Resolución Nº 2015-2022-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 5 de julio de 2022

Número de resolución2015-2022-TCE-S2
Fecha05 Julio 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2015-2022-TCES2
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Sumilla: “(…) el Tribunal ha reconocido en reiteradas resoluciones que la justificación de la
conducta infractora imputada está referida a la acreditación de la imposibilidad
física o jurídica para el cumplimiento de la obligación. La imposibilidad física d el
postor adjudicado se encuentra referida a un obstáculo temporal o permanente que
lo inhabilite o imposibilite, irremediable e involuntariamente, a cumplir con su
obligación de perfeccionar la relación contractual; mientras que la imposibilidad
jurídica consiste en la afectación temporal o permanente de la capacidad jurídica
de la persona natural o jurídica para ejercer derechos o cumplir obligaciones, pues
de hacerlo se pr oduciría la contravención del marco jurídico aplicable al caso, y
consecuentemente, la posible invalidez o ineficacia de los actos así realizados.”
Lima, 5 de julio de 2022
VISTO en sesión del 5 de julio de 2022, de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 05946-2021-TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra la empresa Valladolid Distribuciones E.I.R.L.; por
incumplir con su obligación de perfeccionar el contrato o de formalizar Acuerdos Marco,
bajo la vigencia de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por
Decreto Legislativo N° 1341, en adelante la Ley; y, su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N° 350-2015-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF, en adelante
el Reglamento; y atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. A través de la Resolución Jefatural N° 015-2016-PERÚ COMPRAS, se estableció el 18
de marzo de 2016 como fecha de inicio de las operaciones y funciones de PERÚ
COMPRAS
1
.
1
Mediante Decreto Legislativo N° 1018, se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras
Públicas PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Eco nomía y Finanzas, que tiene personería jurídica de
derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como
funciones, entre otras, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Convenios Marco
para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes.
Firmado digitalmente por CHAVEZ
SUELDO Olga Evelyn FAU
20419026809 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 05.07.2022 12:57:17 -05:00
Firmado digitalmente por PAZ
WINCHEZ Daniel Alexis Nazazi FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 05.07.2022 15:04:44 -05:00
Firmado digitalmente por QUIROGA
PERICHE Carlos Enrique FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 05.07.2022 16:54:16 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2015-2022-TCES2
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2. El 17 de setiembre de 2018, la Central de Compras Públicas Perú Compras, en
adelante Perú Compras, convocó el Procedimiento para la Selección de Proveedores
para la Implementación de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco IM-CE-
2018-4, en adelante el procedimiento, aplicable para los siguientes catálogos:
- Tuberías, accesorios y complementos.
- Pinturas, acabados en general y complementos.
- Cerámicos, pisos y complementos.
- Sanitarios, accesorios y complementos.
En la misma fecha, Perú Compras publicó en el Sistema Electrónico de Contrataciones
del Estado SEACE y en su portal web (www.perucompras.gob.pe), los documentos
asociados a la convocatoria.
Del 18 de setiembre al 11 de octubre de 2018, se llevó a cabo el registro de
participantes y la presentación de ofertas y, el 12 de octubre del mismo año la
admisión y evaluación de ofertas. El 15 del mismo mes y año se publicaron los
resultados de la evaluación de ofertas presentadas en el procedimiento, en la
plataforma del SEACE y en el portal web de Perú Compras.
El 26 de octubre de 2018, Perú Compras efectuó la suscripción automática de los
Acuerdos Marco adjudicados, en virtud de la aceptación efectuada en la declaración
jurada realizada por los mismos en la fase de registro y presentación de ofertas.
Cabe precisar que el procedimiento objeto de análisis se llevó a cabo durante la
vigencia de la Ley N° 30225, modificada por el Decreto Legislativo N° 1341, en
adelante la Ley y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 350-2015-EF,
modificado por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF, en adelante, el Reglamento.
3. Mediante Oficio N° 000186-2021-PERÚ COMPRAS-GG presentado el 3 de agosto de
2021, presentado en la misma fecha ante la Mesa de Partes Digital del Organismo

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