Resolución Nº 1471-GG-ESSALUD-2013 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 22-11-2013

Fecha22 Noviembre 2013
Número de resolución1471-GG-ESSALUD-2013
EstatusVigente
Tipo de documentoDirectiva
EmisorGerencia General
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:
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~EsSalud
Segur
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para
todos
RESOLUCIÓN DE
GERENCIA
GENERAL
1
471
-GG-ESSALUD-2013
Lima, 22
de
n
ovi
em
b re d
el
2013
VISTOS:
La Carta
8702
-GCPS
-ESSALUD-2013,
de
la Gerencia Central
de
Prestaciones de
Salud, y
el
Informe Técnico 008-GPPS-GCPS-ESSALUD-2013, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 1 del Título Preliminar
de
la Ley
de Salud, la salud
es
condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental
para alcanzar el bienestar individual y colectivo;
Que,
de
acuerdo con
el
numeral 1.2 del articulo 1 º de la Ley 27056, Ley
de
Creación del
Seguro Social
de
Salud, ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus
derechohabientes. a través del otorgamiento
de
prestaciones
de
prevención, promoción,
recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones
soc
iales que
corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros
seguros
de
riesgos humanos;
~
mediante Resolución
de
Presidencia Ejecutiva
012-PE-ESSALU0-2007
, se aprobó
la Estructura Orgánica y el Reglamento
de
Organización y Funciones del Seguro Social
de
Salud (ESSALUO), considerando a la Gerencia Central
de
Prestaciones
de
Salud como
órgano
de
línea
de
la Gerencia General;
Que. mediante Resolución
de
Presidencia Ejecutiva
366-PE-ESSALU0-201 O, se aprobó
el
Reglamento
de
Organización y Funciones
de
la Gerencia Central
de
Prestaciones de
Salud, en cuyos literales b) y h) del articulo se establece que dicha Gerencia Central tiene
por funciones , formular y proponer
el
desarrollo
de
modelos, niveles de atención,
complejidad y organización a la que deberán ceñirse los Órganos Desconcentrados para
ejecutar acciones
de
prevención, promoción, fomento y recuperación y rehabilitación de la
salud; y establecer los estándares mínimos que deberán cumplir los prestadores
institucionales
de
salud
en
sus diferentes niveles y modalidades a fin
de
garantizar
prestaciones
de
calidad requerida ;
Que, el literal d) d
el
artículo
25
° del citado Reglamento de Organización y Funciones,
establece como una
de
las funciones de
la
Gerencia
de
Prestaciones Primarias
de
Salud, el
conducir la formulación, implementación y actualización
de
la Cartera
de
Servicios
de
Atención Primaria
de
ESSALUO, documentos técnicos, herramientas e instrumentos
de
gestión, procesos, procedimientos, indicadores sanitarios y criterios técnicos sobre las
prestaciones primarias que corresponden a actividades
de
promoción
de
la salud,
prevención
de
las enfe
rm
edades y actividades recuperativas y de rehabilitación básica en los
Centros Asistenciales
que
brinden prestaciones
de
salud del Pri
mer
Nivel
de
Atención, en el
marco del Modelo de Atención Integral de Sa
lu
d;
Que, mediante Resolución
de
Gerencia General
700-GG-ESSALU0-2005
se aprobó el
documento técnico normativo "Modelo de Atención integral
de
Salud
",
definido como
el
conjunto
de
políticas, sistemas, procesos e instrumentos que garantizan la prestación
de
una
atención integral, continua y de ca
li
dad orientada a la promoción, prevención, recuperación y
rehabilitación de salud para las personas sus familias y comunidades;
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RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
1471
-GG-ESSALUD-2013
Que, mediante Resolución
de
Gerencia General
382-GG-ESSALUD-2007
se
aprobó
la
Norma Técnica "Definición, Características y Funciones
de
los Centros Asistenciales del
Primer Nivel
de
Atención
de
ESSALUD";
Que, mediante
Re
solución
de
Gerencia General
429
-
GG-ESSALUD-2007
, rectificada
mediante Resolución
de
Gerencia General
549-GG-ESSALUD
-2007, se estableció
los
niveles
de
atención
en
los
que
se encuentran comprendidos los
Centros
Asistenciales
del
Seguro Social
de
Salud -
ESSALUD
;
Que, el Ministerio de Salud
como
ente rector el Sector Salud mediante Resolución Ministerial
546-2011 /
MINSA
, aprobó la NTS
021 -MINSA/DGSP-V.
03
:
Norma
Técnica
de
Salud
"Categorías
de
Establecimientos del Sector Salud
";
Que, el segundo objetivo estratégico
de
ESSALUD trazado
dentro
del
marco
del Plan
Estratégico Institucional 2012 -2016, aprobado por Acuerdo
de
Consejo Directivo
23-10-
ESSALUD-2012,
es
"Brindar atención integral a los asegurados, con los más altos
estándares de calidad, en el marco de un fuerte compromiso del Estado con el bienestar de
los asegurados; mejorar el trato a los asegurados, cambiar
el
modelo de atención
por
uno
basado
en
la
atención primaria y actuar sobre los determinantes sociales de la salud, con
énf
asis en los aspectos preventivo-promociona/es, contando para ello con
el
apoyo técnico
de la OPS!OMS"; razón por la cual, resulta necesario actuali
zar
la cartera
de
servicios
de
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........ -atenció n primaria para adecuarla al
marco
de los avances y modernidad
de
los servicios
de
s d y al fortalecimiento
de
la atención primaria
en
la Institución;
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Que, con Carta
de
Vista,
la
Gerencia Central de Prestaciones
de
Salud remi
te
el proyecto
de
Directiva denominado "Definición, características y funciones generales de
los
establecimientos de salud
de
ESSALUD", documento técnico
que
tiene
por
objetivo
uniformizar las
denom
inacion
es
de
los establecimientos
de
salud
en
los tres niveles
de
atención del Seguro Social
de
Salud en
ESSALUD
,
en
el contexto
de
la normativa
del
Ministerio
de
Salud sobre categorización
de
establecimientos
de
salud;
Que,
la
definición, características y funciones generales de los establecimientos de salud
de
ESSALUD podrían
ser
consideradas como elementos fundamentales para la mejora
de
la
gestión de la
of
erta y optimizar los recursos
de
los establecimi
entos
de
salud en el marco
de
las prestaciones
de
salud, dirigidos al individuo, familia y comunidad;
Que, en tal sentido, resulta necesario contar con un
documento
técnico
que
uniformice las
disposiciones emitidas sobre los establecimientos
de
salud en los tres niveles
de
atención
del Seguro Social
de
Salud -
ESS
ALUD, en el contexto
de
la normatividad vigente
sobre
categorización del Ministerio
de
Salud, a fin
de
ordenar la oferta institucional
en
el
marco
de
los avances, modernidad
de
los servicios de salud, Reforma
de
la Salud y Asegurami
ento
Universal
de
Salud;
Que, el literal b) del artículo
de
la Ley 27056, establece
que
le compete al
Gerente
General dirigir el funcionamiento de la institución, emitir las directivas y los procedimientos
internos necesarios, en concordancia con las políticas, lineamientos y
demás
disposiciones
del Consejo Directi
vo
y
de
la Presidencia Ejecutiva; y
Con las visaciones
de
la Gerencia Central de Prestaciones
de
Salud,
la
Gerencia Central
de
Finanzas, la Gerencia Central
de
Aseguramiento, la Gerencia Central
de
Logística, la
Gerencia Central de Infraestructura, la Gerencia Central
de
Gestión de las Personas,
la
Oficina Central
de
Planificación y Desarrollo, la Oficina Central
de
Tecnologías
de
Información y Comunicaci
ones
, y la Oficina Central
de
Asesor
ía Jurídica , y;
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Social
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RESOLUCIÓN DE GERENCIA
GENERAL
1471 -GG-ESSALUD-2013
Estando de acuerdo a lo propuesto y
en
uso de sus facultades conferidas;
SE RESUELVE:
1.
APROBAR
la
Directiva 018 -GG-ESSALUD-2013, "Definición, características y
funciones generales de los establecimientos de salud del Seguro Social de Salud
(ESSALUD)", que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución.
2.
DISPONER que
la
Gerencia Central de Prestaciones de Salud, a través
de
la
Gerencia
de Prestaciones Primarias de Salud y
la
Gerencia
de
Prestaciones Hospitalarias, se
encargue de
la
difusión, asesoría técnica, así como la implementación del presente
documento técnico antes mencionado, en el ámbito nacional.
3. ENCARGAR a la Gerencia Central de Finanzas , en coordinación con la Gerencia
Central de Prestaciones de Salud,
la
asignación
de
la disponibilidad presupuesta!
necesaria para la implementación y ejecución del presente documento técnico, en
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-::::
c
:r-
oncordancia con la normatividad vigente.
DISPONER que la Oficina Central de Planificación y Desarrollo, la Oficina Central
de
Tecnología de Información y Comunicaciones,
la
Gerencia Central de Aseguramiento y
la
Gerencia Central de Prestaciones de Salud, según el ámbito
de
sus competencias,
realicen las medidas de gestión que garanticen
la
disponibilidad
de
los recursos
necesarios para el otorgamiento de las prestaciones de salud en el marco de la
Directiva aprobada mediante la presente Resolución.
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5.
DISPONER que los Gerentes y Directores de los Órganos Desconcentrados adopten las
acciones de gestión correspondientes a fin de operativizar los aspectos técnicos
administrativos de la presente Directiva "Definición, características y funciones generales
de los establecimientos de salud de ESSALUD
",
en los centros asistenciales del primer,
segundo y tercer nivel de atención del ámbito de su jurisdicción.
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6.
ENCARGAR a la Oficina
de
Relaciones Institucionales el diseño y difusión de los
materiales comunicación intrainstitucionales y extraintitucionales,
que
contribuyan con la
transmisión del contenido de la presente Directiva "Definición, características y funciones
generales de los establecimientos de salud de ESSALUD
".
DEJAR SIN EFECTO la Norma Técnica "Definición, Características y Funciones de los
Centros Asistenciales del Primer Nivel de Atención de ESSALUD" aprobada mediante
Resolución de Gerencia General 382-GG-ESSALUD-2007, y la Resolución
de
Gerencia General 429-GG-ESSALUD-2007, rectificada mediante Resolución
de
Gerencia General Nº 549-GG-ESSALUD-2007, que estableció los niveles
de
atención en
los que se encuentran comprendidos los Centros Asistenciales del Seguro Social
de
Salud -ESSALUD, así como toda aquella disposición que se oponga a la presente
Resolución.
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6000
/
265-7000
Ver Resol N° 382-GG-ESSALUD-2007; Ver Resol N° 429-GG-ESSALUD-2007; Ver Resol N° 549-GG-ESSALUD-2007
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EsSalud
Segundad
Soci
al
para
todos
Directiva
018
-GG-ESSALUD-2013
"DEFINICION, CARACTERISTICAS Y
FUNCIONES GENERALES DE LOS
ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE
ESSALUD"
Gerencia Central de Prestaciones de Salud
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-CSSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los
Es
tablecimiento de Sa lud de
EsSalud"
INDICE
Pág.
l.
Objetivo
2
11.
Finalidad
2
111.
Base
Legal 2
IV.
Ámbito
de
apl
i
cac
i
ón
3
V.
Responsabilidad
3
VI. Di
sposiciones
3
Vl.1
Disposiciones
generales
3
Vl.2
Ordenamiento
organizacional
4
Vl.2.1
Primer
Nivel
de
Atención
4
a)
Centro
Médico
4
b)
Policlínico
de
Complejidad
Creciente
8
c)
Centro
Especializado
15
Vl.2.2
Segundo
Nivel
de
Atención
22
a)
Hospital
General
22
b)
Hospital
Especializado
36
Vl.2.3
Tercer
Nivel
de
Atención
52
a)
Hospital
Nacional
52
b)
Instituto
71
VII.
Concepto
de
Referencia
90
VIII.
Disposiciones
Transitor
i
as
96
IX.
Disposiciones
Finales
96
X.
Anexos
98
DIRECTIVA
Nº º 1EbG-ESSALUD-2013
"Definición, caracteristicas y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
DIRECTIVA:"DEFINICJÓN,
CARACTERÍSTICAS
Y
FUNCIONES
GENERALES
DE
LOS
ESTABLECIMIENTOS
DE
SALUD
DE
ESSALUD"
l.
OBJETIVO
Uniformizar las
denominaciones
y características
de
los
Establecimientos
de
Salud
en
los tres níveles
de
atención del
Seguro
Social
de
Salud
-
ESSALUD
, en el
contexto
de
la normativa del Ministerio
de
Salud
sobre
categorización
de
establecimientos de salud.
11.
FINALIDAD
Contar
con
un
Documento
Técnico
que
contribuya en la actualización y
ordenamiento
de
la oferta institucional.
111.
BASE
LEGAL
Ley
,
Salud y
sus
modificatorias.
,
Ley
de
Creación
del
Seguro
Social
de
Salud
(ESSALUO)
; y
su
Reglamento
aprobado
mediante
Decreto
Supremo
Nº002-99-TR
y
sus
modificatorias.
Ley
26790
,
Ley
de Modernización
de
la Seguridad Social
en
Salud
y
Reglamento
aprobado
mediante
009-97-SA; Ampliatorias y
Modificatorias-
Exclusiones.
Ley
29344
,
Ley
Marco
de
Aseguramiento
Universal
en
Salud
y
su
Reglamento
aprobado
por
Resolución Ministerial 122-
2001-SADM
,
que
aprueba
el
documento
denominado
"Lineamientos para la Delimitación
de
Redes
de
Salud
".
Resolución Ministerial 1142-2004/
MINSA
que
aprueba
la "
Guía
para
la
Categorización
de
Establecimientos
de
Salud
del
Sector
Salud."
Resolución Ministerial
386-2006
/
MINSA
,
que
aprueba
la
NTS
042-
MINSA/OGSP
V.
01
:
"Norma
Técnica
de
Salud
de
los Servicios
de
Emergencia"
.
Resolución Ministerial 520-201 O/
MINSA
,
que
aprueba
el
Documento
Técnico
"Fortalecimiento del
Primer
Nivel
de
Atención
en
el
Marco
del
Aseguramiento
Universal y Descentralización en Salud con
énfasis
en la Atención Primaria
de
Salud
Renovada"
.
Resolución Ministerial 464-2011 /
MINSA
,
que
aprueba
el
Documento
Técnico
"Modelo
de
Atención Integral
de
Salud
Basado
en Familia y
Comunidad
".
Resolución Ministerial
546-2011/
MINSA
,
que
aprueba
la
NTS
021 ·
MINSA/DGSP
V.
03
:
Norma
Técnica
de
Salud
"
Categorías
de
Establecimientos del
Sector
Salud"
Resolución de Presidencia Ejecutiva
211-PE-ESSALUD-2008
,
que
aprueba
el
modelo
de
Ordenamiento
Territorial
de
ESSALUD
y los
Conceptos
de
Referencia.
Resolución
de
Gerencia
General
429-GG-ESSALUD
-2007 rectificada
mediante
Resolución
de
Gerencia
General
549-GG-ESSALUD-2007.
mediante
la cual
se
establecen los niveles de atención en los
que
se
encuentran
comprendidos
los
Centros Asistenciales
del
Seguro
Social
de
Salud
-
ESSALUD
.
Resolución
de
Presidencia Ejecutiva 366
-PE-ESSALUD-2010
que
aprueba
la Estructura
Orgánica
y el
Reglamento
de
Organización
y
Funciones
de
la
Gerencia Central
de
Prestaciones
de
Salud.
2
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DIRE
CT
IV
A º 1
CCG-
ESSALUD-20 I 3
"Definición, características y funciones generales
de
l
os
Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Resolución de Gerencia General 1261-
GG
-ESSALUD-2013 que aprueba la
Directiva 013-
GG
-ESSALUD-2013 "Normas para la Formulación. Aprobación
y Actualización de Directivas en ESSALUD
".
IV. AMBITO DE APLICACIÓN
La
presente Directiva tiene aplicación en las Redes Asistenciales y Órganos
Desconcentrados del Seguro Social de Salud -ESSALUD a nivel Nacional.
V. RESPONSABILIDAD
Gerente Central de Prestaciones de Salud.
Gerente Central
de
Aseguramiento.
Gerente Central
de
Logística.
Gerente Central
de
Finanzas.
Gerente Central
de
Gestión
de
las Personas.
Jefe de
la
Oficina Central
de
Planificación y Desarrollo.
Jefe de la Oficina Central de Tecnologías
de
.Información y Comunicaciones.
Gerentes y Directores de
órganos
Desconcentrados
VI. DISPOSICIONES
VI. 1 DISPOSICIONES
GENERALES
Vl.1.1 Los Establecimiento de Salud del Seguro Social
de
Salud -ESSALUD se
organizan -en el contexto de
la
Directiva de categorización del Ministerio
de
Salud (MINSA) como ente Rector -
de
acuerdo a nivel de atención ,
capacidad resolutiva y complejidad.
Vl.1.2 Los establecimientos de salud del Primer Nivel de Atención son
denominados como Centro Médico y Policlínico de Complejidad Creciente
Vl.1.3 En el primer nivel de atención, EsSalud cuenta con Centros Especializados
de
Diagnóstico.
Vl.1 .4 Todos los establecimientos de EsSalud
del
primer nivel de atención.
cuentan con médico ci rujano.
Vl.1.5 Los establecimientos de Salud del Segundo Nivel de Atención son
denominados como Hospital General y Hospital Especializado.
Vl.1.6 Los establecimientos
de
salud del Tercer Nivel
de
Atención son
denominados como Hospital Nacional e 1 nstituto.
Vl.1 .7
La
UPSS Farmacia no podrá ser tercerizada en forma total
ni
parcial.
Vl.1.8 Los Servicios Médicos de Apoyo que brinden servicios por tercerización
deben estar registrados en el RENAES.
Vl.1.9 Los establecimientos de salud no podrán tercerizar los servicios de las
UPSS
de
Docencia e Investigación.
Vl.1 .1 O Las empresas que brinden servicios por tercerización deben contar con
constancia
de
registro y verificación sanitaria
que
garantice que los
servicios se realicen bajo condiciones de seguridad. oportunidad y
calidad. Dicha constancia debe
ser
emitida por
la
Dirección
de
Salud del
ámbito de Lima Metropolitana, Dirección Regional
de
Salud.
.,
.)
