Lima, 24 de octubre del 2023
VISTOS; los Expedientes N° OGGRH020230000427 y OGGRH020230000447, que contienen la Nota Informativa N° D000780-2023-OGGRH/MINSA, así como los Informes N° D000502-2023-OGGRH-OARH-EPP-MINSA y N° D000513-2023-OGGRH-OARH-EPP-MINSA de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; el Informe N° D000124-2023-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Oficio N° 3764-2023-EF/53.06 de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; y, el Informe N° D001082-2023-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1161, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada con Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, estableciendo que el Ministerio de Salud es un organismo del Poder Ejecutivo, órgano rector en materia de salud a nivel nacional con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; y es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la función...