Resolución Nº 657-2021 de Tribunal de Fiscalización Laboral, 13-12-2021

Sentido del falloSe declara FUNDADO recurso de revisión interpuesto por ENEL GREEN POWER PERU S.A.C.- AGP PERÚ en contra de la Resolución de Intendencia N° 1143-2021-SUNAFIL/ILM, de fecha 14 de julio de 2021
Materia- SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Fecha14 Julio 2021
EmisorTribunal de Fiscalización Laboral - Primera Sala
Número de resolución657-2021
Tribunal de Fiscalización Laboral
Primera Sala
Resolución N° 657-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala
1
EXPEDIENTE SANCIONADOR
:
2129-2018-SUNAFIL/ILM/SIRE1
PROCEDENCIA
:
INTENDENCIA DE LIMA METROPOLITANA
IMPUGNANTE
:
ENEL GREEN POWER PERU S.A.C.- AGP PERÚ
ACTO IMPUGNADO
:
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 1143-2021-
SUNAFIL/ILM
MATERIA
:
- SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Sumilla: Se declara FUNDADO recurso de revisión interpuesto por ENEL GREEN POWER PERU S.A.C.-
AGP PERÚ en contra de la Resolución de Intendencia N° 1143-2021-SUNAFIL/ILM, de fecha 14 de
julio de 2021.
Lima, 13 de diciembre de 2021
VISTO: El recurso de revisión interpuesto por (en adelante la impugnante) contra la Resolución de
Intendencia N° 1143-2021-SUNAFIL/ILM, de fecha 14 de julio de 2021 (en adelante la resolución
impugnada) expedida en el marco del procedimiento sancionador, y
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1.1 Mediante Orden de Inspección N° 137-2018-SUNAFlL/INSSI, se dio inicio a las actuaciones
inspectivas de investigación respecto de la impugnante, con el objeto de verificar el
cumplimiento de la normativa de seguridad y salud en el trabajo
1
, las cuales culminaron
con la emisión del Acta de Infracción N° 80-2018-SUNAFlL/INSSI (en adelante, el Acta de
Infracción), mediante la cual se propuso sanción económica a la impugnante por la
comisión de una (01) infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo.
1.2 Mediante Imputación de cargos N° 1679-2018-SUNAFIL/ILM/SIAI del 22 de noviembre de
2018, notificado el 03 de enero de 2019, se dio inicio a la etapa instructiva, remitiéndose el
Acta de Infracción y otorgándose un plazo de cinco (05) días hábiles para la presentación
de los descargos, de conformidad con lo señalado en el literal e) del numeral 2 del artículo
1
Se verificó el cumplimiento sobre la siguiente materia: Gestión interna de seguridad y salud en el trabajo (Sub materia:
Registro de accidente de trabajo e incidentes) y Accidente de trabajo que cause muerte o invalidez permanente total o
parcial (Sub materia: Incluye todas)
Firmado digitalmente por :
PACHECO ZERGA Luz Imelda FAU 20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 23.12.2021 14:18:48-0500
Firmado digitalmente por :
ORSINI WISOTZKI Desiree Bianca FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 25.12.2021 12:47:50-0500
Firmado digitalmente por :
MENDOZA LEGOAS Luis Erwin FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 31.12.2021 13:55:38-0500

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR