RESOLUCION Nº 504-2015/SBN-DGPE-SDAPE - Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Ica, Ancash, Lima y La Libertad

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Fecha de la disposición22 de Julio de 2015
557859
NORMAS LEGALES
Miércoles 22 de julio de 2015
El Peruano
/
predio se encuentra comprendido en ámbito donde no se
visualiza antecedente grá co registral;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 19 de
junio de 2015 (fojas 06) se observó que el terreno es de
naturaleza eriaza, de forma irregular, cuya topografía es
accidentada con pendientes moderadas entre el 10% y
15%, por encontrarse en una zona de cerros y dunas, con
tipo de suelo arenoso;
Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que
los predios que no se encuentren inscritos en el Registro
de Predios y que no constituyan propiedad de particulares,
ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de
dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar
la primera inscripción de dominio a favor del Estado
del terreno eriazo de 891 356,43 m², de conformidad
con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151,
la Directiva Nº 001-2002/SBN, modi cada por la Directiva
Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción
de la primera de dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por
21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de
Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y
aprobar los actos de adquisición y administración de los
bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir
las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
y modi catorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0696-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de
fecha 25 de junio 2015 (fojas 12 al 14);
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a
favor del Estado del terreno eriazo de 891 356,43 m², ubicado
al Noreste de la Asociación Pro Vivienda “PROFAM PERÚ”,
a 300 m al Sureste de la I.E. Nº 892-8197 “La Arboleda”,
en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de
Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la
presente Resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
1265389-12
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 504-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 30 de junio del 2015
Visto el Expediente Nº 606-2015/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1477
082,12 m², ubicado a la margen izquierda del Río Supe,
entre los cerros Miraya y Lurihuasi, a 2.2 km. al Suroeste
del Centro Poblado Pueblo Nuevo, en el distrito de
Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base grá ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identi có el terreno
de1 477 082,12 m², ubicado a la margen izquierda del Río
Supe, entre los cerros Miraya y Lurihuasi, a 2.2 km. al
suroeste del Centro Poblado Pueblo Nuevo, en el distrito
de Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima,
quese encontraría sin inscripción registral;
Que, mediante O cio Nº 02325-2015-SUNARP-
Z.R.NºIX/HUA de fecha 18 de mayo de 2015 (fojas 03) la
Zona Registral NºIX - Sede Lima, remite el Certi cado de
Búsqueda Catastral de fecha 13 de mayo de 2015 sobre
la base del Informe Técnico Nº 09672-2015-SUNARP-
Z.R.NºIX-OC de fecha13 de mayo de 2015 (fojas 04 al
05), donde señala que el predio se ubica en una zona
donde no se ha identi cado antecedente grá co registral.
Que, realizada la inspección técnica con fecha 10 de
junio de 2015 (fojas 09) se observó que el terreno es de
naturaleza eriaza, de forma irregular, cuya topografía es
accidentada con fuertes pendientes que superan el 30%,
por estar ubicado en una zona de cerros escarpados, con
tipo de suelo arcilloso, libre de ocupaciones;
Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece
que los predios que no se encuentren inscritos en el
Registro de Predios y que no constituyan propiedad
de particulares, ni de las Comunidades Campesinas
y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que
corresponde tramitar la primera inscripción de dominio
a favor del Estado del terreno eriazo de1 477 082,12
m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento
de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo
Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/
SBN, modi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN,
que regulan el trámite de inscripción de la primera de
dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por
21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de
Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y
aprobar los actos de adquisición y administración de los
bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir
las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
y modi catorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0688-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de
fecha 24 de junio 2015 (fojas16 al 18);
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 477
082,12 m², ubicado a la margen izquierda del Río Supe,
entre los cerros Miraya y Lurihuasi, a 2.2 km. al Suroeste
del Centro Poblado Pueblo Nuevo, en el distrito de
Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima;
según el plano y memoria descriptiva que sustentan la
presente Resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Huacho.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
1265389-13
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 505-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 30 de junio del 2015

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