RESOLUCION N° 7758-2014 - Autorizan viaje de funcionario a Chile, en comisión de servicios
Fecha de disposición | 23 Noviembre 2014 |
Fecha de publicación | 23 Noviembre 2014 |
El Peruano
Domingo 23 de noviembre de 2014 538255
Artículo Segundo.- Considerando lo señalado en la
solicitud de autorización presentada por la Financiera,
precisar que la ofi cina principal de la Financiera
corresponde a la ubicada en la Av. Javier Prado Este Nº
4483-4487, urbanización Neptuno, distrito de Santiago de
Surco, departamento de Lima, dado que fue autorizada
como ofi cina principal a la Caja Rural de Ahorro y Crédito
Nuestra Gente S.A.A., sociedad absorbente en el proceso
de fusión que dio origen a la Financiera.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DEMETRIO CASTRO ZÁRATE
Intendente General de Microfi nanzas
1167886-2
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro
y Crédito de Cusco S.A. la apertura
de agencia en el departamento de
Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 7640-2014
Lima, 13 de noviembre de 2014
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito Cusco S.A. - CMAC Cusco S.A., para
que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada
en la Avenida Cayma Nº 612, en el distrito de Cayma,
provincia y departamento de Arequipa; y,
CONSIDERANDO:
Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar
la documentación correspondiente para la apertura de la
citada Agencia;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Microfi nanciera “A”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo
30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento
de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso
de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros
corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº
6285-2013 y modifi catorias; y, en uso de las facultades
delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de una Agencia
ubicada en la Avenida Cayma Nº 612, en el distrito de
Cayma, provincia y departamento de Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DEMETRIO CASTRO ZÁRATE
Intendente General de Microfi nanzas
1168207-1
Autorizan viaje de funcionario a Chile,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS Nº 7758-2014
Lima, 19 de noviembre de 2014
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:
La invitación cursada por el Centro de Estudios
Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) a la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n
de participar en la VI Conferencia sobre Educación
Económica y Financiera de América Latina y el Caribe,
organizada con la colaboración de la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y su Red
Internacional para la Educación Financiera (INFE), que se
llevará a cabo los días 27 y 28 de noviembre de 2014, en
la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile;
CONSIDERANDO:
Que, la VI Conferencia sobre Educación Económica
y Financiera de América Latina y el Caribe, dirigida a
funcionarios de entidades miembros del Centro de Estudios
Monetarios Latinoamericanos (CEMLA), ministerios de
educación, reguladores bancarios, banca comercial y
organismos multilaterales y de cooperación, tiene como
objetivo analizar experiencias recientes de estrategias
nacionales de educación fi nanciera y la evaluación de su
impacto, las aportaciones de la economía de la conducta
a la educación fi nanciera, la educación fi nanciera en las
escuelas, el papel del sector privado en la implementación
de la educación fi nanciera, los vínculos entre educación,
inclusión y estabilidad fi nancieras, entre otros;
Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los
temas que se desarrollarán redundarán en benefi cio del
ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de
la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor
Juan Carlos Chong Chong, Jefe del Departamento de
Educación e Inclusión Financiera de la Superintendencia
Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera,
para que participe como expositor con el tema “Métodos y
Plataformas Utilizados en EEF: El Rol del Sector Público
y de la SBS de Perú en Educación Financiera” del citado
evento;
Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones,
mediante Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-17,
ha dictado una serie de Medidas Complementarias
de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014,
estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán
viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la
representación sobre temas vinculados con negociaciones
bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que
comprometan la presencia de sus trabajadores, así como
para el ejercicio de funciones o participación en eventos
de interés para la Superintendencia, como el presente
caso;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje
del citado funcionario para participar en el evento indicado,
cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos
serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al
Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y,
En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº
26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca
y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
Nº 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas
Complementarias de Austeridad en el Gasto para el
Ejercicio 2014 Nº SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo
dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el
Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor
Juan Carlos Chong Chong, Jefe del Departamento de
Educación e Inclusión Financiera de la Superintendencia
Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera
de la SBS, del 26 al 29 de noviembre de 2014, a la
ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, para
los fi nes expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro
de los 15 (quince) días calendario siguientes a su
reincorporación, deberá presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento de la presente autorización por conceptos
de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por
esta Superintendencia con cargo al Presupuesto
correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente
detalle:
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