RESOLUCION N° 293-2015-CG - Encargan a Vicecontralor General las funciones de Contralor General de la República

Fecha de disposición30 Septiembre 2015
Fecha de publicación30 Septiembre 2015
562710 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de setiembre de 2015 /
El Peruano
Albán Ramírez, asesor de la Gerencia Central de
Planeamiento Estratégico, a la ciudad de San José,
Costa Rica, del 30 de setiembre al 03 de octubre de
2015, para los fines expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la
presente comisión de servicios serán f‌i nanciados con
cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General,
respecto a la participación de la señora Fátima Soraya
Altabás Kajatt, según el detalle siguiente: pasaje aéreo
US$ 1 048.37, viáticos US$ 630.00 (02 días) y gastos de
instalación US$ 315.00 (01 día), y los que se deriven de
la participación del señor Carlos Estuardo Albán Ramírez,
según el detalle siguiente: pasaje aéreo US$ 1 161.84,
viáticos US$ 630.00 (02 días) y gastos de instalación US$
315.00 (01 día).
Artículo Tercero.- Los citados funcionarios
presentarán al Despacho Contralor, con copia al
Departamento de Cooperación Técnica, un informe
sobre los resultados de la comisión y las acciones que se
deriven a favor de la Contraloría General de la República,
así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro
de los quince (15) días calendario siguientes de concluida
la comisión de servicios.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no
otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FUAD KHOURY ZARZAR
Contralor General de la República
1293878-1
Encargan a Vicecontralor General las
funciones de Contralor General de la
República
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 293-2015-CG
Lima, 29 de setiembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 33º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de la República, dispone que el Vicecontralor
General de la República, es el segundo funcionario de
rango del Sistema Nacional de Control y reemplaza al
Contralor General en caso de ausencia o impedimento
temporal y ejerce las funciones que éste le delega;
Que, el Contralor General de la República, hará uso de
su descanso vacacional del 1 al 7 de octubre de 2015, por
lo que a f‌i n de asegurar la continuidad de la función rectora
que compete a este Organismo Superior de Control,
resulta necesario encargar al Vicecontralor General
de la República, las funciones inherentes al Despacho
Contralor, garantizando el normal funcionamiento de la
institución;
En uso de las facultades conferidas en los artículos
32º y 33º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Encargar al Vicecontralor General
de la República, CPC. Edgar Arnold Alarcón Tejada, las
funciones del cargo de Contralor General de la República,
a partir del 1 de octubre de 2015 y en tanto dure la ausencia
del Titular de este Organismo Superior de Control, por
las razones expuestas en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FUAD KHOURY ZARZAR
Contralor General de la República
1293879-1
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Declaran concluida Consulta Vecinal con
ines de demarcación territorial en diversos
centros poblados ubicados en los distritos
de Tambo Grande y Las Lomas, provincia y
departamento de Piura
RESOLUCIÓN Nº 0275-2015-JNE
Lima, veintinueve de setiembre de dos mil quince.
VISTA el acta de proclamación de resultados de
cómputo de la Consulta Vecinal con f‌i nes de demarcación
territorial en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San
Martín - San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados
en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, de la
provincia y departamento de Piura, realizada el 23 de
agosto de 2015, remitida por la presidenta del Jurado
Electoral Especial de Lima, mediante Of‌i cio N.º 211-2015-
JNE/JEE-LIMA, de fecha 9 de setiembre de 2015.
ANTECEDENTES
Mediante Of‌i cio N.º 89-2015-PCM/DNTDT, recibido el
10 de febrero de 2015, el director nacional de la Dirección
Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT)
de la Presidencia del Consejo de Ministros remitió a este
organismo electoral el Informe Técnico N.º 001-2015-
PCM/DNTDT-AFCS, sobre evaluación de procedencia
de la consulta vecinal en los centros poblados 8.4½,
CP4, CP5, San Martín - San Isidro, CP6 y CP14 Santa
Rosa en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, de
la provincia y departamento de Piura. Asimismo, con el
Of‌i cio N.º 143-2015-PCM/DNTDT, recibido el 3 de marzo
de 2015, el mismo funcionario planteó aclaraciones
sobre los requisitos necesarios para convocar a consulta
vecinal y solicitó que el Jurado Nacional de Elecciones la
convoque.
En atención al pedido formulado por la DNTDT y en
aplicación de lo previsto en la Ley N.º 27795, Ley de
Demarcación y Organización Territorial, y su Reglamento,
aprobado mediante Decreto Supremo N.º 019-2003-PCM
y modif‌i cado por Decreto Supremo N.º 063-2012-PCM,
este colegiado, mediante la Resolución N.º 0074-2015-
JNE, de fecha 17 de marzo de 2015, convocó a consulta
vecinal con f‌i nes de demarcación territorial en los centros
poblados referidos, para el día domingo 23 de agosto de
2015.
Para llevar a cabo la consulta, el Registro Nacional
de Identif‌i cación y Estado Civil elaboró el padrón electoral
a través del empadronamiento voluntario de vecinos,
con arreglo a lo dispuesto en los artículos 4, literal q, y
22 del Reglamento de la Ley N.º 27795, y luego de la
f‌i scalización correspondiente, el padrón fue aprobado
mediante la Resolución N.º 0155-2015-JNE, de fecha 1
de junio de 2015.
CONSIDERANDOS
1. Realizada la consulta vecinal y efectuado el
cómputo de los votos por la Of‌i cina Nacional de Procesos
Electorales, el Jurado Electoral Especial de Lima, con
fecha 9 de setiembre de 2015, proclamó los siguientes
resultados:
CENTRO POBLADO 8.4½
OPCIÓN VOTOS
DESEA PERTENECER A LAS LOMAS 41
DESEA PERTENECER A TAMBO GRANDE 34
TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS 75
VOTOS EN BLANCO 0
VOTOS NULOS 1

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