Resolución Nº 4667-2023-TCE-S6, Tribunal de Contrataciones del Estado, 11 de diciembre de 2023

Fecha11 Diciembre 2023
Número de resolución4667-2023-TCE-S6
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 4667-2023-TCE-S6
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Sumilla: “(…) no existen elementos suficientes que permitan verificar
una circunstancia comprobable que determine que el
Contratista sea continuación, derivación, sucesión, o
testaferro de la empresa sancionada, no siendo suficiente,
en el presente caso, la relación de parentesco entre el señor
Carlos Andrés Torres Aparicio (gerente general del
Contratista) y los socios de la empresa PERÚ MEDIA SERVER
S.A.C. (…)”.
Lima, 11 de diciembre de 2023.
VISTO en sesión del 11 de diciembre de 2023, de la Sexta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 3555/2019.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador generado contra la empresa PERU MEDIA SECURITY S.A.C.;
por su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado estando impedida
para ello, en el marco de la Orden de Servicio N° 0000328-2017 del 13 de marzo de 2017,
emitida por el SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA INDUSTRIA DE LA
CONSTRUCCIÓN SENCICO; infracción tipificada en el literal c) del numeral 50.1 del
artículo 50 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; y, atendiendo a lo
siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. El 13 de marzo de 2017, el SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA
INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN - SENCICO, en lo sucesivo la Entidad, emitió la
Orden de Servicio N° 0000328-2017 a favor de la empresa PERU MEDIA SECURITY
S.A.C., en lo sucesivo el Contratista, para la contratación del servicio de renovación
de certificados digitales para servidores de la página web institucional, la intranet
y servicio de aplicaciones, por el importe de S/ 14,910.48 (catorce mil novecientos
diez con 48/100 soles), en adelante la Orden de Servicio.
La Orden de Servicio fue emitida bajo la vigencia de la Ley N° 30225, Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo N° 350-2015-EF, en lo sucesivo el Reglamento.
2. Mediante Cédula de Notificación N° 60156/2019.TCE
1
, presentada el 30 de
septiembre de 2019 en la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del
Estado, en adelante el Tribunal, se puso en conocimiento que el Contratista habría
1
Obrante a folios 1 al 8 del expediente administrativo en formato PDF.
Firmado digitalmente por SIFUENTES
HUAMAN Mariela Nereida FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 11.12.2023 18:31:13 -05:00
Firmado digitalmente por ALVAREZ
CHUQUILLANQUI Roy Nick FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 11.12.2023 18:39:21 -05:00
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 11.12.2023 18:40:59 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
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incurrido en causal de infracción, en el marco de la contratación efectuada a través
de la Orden de Servicio emitida por la Entidad.
Asimismo, se adjuntaron los Formularios de Solicitud de Aplicación de Sanción
Entidad/Tercero
2
y el escrito s/n
3
, a través de los cuales las empresas BM TECH
PERU S.A.C. y BMCERT S.A.C., en adelante las Denunciantes, pusieron en
conocimiento del Tribunal, lo siguiente:
i. Mediante la Resolución N° 2693-2016-TCE-S4 del 14 de noviembre de 2016,
confirmada con la Resolución N° 2961-2016-TCE-S4, la Cuarta Sala del
Tribunal resolvió sancionar a la empresa PERU MEDIA SERVER S.A.C. con
cuarenta (40) meses de inhabilitación temporal para contratar con el Estado.
ii. El Contratista fue constituido, según escritura pública del 29 de noviembre
de 2016, con posterioridad a la emisión de la Resolución N° 2693-2016-TCE-
S4 del 14 de noviembre de 2016, lo cual demuestra que es una continuación
de la empresa PERU MEDIA SERVER S.A.C., con la finalidad de seguir
contratando con el Estado, afectando el principio de legalidad y
transparencia.
iii. El Contratista tiene como socio y gerente general al señor Carlos Andrés
Torres Aparicio, quien es hijo del señor Carlos Cristian Torres Bravo, quien a
su vez es socio y gerente general de la empresa PERU MEDIA SERVER S.A.C.
y además está casado con la señora Susana Cecilia Aparicio Zumarán, lo cual
prueba que el señor Carlos Andrés Torres Aparicio es hijo de ambos;
asimismo, ambas empresas tienen el mismo rubro. Por lo tanto, existe una
continuación y vinculación del Contratista y la empresa PERU MEDIA SERVER
S.A.C.
3. Por Decreto del 15 de octubre de 2019
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, de manera previa al inicio del
procedimiento administrativo sancionador, se corrió traslado a la Entidad, a fin
que, entre otros documentos, remita la siguiente información:
A. Respecto al supuesto de contratar con el Estado estando impedido para ello:
2
Obrantes a folios 9 al 10 y 36 al 37 del expediente administrativo en formato PDF.
3
Obrante a folios 38 al 40 del expediente administrativo en formato PDF.
4
Obrante a folios 524 al 527 del expediente administrativo en formato PDF.

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