RESOLUCION N° 724-2014-RASS - Reconocen al Asentamiento Humano Jorge Chávez como Urbanización Jorge Chávez

Fecha de disposición31 Octubre 2014
Fecha de publicación31 Octubre 2014
El Peruano
Viernes 31 de octubre de 2014
536462
recepción de solicitudes de aprobación de Anteproyectos
en Consulta y Licencias de Edif‌i cación para edif‌i cios
multifamiliares y conjuntos residenciales multifamiliares,
así como la suspensión de la emisión de Certif‌i cados
de Parámetros Urbanísticos y Edif‌i catorios, para las
Urbanizaciones Los Álamos de Monterrico que comprende
8 etapas (1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º Etapa), Los Álamos
de Monterrico (Álamos I y II), Urbanización Tres Álamos,
Urbanización Valle Escondido, Parcela “C-A” (denominada
Urbanización Monte Alto Country Club) y el terreno rústico
circunscrito por la Urbanización Álamos de Monterrico, la
Parcela “C-A” y la Urbanización Valle Escondido, hasta el
31.10.2015.
Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía
entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal,
a la Gerencia de Tecnologías de la Información y a la
Gerencia de Desarrollo Urbano, el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía; así como a la Gerencia de
Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y
difusión de sus alcances ante el vecindario.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente
en el portal del Estado Peruano, en el portal Institucional
www.munisurco.gob.pe y en el portal de servicios al
ciudadano y empresas www.serviciosalciudadano.gob.
pe., dentro del día siguiente de su aprobación, conforme
lo prescribe el Articulo 15º de la Directiva Nº 001-2010-
PCM/CGP, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº
200-2010-PCM.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
1157546-1
Reconocen al Asentamiento Humano
Jorge Chávez como Urbanización Jorge
Chávez
RESOLUCIÓN Nº 724-2014-RASS
Santiago de Surco, 9 de setiembre de 2014
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: El Informe Nº179-2014-GDU-MSS, de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 314-
2014-SGPUC-GDU-MSS, de la Subgerencia de
Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 502-
2014-GAJ-MSS, de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
el DS Nº 2200212014, presentado por la junta de
propietarios del Asentamiento Humano Jorge Chávez,
distrito de Santiago de Surco, inscrito en la Partida Nº
P03137033 de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos – SUNARP; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece
que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para las municipalidades, radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
establece que son atribuciones del Alcalde, defender y
cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y
los vecinos; y el Artículo 43º, de la misma ley, indica que
las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los
asuntos de carácter administrativo; asimismo, el numeral
3.5, inciso 3 del Artículo 79º establece como función la
de reconocer los Asentamientos Humanos y promover su
desarrollo y formalización;
Que, el Artículo 10º del Reglamento de Inscripciones
del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos, Resolución del Superintendente
Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-
SUNARP/SN, indica que: “En los casos de inscripción
que se efectúe en mérito a un acto administrativo, salvo
disposición en contrario, se presentará copia autenticada
de la resolución administrativa expedida por funcionario
autorizado de la institución que conserva en su poder la
matriz…”;
Que, el Artículo 135º, de la Ordenanza Nº 483-MSS,
que aprueba la modif‌i cación de la Ordenanza Nº 439-
MSS, Reglamento de Organización y Funciones de
la Municipalidad de Santiago de Surco, indica que: “La
Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro tiene
como f‌i nalidad planif‌i car el desarrollo urbanístico del
distrito, contribuir con proyectos de mejora vial, administrar
y suministrar información del catastro distrital”;
Que, mediante Carta S/N de fecha 25.06.2014,
contenida en el DS Nº 2200212014 del 30.06.2014, los
dirigentes del Asentamiento Humano “Jorge Chávez”,
solicitan el cambio de denominación del citado
Asentamiento Humano por el de Urbanización Jorge
Chávez;
Que, con Informe Nº 179-2014-GDU-MSS, la Gerencia
de Desarrollo Urbano remite la propuesta de cambio de
denominación del Asentamiento Humano Jorge Chávez,
otorgándole el reconocimiento de Urbanización Jorge
Chávez, situado en el distrito de Santiago de Surco,
provincia de Lima; fundando la misma en el Informe
Nº 314-2014-SGPUC-GDU-MSS, de la Subgerencia
de Planeamiento Urbano y Catastro, que contiene los
Informes Nº 036-2014-RLRCH y 27-2014-SGPUC-grp,
los cuales indican que el Asentamiento Humano Jorge
Chávez, se asienta sobre un área 12,085.06 m2 ubicado
en el Sector 2, conformado por la Manzana A, C y D,
circundado por las Urbanizaciones San Roque FAP, San
Roque Civil, Cooperativa Luis Sánchez Cerro y la Vía
Expresa - Av. Paseo de la República;
Que, asimismo, se indica que el A.A.H.H. Jorge
Chávez, se encuentra inscrito con en la Partida Nº
P03137033 de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos - SUNARP; cuya independización se
efectuó en virtud de la Resolución Directoral Nº 702-79-
CVC-6400 del 27.12.1979, que aprobó el plano perimétrico,
el cual, se encuentra consolidado con lotización def‌i nida,
edif‌i caciones de carácter residencial, hasta 04 pisos
de altura, con servicios públicos domiciliarios de agua,
desagüe, energía eléctrica y comunicaciones, con acceso
por el Jr. Los Conquistadores, la Calle Los Libertadores y
la Av. Paseo de la República;
Que, los denominados asentamientos humanos,
pueblos jóvenes, barrios marginales, barriadas, programas
de vivienda municipales, centros poblados y toda otra forma
de posesión, constituyen posesiones informales posibles
de formalización, asentados en terrenos del Estado o de
particulares; advirtiéndose que el ámbito materia de la
presente resolución ha superado dicha características y
adquirido las características de una urbanización, por su
población organizada, con construcciones para vivienda
de hasta 4 pisos y comercios, debidamente consolidada
con servicios y espacios destinados a circulación
debidamente pavimentados y áreas verdes;
Que, el Informe Nº 502-2014-GAJ-MSS, de la Gerencia
de Asesoría Jurídica, señala que en atención al Informe
Nº 179-2014-GDU-MSS, la Gerencia de Desarrollo
Urbano, al Informe Nº 314-2014-SGPUC-GDU-MSS, de
la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, se
evidencia que el área Ubicada en el Sector 2 del distrito de
Santiago de Surco, conocida como AAHH Jorge Chávez,
se encuentra consolidado con lotizaciones def‌i nidas,
edif‌i caciones de carácter residencial, con servicios
públicos domiciliarios de agua, desagüe, energía eléctrica
y comunicaciones, habiendo superado las características
de una posesión informal de asentamiento humano,
por lo que, resulta viable acceder a lo solicitado por los
representantes mediante carta de fecha 30.06.2014;
Estando al Informe Nº 502-2014-GAJ-MSS de la
Gerencia de Asesoría, al Informe Nº 179-2014-GDU-MSS,
de la Gerencia de Desarrollo Urbano, y en uso de las
facultades conferidas por los Artículos 20º, numeral 1, y 43º
de la Ley Nº 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades;
RESUELVE:
Artículo Primero.- RECONOCER al Asentamiento
Humano Jorge Chávez, como URBANIZACIÓN JORGE
CHÁVEZ, distrito de Santiago de Surco, provincia de Lima,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR