar
en la X Reunión del Comité de Frontera Piura-Loja el 6
de agosto de 2015, por las razones expuestas en la parte
considerativa de la presente resolución:
- Embajador en el Servicio Diplomático de la República
Vicente Rojas Escalante, Director Regional de la Of‌i cina
Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en
la ciudad de Piura, departamento de Piura;
- Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la
República Augusto Clemente Soto Moreno, Subdirector
de Desarrollo Fronterizo, de la Dirección de Desarrollo e
Integración Fronteriza, de la Dirección General de América; y
- Ingeniero Alfredo Santa Cruz Maza, geógrafo de
la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la
Dirección General de América.
Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente comisión de servicios, serán cubiertos
por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Meta 0000917 Implementación de los
Planes de Desarrollo Fronterizo, debiendo rendir cuenta
documentada en un plazo no mayor de quince (15) días
calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con
el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos
Pasajes
aéreos
US$
Lima-
Piura-
Lima
Pasaje
terrestre
Piura-
Macará-
Piura
S/.
Viáticos
por día
US$
Número
de días
Total
viáticos
US$
Vicente Rojas Escalante ---- 400,00 370,00 1+1 740,00
Augusto Clemente Soto
Moreno 375,00 400,00 370,00 1+1 740,00
Alfredo Santa Cruz Maza 375,00 400,00 370,00 1+1 740,00
Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario,
posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios
deberán presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores,
un informe detallado sobre las acciones realizadas y los
resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera
ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1270369-1
SALUD
Aceptan renuncia de Viceministro de
Prestaciones y Aseguramiento en Salud
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 021-2015-SA
Lima, 5 de agosto del 2015
NL20150806.pdf 13 8/6/2015 8:19:42 AM

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR