Resolucion Nº 755-2023-MP-FN. Prorroga vigencia de nombramientos, designaciones y/o destaques de personal fiscal de diversos Distritos Fiscales

Fecha de publicación31 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 30 de marzo de 2023

VISTOS Y CONSIDERANDO:

El oficio Nº 577-2023-MP-FN-FSTEPDCN-CNFEPD, cursado por la Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito; oficio Nº 2887-2023-MP-FN-FSNCEDCF, remitido por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios; oficio Nº 879-2023-MP-FN-CN-FEVCMYGF, suscrito por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar; oficio Nº 469-2023-MP-FN-CN-FEMA, remitido por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental; oficio Nº 589-2023-MP-FN-OCE-FEDTID, cursado por la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas; oficio Nº 508-2023-ANC-MP-J, suscrito por el Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; oficio Nº 367-2023-MP-FN-PJFSAMAZONAS, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas; oficio Nº 423-2023-MP-FN-PJFSANCASH, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash; oficio Nº 603-2023-MP-FN-PJFSCUSCO, suscrito por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco; oficio Nº 667-2023-MP-FN-PJFSHUAURA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura; oficio Nº 673-2023-MP-FN-PJFSJUNIN, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín; oficio Nº 1487-2023-MP-FN-PJFS-DFLE, suscrito por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este; oficio Nº 1014-2023-MP-FN-PJFSLORETO, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto; oficio Nº 312-2023-MP-FN-PJFSPASCO, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco; oficio Nº 299-2023-MP-FN-PJFSPIURA, suscrito por por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura; oficio Nº 400-2023-MP-FN-PJFSPUNO, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno; oficio Nº 1003-2023-MP-FN-PJFS-SANMARTIN, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín y oficio Nº 654-2023-MP-FN-PJFSSANTA, suscrito por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal Del Santa; mediante los cuales, solicitan las prórrogas de nombramiento, designación y/o destaque del personal fiscal de los Distritos Fiscales de Amazonas, Áncash, Cusco, Huaura, Junín, Lima Este, Loreto, Pasco, Piura, Puno, San Martín y Santa.

Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.

Que, según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modificada mediante Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los...

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