RESOLUCION N° 4054-2015 - Autorizan al Banco de la Nación el traslado de oficina especial en el departamento de Piura

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición24 de Julio de 2015
558106 NORMAS LEGALES Viernes 24 de julio de 2015 /
El Peruano
Evaluando la actual estructura orgánica y funcional del
Ministerio Público, se aprecia que esta se caracteriza por la
dispersión y atomización funcional, lo que genera di cultades
en su manejo y afecta su e ciencia y productividad.
Asimismo, la falta de herramientas tecnológicas modernas
genera mayor costo en el procesamiento de la información,
debido a la falta de integridad, inconsistencia y escasa
con ablidad de los datos, lo que afecta la toma de decisiones
en una institución.
Teniendo en cuenta que la organización es un instrumento
exible y dinámico, que le permite a una Institución coadyuvar
al logro de sus objetivos y metas, se considera necesario
articular el Plan de Trabajo Institucional con el Plan Estratégico,
para que el Sistema Administrativo contribuya en el soporte
efectivo y e caz de la gestión institucional
En merito a lo expuesto, resulta indispensable
el establecimiento de indicadores para los procesos
administrativos, a n de agilizar y controlar mejor la
atención oportuna de los requerimientos de la Institución,
abaratando sus costos. Por lo que se hace necesario
modernizar la organización del Ministerio Público, con el
propósito de optimizar los procesos administrativos que
permitan alcanzar mayores niveles de e ciencia y e cacia
en la competencia de la Institución.
Conforme lo dispuesto en el artículo 8, inciso i) del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
Público aprobado por la Resolución de la Fiscalía de la
Nación N°067-2009-MP-FN;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar al Ministerio Público en
Proceso de Modernización Organizativa, la que se llevará
a cabo en un plazo no mayor de 90 días calendario a partir
de la publicación de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia
General, la elaboración y presentación de la propuesta de
organización y disposiciones internas que se requieran,
para la implementación técnica del proceso aprobado en
el artículo precedente.
Artículo Tercero.- Disponer que la O cina Central
de Tecnologías de la Información, difunda la presente
Resolución a través de la página Web del Ministerio
Público.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente
resolución, a todas las Presidencias de las Juntas de
Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, Gerencia
General, Gerencias Centrales de Potencial Humano,
Logística y Finanzas y O cina Central de Tecnologías de
la Información.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1267303-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Rectifican la parte resolutiva de la Res. SBS
N° 2661-2015
RESOLUCIÓN SBS Nº 4053-2015
Lima, 10 de julio de 2015
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Agropecuario
- AGROBANCO el 1 de julio de 2015, para que se
recti que en la Resolución SBS Nº 2661-2015 la dirección
de la o cina especial autorizada a abrirse en la calle
Desamparados Nº 158-B, distrito y provincia de Pisco,
Departamento de Ica.
CONSIDERANDO:
Que, en la solicitud original presentada por
AGROBANCO el 30 de abril de 2015 solicitando la
apertura de una (1) o cina especial, se incluyó como
dirección de apertura “calle Desamparados Nº 158-B,
distrito y provincia de Pisco, Departamento de Ica”;
Que, mediante Resolución SBS Nº 2661-2015 del 14
de mayo de 2015, se autorizó a AGROBANCO, en los
términos contenidos en su solicitud, la apertura de una
o cina especial ubicada en la calle Desamparados Nº
158-B, distrito y provincia de Pisco, Departamento de Ica;
Que, mediante comunicación del 1 de julio de 2015
AGROBANCO informa que su Directorio acordó recti car
la dirección de la mencionada o cina especial, precisando
que la dirección correcta es “Jr. Libertad Nº 181, distrito y
provincia de Pisco, Departamento de Ica”, y remitiendo la
documentación correspondiente;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 201º de
la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo
General, los errores materiales o aritméticos en los
actos administrativos pueden ser recti cados con efecto
retroactivo, en cualquier momento, de o cio o a instancia
de los administrados, siempre que no se altere lo
sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “B”; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, y la Resolución Nº 6285-2013; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS Nº 12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Recti car la parte resolutiva de la
Resolución SBS Nº 2661-2015, según el siguiente detalle:
Dice: - Autorizar al Banco Agropecuario - AGROBANCO, la
apertura de una (1) o cina especial ubicada en la calle
Desamparados Nº 158-B, distrito y provincia de Pisco,
Departamento de Ica.
Debe decir:
- Autorizar al Banco Agropecuario - AGROBANCO,
la apertura de una (1) o cina especial ubicada en
el Jr. Libertad Nº 181, distrito y provincia de Pisco,
Departamento de Ica.
Regístrese y comuníquese.
PATRICIA SALAS CORTÉS
Intendente General de Banca
1266689-1
Autorizan al Banco de la Nación el traslado
de oficina especial en el departamento de
Piura
RESOLUCIÓN SBS N°4054-2015
Lima, 10 de julio de 2015
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de la Nación para
que esta Superintendencia autorice el traslado de una (01)
o cina especial, según se indica en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS N° 382-2007 se
autorizó al Banco de la Nación la apertura de la agencia
denominada Montero, mediante Resolución SBS N°
6816-2011 se corrigió su dirección y mediante Resolución
SBS N° 3993-2015 se autorizó la conversión de agencia
a o cina especial;
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que sustenta la solicitud;

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