DIRECTIVA
.,O
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E
SSAL U
D-
20
1
3
"Definición, caracterist1cas y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
V
I.
2 ORDENAMIENTO ORGANIZACIONAL
Los tipos de establecimientos de salud por niveles
de
atención, consideradas
en
la presente Directiva de EsSalud son las siguientes:
Vl.2.1 PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN
a) CENTRO MÉDICO
DEFINICIÓN:
Es
un
establecimiento de salud del primer nivel de atención. con población
asignada, sin internamiento
que
brinda atención integral
in
tramural y
extramural mínimo 06 horas diarias, desarrollando actividades de promoción
de la salud, prevención de los riesgos y daños, recuperativa y
de
rehabilitación en el contexto de la persona, familia y comunidad. Cuenta con
capacidad resolutiva para satisfacer las necesidades
de
salud más frecuentes
y de menor complejidad.
La población asignada
en
la zona rural está entre 2,000 y 9,999 asegurados
activos; en la zona urbana, entre 5,000 a 24,999 asegurados activos.
Cuenta con una UPSS de consulta externa y de laboratorio clinico; y cumple
con las actividades de: atención inicial
de
urgencias y emergencias.
referencias y contrarreferencias, desinfección y esterilización, vigilancia
epidemiológica, salud ocupacional, registro de la atención
de
salud e
información, salud familiar y comunitaria , visita domiciliaria , atencn con
medicamentos, atención de parto inminente. promoción
de
la salud,
prevención y detección temprana de daños prevalentes y rehabili
ta
ción
basada en la Comunidad.
El centro médico contará con recursos humanos para garantizar la oferta de
los servicios establecidos: Médico general o Médico de fami
li
a o Médico
integralista, odontólogo, Enfermera, Obstetriz, técnico
de
enfermería, técnico
de laboratorio. De acuerdo a la característica y necesidad de
la
demanda
podrá contar con otros especialistas como Médico pediatra y Médico gineco-
obstetra; y así mismo, en coordinación con las Redes Asistenciales, con
recursos programados para realizar las actividades
de
atención de soporte
como Tecnólogos médico de radiología, Tecnólogo médico de laboratorio,
Nutricionista, Psicólogo, Trabajadora social y otra especialidad médica que la
demanda justifique.
FUNCIONES GENERALES
Brindar Atención Integral
de
salud a la persona por etapa
de
vida. en
el
contexto de
su
familia y comunidad y, atenciones de especialidad según
corresponda.
"
...
-
DIRECTIVA
018
GG-ESSALUD-2013
"Definición, caracteristicas y funciones generales de los Establecimiento de Salud
de
Es Salud"
Implementar las normas técnicas referidas a los procesos de atención,
paquetes de atención integral por etapas
de
vida,
guías
de
práctica
clínica, y otras estrategias establecidas de acuerdo a norma.
Desarrollar actividades de educación permanente en salud , para la mejora
del desempeño en servicio.
Elaboración del ASIS, plan estratégico local, plan operativo local, plan
de
capacitación, monitoreo y análisis de información en salud. alianzas
intersectoriales, participación en la Mesa
de
Concertación en Salud.
Implementar docencia e investigación operativa.
UNIDADES PRODUCTORAS DE SERVICIOS DE SALUD (UPSS)
a) UPSS Consulta Externa
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la atención
integral de salud, en
la
modalidad ambulatoria, a usuarios
que
no
estén
en
condición de Urgencia y/o Emergencia.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Cuentan con profesionales: Médico
-C
irujano, Odontologia, Enfermería,
Obstetricia y otros profesionales de acuerdo al perfil de demanda y
epidemiológico; y personal técnico
de
enfermeria.
Infraestructura:
Área establecida para la atención
de
Consulta Externa de acuerdo a la
normativa vigente.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e instrumental
de
acuerdo a la
normativa vigente.
Organización de la atención:
El horario
de
atención
debe
programarse
de
acuerdo al volumen y
necesidad de la demanda, disponibilidad
de
recursos humanos,
necesidades de salud identificadas en la persona. familia y comunidad
y de acuerdo a
la
dinámica del desarrollo local. Atenderá
como
mínimo
06 horas diarias y organizará la Atención Integral en Salud de acuerdo
a las Etapas
de
Vida y atención comunitaria.
Capacidad resolutiva:
Consulta Externa prestada por Médico Cirujano de acuerdo a las Guías
de Práctica Clínica y otras normas técnicas y, cuando corresponda,
por
otros profesionales de salud de
acuerdo
a su competencia o
capacitación. Deberá realizarse prioritariamente acciones de fomento,
protección y prevención de la salud de la persona por etapa
de
vida
en
el contexto familia y comunidad, así
como
atenciones y seguimiento
activo
de
grupos de alto riesgo en el marco
de
las prioridades
sanitarias nacionales, regionales y locales.
5
DIRECTIVA
N
~l
8
GG-ESSAL
U
D-
2
013
"Definición, características y funciones general
es
de
los Establecimiento de Salud de
Es Salud"
En el caso de la atención odontológica, brindan consulta externa ,
además cuenta con Radiología Dental y luz halógena.
b) UPSS Laboratorio Clínico (Patología Clínica)
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para la toma.
recepción, procesamiento de las muestras biológicas y emisión
de
resultados
de
los procedimientos
de
Patología Clínica.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Cuenta como mínimo con Técnico
de
Laboratorio Clínico.
1 nfraestructura:
Áreas específicas para la toma, recepción y procesamiento
de
muestras biológicas de acuerdo a
la
Directiva de Salud de
la
UPSS
Patología Clínica.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar la
toma, recepción y procesamiento
de
muestras de acuerdo a la
Directiva
de
Salud
de
la UPSS Patología Clínica.
Organización de
la
atención:
La
atención debe garantizarse diariamente y atenderá como minimo 06
horas diarias. Si la UPSS no tiene la capacidad resolutiva para realizar
el procesamiento y emisión
de
resultados
de
algunos procedimientos
de
Patología Clínica correspondiente a una categoría
de
mayor
complejidad. deben tomar y remitir la muestra biológica al laboratorio
de
referencia correspondiente o hacia una UPSS Patología Clínica
tercerizada, o en
su
defecto referir al usuario.
El
Médico especialista en Patología Clínica o el profesional
de
Tecnología Médica en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica o
de
Biología responsable de la supervisión correspondiente a la red
asistencial a la que pertenece, programa turnos para supervisar el
desempeño del personal en los procesos y procedimientos de esta
UPSS, así como el control de calidad de los procedimientos
que
realice.
Capacidad Resolutiva:
Realizan procedimientos de Bioquímica, Hematología y Microbiología
de
acuerdo a la Directiva
de
Salud de
la
UPSS Patología Clínica.
ACTIVIDADES DE ATENCIÓN DIRECTA Y DE ATENCIÓN DE SOPORTE
Son de cumplimiento obligatorio:
a. Atención inicial de urgencias y emergencias:
Se realiza evaluación y atención inicial de urgencias y emergencias
de
acuerdo al perfil profesional y normatividad vigente.
6
DIR
E
CTIVA
018
GG-ESS
ALUD-
2
01
3
"Definición , características y funciones generales
de
los Establecimiento
de
Salud de
Es
Salud"
b. Referencias y Contrarreferencias:
Realiza procedimientos para asegurar la continuidad y oportunidad
de
atención del paciente
de
acuerdo a normatividad vigente.
c. Desinfección y Esterilización:
Realiza, limpieza, desinfección , preparación y
empaque
, esterilización,
almacenamiento y distribución del material médico, instrumental y equipo
biomédico del establecimiento, según corresponda,
de
acuerdo
a
normatividad vigente.
d. Vigilancia Epidemiológica:
Se
realiza vigilancia , detección
de
riesgos y prevención
de
daños
de
acuerdo al perfil profesional, según corresponda, a través de acciones e
intervenciones específicas en
la
persona, familia, comunidad y el medio
ambiente, fomentando la participación ciudadana .
e. Salud Ocupacional:
Realiza la vigilancia, prevención y control
de
las enfermedades y
accidentes ocupacionales
en
los trabajadores
de
salud. Desarrollan
programas
de
promoción
de
la salud
en
el trabajo y vigilancia
de
la salud
de
los trabajadores del establecimiento.
f. Registros
de
la
Atención
de
Salud e Información:
Registro y acopio
de
la información sanitaria y
de
la producción
de
servicios
de
salud. Además administra el archivo
de
historias clínicas.
g. Salud Familiar y Comunitaria:
Se realizan actividades intramurales y extramurales,
de
promoción
de
la
salud y , prevención
de
riesgos y control
de
daños
; así
como
actividades
de
recuperación y rehabilitación dirigidas a la persona, familia y
comunidad
.
h. Atención con medicamentos:
Incluye
la
programación, buenas prácticas
de
almacenamiento y
expendio
previa presentación
de
la
Receta Única Estandarizada (RUE)
de
los
medicamentos
de
acuerdo al Petitorio
de
Medicamentos Esenciales,
dispositivos médicos y productos sanitarios;
asi
como
,
de
los
medicamentos e insumos
de
las Estrategias Sanitarias Nacionales. según
normatividad vigente. Está a cargo
de
Técnicos
de
Farmacia o técnicos
de
enfermería capacitados en Farmacia y en
caso
de
establecimientos
de
salud organizados
en
Redes
de
Servicios
de
Salud, bajo
la
supervisión del
profesional Químico Farmacéutico
de
la Red
de
Servicios
de
Salud.
i. Atención
de
parto inminente:
Toda gestante para
la
atención del
parto
debe
ser
referida a un
establecimiento
de
salud
que
cuente con Sala
de
Partos según
normativídad vigente.
