Lima, 18 de marzo de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº 32-2024-MP-FN-PJFSAREQUIPA, cursado por el abogado Hugo Rogger Fernando Ramos Hurtado, en ese entonces, encargado de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa y el oficio Nº 442-2024-MP-FN-PJFSAREQUIPA, suscrito por el abogado Ciro Alejo Manzano, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, mediante los cuales elevan propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de La Unión, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; asimismo, se precisa que la plaza señalada cuenta con código AIRHSP Nº 000718 y con disponibilidad presupuestal para ser cubierta.
El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda...