Resolución Nº 289-2021 de Tribunal de Fiscalización Laboral, 08-09-2021

Sentido del falloSe declara INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por STRATTON PERÚ S.A.C. en contra de la Resolución de Intendencia N° 110-2021-SUNAFIL/IRE LAMBAYEQUE, de fecha 16 de junio de 2021
Número de resolución289-2021
Fecha26 Noviembre 2020
EmisorTribunal de Fiscalización Laboral - Primera Sala
Materia- RELACIONES LABORALES -LABOR INSPECTIVA
Tribunal de Fiscalización Laboral
Primera Sala
Resolución N° 289-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala
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EXPEDIENTE SANCIONADOR
:
250-2020-SUNAFIL/IRE-LAM
PROCEDENCIA
:
INTENDENCIA REGIONAL DE LAMBAYEQUE
IMPUGNANTE
:
STRATTON PERÚ S.A.C.
ACTO IMPUGNADO
:
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA 110-2021-
SUNAFIL/IRE LAMBAYEQUE
MATERIA
:
- RELACIONES LABORALES
-LABOR INSPECTIVA
Sumilla: Se declara INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por STRATTON PERÚ S.A.C. en
contra de la Resolución de Intendencia N° 110-2021-SUNAFIL/IRE LAMBAYEQUE, de fecha 16 de
junio de 2021
Lima, 08 de setiembre de 2021
VISTO: El recurso de revisión interpuesto por STRATTON PERÚ S.A.C. (en adelante la impugnante)
contra la Resolución de Intendencia N° 110-2021-SUNAFIL/IRE LAMBAYEQUE, de fecha 16 de junio
de 2021 (en adelante la resolución impugnada) expedida en el marco del procedimiento
sancionador, y
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1.1 Mediante Orden de Inspección N° 1960-2020-SUNAFIL/IRE-LAM, se dio inicio a las
actuaciones inspectivas de investigación respecto de la impugnante, con el objeto de
verificar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral
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, las cuales culminaron
con la emisión del Acta de Infracción N° 220-2020-SUNAFIL/IRE-LAM (en adelante, el Acta
de Infracción), mediante la cual se propuso sanción económica a la impugnante por la
comisión de una (01) infracción muy grave a la normativa sociolaboral y una (01) infracción
muy grave a la labor inspectiva.
1.2 Mediante Imputación de cargos N° 289-2020/SUNAFIL/IRE-LAM/SIAI del 24 de noviembre
de 2020, notificada el 26 de noviembre de 2020, se dio inicio a la etapa instructiva,
1
Se verificó el cumplimiento sobre las siguientes materias: Jornada, horario de trabajo y descansos remunerados
(vacaciones), compensación por tiempo de servicios (depósito de CTS) y remuneraciones (gratificaciones).
Firmado digitalmente por :
ORSINI WISOTZKI Desiree Bianca FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 09.09.2021 20:06:23-0500
Firmado digitalmente por :
MENDOZA LEGOAS Luis Erwin FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 12.09.2021 21:42:50-0500
Firmado digitalmente por :
PAREDES MORALES Luis Gabriel FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 16.09.2021 08:43:41-0500

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