7
DI
Rl
~
CTIVA
Ol~G-ESSALUD-201
3
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento
de
Salud
de
EsSalud"
El establecimiento de salud podrá brindar atención a la gestante cuando
acuda en período expulsivo. en alumbramiento o en puerperio inmediato;
en casos
de
limitada accesibilidad para la referencia, podrá atender a la
gestante si llega
en
fase activa del trabajo
de
parto (periodo de Dilatación).
Asimismo se realiza la atención inmediata del recién nacido.
j. Alimentación saludable:
Realiza actividades principalmente
de
promoción y prevención
en
la
persona, familia y comunidad ; priorizando grupos más vulnerables como
población infantil , gestantes. mujeres en edad fértil y población rural.
k. Prevención y Detección Temprana del Cáncer:
Se realiza actividades
de
prevención del Cáncer que incluyen la promoción
de estilos
de
vida saludables y
de
la importancia del despistaje. y el
diagnóstico precoz .
l.
Rehabilitación Basada en
la
Comunidad:
Realizan actividades
de
promoción de la salud, prevención de la
discapacidad. identificación, registro y atención de
la
población con
discapacidad.
m. Medicina Complementaria:
Corresponde a Consulta Médica en Medicina Complementaria utilizando
procedimientos de diagnóstico y terapéuticos individuales y grupales,
tradicionales, simples y naturales, que tienen evidencias de ser un
complemento en el cuidado de la salud de las personas. También
desarrollan talleres en salud para la promoción de estilos de vida saludable
e intervenciones vivenciales.
b) POLICLÍNI CO DE COMPLEJ IDAD
CRECIENT
E
DEFINICIÓN:
Es un establecimiento de salud del primer nivel de atención, con población
asignada, sin internamiento, que brinda atención integral de salud intramural y
extramural como mínimo 12 horas diarias a través del desarrollo de
actividades de promoción de la
sa
lud. prevención
de
los riesgos y daños,
recuperativa y de rehabilitación en
el
contexto
de
persona, fam ilia y
comunidad, y cuya capacidad resolutiva responde en forma dinámica a la
necesidad
de
la demanda, con atención especializada en forma periódica.
Es aquel establecimiento que
de
acuerdo a las característica de la demanda y
necesidades de salud, oferta servicios
de
salud en el contexto territorial .
accesibilidad geográfica y volumen poblacional; y cuenta con recursos
humanos, equipamiento e infraestructura para otorgar mayor capacidad
resolutiva que
el
Centro Médico.
8
DIRECTIVA
N
Ql
B GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Está implementada con recursos humanos, materiales y equipos para el
desarrollo de los servicios de salud, en atención a
la
especialización y
tecnificación de los mismos.
En la zona rural, la población asegurada asignada tiene un rango entre
10,
000
y 24,999 asegurados activos; en la zona urbana, entre 25,000 a
50,000 asegurados activos.
Cuenta con las UPSS
de
: consulta externa, laboratorio clínico, diagnóstico
por
imágenes, medicina física y rehabilitación y farmacia; y cumple con las
actividades de: atención inicial
de
urgencias y emergencias, referencias y
contrarreferencias, desinfección y esterilización, vigilancia epidemiológica,
salud ocupacional, registros de la atención
de
salud e información, salud
familiar y comunitaria, atención de parto inminente, alimentación saludable,
promoción de la salud y prevención, Intervenciones de Tópico
de
Cirugía en
Consultorio Externo, medicina complementaria y Radiología Dental.
De acuerdo a las característica
de
la
demanda
, accesibilidad y volumen de
población, podrá contar con los siguientes recursos humanos: Médico
general, Médico de familia, Médico lntegralista, Médico Internista, Pediatra,
Gineco-obstetra, Patólogo, Radiólogo, Oftalmólogo, Otorrinolaringólogo,
Gastroenterólogo, Traumatólogo, Dermatólogo, Cardiólogo y Médico
Rehabilitador; y otros especialistas dentro
de
la
estructura y soporte de
la
red
asistencial y
de
acuerdo a
la
demanda local.
También cuenta con otros profesionales de la salud
como
: Odontólogo,
Enfermera, Obstetriz, Tecnólogo médico en radiología, Tecnólogo médico en
terapia física, Tecnólogo médico en laboratorio, Nutricionista, Psicólogo,
Químico farmacéutico, Trabajadora social: personal Técnico o auxiliar
de
enfermería, Técnico de radiología, Técnico de laboratorio, Técnico
de
farmacia, Técnico
de
optometría, Técnico administrativo, Técnico de
estadística, Personal administrativo, Personal
de
admisión, Personal
informático y Personal de servicios generales.
FUNCIONES GENERALES
Brindar Atención Integral de salud a la persona por etapa
de
vida, en el
contexto de su familia, trabajo y comunidad; y actividades
de
especialidades según corresponda.
Implementar las normas técnicas referidas a los procesos de atención de
las personas, paquetes de atención integral por etapas de vida , guías de
práctica clínica , reforma de vida renovada en los centros laborales, y otras
estrategias establecidas de acuerdo a norma.
Desarrollar actividades
de
educación permanente en salud, para la mejora
del desempeño en servicio.
018
DIRECTIV
J\ GG-ESSJ\LUD-2013
"Definición, caracteristicas y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Elaboración de ASIS, plan estratégico local, plan operativo local, plan de
capacitación, monitoreo y análisis
de
información en salud, alianzas
intersectoriales, inserción en la Mesa
de
Concertación en Salud.
Implementar docencia e investigación operativa.
UNIDADES PRODU
CT
ORAS DE SERVICIOS DE SALUD
a. UPSS Consulta Externa
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para la atención
integral de salud,
en
la modalidad ambulatoria, a usuarios
que
no estén en
condición de Urgencia y/o Emergencia.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Cuentan con profesionales: Médico -Cirujano, Odontólogo, Tecnólogo
Médico, Químico Farmacéutico, Licenciado de Enfermería,
de
Obstetricia; y personal técnico
de
enfermeria.
Infraestructura:
Área establecida para la atención de Consulta Externa de acuerdo a la
normativa vigente.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e instrumental de acuerdo a la normativa
vigente.
Organización de la atención :
El horario
de
atención debe programarse
de
acuerdo al volumen de la
demanda, disponibilidad
de
recursos humanos, necesidades de salud
identificadas en la persona. familia y comunidad y
de
acuerdo a la
dinámica del desarrollo local. Atenderá como mínimo 12 horas diarias y
debe organizar la Atención Integral en Salud de acuerdo a las Etapas
de
Vida.
Capacidad resolutiva:
Consulta Externa brindada por Médico Cirujano de acuerdo a las Guías
de Práctica Clínica y otras normas técnicas, y , cuando corresponda, por
otros profesionales de la salud
de
acuerdo a su competencia o
capacitación. Deberá realizarse prioritariamente acciones de fomento,
protección y prevención de la salud de la persona por etapa
de
vida en
el contexto
de
su familia y comunidad , así como atenciones y
seguimiento activo
de
grupos de alto riesgo en el marco de las
prioridades sanitarias nacionales, regionales y locales.
En el caso
de
Centros Odontológicos, brindan consulta externa por más
de un profesional de Odontología con especialidad , además cuenta con
Radiología Dental y Laboratorio Dental.
c) UPSS Laboratorio Clínico (Patología Clínica)
10
DIRECTIVA
No0
18
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimi
ento
de Salud
de
EsSalud"
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para la toma,
recepción, procesamiento
de
las muestras biológicas y emisión
de
resultados de los procedimientos de Patología Clínica.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Cuenta
como
minimo con profesional
de
Tecnologia Médica en
Laboratorio Clínico. Excepcionalmente, cuenta con Técnico
de
Laboratorio.
Infraestructura:
Áreas especificas para
la
toma, recepción y procesamiento
de
muestras biológicas de acuerdo a la Directiva de Salud
de
la
UPSS
Patología Clínica.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar la
toma, recepción y procesamiento de muestras de acuerdo a la Directiva
de Salud
de
la UPSS Patología Clínica.
Organización de la atención:
La atención debe garantizarse diariamente
de
acuerdo al horario
establecido en el establecimiento de salud. Si la UPSS no tiene la
capacidad resolutiva para realizar el procesamiento y emisión
de
resultados de algunos procedimientos
de
Patología Clínica
correspondiente a una categoría
de
mayor
complejidad, deben
tomar
y
remitir la muestra biológica al laboratorio de referencia correspondiente
o hacia una UPSS Patología Clínica tercerizada, o en su defecto referir
al usuario.
El Médico especialista en Patología Clínica o el profesional de
Tecnología Médica en Laboratorio Clínico responsable de la
superv1s1on
correspondiente a la red asistencial a la
que
pertenece,
programa turnos para supervisar el desempeño del personal en los
procesos y procedimientos
de
esta UPSS, así
como
el control de
calidad
de
los procedimientos
que
realice.
