Resolucion Nº 3118-2022-JNE, Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Ucayali, en representación de la provincia de Purús

Fecha de publicación14 Septiembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
147
NORMAS LEGALES
Miércoles 14 de setiembre de 2022
El Peruano
/
Convocan a ciudadano para que asuma
provisionalmente el cargo de consejero
del Consejo Regional de Ucayali, en
representación de la provincia de Purús
RESOLUCIÓN Nº 3118-2022-JNE
Expediente Nº JNE.2022030281
UCAYALI
LICENCIA
CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO
Lima, veinticinco de agosto de dos mil veintidós
VISTO: el Ocio 0445-2022-GRU-CR-SCR,
presentado el 4 de julio de 2022 por don José Luis Ríos
Ramírez, secretario del Consejo Regional de Ucayali (en
adelante, señor secretario), por medio del cual comunicó
la licencia concedida a don Edwin Paul Alvarado Montero,
consejero del referido consejo regional (en adelante, señor
consejero), con motivo de las Elecciones Regionales y
Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022).
ANTECEDENTES
1.1. A través del ocio citado en el visto, el señor
secretario informó de la licencia sin goce de haber
concedida al señor consejero, con motivo de su
participación como candidato en las ERM 2022, a n de
que se convoque a su respectivo reemplazo. Para tal
efecto, adjuntó el Acuerdo Regional Nº 064-2022-GRU-
CR, del 15 de junio de 2022, con el que se formalizó la
referida decisión.
1.2. Con Ocio Nº 0656-2022-GRU-SCR1, presentado
el 23 de agosto de 2022, el señor secretario remite la
solicitud de licencia del 3 de junio de 2022 del señor
consejero enviada al Consejo Regional de Ucayali, así
como el acta de la sesión ordinaria del 15 de junio de 2022.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante,
SN)
1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros,
que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en
la vida política de la nación.
(en adelante, LEM)
1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe
que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones
municipales, los trabajadores y funcionarios de los
poderes públicos, así como de los organismos, empresas
del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia
sin goce de haber, la misma que debe serles concedida
treinta (30) días naturales antes de la elección.
En la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales (en adelante, LOGR)
1.3. El artículo 30, referido a las vacancias, establece
que el Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, JNE)
acredita a los consejeros accesitarios.
(en adelante, LER)
1.4. El artículo 12 establece, entre otros, que la lista de
candidatos al consejo regional debe estar conformada por
el número de candidatos para cada provincia, incluyendo
igual número de accesitarios.
En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM2
1.5. El Presidente de la República convocó a las ERM
2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año con
el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores,
consejeros regionales de los departamentos de toda la
República y la Provincia Constitucional del Callao, así
como a alcaldes y regidores de los concejos provinciales
y distritales de la República.
En la Resolución Nº 0918-2021-JNE, que aprobó la
regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios
y servidores públicos que participen como candidatos
en las ERM 20223
1.6. El Pleno del JNE precisó, entre otros, el plazo
para que los trabajadores y funcionarios de los poderes
públicos, así como de los organismos, empresas del Estado
y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con
el propósito de participar en las ERM 2022. De esta manera,
el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso:
[...]
6.1. Las solicitudes de licencia tienen que ser
presentadas por escrito, ante la entidad pública
correspondiente, hasta el 14 de junio de 2022, por ser
el plazo máximo para solicitar la inscripción de las listas
de candidatos. Es necesario que la solicitud mencione
expresamente que la licencia debe ser concedida a partir
del 2 de setiembre de 2022 (30 días calendario ante de
las elecciones).
[...]
En la Resolución Nº 0919-2021-JNE, que aprobó
los mecanismos de reemplazo de las autoridades
regionales y municipales que renuncien o soliciten
licencias para participar como candidatos en las
ERM 20224
1.7. El Pleno del JNE estableció, entre otros, los
casos de licencia sin goce de haber de las autoridades
regionales y municipales que la soliciten con el propósito
de participar como candidatos en las ERM 2022. De tal
forma, en el numeral 6, se dispuso:
[...]
6. ESTABLECER que en el caso de que el gobernador
y el vicegobernador regional renuncien o soliciten licencia
simultáneamente, el consejo regional deberá elegir, entre
los consejeros hábiles, a los que ocuparán los cargos de
gobernador y vicegobernador regional.
El consejero regional delegado debe solicitar al
Jurado Nacional de Elecciones la expedición de las
credenciales que formalicen la referida elección, así
como la credencial del consejero accesitario que se
incorporará al consejo [...] [resaltado agregado].
En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica
del Jurado Nacional de Elecciones5 (en adelante,
Reglamento)
1.8. El artículo 16 contempla:
Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla
Electrónica
Todas las partes de los procesos electorales y no
electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa,
serán noticadas con los pronunciamientos o actos
administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según
corresponda, únicamente a través de sus respectivas
casillas electrónicas habilitadas.
En caso de que los sujetos antes mencionados no
soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica,
se entenderán por noticados con el pronunciamiento o
el acto administrativo, según corresponda, a través de su
publicación en el portal electrónico institucional del Jurado
Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo
efectos legales a partir del día siguiente de su publicación.
[...]
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que,
mediante el Ocio Nº 0445-2022-GRU-CR-SCR, el señor
secretario comunicó al JNE que el señor consejero
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 14/09/2022 03:35

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