Resolución Nº 607-2023 de Tribunal de Fiscalización Laboral, 28-06-2023

Sentido del falloSe declara FUNDADO EN PARTE el recurso de revisión interpuesto por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA, NULA la Resolución de Intendencia N°028-2021-SUNAFIL/IRE-TAC, de fecha 28 de diciembre de 2021 y NULA la Resolución de Sub Intendencia N°123-2022-SUNAFIL/IRE.TAC/SIRE, de fecha 02 de marzo de 2022, emitida por la Intendencia Regional de Tacna y la Sub Intendencia de la Intendencia Regional de Tacna, respectivamente, disponiéndose la CADUCIDAD del procedimiento administrativo sancionador, recaído en el expediente sancionador N°220-2021-SUNAFIL/IRE-TAC, de la Intendencia Regional de Tacna
EmisorTribunal de Fiscalización Laboral - Primera Sala
Número de resolución607-2023
MateriaLABOR INSPECTIVA
Fecha28 Junio 2023
Tribunal de Fiscalización Laboral
Primera Sala
Resolución N° 607-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala
1
EXPEDIENTE SANCIONADOR
:
220-2021-SUNAFIL/IRE-TAC
PROCEDENCIA
:
INTENDENCIA REGIONAL DE TACNA
IMPUGNANTE
:
MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO
ALBARRACÍN LANCHIPA
ACTO IMPUGNADO
:
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA 053-2021-
SUNAFIL/IRE-MOQ
MATERIA
:
LABOR INSPECTIVA
Sumilla: Se declara FUNDADO EN PARTE el recurso de revisión interpuesto por la MUNICIPALIDAD
DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA, NULA la Resolución de Intendencia N° 028-
2021-SUNAFIL/IRE-TAC, de fecha 28 de diciembre de 2021, y NULA la Resolución de Sub Intendencia
123-2022-SUNAFIL/IRE.TAC/SIRE, de fecha 02 de marzo de 2022, emitida por la Intendencia
Regional de Tacna y la Sub Intendencia de la Intendencia Regional de Tacna, respectivamente,
disponiéndose la CADUCIDAD del procedimiento administrativo sancionador, recaído en el
expediente sancionador N° 220-2021-SUNAFIL/IRE-TAC, de la Intendencia Regional de Tacna.
Lima, 28 de junio de 2023
VISTO: El recurso de revisión interpuesto por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO
ALBARRACÍN LANCHIPA (en adelante, la impugnante) contra la Resolución de Intendencia N° 053-
2021-SUNAFIL/IRE-MOQ, de fecha 20 de mayo de 2022 (en adelante, la resolución impugnada)
expedida en el marco del procedimiento sancionador, y
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1.1. Mediante Orden de Inspección N° 002-2021-SUNAFIL/IRE-TAC, se dio inicio a las
actuaciones inspectivas de investigación, con el objeto de verificar el cumplimiento del
ordenamiento jurídico sociolaboral
1
, que culminaron con la emisión del Acta de Infracción
053-2021-SUNAFIL/IRE-TAC (e n adelante, el Acta de Infracción), mediante la cual se
propuso sanción económica a la impugnante por la comisión, entre otras, de dos (02)
infracciones muy graves a la labor inspectiva, por no acreditar el cumplimiento de la medida
inspectiva de requerimiento efectuado el 09 de febrero de 2021 y por inasistir a la diligencia
de comparecencia programada para el día 18 de enero de 2021; en mérito a la denuncia
1
Se verificó el cumplimiento sobre las siguientes materias: Relaciones Colectivas (Sub materia: Convenios colectivos),
Remuneraciones (Sub materia: gratificaciones), hostigamiento y actos de hostilidad (Sub materia: otros hostigamientos).
Firmado digitalmente por :
ORSINI WISOTZKI Desiree Bianca FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 03.07.2023 14:36:31-0500
Firmado digitalmente por :
MENDOZA LEGOAS Luis Erwin FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 05.07.2023 09:46:29-0500
Firmado digitalmente por :
DE LAMA LAURA Manuel Gonzalo FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 07.07.2023 09:23:01-0500

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