Capacidad Resolutiva:
Realizan procedimientos de Bioquímica, Hematología y Microbiología de
acuerdo a la Directiva de Salud de la UPSS Patología Clínica.
d)
UPSS Diagnóstico por Imágenes.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la
realización, procesamiento e interpretación
de
los estudios por radiaciones
ionizantes y no ionizantes.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Radiología o Médico -Cirujano capacitado en
Radiología y ultrasonografía.
Además
cuenta profesional de Tecnología
Médica en Radiología y personal técnico de enfermería.
11
DIRECTIVA
N6H8GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
1 nfraestructura:
Áreas específicas para
la
realización de procedimientos de radiología
convencional protegidas
de
acuerdo
a las normas establecidas
por
el
IPEN, y procedimientos de ultrasonografía.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para la atención
de
acuerdo a normatividad vigente del Ministerio de Salud y normas
de
IPEN.
Organización de la atención:
La atención
debe
garantizarse diariamente
de
acuerdo al horario
establecido y de acuerdo a la
demanda
y necesidad de procedimientos
de
urgencia o emergencia durante las 12 horas. Además realiza la
lectura de imágenes de manera presencial o bajo la modalidad
de
Telemedicina (imágenes digitalizadas) y emisión
de
l informe respectivo.
La UPSS del establecimiento
de
salud, puede
ser
propia o tercerizada
en forma total parcial.
Capacidad Resolutiva.
Realiza procedimientos de radiología convencional y ultrasonográficos.
e) UPSS Medicina
de
Rehabilitación.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar
atención a la persona con discapacidad temporal o permanente.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Medicina Física y Rehabilitación o Médico -
Cirujano capacitado en Rehabilitación .
Además
cuentan con
profesionales
de
Tecnología Médica en Terapia Física y Rehabilitación,
o de Enfermería capacitado en Rehabilitación. Asimismo. personal
Técnico en Fisioterapia o técnico de enfermería capacitado en
Rehabilitación.
Infraestructura:
Sala de espera, gimnasio, consultorio (para terapias), cubículo
de
agentes físicos para el desarrollo de las terapias de rehabilitación,
opcionalmente podrán contar con un área para hidroterapia, de acuerdo
a la Directiva de Salud de
la
UPSS Medicina
de
Rehabilitación vigente.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar
terapia física y rehabilitación
de
acuerdo a la Directiva de Salud de la
UPSS Medicina de Rehabilitación.
Organización de la atención :
La atención ambulatoria y a usuarios hospitalizados, debe garantizarse
12
horas diariamente o de acuerdo al horario definido por el
establecimiento
de
salud. La UPSS debe referir a los usuarios
que
requieran determinados procedimientos de Medicina de Rehabilitación
12
'¡fy)
J
OtJ.
·~·
DIRECTIVA
Ol~G-ESSAL
U
D-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
que
excedan su capacidad resolutiva
de
acuerdo a su categoría. La
UPSS del establecimiento de salud, puede
ser
propia o tercerizada en
forma total parcial.
Capacidad Resolutiva.
Estos establecimientos de salud realizan procedimientos destinados a la
terapia física de acuerdo a
la
Directiva
de
Salud de
la
UPSS Medicina
de Rehabilitación vigente.
f) UPSS Farmacia
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para dispensación ,
expendio, gestión de programación y almacenamiento especializado
de productos farmacéuticos, dispositivos médicos (con excepción
de
equipos biomédicos y de tecnología controlada) y productos sanitarios
que
correspondan; así
como
farmacia clínica, de acuerdo a
la
complejidad del establecimiento
de
salud.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Profesional Químico Farmacéutico y Técnico de Farmacia.
1 nfraestructura:
Area específica para dispensación o expendio, gestión de programación
y el almacenamiento especializado
de
productos farmacéuticos,
dispositivos médicos y productos sanitarios
que
correspondan;
de
acuerdo a
la
complejidad del establecimiento de salud y normatividad
que
apruebe la Autoridad Sanitaria Nacional.
Equipamiento:
Mobiliario y equipos para dispensación o expendio y
almacenamiento especializado
de
los productos farmacéuticos y
dispositivos médicos, en lo
que
respecta a insumos médico-quirúrgicos
y de farmacia clínica, de acuerdo a la normatividad vigente.
Organización
de
la atención:
El establecimiento de salud
debe
garantizar la atención
de
acuerdo al
horario del establecimiento y para
la
atención de emergencia. Gestión
de programación y almacenamiento especializado cumpliendo las
buenas prácticas
de
almacenamiento. El Químico Farmacéutico
del
establecimiento de salud podrá supervisar el desempeño del personal
en la atención con medicamentos en los establecimientos
de
salud
de
categorías precedentes.
Capacidad Resolutiva:
Realiza dispensación y expendio previa Receta Única Estandarizada
(RUE) de los medicamentos de acuerdo al Petitorio
de
Medicamentos
Esenciales y aquellos medicamentos fuera del petitorio
que
el Comité
Farmacológico institucional lo autorice, dispositivos médicos y
productos sanitarios según corresponda. En el área de Farmacia
Clinica realizan Farmacovigilancia.
13
018
DIRECTIVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición. características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
ACTIVIDADES DE ATENCIÓN DIRECTA Y DE ATENCIÓN DE SOPORTE
Son de cumplimiento obligatorio:
a. Atención inicial
de
urgencias y emergencias:
Se realiza la evaluación y atención inicial
de
urgencias y
eme
rgencias de
acuerdo al perfil profesional y normatividad vigente.
b. Referencias y Contrarreferencias :
Realiza los procedimientos para asegurar la continuidad de atención del
paciente de acuerdo a normatividad vigente.
c. Desinfección y Esterilización:
Realiza, limpieza, desinfección, preparación y empaque, esterilización,
almacenamiento y distribución del material médico, instrumental y equipo
biomédico del establecimiento, según corresponda,
de
acuerdo a
normatividad vigente.
d. Vigilancia Epidemiológica:
Se realiza vigilancia, detección de riesgos y prevención
de
daños
de
acuerdo al perfil profesional, según corresponda, a través de acciones e
intervenciones especificas en la persona , familia , comunidad y el
medio
ambiente, fomentando
la
participación ciudadana.
e. Salud Ocupacional:
Realiza
la
vigilancia, prevención y control de las enfermedades y
accidentes ocupacionales en los trabajadores de salud. Desarrollan
programas de promoción
de
la salud en el trabajo y vigilancia de la
salud
de
los trabajadores del establecimiento.
f. Registros
de
la Atención de Salud e Información:
Registro y acopio de
la
información sanitaria y de la producción de
servicios
de
salud. Además administra el archivo de historias clínicas.
g. Salud Familiar y Comunitaria:
Se realizan actividades intramurales y extramurales, de promoción de la
salud, de prevención de riesgos y control de daños a la salud; así
como
actividades de recuperación y rehabilitación dirigidas a
la
persona,
familia, centros laborales y comunidad . Estas actividades se realizan
preferentemente por el Equipo Básico
de
Salud Familiar y Comunitaria
constituido
por
profesionales de Medicina Humana, Enfermería, y
Obstetricia, y el técnico(a)
de
enfermería con competencias en salud
familiar y comunitaria.
Dentro de las actividades intramurales
se
desarrollan preferentemente
acciones e intervenciones de Información. Educación y comunicación
(IEC) de manera individual o grupal; y de crecimiento y desarrollo,
inmunizaciones, control pre natal, consejería, tamizaje, entre otras.
14
-
..
DIRECTIVA
Olfu-ESSALUD-
2
013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
Es Salud"
Dentro de las actividades extramurales, en el contexto del modelo
de
atención integral en salud basado en familia y comunidad, se
debe
priorizar
las acciones de promoción.
h. Atención
de
parto inminente:
Toda gestante para la atención del parto deberá
ser
referida a un
establecimiento de salud
que
cuente con Sala de Partos.
El
establecimiento de salud podrá brindar atención a la gestante
cuando
acuda en período expulsivo, en alumbramiento o en puerperio inmediato;
en casos de limitada accesibilidad para la referencia, podrá atender a la
gestante si llega en fase activa del trabajo
de
parto (periodo de Dilatación).
Asimismo
se
realiza la atención inmediata del recién nacido.
i. Alimentación saludable:
Realiza actividades principalmente
de
promoción y prevención en
la
persona, familia, centros laborales y comunidad; priorizando grupos más
vulnerables como población infantil, gestantes, mujeres en edad fértil y
población rural.
j. Prevención y Detección Temprana del Cáncer:
Se realiza actividades
de
prevención del
Cáncer
. que incluyen
la
promoción de estilos de vida saludables y
de
la importancia del despistaje,
y el diagnóstico precoz.
k. Intervenciones
de
Tópico de Cirugia en Consultorio Externo:
Se realizan en el tópico de atención, utilizando anestesia local (suturas de
heridas, extracción de uña, debridación
de
absceso, etc.) .
l.
Medicina Complementaria:
Corresponde a Consulta Médica en Medicina Complementaria utilizando
procedimientos
de
diagnóstico y terapéuticos individuales y grupales,
tradicionales, simples y naturales,
que
tienen evidencias de
ser
un
complemento en el cuidado
de
la
salud de las personas. También
desarrollan Talleres en salud para la promoción
de
estilos
de
vida
saludable, e intervenciones vivenciales.
m.
Radiología Dental
Realizan exámenes de radiología dental
por
profesional de Odontología.
