RESOLUCION Nº 1633-2010-R-UNE - Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos para el año 2010 de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle

Fecha de disposición06 Enero 2011
Fecha de publicación06 Enero 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 6 de enero de 2011
433706
CONSIDERANDO:
Que, en el artículo 186° de la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702
y sus normas modif‌i catorias, en adelante Ley General,
se establece que para el cálculo del requerimiento de
patrimonio efectivo por riesgo operacional, las empresas
del sistema f‌i nanciero utilizarán el método del indicador
básico, el método estándar alternativo o los métodos
avanzados;
Que, en el artículo 194° de la Ley General se
dispone que las empresas del sistema f‌i nanciero
podrán iniciar el cálculo del requerimiento de patrimonio
efectivo por riesgo operacional mediante el método
del indicador básico o el método estándar alternativo.
No obstante, se precisa que para el uso del método
estándar alternativo se requiere previa autorización de
la Superintendencia según las normas que establezca
este Órgano de Control;
Que, mediante Resolución SBS Nº 2115-2009
del 2 de abril de 2009 y sus normas modif‌i catorias
se aprobó el Reglamento para el Requerimiento de
Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional, en el cual
se establece la metodología que deberá aplicarse,
así como los requisitos que deberán cumplirse para
efectuar el cálculo del requerimiento de patrimonio
efectivo por riesgo operacional bajo el método del
indicador básico, el método estándar alternativo o los
métodos avanzados;
Que, en la primera disposición f‌i nal del Reglamento
para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por
Riesgo Operacional se señala que la Superintendencia
podrá exigir a las empresas del sistema f‌i nanciero un
requerimiento patrimonial mayor al calculado con el
método al que la empresa ha sido autorizada a utilizar
cuando los niveles de requerimiento de patrimonio
efectivo no resulten adecuados a la naturaleza y escala
de las operaciones, perf‌i l de riesgo y sistema de gestión
de riesgos de la empresa;
Que, en consecuencia, resulta necesario modif‌i car
los Reportes N° 2-C1 “Requerimiento de Patrimonio
Efectivo por Riesgo Operacional – Método del Indicador
Básico” y N° 2-C2 “Requerimiento de Patrimonio Efectivo
por Riesgo Operacional – Método Estándar Alternativo”
del Manual de Contabilidad para las Empresas del
Sistema Financiero aprobado por la Resolución SBS N°
895-98 y sus normas modif‌i catorias y complementarias,
para incorporar una f‌i la en la cual registrar el patrimonio
efectivo adicional por riesgo operacional a que se hace
referencia en la Primera Disposición Final del Reglamento
para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo
Operacional;
Estando a lo opinado por las Superintendencias
Adjuntas de Banca y Microf‌i nanzas, de Riesgos, de
Estudios Económicos y de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por los
numerales 7 y 13 del artículo 349° de la Ley General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Modifíquese el Manual de
Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero
conforme el Anexo adjunto a la presente Resolución, el
cual se publica en el Portal Institucional (www.sbs.gob.
pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N°
001-2009-JUS.
Artículo Segundo.- La presente resolución entra en
vigencia a partir de la información correspondiente al mes
de enero de 2011.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FELIPE TAM FOX
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
585521-1
UNIVERSIDADES
Aprueban Texto Único de Procedimientos
Administrativos para el año 2010 de
la Universidad Nacional de Educación
Enrique Guzmán y Valle
(Se publican las siguientes resoluciones a solicitud de
la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y
Valle, mediante Of‌i cio Nº 467-2010-SG-UNE, recibido el
4 de enero de 2011)
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE
GUZMÁN Y VALLE
RESOLUCIÓN Nº 1633-2010-R-UNE
Chosica, 8 de julio del 2010
VISTO el Of‌i cio Nº 047-2010-OOyP/OCPyDI-UNE,
del 19 de marzo del 2010, de la Of‌i cina de Organización
y Procesos, y de la Of‌i cina Central de Planif‌i cación y
Desarrollo Institucional, referido a la aprobación del Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 3661-2007-R-UNE,
del 28 de diciembre del 2007, se actualizó el Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2007, de la
Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y
Valle;
Que el artículo 38º acápite 38.1. de la Ley del
Procedimiento Administrativo General – Ley Nº
27444, dispone que el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) es aprobado por Resolución del
Titular del organismo constitucionalmente autónomo,
como es el caso de esta Casa Superior de Estudios;
Que el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA es un documento de gestión
institucional que reduce, simplif‌i ca y unif‌i ca la
información relativa al trámite de solicitudes que el
administrado presenta en la entidad en el ejercicio
de su derecho de petición;
Que con el documento del visto, la Jefa de la
Of‌i cina de Organización y Procesos, y
el Director de la Of‌i cina Central de Planif‌i cación
y Desarrollo Institucional remiten al Rector el Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) para el
año 2010, que contiene los trámites propuestos por las
dependencias académicas y administrativas;
Que el Rector de la UNE, mediante Hoja de Envío
Nº 495-2010-R-UNE, del 22 de marzo del 2010, ordena
se expida la presente resolución;
Dando cumplimiento a lo acordado por el Consejo
Universitario, en su sesión ordinaria realizada el 17 de
junio del 2010;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
33° de la Ley N° 23733 - Ley Universitaria, concordante
con los artículos 19°, 21° y 27° del Estatuto de la UNE y
los alcances de la Resolución N° 006-2006-AU-UNE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) para el año
2010, de la Universidad Nacional de Educación Enrique
Guzmán y Valle, conforme se detalla en el anexo que
consta de veintiocho (28) folios.
Artículo 2°.- DISPONER que las instancias
pertinentes realicen las acciones complementarias
para la implementación del documento aprobado.
Artículo 3°.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones
que se opongan a esta resolución.
Artículo 4°.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente
resolución en el diario Oficial El Peruano, en el
Portal de Transparencia, en el Portal de Servicio al

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