Resolucion N° D000001-2024-CONADIS-PRE. Delegan diversas facultades y atribuciones en el/la Gerente/a de la Gerencia General y en directivos/as del CONADIS

Fecha de publicación04 Enero 2024
SecciónSección Única
Delegan diversas facultades y atribuciones en funcionarios/as y servidores/as del Ministerio

Lima, 3 de enero del 2024


VISTOS:


El Memorando N° D000481-2023-CONADIS-GG y la Nota N° D000636-2023-CONADIS-GG, emitidos por la Gerencia General; la Nota N° D000463-2023-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000608-2023-CONADIS-OAJ, ambos emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera, y constituye pliego presupuestario;


Que, el artículo 74 del Reglamento de la Ley N° 29973, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, define la estructura orgánica del CONADIS, estableciendo que la misma está conformada por el Consejo Nacional, la Presidencia, la Secretaría General (hoy Gerencia General) y demás órganos que establezca su Reglamento de Organización y Funciones;


Que, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS (en adelante ROF del CONADIS), aprobado por Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE, establece que la Gerencia General constituye la máxima autoridad administrativa de la entidad, y, ejerce las funciones que le sean asignadas por la Presidencia del CONADIS en el marco de su competencia y las que le correspondan por normativa expresa;


Que, el artículo 24 del ROF del CONADIS establece que la Oficina de Administración tiene entre sus funciones, la función de planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos vinculados con la gestión de abastecimiento; asimismo, señala como parte de sus funciones la suscripción de contratos y/o convenios relacionados a la adquisición de bienes, contratación de servicios, ejecución de obras y otros de su competencia;


Que, el artículo 31 del ROF del CONADIS dispone que es función de la Unidad de Recursos Humanos proponer y aplicar políticas, estrategias, lineamientos, directivas, instrumentos o herramientas de gestión de recursos humanos, así como el diseño y seguimiento del Plan de Recursos Humanos, alineado a los objetivos de la entidad y en el marco de lo dispuesto en la normativa del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;


Que, mediante la Ley N° 31953 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante el cual se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2024. Asimismo, mediante Resolución de Presidencia N° D000153-2023-CONADIS-PRE se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondientes al Año Fiscal 2024 del Pliego 345: Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS);


Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante TUO de la LPAG), establece que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; asimismo, el artículo 79 del aludido cuerpo normativo dispone que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado y podrá ser responsable con éste por culpa en la vigilancia;


Que, por su parte, el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga; pudiendo delegar al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. Además, el numeral 8.3 del artículo 8 de la referida ley, señala que el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece otros supuestos en los que el Titular de la Entidad no puede delegar la autoridad otorgada;


Que, en atención a lo señalado en los documentos de vistos, resulta necesario delegar y desconcentrar ciertas facultades de la Presidenta del CONADIS, en su calidad de Titular de la Entidad, a efectos de contribuir a la fluidez de la gestión institucional durante el Año Fiscal 2024;


Con el visto bueno de la Gerencia General, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,


De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 082-2019-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS);


SE RESUELVE:


Artículo 1.- Delegar en el/la Gerente/a de la Gerencia General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), durante el año fiscal 2024, las facultades que se detallan a continuación:


1.1 En materia administrativa:


a) Atender las solicitudes de información en los procesos judiciales, así como los mandatos y/o demás pronunciamientos expedidos por los tribunales administrativos, el fuero arbitral y/o judicial.


b) Monitorear y evaluar la implementación y cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo de la Entidad.


c) Designar a los Fedatarios del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).


d) Aprobar, modificar o derogar las políticas y/o planes relacionados con los sistemas administrativos del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), conforme al marco legal vigente sobre la materia.


e) Aprobar, modificar o derogar las directivas, lineamientos, protocolos, instructivos y/o guías relacionadas con los sistemas administrativos del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).


f) Constituir comisiones, grupos de trabajo, comités y/o similares al interior de la entidad, en el ámbito de su competencia, así como disponer la modificación de la conformación de los mismos, de ser el caso.


g) Resolver los recursos de apelación interpuestos ante la denegatoria del reconocimiento de adeudos de ejercicios presupuestales anteriores, en concordancia con la normativa...

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