Además deben cumplir con
la
normatividad vigente referida a la
infraestructura, equipamiento, funcionamiento y otros.
e)
CENTRO
ESPECIALIZADO
DEFINICIÓN
Es un establecimiento del primer nivel
de
atención, sin población asignada,
sin internamiento,
que
responde a las necesidades de mayor nivel de
15
DIRECTIVA
N
º
Ol~G-ESSALUD-2013
"Definición. características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
Es
Salud"
resolución de daños que afectan a los asegurados, cuentan con referencia
procedente
de
los Centros Médicos y/o Policlínicas
de
Complejidad Creciente,
de un ámbito geográfico determinado.
Brinda atención y procedimientos especializados
de
salud, de tipo
ambulatorio, a través del desarrollo
de
actividades asistenciales. Por lo tanto,
cuenta con las Unidades Productoras Servicios Salud
de
Consulta Externa,
Laboratorio Clínico, Anatomía Patológica, Diagnóstico por Imágenes.
Medicina Física y Rehabilitación, Medicina Complementaria y Farmacia ; y
cumple con las actividades de referencias y contrarreferencias, registro
de
la
atención e información en salud.
Podrá contar con un Equipo Especializado: Geriatra, endocrinólogo, patólogo
clínico, microbiólogo, oftalmólogo, radiólogo ecografista, gastroenterólogo,
otorrinolaringólogo, urólogo, neurólogo, fisiatra. cardiólogo, nefrólogo,
oncólogo, dermatólogo, psiquiatra, psicólogo y químico farmacéutico. Además
cuenta con Tecnólogos médicos en Terapia Física, Laboratorio y Radiología;
Técnicos de Enfermería, Laboratorio, Radiología y
de
Farmacia.
El tipo y la cantidad de recursos humanos serán determinados en función al
tamaño de
la
población y al volumen de
la
demanda y necesidades
de
salud
de la población.
Cuenta con Personal para actividades administrativas y generales, tales como
personal administrativo, personal de admisión y de archivo de historias
clínicas, Técnico de Estadística y Personal
de
Servicios Generales.
FUNCIONES GENERALES
Realizar procedimientos de diagnóstico precoz
de
enfermedades no
transmisibles y neoplasias prevalentes.
Desarrollar actividades en salud, de tipo ambulatorio, consistentes en
consulta externa, procedimientos diagnósticos (laboratorio y/o imágenes) y
seguimiento de enfermedades de baja complejidad, que requieran atención
especializada y que hayan sido motivo
de
referencia del paciente.
Rehabilitar secuelas de enfermedades
que
requieran atención
especializada y que hayan sido motivo
de
referencia del paciente.
Garantizar la continuidad
de
la atención de las personas mediante el
sistema de referencia y contrarreferencia.
Detectar y notificación inmediata
de
daños.
Determinar las necesidades de capacitación continua del personal de los
Centros Médico y Policlínicas
de
Complejidad Creciente
de
su ámbito
geográfico, en base a la patología referida; organizar y ejecutar las
actividades correspondientes.
1
--
018
DIRECTIVA
GG-ESSALUD-2
01
3
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
Es
Salud"
Implementar docencia e investigación operativa.
UNIDADES PRODUCTORAS DE SERVICIOS DE SALUD
a) UPSS Consulta Externa
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para la atención
integral de salud, en la modalidad ambulatoria, a usuarios que
no
estén en
condición
de
Urgencia y/o Emergencia .
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Podrá contar con profesionales médicos especializados
de
acuerdo a su
demanda
de
salud.
Infraestructura:
Area establecida para
la
atención de Consulta Externa
de
acuerdo a la
normativa vigente.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e instrumental de acuerdo a la
normatividad vigente.
Organización
de
la atención:
El horario
de
atención debe programarse de acuerdo al volumen
de
la
demanda
de
referencia de los centros asistenciales precedentes.
Atenderá
como
mínimo 12 horas diarias.
Capacidad resolutiva:
Consulta Externa brindada por médicos especialistas de acuerdo a las
Guías de Práctica Clínica y otras normas técnicas, y,
cuando
corresponda, por otros profesionales
de
la salud, con énfasis en la
detección precoz y manejo inicial
de
daños
prevalentes. Deberá
realizarse prioritariamente acciones
de
fomento, protección y
prevención de la salud de la persona por etapa de vida.
b) UPSS Laboratorio Clínico (Patología Clínica)
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para
la
toma,
recepción, procesamiento de las muestras biológicas y emisión de
resultados de los procedimientos
de
Patología Clínica.
Para su funcionamiento requi
ere
de:
Recursos humanos:
Cuenta como mínimo c on profesional
de
Tecnología Médica en
Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica o de Biología.
Excepcionalmente, cuenta con Técnico de Laboratorio.
1 nfraestructura:
17
DIRECTIVA
No018GG-ESSALUD-2013
"Definición, caracteristicas y funciones generales de los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
Áreas específicas para la toma ,
muestras biológicas de acuerdo a la
Patología Clínica.
Equipamiento:
recepción y procesamiento
de
Directiva de Salud de la
UPSS
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar la
toma, recepción y procesamiento de muestras de acuerdo a la Directiva
de Salud de la UPSS Patología Clínica.
Organización de la atención:
La atención debe garantizarse diariamente de acuerdo al horario
establecido en el establecimiento de salud. Debe garantizar la atención
del usuario durante 12 horas diarias. Si
la
UPSS
no
tiene la capacidad
resolutiva para realizar el procesamiento y emisión de resultados
de
algunos procedimientos
de
Patología Clínica correspondiente a
una
categoría
de
mayor complejidad, deben tomar y remitir la
muestra
biológica al laboratorio
de
referencia correspondiente o hacia una
UPSS
Patología Clínica tercerizada, o en su defecto referir al usuario.
El
Médico especialista en Patología Clínica o el profesional
de
Tecnología Médica en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica o
de
Biología, es responsable de
la
supervisión correspondiente a la red
asistencial a la
que
pertenece, programa turnos para supervisar el
desempeño del personal en los procesos y procedimientos de
esta
UPSS, así
como
el control de calidad
de
los procedimientos que realice.
Capacidad Resolutiva:
Realizan procedimientos
de
Bioquímica, Hematología y Microbiología
de
acuerdo a la Directiva de Salud de
la
UPSS Patología Clínica.
c) UPSS Anatomía Patológica.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para realizar
los
exámenes anatomopatológicos para confirmar, esclarecer o definir
diagnósticos. garantizando la calidad y oportunidad de los informes.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos.
Médico especialista en Anatomía Patológica, profesional de Tecnología
Médica en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica y personal técnico
capacitado.
Infraestructura.
Áreas específicas para la toma
de
muestras, recolección y
procesamiento de muestras, diagnóstico, archivo y necropsias.
Equipamiento.
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar la
toma de muestras, recolección y procesamiento de muestras,
diagnóstico, archivo y necropsias de acuerdo al listado
de
equipamiento
biomédico básico para los establecimientos de salud, vigentes.
18
DIRECTIVA
NQ18
dG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de
lo
s Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Organización
de
la Atención.
La atención debe garantizarse por
06
horas diarias. Si la UPSS no tiene
la capacidad resolutiva para realizar el procesamiento y emisión de
resultados de algunos procedimientos
de
Anatomía Patológica, deben
tomar y/o recepcionar y remitir la muestra al establecimiento
de
referencia según corresponda, o en
su
defecto referir al usuario a
otro establecimiento especializado o servicio médico apoyo.
Si el establecimiento
de
salud trabaja en Red Asistencial, el Médico
especialista en Anatomia Patológica es responsable
de
la supervisión a
los establecimientos de salud precedentes, programando turnos para
supervisar
el
desempeño del personal en los procesos y
procedimientos.
La
UPSS del establecimiento de salud, puede ser propia o tercerizada
en forma total o parcial.
Capacidad Resolutiva.
Realiza procedimientos en las áreas de Patología de especímenes
quirúrgicos, Citología y Necropsia.
d) UPSS Diagnóstico por Imágenes.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para la
realización, procesamiento e interpretación de los estudios por radiaciones
ionizantes y
no
ionizantes.
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Radiología . Además cuenta con profesional
de
Tecnología Médica en Radiología y personal técn
ic
o de enfermería.
1 nfraestructura:
Áreas especificas para la realización
de
procedimientos de radiología
convencional protegidas de acuerdo a las normas establecidas por el
IPEN, y procedimientos de ultrasonografía .
Equipamiento:
Mobiliario. equipos biomédicos e insumos necesarios para la atención
de
acuerdo a normatividad vigente del Ministerio
de
Salud y normas
de
IPEN.
Organización de la atención:
Se organiza para brindar atención
de
apoyo al diagnóstico
de
acuerdo a
la demanda durante 12 horas diarias. Además realiza la lectura
de
imágenes de manera presencial o bajo la modalidad de Telemedicina
(imágenes digitalizadas) y emisión del informe respectivo.
La
UPSS del
establecimiento
de
salud, puede ser propia o tercerizada en forma total
o parcial.
Capacidad Resolutiva .
Realiza procedimientos
de
radiología convencional y ultrasonográficos.
19
018
DIRECTIVA
GG-ESSAL
UD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
Es Salud "
e) UPSS Medicina
de
Rehabilitación
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para
brindar
atención a la persona con discapacidad temporal o permanente.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Medicina Física y Rehabilitación o Médico -
Cirujano capacitado en Rehabilitación. Además cuentan
con
profesionales
de
Tecnología Médica en Terapia Fisica y Rehabilitación,
o de Enfermería capacitado en Rehabilitación. Asimismo, personal
Técnico en Fisioterapia o técnico de enfermería capacitado
en
Rehabilitación.
