RESOLUCION N° 570-2014-CG - Autorizan viaje de profesionales a Colombia, en comisión de servicios

Fecha de publicación02 Diciembre 2014
Fecha de disposición02 Diciembre 2014
El Peruano
Martes 2 de diciembre de 2014 539101
DÍA ÍNDICE DÍA ÍNDICE
6 8,15582 22 8,14952
7 8,15543 23 8,14913
8 8,15503 24 8,14874
9 8,15464 25 8,14835
10 8,15424 26 8,14795
11 8,15385 27 8,14756
12 8,15346 28 8,14717
13 8,15306 29 8,14677
14 8,15267 30 8,14638
15 8,15228 31 8,14599
16 8,15188
El índice que antecede es también de aplicación para
los convenios de reajuste de deudas que autoriza el
artículo 1235º del Código Civil.
Se destaca que el índice en mención no debe ser
utilizado para:
a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase.
b. Determinar el valor al día del pago de las
prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o
resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su
texto actual consagrado por la Ley Nº 26598).
RENZO ROSSINI MIÑÁN
Gerente General
1171971-1
CONTRALORIA GENERAL
Autorizan viaje de profesionales a
Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 570-2014-CG
Lima, 1 de diciembre de 2014
VISTOS; la Hoja Informativa N° 00110-2014-CG/CT
del Departamento de Cooperación Técnica;
CONSIDERANDO:
Que, conforme se da cuenta en el documento de Visto,
la Corporación Instituto Iberoamericano para la Defensa
Constitucional ha organizado el Seminario Internacional
de Técnicas Avanzadas de Litigación Oral, que se llevará
a cabo del 3 al 6 de diciembre de 2014, en la ciudad de
Medellín, Colombia;
Que, la Corporación Instituto Iberoamericano para
la Defensa Constitucional, es una organización no
gubernamental que brinda servicios de defensa jurídica
ante Instituciones Públicas y Privadas, Nacionales e
Internacionales; así como capacitación a servidores
públicos y ciudadanos en temas relacionados con derechos
constitucionales y legales en los países de habla hispana;
Que, el mencionado seminario abordará temas de
litigio penal como derecho comparado, formulación de
teoría del caso, técnicas de interrogatorio de testigos y
peritos, técnicas avanzadas de contra-interrogatorio,
alegatos, entre otros;
Que, los alcances del evento están relacionados con
el rol que corresponde a la Procuraduría Pública, unidad
orgánica encargada de ejercer la representación y defensa
jurídica de la Contraloría General de la República a nivel
nacional en sede f‌i scal, judicial, militar, arbitral, Tribunal
Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar
naturaleza, arbitrajes y conciliaciones, en los que actúe como
demandante, demandada, denunciante o parte civil; así como
con el rol de las Of‌i cinas Regionales de Control, órganos
desconcentrados encargados de dirigir y ejecutar servicios
de control en las entidades comprendidas en su ámbito de
control, brindando apoyo a las labores de la Procuraduría
Pública en las zonas que se encuentran bajo su ámbito;
Que, la participación de la Contraloría General de la
República del Perú en el referido seminario permitirá el
intercambio de experiencias y conocimientos respecto a los
últimos avances en litigación oral penal y sistema acusatorio,
contribuyendo a fortalecer la gestión de la defensa jurídica del
Estado en los procesos penales a cargo de la Procuraduría
Pública de este Organismo Superior de Control;
Que, en consecuencia, resulta conveniente para los f‌i nes
institucionales autorizar, por excepción, el viaje en comisión
de servicios del señor Jaime Antonio Ortiz Rivero, Procurador
Público, de la señorita Marleny Julissa Bojorquez Vergara y
del señor Juan Antonio Becerra Romero, profesionales de
la Procuraduría Pública y de la Of‌i cina Regional de Control
Tumbes, respectivamente, para participar en el Seminario
Internacional de Técnicas Avanzadas de Litigación Oral;
Que, los gastos que irrogue la presente comisión de
servicios serán f‌i nanciados con los recursos del Pliego
019: Contraloría General, conforme a lo señalado por la
Gerencia Central de Administración;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 32°
de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de
la Contraloría General de la República, Ley N° 27785; Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
Ley N° 30114; Ley que regula la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 27619
y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM, modif‌i cado por Decreto Supremo N° 056-2013-
PCM, y la Resolución de Contraloría N° 565-2014-CG;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje
en comisión de servicios del señor Jaime Antonio Ortiz
Rivero, Procurador Público, de la señorita Marleny Julissa
Bojorquez Vergara y del señor Juan Antonio Becerra
Romero, profesionales de la Procuraduría Pública y de la
Of‌i cina Regional de Control Tumbes, respectivamente, a
la ciudad de Medellín, Colombia, del 2 al 7 de diciembre
de 2014, para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la
presente comisión de servicios serán f‌i nanciados con
cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General,
según el detalle siguiente: pasaje aéreo US$ 1 043.20,
viáticos US$ 1 480.00 (4 días) y gastos de instalación
US$ 370.00 (1 día), por cada participante.
Artículo Tercero.- Los citados profesionales presentarán
al Despacho Contralor, con copia al Departamento de
Cooperación Técnica, un informe sobre los resultados de
la comisión y las acciones que se deriven a favor de la
Contraloría General de la República, así como un ejemplar
de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de concluida la comisión de servicios.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no
otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR ALARCON TEJADA
Vicecontralor General
Contralor General de la República (e)
1172123-1
OFICINA NACIONAL DE
PROCESOS ELECTORALES
Precisan R.J. Nº 256-2014-J/ONPE
mediante la cual se convocó a elección
de Consejeros del Consejo Nacional
de la Magistratura, titular y suplente,
por los miembros de los Colegios de
Abogados del país para el período
2015-2020
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 284-2014-J/ONPE
Lima, 1 de diciembre de 2014

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