Resolución Nº 525-2021 de Tribunal de Fiscalización Laboral, 15-11-2021

Sentido del falloSe declara INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por el BANCO DE LA NACIÓN en contra de la Resolución de Intendencia N° 033-2021-SUNAFIL/IRE-PUN, de fecha 13 de agosto de 2021, emitida por la Intendencia Regional de Puno
Número de resolución525-2021
Fecha15 Noviembre 2021
EmisorTribunal de Fiscalización Laboral - Primera Sala
MateriaLABOR INSPECTIVA
Tribunal de Fiscalización Laboral
Primera Sala
Resolución N° 525-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala
1
EXPEDIENTE SANCIONADOR
:
161-2020-SUNAFIL/IRE-PUN
PROCEDENCIA
:
INTENDENCIA REGIONAL DE PUNO
IMPUGNANTE
:
BANCO DE LA NACIÓN
ACTO IMPUGNADO
:
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA 033-2021-
SUNAFIL/IRE-PUN
MATERIA
:
LABOR INSPECTIVA
Sumilla: Se declara INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por el BANCO DE LA NACIÓN en
contra de la Resolución de Intendencia N° 033-2021-SUNAFIL/IRE-PUN, de fecha 13 de agosto de
2021, emitida por la Intendencia Regional de Puno.
Lima, 15 de noviembre de 2021
VISTO: El recurso de revisión interpuesto por el BANCO DE LA NACIÓN (en adelante la impugnante)
contra la Resolución de Intendencia N° 033-2021-SUNAFIL/IRE-PUN, de fecha 13 de agosto de 2021
(en adelante la resolución impugnada) expedida en el marco del procedimiento sancionador, y
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1.1 Mediante Orden de Inspección 456-2020-SUNAFIL/IRE-PUN, se dio inicio a las
actuaciones inspectivas de investigación respecto de la impugnante, con el objeto de
verificar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral
1
, las cuales culminaron
con la emisión del Acta de Infracción N° 161-2020-SUNAFIL/IRE-PUN (en adelante, el Acta
de Infracción), mediante la cual se propuso sanción económica a la impugnante por la
comisión de dos (02) infracciones leves en materia de relaciones laborales, tres (03)
infracciones graves en materia de relaciones laborales, y cuatro (04) infracciones muy
graves a la labor inspectiva.
1.2 Mediante Imputación de cargos N° 004-2021-SUNAFIL/IRE-PUN/SIAI-IC del 07 de enero de
2021, notificado el 19 de enero de 2021, se dio inicio a la etapa instructiva, remitiéndose el
Acta de Infracción y otorgándose un plazo de cinco (05) días hábiles para la presentación
1
Se verificó el cumplimiento sobre las siguientes materias: Compensación por tiempo de servicios (sub materia: depósito
de CT S, constancia de Cese, hoja de liquidación y sus formalidades), Remuneraciones (sub materia: gratificaciones),
Jornada, horario de trabajo y descansos remunerados (sub materia: vacaciones).
Firmado digitalmente por :
ORSINI WISOTZKI Desiree Bianca FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 23.11.2021 10:00:30-0500
Firmado digitalmente por :
PIZARRO DELGADO Jessica Alexandra FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 24.11.2021 19:20:14-0500
Firmado digitalmente por :
MENDOZA LEGOAS Luis Erwin FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 24.11.2021 23:31:43-0500

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