RESOLUCION N° 429-2015/SBN-DGPE-SDAPE - Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Moquegua, Lima, Ancash, Ica y Piura

Fecha de disposición07 Junio 2015
Fecha de publicación07 Junio 2015
El Peruano
Domingo 7 de junio de 2015
554536
carrozable camino a Venturosa y la carretera que une el
Km. 180.5 de la carretera Panamericana Norte con el
caserío de Ambar, al Sur del distrito de Supe, provincia de
Barranca, departamento de Lima;según el plano y memoria
descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Barranca.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del
Patrimonio Estatal
1247140-18
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN N° 423-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 28 de mayo del 2015
Visto el Expediente N° 484-2015/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 8 139
964,24 m², ubicado al Sur del Centro Poblado Pueblo
Nuevo a 22,3 Km. desde la margen derecha del Km. 184.6
de la carretera Panamericana Norte, al Sur del distrito de
Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base grá ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identi có el terreno
de 8 139 964,79 m², ubicado al Sur del Centro Poblado
Pueblo Nuevo a 22,3 Km. desde la margen derecha del
Km. 184.6 de la carretera Panamericana Norte, al Sur del
distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de
Lima, quese encontraría sin inscripción registral;
Que, mediante O cio N° 425-2015-SUNARP-Z.R.N°IX/
BARR de fecha 02 de marzo de 2015 (fojas 03) la Zona
Registral N°IX-Sede Lima, remite el Certi cado de Búsqueda
Catastral de fecha 20 de febrero de 2015 sobre la base del
Informe Técnico N° 2230-2015-SUNARP-Z.R.N°IX/OC de
fecha 06 de febrero de 2015 (fojas04 al 05), donde señala
que el área en consulta se encuentra en zona donde es
imposible determinar si se encuentra inscrito o no;
Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento
de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por
Resolución del Superintendente Nacional de los Registros
Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN señala que no
impide la inmatriculación, el informe técnico que señale
la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra
inscrito o no;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 19 de
mayo de 2015 (fojas 09) se observó que el terreno es de
naturaleza eriaza de forma irregular, con una topografía
accidentada, con pendientes entre suave a fuerte por la
presencia de cerros y laderas con tipo de suelo rocoso;
Que, elaborada la documentación técnica que sustenta
la presente resolución se procedió a determinar el área
exacta a inscribir, el cual se ha determinado un área de8
139 964,24 m², ubicado al Sur del Centro Poblado Pueblo
Nuevo a 22,3 Km. desde la margen derecha del Km. 184.6
de la carretera Panamericana Norte, al Sur del distrito de
Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima;
Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que
los predios que no se encuentren inscritos en el Registro
de Predios y que no constituyan propiedad de particulares,
ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de
dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar
laprimera inscripción de dominio a favor del Estado
del terreno eriazo de 8 139 964,24m², de conformidad
con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151,
la Directiva N° 001-2002/SBN, modi cada por la Directiva
Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de
la primera de dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por
21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de
Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y
aprobar los actos de adquisición y administración de los
bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir
las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
y modi catorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0577 -2015/SBN-DGPE-SDAPE, de
fecha 26 de mayo de 2015 (fojas16 al 18);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 8 139
964,24 m², ubicado al Sur del Centro Poblado Pueblo
Nuevo a 22,3 Km. desde la margen derecha del Km.
184.6 de la carretera Panamericana Norte, al Sur del
distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de
Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan
la presente Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Barranca.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del
Patrimonio Estatal
1247140-19
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN N° 429-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 28 de mayo del 2015
Visto el Expediente N° 451-2015/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 140
984,73 m², ubicado en la Zona Oeste del Centro Poblado
San Clemente, altura de la playa La Joya, a 2 kilómetros al
Noreste de la desembocadura del Río Pisco, en el distrito
de San Clemente, provincia de Pisco y departamento de
Ica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base grá ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identi có el terreno
eriazo de 146 348,82 m², ubicado en la Zona Oeste del

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