RESOLUCION N° 8162-2014 - Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas el traslado de agencia ubicada en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima.

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2014
El Peruano
Jueves 18 de diciembre de 2014
540126
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Financiera Edyficar S.A. la
apertura de oficinas especiales en los
departamentos de Lima y Tumbes
RESOLUCIÓN SBS Nº 8161-2014
Lima, 9 de diciembre del 2014
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por Financiera Edy car S.A.
para que se le autorice la apertura de tres (03) o cinas
especiales, según se indican en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a
esta Superintendencia la documentación pertinente que
sustenta lo solicitado;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”, y;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de
la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 6285-2013; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS
Nº 240-2013;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a Financiera Edy car S.A.
a la apertura de las siguientes o cinas especiales:
• O cina Especial ubicada en Av. 26 de Noviembre
Nº 1908 Mz y Lote 31, Pueblo Joven Virgen de Lourdes,
Asentamiento Humano Nueva Esperanza, distrito de Villa
María del Triunfo, provincia y departamento de Lima.
• O cina Especial ubicada en Av. Victor Malasquez
Mz C, Lote 07, Sector Central, Centro Poblado Rural Los
Huertos de Manchay, distrito de Pachacamac, provincia y
departamento de Lima.
• O cina Especial ubicada en Av. Fernando Belaunde
Terry Mz 20 Lt. Nº 11 Urbanización Andrés Araujo, distrito,
provincia y departamento de Tumbes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTÉS
Intendente General de Banca
1178074-1
Autorizan al Banco Interamericano de
Finanzas el traslado de agencia ubicada
en el distrito de Miraflores, provincia y
departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 8162-2014
Lima, 9 de diciembre de 2014
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Interamericano
de Finanzas para que se le autorice el traslado de una (1)
agencia, según se indica en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que el referido Banco ha cumplido con presentar
la documentación pertinente que sustenta el pedido
formulado;
Estando a lo opinado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “D”; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros y la Resolución Nº 6285-2013; y, en
uso de las facultades delegadas mediante Resolución
SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS Nº
240-2013;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de
Finanzas el traslado de una agencia, según se indica:
- Agencia La Aurora, situada en Calle Luis Arias
Schereiber Nº 147, Urb. La Aurora, distrito de Mira ores,
provincia y departamento de Lima; hacia su nueva
dirección situada en Calle Luis Arias Schereiber Nº
221, 225, 227, Primer piso, Urb. La Aurora, distrito de
Mira ores, provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTES
Intendente General de Banca
1178003-1
Modifican el Título VII del Compendio
de Normas de Superintendencia
Reglamentarias del Sistema Privado
de Administración de Fondos de
Pensiones referido a Prestaciones,
aprobado por Res. Nº 232-98-EF/SAFP
y sus modificatorias
RESOLUCIÓN SBS N° 8300-2014
Lima, 17 de diciembre de 2014
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
Que, por Ley Nº 29903 se aprobó la Ley de Reforma
del Sistema Privado de Pensiones que modi ca el TUO de
la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos
de Pensiones, en adelante SPP, aprobado por Decreto
Supremo Nº 054-97-EF, en adelante TUO de la Ley del
SPP;
se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29903, Ley de
Reforma del Sistema Privado de Pensiones;
Que, el mencionado Decreto Supremo N° 068-2013-
EF modi có la composición de los comités médicos de
las AFP (COMAFP) y de la Superintendencia (COMEC),
en cuanto a su conformación como a la designación de
los representantes de las entidades participantes del
sistema evaluador de invalidez del SPP, siendo una de
las mejoras complementarias la designación de médicos
observadores representantes del gremio de las empresas
de seguros en el COMAFP;
Que, mediante Resolución SBS N° 4830-2013, se
reconoció la participación de los médicos observadores,
a fin de garantizar a las empresas de seguros el
conocimiento de los casos sujetos a evaluación así
como la eventual presentación de apelaciones ante
la segunda instancia de evaluación y calificación de
invalidez, a cuyo efecto no se les confería derecho a
voz ni a voto;
Que, a n de propender a un sistema evaluador de
invalidez de mayor calidad como consecuencia de una
mejor evaluación técnico-médica de las solicitudes de
evaluación y cali cación de invalidez que se presenten
ante el COMAFP, se ha considerado conveniente
otorgar el derecho a voz a los médicos observadores

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