RESOLUCION Nº 733-2015/SBN-DGPE-SDAPE - Disponen la primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de Cusco

Fecha de publicación29 Agosto 2015
Fecha de disposición29 Agosto 2015
560352 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2015 /
El Peruano
Aprueban pago directo de prestaciones
económicas de sepelio a nivel nacional,
correspondiente al mes de agosto de 2015
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 176-2015/SIS
Lima, 28 de agosto de 2015
VISTOS: El Informe N° 006-2015-SIS-GNF-SGLP-
MLR con Proveído Nº 307-2015-SIS-GNF, emitidos por
la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sobre el
pago directo de las prestaciones económicas de sepelio
a nivel nacional, el Informe N° 030-2015-SIS-OGTI-UTI-
MGAV con Proveído N° 333-2015-SIS/OGTI, emitidos
por la Of‌i cina General de Tecnología de la Información,
el Memorando N° 394-2015-SIS/OGPPDO, emitido
por la Of‌i cina General de Planeamiento, Presupuesto
y Desarrollo Organizacional y la Nota Informativa N°
058-2015-SIS/OGAJ de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
establecen los principios así como los procesos y
procedimientos que regulan el Sistema Nacional de
Presupuesto a que se ref‌i ere el artículo 11 de la Ley Nº
28112, Ley Marco de la Administración Financiera del
Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78
Que, en los numerales 12.1, 12.2 y 12.3 del
artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, se dispone la
autorización de las transferencias financieras durante
el Año Fiscal 2015, entre entidades del Gobierno
Nacional, entre las que está considerada el Seguro
Integral de Salud, aprobándose por Resolución del
Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en
el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163,
Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el
Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece
que la transferencia de fondos o pagos que efectúe
el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción
obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener
una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual
modo, dispone que en los convenios que se suscriban
con las instituciones prestadoras de servicios de salud
públicas podrán establecerse diferentes modalidades o
mecanismos de pago;
Que, a través del artículo 2 del Decreto Supremo
N° 007-2012-SA, se precisa que los Planes
Complementarios al PEAS que ofrece el Seguro
Integral de Salud, incluyen la prestación económica de
sepelio a nivel nacional;
Que, de acuerdo al numeral 6.3.2.2 de la Directiva
Administrativa Nº 001-2013/SIS/GNF-V.01, que regula
el Pago de la Prestación Económica de Sepelio para los
Af‌i liados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado
y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, aprobada
por Resolución Jefatural N° 202-2013/SIS, la misma
que dispone que “La Of‌i cina General de Administración
de Recursos, efectúa el proceso de pago (compromiso,
devengado, girado y pagado) de las prestaciones
económicas de sepelios, con la emisión de la carta orden
de habilitación de fondos en la cuenta corriente de la
respectiva entidad bancaria”;
Que, con Memorando N° 394-2015-SIS/OGPPDO,
la Of‌i cina General de Planeamiento, Presupuesto y
Desarrollo Organizacional, aprueba las Certif‌i caciones
de Crédito Presupuestal 1217 y Nº 1218 para el
pago de las prestaciones económicas de sepelio
correspondientes a las Fuentes de Financiamiento
de Recursos Ordinarios y Recursos Directamente
Recaudados, respectivamente;
Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de
Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de
aprobar los pagos directos de las prestaciones económicas
de sepelio, correspondientes al mes de agosto del 2015;
Con el visto bueno de la Secretaria General, de la
Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora
General de la Of‌i cina General de Administración de
Recursos y con la opinión favorable de los Directores
Generales de la Dirección General de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Dirección
General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2
del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y de acuerdo
a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro
Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-
2011-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el pago directo de prestaciones
económicas de sepelio a nivel nacional por la suma
total de TRES MILLONES CUATROCIENTOS DOS
MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON
00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 3’402,797.00) con
cargo a las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos
Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados,
correspondiente al mes de agosto 2015, de acuerdo al
siguiente detalle:
00-Recursos Ordinarios S/. 3,391,447.00
09-Recursos Directamente Recaudados S/. 11,350.00
TOTAL S/. 3’402,797.00
Artículo 2.- Encargar a la Secretaría General, la
publicación de la presente Resolución Jefatural en el
Diario Oficial “El Peruano”, así como coordinar con la
Oficina General de Tecnología de la Información la
publicación en el portal del Seguro Integral de Salud.
Regístrese y Comuníquese,
JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO
Jefe del Seguro Integral de Salud
1280487-2
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE BIENES ESTATALES
Disponen la primera inscripción de dominio
a favor del Estado de terreno eriazo ubicado
en el departamento de Cusco
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 733-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 27 de agosto del 2015
Visto el Expediente Nº 820-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno de 437 718,43 m2,
ubicado al Noroeste del Centro Poblado de Piñipampa,
a la altura del Km. 1002.5 de la carretera longitudinal
de la sierra Sur (PE-3S) margen derecha, con dirección
Cusco-Sicuani, distrito de Andahuaylillas, provincia de
Quispicanchi y departamento de Cusco;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema
Nacional de Bienes Estatales encargado de normar
y supervisar las acciones que realicen las entidades
que conforman el mencionado Sistema, en materia
de adquisición, disposición, administración y registro
de los bienes estatales a nivel nacional, así como de
ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales
que se encuentran bajo su competencia, procurando

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