Infraestructura:
Sala de espera, gimnasio, consultorio (para terapias). cubículo
de
agentes físicos para el desarrollo de las terapias
de
rehabilitación,
opcionalmente podrán contar con un área para hidroterapia, de acuerdo
a la Directiva
de
Salud de la UPSS Medicina de Rehabilitación vigente.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar
terapia física y rehabilitación de acuerdo a la Directiva de Salud de la
UPSS Medicina de Rehabilitación.
Organización de
la
atención:
La atención ambulatoria y a usuarios hospitalizados. debe garantizarse
12 horas diariamente o de acuerdo al horario definido por el
establecimiento de salud.
La UPSS debe referir a los usuarios
que
requieran determinados
procedimientos de Medicina de Rehabilitación
que
excedan su
capacidad resolutiva de acuerdo a su categoría. La UPSS
del
establecimiento de salud, puede ser propia o tercerizada en forma total
parcial.
Capacidad Resolutiva .
Estos establecimientos
de
salud realizan procedimientos destinados a la
terapia física de acuerdo a la Directiva de Salud de la UPSS Medicina
de Rehabilitación vigente.
f)
UPSS Medicina Complementaria.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar
atención a la persona en: acupuntura, trofoterapia, fitoterapia, reflexolog{ia ,
medicina vibracional y medicina mente-cuerpo.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico capacitado en Medicina Complementaria. Además cuentan con
profesionales
no
médicos y técnicos capacitados.
20
.•
DIR
EC
TIVA Ol8GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
1 nfraestructura:
Sala de espera, consultorios y ambientes para terapias.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos e insumos necesarios para realizar procedimientos
y atenciones en Medicina Complementaria.
Organización de la atención:
La atención ambulatoria
debe
garantizarse
12
horas diariamente o de
acuerdo al horario definido
por
el establecimiento de salud.
La UPSS debe referir a los usuarios
que
requieran determinados
procedimientos de Medicina Complementaria
que
excedan su
capacidad resolutiva. La UPSS del establecimiento de salud, puede ser
propia o tercerizada en forma total parcial.
Capacidad Resolutiva.
Estos establecimientos de salud realizan procedimientos de medicina
complementaria de acuerdo a
la
Directiva de Salud
de
la UPSS
Medicina de Rehabilitación vigente.
g) UPSS Farmacia
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para dispensación,
expendio, gestión de programación y almacenamiento especializado
de
productos farmacéuticos, dispositivos médicos (con excepción de
equipos
biomédicos y de tecnología controlada) y productos sanitarios
que
correspondan; farmacia clínica, de acuerdo a la complejidad del
establecimiento de salud.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Profesional Químico Farmacéutico y Técnico
de
Farmacia.
Infraestructura:
Área específica para dispensación o expendio, gestión de programación
y el almacenamiento especializado de productos farmacéuticos,
dispositivos médicos y productos sanitarios
que
correspondan;
de
acuerdo a la complejidad del establecimiento de salud y normatividad
que apruebe
la
Autoridad Sanitaria Nacional.
Equipamiento:
Mobiliario y equipos para dispensación o expendio y
almacenamiento especializado
de
los productos farmacéuticos y
dispositivos médicos, en lo
que
respecta a insumos médico quirúrgicos;
y
de
farmacia clínica, de acuerdo a
la
normatividad vigente.
Organización
de
la atención:
El establecimiento
de
salud debe garantizar la atención durante
12
horas diarias, y de acuerdo a la demanda de salud . Gestión
de
programación y almacenamiento especializado cumpliendo las buenas
prácticas
de
almacenamiento.
2 1
DIRECTIVA
18
GG-ESSAL
U
D-
2
01
3
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
El Químico Farmacéutico del establecimiento
de
salud podrá supervisar
el desempeño del personal en la atención con medicamentos en los
establecimientos de salud de categorías precedentes.
Capacidad Resolutiva :
Realiza dispensación y expendio previa Receta Única Estandarizada
(RUE)
de
los medicamentos
de
acuerdo
al
Petitorio
de
Medicamentos
Esenciales y aquellos medicamentos fuera del petitorio que el Comité
Farmacológico institucional lo autorice, dispositivos médicos y
productos sanitarios según corresponda.
En
el área de Farmacia
Clínica realizan Farmacovigilancia .
ACTIVIDADES
DE
ATENCION
DIRECTA
Y
ATENCION
DE
SOPORTE
Son de cumplimiento obligatorio:
a. Referencias y Contrarreferencias:
Realiza los procedimientos para asegurar la continuidad de atención
del paciente de acuerdo a normatividad vigente.
b. Registros de
la
Atención de Salud e Información:
Realiza actividades para la disponibilidad . oportunidad , seguridad y
control del registro y archivo de los registros médicos y otros
relacionados. Asimismo provee información estadística de salud y
soporte informático, mecanización e integración
de
los sistemas
de
información requeridos para los procesos organizacionales.
c. Prevención y diagnóstico precoz del Cáncer:
Se realiza actividades de prevención del Cáncer, que incluyen
la
promoción
de
estilos de vida saludables y
de
la
importancia del
despistaje, y
el
diagnóstico precoz.
Vl.2.2
SEGUNDO
NIVEL
DE
ATENCIÓN
a)
HOSPITAL
GENERAL
DEFINICIÓN
Es el Establecimiento de Salud del Segundo Nivel
de
Atención, con o sin
población asignada, que brinda atención de las necesidades de sa lud más
frecuentes
de
baja y mediana complejidad. Desarrolla
ac
tividades
de
atención
integral ambulatoria, hospitalaria y de Emergencia en cuatro especialidades
básicas y otras especialidades según demanda ; atención de partos y cirugía
de mediana complejidad. Realiza actividades
de
promoción de la salud,
prevención
de
los riesgos y daños, recuperación y rehabilitación.
Podrá contar con los siguientes recursos humanos:
..
.
DIRECTIVA
oMG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
PERSONAL MEDICO(*) PROFESIONALES DE LA PERSONAL
TECNICO
Y
SALUD ADMINISTRATIVO
Médico Internista Psicólogo Técnico de laboratorio
Medico General (**) Enfermera Técnico en rayos X
Pediatra Obstetriz Técnico o Auxiliar de
Gineco-obstetra Asistenta Social Enfermería
Cirujano General Nutricionista Técnico asistencial.
Cardiólogo Químico Farmacéutico Administrador
Gastroenterólogo Tecnólogo Médico en Técnico administrativo
Geriatras 1 magenolog ía Técnico o Auxiliar de
Médico Anestesiólogo Tecnólogo Médico de Estadística.
Neurólogo Laboratorio Técnico informático.
Oftalmólogo Tecnólogo
de
Anatomía Analista de Sistemas
Médico Anestesiólogo Patológica Personal Servicios
Patólogo Clínico Tecnólogo Médico en Generales
Médico Rehabilitador Terapia Física
Otorrinolaringólogo
Urólogo
Dermatólogo
Médico Radiólogo
Médico Traumatólogo,
Odontólogo
(*)Puede contar con otros especialistas médicos de acuerdo a
la
caracteristica
de
la
demanda local
(*
*)
Para los hospitales
que
cuenten con población asignada y donde
se
realizan
actividades del primer nivel de atención
Estos establecimientos de salud cuentan
como
mínimo con las
UPSS
Consulta Externa, Emergencia, Hospitalización, Centro Quirúrgico,
Centro
Obstétrico, Unidad
de
Vigilancia Intensiva (UVI) , Diagnóstico
por
Imágenes,
Medicina de Rehabilitación, Laboratorio Clínico, Anatomía Patológica,
Centro
de Hemoterapia y Banco
de
Sangre, Farmacia, Nutrición y Dietética y Central
de Esterilización; y cumple con las Actividades de: Referencias y
Contrarreferencias, vigilancia epidemiológica, registro de la atención en salud
e información, atención del recién nacido
en
el área
de
observación,
prevención y detección precoz del cáncer, salud ocupacional y medicina
complementaria.
FUNCIONES GENERALES
Promoción
Prevención
Recuperación
Rehabilitación
23
--
018
DIRECTIV
J\
GG-ESSJ\LUD-2013
"Definición, características y funciones generales de
los
Establecimiento de Salud de
Es
Salud"
Gestión.
Docencia e investigación
UNIDADES PRODUCTORAS DE SERVICIOS DE SALUD.
Son
de
cumplimiento obligatorio:
a) UPSS Consulta Externa
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para la atención
integral
de
salud, en la modalidad ambulatoria, a usuarios que no
es
tén en
condición de Urgencia y/o Emergencia.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Podrá contar con médicos especialistas en Medicina Interna , Médico
Internista, Pediatra, Gineco-obstetra, Cirujano General, Cardiólogo,
Gastroenterólogo, Médico Anestesiólogo, Neurólogo, Oftalmólogo,
Patólogo Clínico, Médico Rehabilitador, Otorrinolaringólogo, Urólogo,
Dermatólogo, Médico Radiólogo, Médico Traumatólogo, profesionales
de Odontologia y otros profesionales
de
la salud, además debe contar
con personal técnico
de
enfermería.
