RESOLUCION SUPREMA N° 004-2015-DE/EP - Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a Colombia, en misión de estudios

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición10 de Enero de 2015
El Peruano
Sábado 10 de enero de 2015 544481
de la Directiva General del SNIP aprobada por Resolución
Directoral N° 003-2011-EF/68.0, cuando corresponda.
Asimismo, la facultad antes mencionada, dentro
del ámbito de sus competencias, se delega en los jefes
y/o responsables de las Unidades Ejecutoras 002: MC-
Cusco, 003: Zona Arqueológica Caral, 005: Naylamp-
Lambayeque, 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan,
007: Marcahuamachuco y 008: Proyectos Especiales.
3.4 En materia de acciones administrativas:
Respecto del Pliego 003- Ministerio de Cultura
a. Suscribir contratos de carácter administrativo en
representación del Ministerio de Cultura, lo que incluye la
suscripción de los contratos de concesión de servicios y
sus respectivas adendas.
b. Supervisar y controlar la correcta implementación de
las medidas de disciplina fi scal, racionalidad y austeridad
del gasto público a ser ejecutadas por la entidad,
contenidas en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el año fi scal 2015 y demás normas
complementarias vinculadas a la materia.
c. Actuar en representación del Ministerio de Cultura
ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y
Administración Tributaria, para que gestione y autorice los
asuntos y documentos ante la citada entidad en temas
tributarios y aduaneros.
d. Expedir resoluciones en el ámbito de su
competencia.
Artículo 4°.- Delegar en el funcionario a cargo de la
Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de
Cultura, durante el ejercicio fi scal 2015, las siguientes
facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001:
Administración General del Pliego 003: Ministerio de
Cultura:
a. Autorizar y resolver las acciones de personal
comprendido en los regímenes laborales de acuerdo a la
normatividad vigente sobre la materia.
b. Suscribir contratos, convenios, adendas y similares
que tengan vinculación directa con el Sistema de Recursos
Humanos.
c. Expedir resoluciones en el ámbito de sus
competencias.
Artículo 5°.- Disponer que la Ofi cina General de
Planeamiento y Presupuesto supervise la actuación
de las Unidades Ejecutoras 002:MC-Cusco, 003:
Zona Arqueológica Caral, 005: Naylamp-Lambayeque,
006: Complejo Arqueológico de Chan Chan, 007:
Marcahuamachuco y 008: Proyectos Especiales, respecto
de las acciones referidas en el último párrafo del numeral
1.5 del artículo 1 de la presente resolución, pudiendo
solicitar a los responsables de las las referidas Unidades
Ejecutoras la adopción de las medidas preventivas y/o
correctivas que estime pertinentes.
Artículo 6°.- Delegar en los jefes y/o responsables del
Proyecto Especial Complejo Arqueológico Chan Chan,
Proyecto Especial Naylamp – Lambayeque, Proyecto
Especial Zona Arqueológica Caral, Proyecto Especial
Marcahuamachuco y la Dirección Desconcentrada de
Cultura de Cusco, la facultad de suscribir convenios de
cooperación y/o Colaboración interinstitucional, así como
sus respectivas adendas u otros instrumentos de igual o
similar naturaleza, previa autorización del Viceministerio
competente en la materia.
Artículo 7°.- Delegar en el Director de la Dirección
Desconcentrada de Cultura de Cusco, la facultad ede
evaluar, califi car y aprobar los Proyectos de Intervención
Arqueológica (PIA), Proyectos de Evaluación Arqueológica
(PEA), así como sus Informes Finales en el ámbito de la
circunscripción de Cusco.
Artículo 8º.- Disponer que la Dirección General de
Patrimonio Arqueológico Inmueble supervise la actuación
de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco,
respecto de las acciones referidas en el artículo 7 de la
presente resolución en el ámbito de sus competencias,
pudiendo solicitar a la referida Dirección Desconcentrada
de Cultura de Cusco, la adopción de las medidas
preventivas y/o correctivas que estimen convenientes.
Artículo 9°.- La delegación de las facultades, así
como la asignación de responsabilidades a que se refi ere
la presente resolución, comprende las atribuciones de
decidir y resolver, pero no exime de la obligación de
cumplir con los requisitos legales establecidos para cada
caso.
Artículo 10º.- La Secretaria General y los funcionarios
y responsables a quienes se les ha delegado facultades
mediante la presente resolución, deberán informar
trimestralmente, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de
las facultades delegadas mediante la presente resolución,
dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al
vencimiento de cada trimestre.
Dicha información deberá ser remitida a la Secretaría
General, a fi n de que sea consolidada y alcanzada al
Despacho Ministerial dentro de los tres (3) días hábiles
siguientes.
Artículo 11°.- Remitir copia de la presente resolución
a los funcionarios y responsables a quienes se les ha
delegado facultades mediante la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura
1186049-1
DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar del
Ejército del Perú a Colombia, en misión
de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 004-2015-DE/EP
Lima, 9 de enero de 2015
VISTO:
El Ofi cio N° 2841/DIEDOC/C-5.b del 04 de diciembre
de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del
Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ofi cio N° 714/MAAG-ENT del 6 de
diciembre de 2014 y Ofi cio N°562/MAAG-ENT del 20
de octubre de 2014, el Jefe del Grupo Consultivo y de
Ayuda Militar de los Estados Unidos de América comunica
al General de Ejército Comandante General del Ejército,
el ofrecimiento del Curso Inicial de Helicópteros, que se
llevará a cabo en la Base de Melgar, Ciudad de Tolima,
República de Colombia, del 12 de enero de 2015 al 04 de
setiembre de 2015;
Que, con el documento del visto el Director de
Educación y Doctrina del Ejército, comunica al Director
de Relaciones Internacionales del Ejército, que el General
de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la
designación de los Ofi ciales Subalternos que se detalla
en la parte resolutiva, para que participen en el Curso
Inicial de Helicópteros, que se desarrollará en la Base de
Melgar, Ciudad de Tolima, República de Colombia, del 12
de enero de 2015 al 04 de setiembre de 2015;
Que, es conveniente para los intereses de la institución,
autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a los
Ofi ciales Subalternos que se detalla en la parte resolutiva,
lo cual permitirá al Ejército del Perú disponer de personal
capacitado en los aspectos inherentes a su desarrollo
humano, profesional y ocupacional, con estándares
similares a países desarrollados, en lo que se refi ere al
Curso Inicial de Helicópteros;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo del presupuesto
institucional del año fi scal 2015, de la Unidad Ejecutora
003 Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13°
del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de
junio de 2002;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto
Supremo N° 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre
de 2014, dispone que el monto de la compensación
extraordinaria mensual por servicio en el extranjero,
será reducido en la misma cantidad que la bonifi cación
otorgada de conformidad con los literales a), b) o c)

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