Resolución Nº 244-2021 de Tribunal de Fiscalización Laboral, 26-08-2021

Sentido del falloSe declara FUNDADO el recurso de revisión interpuesto por COPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LTA. MI FINANCIERA en contra de la Resolución de Intendencia N° 079-2021-SUNAFIL/IRE-AQP, de fecha 11 de junio de 2021
MateriaLABOR INSPECTIVA
Número de resolución244-2021
Fecha11 Junio 2021
EmisorTribunal de Fiscalización Laboral - Primera Sala
Tribunal de Fiscalización Laboral
Primera Sala
Resolución N° 244-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala
1
EXPEDIENTE SANCIONADOR
:
431-2020-SUNAFIL/IRE-AQP
PROCEDENCIA
:
INTENDENCIA REGIONAL DE AREQUIPA
IMPUGNANTE
:
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LTDA. MI
FINANCIERA
ACTO IMPUGNADO
:
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA 079-2021-
SUNAFIL/IRE-AQP
MATERIA
:
LABOR INSPECTIVA
Sumilla: Se declara FUNDADO el recurso de revisión interpuesto por COOPERATIVA DE AHORRO
Y CRÉDITO LTDA. MI FINANCIERA en contra de la Resolución de Intendencia N° 079-2021-
SUNAFIL/IRE-AQP, de fecha 11 de junio de 2021
Lima, 26 de agosto de 2021
VISTO: El recurso de revisión interpuesto por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LTDA. MI
FINANCIERA (e n adelante la impugnante) contra la Resolución de Intendencia N° 07 9-2021-
SUNAFIL/IRE-AQP, de fecha 11 de junio de 2021 (en adelante la resolución impugnada)
expedida en el marco del procedimiento sancionador, y
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1.1 Mediante Orden de Inspección N° 035-2020-SUNAFIL/IRE-AQP, se dio inicio a las
actuaciones inspectivas de investigación respecto de la impugnante, con el objeto de
verificar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral
1
, las cuales culminaron
con la emisión del Acta de Infracción N° 202-2020-SUNAFIL/IRE-AQP (en adelante, el
Acta de Infracción), mediante la cual se propuso sanción económica a la impugnante
por la comisión de una (01) infracción leve a la normativa sociolaboral, y tres (03)
infracción muy grave a la labor inspectiva.
1.2 Mediante Imputación de cargos N° 420-2020-SUNAFIL/SIAI-AQP del 12 de noviembre de
2020, notificado el 19 de noviembre de 2020, se dio inicio a la etapa instructiva,
remitiéndose el Acta de Infracción y otorgándose un plazo de cinco (05) días hábiles para
1
Se verificó el cumplimiento sobre las siguientes materias: Vacaciones, Entrega de boletas de pago al trabajador y
sus formalidades.
Firmado digitalmente por :
ORSINI WISOTZKI Desiree
Bianca FAU 20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 26.08.2021
19:44:14-0500
Firmado digitalmente por :
MENDOZA LEGOAS Luis Erwin FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 26.08.2021 19:47:08-0500
Firmado digitalmente por :
PACHECO ZERGA Luz Imelda FAU 20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 26.08.2021 20:29:24-0500

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