RESOLUCION SUPREMA N° 003-2015-VIVIENDA - Modifican la R.S. N° 028-2009-VIVIENDA, en lo referido a conformación del Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

EmisorVIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Fecha de la disposición27 de Marzo de 2015
El Peruano
Viernes 27 de marzo de 2015
549570
En caso que la empresa autorizada, no cumpla con
presentar la documentación señalada se procederá de
acuerdo a la normatividad vigente.
Artículo Octavo.- La presente Resolución Directoral surtirá
efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo
de cargo de la empresa denominada CITV AUTOMOTRIZ
NACIONAL S.A.C., los gastos que origine su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL ANGEL SÁNCHEZ DEL SOLAR QUIÑONES
Director General
Dirección General de Transporte Terrestre
1215966-1
VIVIENDA, CONSTRUCCION
Y SANEAMIENTO
Modifican la R.S. Nº 028-2009-
VIVIENDA, en lo referido a conformación
del Comité de Inversión del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 003-2015-VIVIENDA
Lima, 26 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 028-2009-
VIVIENDA de fecha 23 de octubre de 2009, se creó
el Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, con el objeto de llevar
a cabo procesos de promoción de inversión privada y
evaluar iniciativas privadas de proyectos de obras públicas
y servicios públicos, en el marco del Decreto Legislativo
Nº 1012, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de
Asociaciones Público - Privadas para la Generación del
Empleo Productivo y dicta Normas para la Agilización de
los Procesos de Promoción de la Inversión Privada;
Que, por Resoluciones Supremas Nº 030-2009-
VIVIENDA, Nº 001-2014-VIVIENDA y Nº 012-2014-
VIVIENDA, de fechas 07 de diciembre de 2009, 17
de enero y 12 de agosto de 2014, respectivamente, se
modi có el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 028-
2009-VIVIENDA, referido a la conformación del Comité de
Inversión, el mismo que es necesario modi car;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modifi cación del artículo 2 de la
Resolución Suprema Nº 028-2009-VIVIENDA
Modifícase el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº
028-2009-VIVIENDA, modi cada por las Resoluciones
Supremas Nº 030-2009-VIVIENDA, Nº 001-2014-
VIVIENDA y Nº 012-2014-VIVIENDA, quedando redactado
conforme al texto siguiente:
“Artículo 2.- Conformación del Comité de Inversión
El Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento estará conformado por las
siguientes personas:
- René Arturo Barra Zamalloa, Jefe de Gabinete de
Asesores, quien lo presidirá.
- Sheilah Joana Miranda Leo, Asesora del Gabinete
de Asesores.
- José Luis Díaz Oliden, Director Ejecutivo del
Programa Nuestras Ciudades.
- Javier Boyer Merino, Abogado de la O cina General
de Asesoría Jurídica, quien ejercerá la Secretaría
Técnica.
Las funciones que de conformidad con el Decreto
Legislativo Nº 674, Ley de Promoción de la Inversión Privada
de las Empresas del Estado; el Decreto Supremo Nº 059-
96-PCM, Texto Único Ordenado de las normas con rango de
Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado
de las obras públicas de infraestructura y de servicios
públicos, y la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de
la Inversión Descentralizada, correspondan a los Comités
Especiales de la Agencia de Promoción de la Inversión
Privada - PROINVERSION, serán asumidas por el Comité
de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, en los procesos que le sean asignados”.
Artículo 2.- Instalación del Comité de Inversión
El Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento debe instalarse en un plazo
que no excederá los diez (10) días hábiles posteriores a la
publicación de la presente norma.
Artículo 3.- Refrendo
La presente Resolución Suprema será refrendada por
el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1217508-11
REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración,
actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará
un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN

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