Resolucion SBS N° 02717-2023. Declaran el sometimiento a Régimen de Intervención de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CORPORACION UNION por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y la reserva cooperativa
Fecha de publicación | 18 Agosto 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Lima, 16 de agosto de 2023
La Superintendenta de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30822 (en adelante, Ley COOPAC), Ley que modifica la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (en adelante, Ley General), y otras normas concordantes, publicada el 19.07.2018 y vigente a partir del 01.01.20191, otorgó a este organismo de supervisión y control facultades para supervisar y regular a las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (en adelante, COOPAC);
Que, en atención a dichas facultades, esta Superintendencia emitió el Reglamento de Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales, aprobado por la Resolución SBS N° 4977-2018 y su modificatoria, en el que, entre otros aspectos, se precisa el procedimiento y plazos de inscripción de las COOPAC, así como los casos en que procede su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales (en adelante, Registro COOPAC);
Que, la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CORPORACION UNION (en adelante, la Coopac CORPORACION UNION, la Coopac o la Cooperativa), inscrita en la Partida Registral N° 14250250 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, solicitó su inscripción en el Registro COOPAC, la cual fue aceptada mediante Oficio N° 11343 - 2019 - SBS notificado el 22.03.2019. Asimismo, de acuerdo con el monto total de activos declarado por la Coopac CORPORACION UNION, en ese momento, se le asignó el Nivel N°1 del Esquema Modular y se le autorizó realizar operaciones correspondientes al Nivel N°1 conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley COOPAC, desarrollada por la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado por la Resolución SBS N° 480-2019 y sus modificatorias (en adelante, Reglamento General de COOPAC);
Que, mediante Oficio N° 26648-2023-SBS, notificado el 26.05.2023, esta Superintendencia dispuso, en uso de las facultades otorgadas por Ley COOPAC, realizar una Inspección Especial a la Coopac CORPORACION UNION;
Que, la Inspección Especial realizada por esta Superintendencia en la Coopac CORPORACION UNION comprendió la revisión selectiva de activos, pasivos, cuentas patrimoniales y cuentas de resultados de la Cooperativa, a efectos de constatar su debido sustento técnico, económico y contractual, su correcto registro y dinámica contable, de acuerdo con lo dispuesto en el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público aplicable para las COOPAC de Nivel 1, aprobado mediante Resolución SBS N° 577-2019 y sus modificatorias, y demás normativa relacionada;
Que, como resultado de las evaluaciones realizadas a la documentación y sustentos presentados por la Cooperativa desde que se inició la Inspección Especial, se determinaron los siguientes ajustes2 con cargo al Capital Social y Reservas Cooperativas de la Coopac, sobre la base de los Estados Financieros presentados por la Coopac CORPORACION UNION al 31.03.2023 y 31.05.2023:
Tabla N° 01: Ajustes Patrimoniales a las cuentas de Capital Social y...
La Superintendenta de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30822 (en adelante, Ley COOPAC), Ley que modifica la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (en adelante, Ley General), y otras normas concordantes, publicada el 19.07.2018 y vigente a partir del 01.01.20191, otorgó a este organismo de supervisión y control facultades para supervisar y regular a las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (en adelante, COOPAC);
Que, en atención a dichas facultades, esta Superintendencia emitió el Reglamento de Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales, aprobado por la Resolución SBS N° 4977-2018 y su modificatoria, en el que, entre otros aspectos, se precisa el procedimiento y plazos de inscripción de las COOPAC, así como los casos en que procede su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales (en adelante, Registro COOPAC);
Que, la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CORPORACION UNION (en adelante, la Coopac CORPORACION UNION, la Coopac o la Cooperativa), inscrita en la Partida Registral N° 14250250 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, solicitó su inscripción en el Registro COOPAC, la cual fue aceptada mediante Oficio N° 11343 - 2019 - SBS notificado el 22.03.2019. Asimismo, de acuerdo con el monto total de activos declarado por la Coopac CORPORACION UNION, en ese momento, se le asignó el Nivel N°1 del Esquema Modular y se le autorizó realizar operaciones correspondientes al Nivel N°1 conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley COOPAC, desarrollada por la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado por la Resolución SBS N° 480-2019 y sus modificatorias (en adelante, Reglamento General de COOPAC);
Que, mediante Oficio N° 26648-2023-SBS, notificado el 26.05.2023, esta Superintendencia dispuso, en uso de las facultades otorgadas por Ley COOPAC, realizar una Inspección Especial a la Coopac CORPORACION UNION;
Que, la Inspección Especial realizada por esta Superintendencia en la Coopac CORPORACION UNION comprendió la revisión selectiva de activos, pasivos, cuentas patrimoniales y cuentas de resultados de la Cooperativa, a efectos de constatar su debido sustento técnico, económico y contractual, su correcto registro y dinámica contable, de acuerdo con lo dispuesto en el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público aplicable para las COOPAC de Nivel 1, aprobado mediante Resolución SBS N° 577-2019 y sus modificatorias, y demás normativa relacionada;
Que, como resultado de las evaluaciones realizadas a la documentación y sustentos presentados por la Cooperativa desde que se inició la Inspección Especial, se determinaron los siguientes ajustes2 con cargo al Capital Social y Reservas Cooperativas de la Coopac, sobre la base de los Estados Financieros presentados por la Coopac CORPORACION UNION al 31.03.2023 y 31.05.2023:
Tabla N° 01: Ajustes Patrimoniales a las cuentas de Capital Social y...
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