Resolucion N° 188-2023-JUS/PRONACEJ. Designan jefe de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Centros Juveniles
Fecha de publicación | 25 Agosto 2023 |
Sección | Sección Única |
18 NORMAS LEGALES Viernes 25 de agosto de 2023
El Peruano
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Que, la observación referida en el considerando que
antecede, señala lo siguiente: “Revisada la escritura
pública de fecha 10/05/2023 y Resolución Ministerial Nº
128-2023-MINEM/DM presentadas, se resuelve modicar
las cláusulas Primera y décimo segunda, los literales
e) y f) del numeral 2 y el numeral 3 del Anexo Nº 2, sin
embargo, en la descripción de dichas modicaciones
contenida en la cláusula tercera de la escritura pública
se consigna modicar el literal D) del numeral 2. Sírvase
aclarar la discrepancia. (…)” (SIC);
Que, en ese contexto, ENGIE solicita se emita el
documento de aclaración a n de suscribir la minuta de
Aclaración de la Primera Modicación al CONTRATO
y se corrija el error tipográco para poder subsanar la
observación formulada por el registrador;
Que, adicionalmente, en el Informe de Vistos, la
Dirección General de Electricidad ha identicado un
error material en un dígito del número de Expediente
señalado en el encabezado de la minuta de la Primera
Modicación al CONTRATO, corresponde recticar la
mención del Expediente Nº “16392820” por el Expediente
Nº “17392820”;
Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección
General de Electricidad y la Ocina General de Asesoría
Jurídica, en el ambito de sus competencias, recomiendan
aceptar la solicitud de ENGIE, a n de recticar el literal
“d)” por el literal “e)” del ítem 2.1. del numeral 2 del Anexo
Nº 2, contenido en la cláusula Tercera de la Primera
Modicación al CONTRATO, a n de que sea posible
subsanar la observación realizada por la SUNARP,
así como recticar en el encabezado de la Primera
Modicación al CONTRATO un dígito en el Expediente Nº
“16392820” por el Expediente Nº “17392820”;
Que, en ese sentido, corresponde suscribir la
respectiva minuta Aclaratoria de la Primera Modicación al
CONTRATO, la misma que deberá ser elevada a Escritura
Pública, incorporando el texto de la presente Resolución,
a n de que se inscriba en el Registro de Concesiones
para la Explotación de Servicios Públicos del Registro
de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los
Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº
009-93-EM;
30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Energía y Minas y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y modicatorias;
Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 009-93-EM; y la Resolución Ministerial
Nº 084-2019-MEM/DM, que establece facultades de
diversos órganos del Ministerio de Energía y Minas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el texto de la Minuta Aclaratoria
de la Primera Modicación al Contrato de Concesión Nº
564-2021, solicitada por ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A.,
relacionada a la concesión denitiva de generación de
energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables
para el proyecto “Central Eólica Punta Lomitas”, a n
de recticar el número de expediente consignado en
el encabezado, cambiando la mención del Expediente
Nº “16392820” por el Nº “17392820”; así como recticar
el literal “d)” por el literal “e)” del ítem 2.1. del numeral
2 del Anexo Nº 2, contenido en la Cláusula Tercera, por
las razones y fundamentos legales señalados en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Autorizar al Director General de
Electricidad a suscribir, en representación del Ministerio
de Energía y Minas, la Minuta Aclaratoria de la Primera
Modicación al Contrato de Concesión Nº 564-2021,
aprobada en el artículo precedente, y la Escritura Pública
correspondiente.
Artículo 3.- Insertar el texto de la presente
Resolución Ministerial en la Escritura Pública que
origine la Minuta Aclaratoria de la Primera Modicación
al Contrato de Concesión Nº 564-2021, en cumplimiento
Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-93-
EM.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial por una sola vez en el diario
ocial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes a su expedición, por cuenta de la empresa
ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. de acuerdo a lo previsto en
el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH
Ministro de Energía y Minas
2206293-1
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan jefe de la Unidad de
Administración del Programa Nacional de
Centros Juveniles
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 188-2023-JUS/PRONACEJ
Lima, 24 de agosto de 2023
VISTOS: El Informe Nº 00274-2023-JUS/PRONACEJ-
UGRH de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y
el Informe Legal Nº 00312-2023-JUS/PRONACEJ-UAJ de
la Unidad de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N.º 006-2019-JUS,
publicado el 1 de febrero de 2019 en el Diario Ocial
“El Peruano”, se creó el Programa Nacional de Centros
Juveniles (PRONACEJ), en el ámbito del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos; con el objeto de fortalecer
la reinserción social de las y los adolescentes en conicto
con la Ley Penal, a través de la atención especializada,
ejecución de programas de prevención y tratamiento y
ejecución de medidas socioeducativas por medio de los
centros juveniles, a nivel nacional;
Que, el artículo 7 del MOP establece que la
Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y
administrativa del PRONACEJ; por lo que, es responsable
de planicar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones
técnico - administrativas y operativas del Programa,
cautelando el cumplimiento de las políticas, lineamientos
y planes orientados al funcionamiento óptimo del Sistema
de Reinserción Social del Adolescente en Conicto con la
Ley Penal;
Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de
Personal Provisional - CAP Provisional del PRONACEJ,
aprobado por Resolución Ministerial Nº 0281-2019-
JUS, el cargo estructural de “jefe/a de la Unidad de
Administración” tiene la clasicación de Empleado de
Conanza (EC);
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº
166-2023-JUS/PRONACEJ, publicada en el Diario Ocial
“El Peruano” el 2 de agosto de 2023, se designó a la
señora Bertha Beatriz Barrenechea Izquierdo en el cargo
de conanza de jefe/a de la Unidad de Administración del
Programa Nacional de Centros Juveniles;
Que, mediante Carta Nº 002-2023-JUS-PRONACEJ-
BBBI, de fecha 24 de agosto de 2023, la señora Bertha
Beatriz Barrenechea Izquierdo formuló su renuncia
voluntaria al cargo de conanza jefe/a de la Unidad
de Administración del Programa Nacional de Centros
Juveniles, la que se ha considerado pertinente aceptar;
Que, en tal sentido, ante la aceptación de la renuncia
presentada, resulta necesario designar a el/la servidor/a
que asuma tal cargo;
Que, al respecto, mediante el Informe Nº 00274-2023-
JUS/PRONACEJ-UGRH, de fecha 24 de agosto de 2023,
la Unidad de Gestión de Recursos Humanos comunica
la viabilidad de aceptar la renuncia presentada por la
señora Bertha Beatriz Barrenechea Izquierdo al cargo
de conanza de jefe/a de la Unidad de Administración,
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 25/08/2023 00:19
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