Infraestructura:
Área establecida para la atención
de
Consulta Externa de acuerdo a la
normativa vigente. Comprende Sala de E
spe
ra, Admisión , Consultorios
y Tópicos.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e instrumental necesario de acuerdo a la
especialidad que se brinda y a la normativa vigente.
Organización de la Atención:
El
horario de atención debe programarse para cubrir 24 horas
de
atención.
Capacidad resolutiva:
La consulta externa incluye la entrevista, evaluación clínica,
prescripción, procedimientos médico-quirúrgicos e intervenciones
de
cirugía
de
consultorio externo, si lo requiere. Es rea
li
zada por el Médico
especialista. Asimismo la consulta del profesional
de
Odontología y
otros profesionales
de
la salud.
b) UPSS Emergencia.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la atención
inmediata y permanente a usuarios
que
estén en condición
de
Urgencia
y/o Emergencia.
Para su funcionamiento requiere
de
:
24
,_
DIR
EC
TIVA Ol1tJG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
Recursos humanos:
Médicos especialistas en Medicina Interna, Ginecología y Obstetricia.
Cirugía General. Pediatría y Anestesiología. Adicionalmente cuentan
con otros profesionales de la salud y personal técnico de enfermería.
1 nfraestructura:
Triaje y Tópicos de atención diferenciados por especialidad para la
atención inmediata de urgencias y emergencias (Medicina Interna.
Pediatría, Ginecología y Obstetricia y Cirugía General) Asimismo.
cuenta con áreas de observación diferenciadas por sexo y Unidad
de
Vigilancia Intensiva o Área Critica de Emergencia.
Equipamiento:
Mobiliario. equipos biomédicos e instrumental necesario
de
acuerdo a la
especialidad
que
se brinda para la atención de usuarios en condición
de
urgencia o emergencia,
de
acuerdo a la normatividad vigente.
Organización de
la
atención:
La
atención debe estar organizada por prioridades de acuerdo a
lo
establecido en la Directiva de Salud vigente, las mismas que serán
determinadas a través de un Triaje. La atención se brinda durante las 24
horas
de
los 365 días del año. Asimismo el establecimiento de salud
debe garantizar la disponibilidad de los servicios
de
apoyo al
diagnóstico y tratamiento necesarios. Esta UPSS es dirigida por un
Médico Internista.
La UPSS debe coordinar la referencia del usuario, en caso la condición
de urgencia o emergencia exceda su capacidad resolutiva.
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos realizarán el manejo inicial
de
daños prioridad 1 y
su
referencia; y el manejo
de
los de prioridad
11
y
111
, refiriendo a los
usuarios en caso la condición lo amerite. de acuerdo a normatividad
vigente.
c) UPSS Hospitalización.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar los
cuidados necesarios a los usuarios que requieren permanencia y
necesidad de soporte asistencial por más
de
doce (12) horas, por su
grado
de dependencia o riesgo. Dichos cuidados están referidos a las
atenciones y procedimientos médico-quirúrgicos, con fines diagnósticos,
terapéuticos o de rehabilitación.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médicos especialistas en Medicina Interna, Cirugía General, Pediatría, y
Ginecología y Obstetricia además de otros profesionales de
la
salud.
Asimismo, cuenta con profesionales
de
Enfermería o de Obstetricia,
según corresponda, y personal técnico
de
enfermería las 24 horas.
Infraestructura:
25
DIRECTIVA
N9lB
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
horario de atención de esta UPSS en los
que
participan los Médicos
especialistas en Cirugía General, y Ginecología y Obstetricia,
como
mínimo,
de
acuerdo a programación establecida.
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos de salud realizan intervenciones quirurgicas
electivas y de emergencia en las especialidades
de
Cirugía General. y
Ginecología y Obstetricia,
como
m1nimo, con el soporte
de
procedimientos de anestesia local, regional y general.
e) UPSS Centro Obstétrico.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la atención del
parto vaginal de la gestante con o sin complicaciones, la atención
durante
el puerperio inmediato, y atención inmediata del recién nacido. En los
establecimientos
de
salud públicos,
se
priorizará la atención
de
la gestante
con complicaciones.
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Ginecología y Obstetricia, y en Pediatría,
profesionales
de
Obstetricia, de Enfermería y personal técnico
de
enfermería.
Infraestructura:
Área especifica como sala de dilatación, sala
de
paros, área
de
atención
inmediata del recién nacido, área
de
puerperio inmediato.
Asimismo
,
opcionalmente podrán contar para los trabajos de partos normales
con
Salas Multifuncionales
que
se
definen
como
salas individuales,
que
permiten la atención del período
de
dilatación, expulsivo y puerperio
inmediato en una sola habitación, garantizando el fácil acceso a la
tecnología
de
apoyo en el
momento
requerido; y con facilidades para el
acompañamiento familiar según lo disponga el establecimiento.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumo s necesarios para
la
atención
del Parto vaginal con o sin complicaciones, y la atención inmediata del
recién nacido
de
acuerdo a la normatividad vigente.
Organización de la atención:
Se organiza para brindar durante las 24 horas atención del parto
vaginal de la gestante con o sin complicaciones y atención inmediata
del recién nacido. El establecimiento de salud
debe
garantizar la
disponibilidad de
apoyo
al diagnóstico y tratamiento. Cuando el
caso
lo
amerite
por
determinación del médico responsable,
se
coordina con la
UPSS Centro Quirúrgico para la resolución
de
l parto por vía
abdominal. Asimismo, cuando la gestante y/o recién nacido requieran
de cuidados críticos, se coordina la referencia.
Capacidad Resolutiva:
27
-.
018
DIRECTIVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Se realiza la atención especializada del parto vaginal de la gestante
con o sin complicaciones, del puerperio inmediato y atención inmediata
del recién nacido.
f)
UPSS Unidad de Vigilancia Intensiva (UVI):
Unidad básica del establecimiento de salud, dependiente de
la
UPSS
de
Emergencia, organizada para brindar cuidados y estabilización a usuarios
críticos de Emergencia, Recuperación y Servicios Médico quirúrgicos.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médicos especialistas en Medicina interna capacitado en cuidados
intensivos, profesionales
de
Enfermería capacitado en cuidados
intensivos y personal técnico de enfermería capacitado en cuidados
críticos. Además cuenta con Médico pediatra sub-especialista
en
Neonatología.
1 nfraestructura.
Areas definidas para
la
Unidad de Vigilancia Intensiva. Asimismo,
dispone de áreas
de
trabajo específicas para los cuidados y atención a
usuarios críticos, diferenciadas en Zona Negra , Zona Gris y Zona
Blanca. Esta última incluye un área para
la
Unidad
de
Soporte
Nutricional.
Equipamiento.
Cuentan con mobiliario, equipo biomédico e insumos necesarios para la
atención de usuarios críticos.
de
acuerdo a la Directiva de Salud vigente
de esta UPSS.
Organización de
la
atención:
La atención debe garantizarse las 24 horas del día. debiendo contar
con la disponibilidad de los servicios de apoyo al diagnóstico y
tratamiento respectivo y soporte nutricional entera! y parenteral. El
Médico especialista en Medicina Interna y el sub-especialista en
Neonatología, son programados de manera diaria durante el horario
de
atención de la UPSS.
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos
de
salud, realizan manejo intensivo inicial con
soporte tecnológico para la atención
de
pacientes críticos
que
requieren
cuidados intensivos generales o de cuidados intensivos neonatales.
g) UPSS Diagnóstico por Imágenes.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la
realización, procesamiento e interpretación de los estudios por radiaciones
ionizantes y
no
ionizantes.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
28
" .
DIRECTIV
/\
N°º
18
GG-ESSAL
UD-201 3
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Médico especialista en Radiología o Médico -Cirujano capacitado en
Radiología y ultrasonografía. Además cuenta profesional
de
Tecnología
Médica en Radiología y personal técnico
de
enfermería.
1 nfraestructura:
Áreas específicas para la realización de procedimientos
de
radiología
convencional protegidas
de
acuerdo a las normas establecidas por el
IPEN, y procedimientos de ultrasonografía.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para la atención
de
acuerdo a normatividad vigente del Ministerio
de
Salud y normas de
IPEN.
Organización de la atención :
Debe garantizar la atención durante las 24 horas del día y
de
acuerdo a
la demanda. Además realiza la lectura
de
imágenes
de
manera
presencial o bajo la modalidad de Telemedicina (imágenes digitalizadas)
y emisión del informe respectivo. La UPSS del establecimiento
de
salud,
puede ser propia o tercerizada en forma total parcial.
Capacidad Resolutiva.
Realiza procedimientos de radiología convencional y ultrasonográficos.
h) UPSS Medicina de Rehabilitación.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar
atención a la persona con discapacidad temporal o permanente.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Medicina
de
Rehabilitación o Médico -Cirujano
capacitado en Rehabilitación. Además cuentan con profesionales de
Tecnología Médica en Terapia Física y Rehabilitación, o de Enfermería
capacitado en Rehabilitación. Asimismo, personal Técnico en
Fisioterapia o técnico de enfermería capacitado en Rehabilitación .
Infraestructura:
Sala de espera, gimnasio, consultorio (para terapias), cubículo
de
agentes físicos para el desarrollo de las terapias de rehabilitación ,
opcionalmente podrán contar con un área para hidroterapia, de acuerdo
a la Directiva de Salud de la UPSS Medicina de Rehabilitación vigente.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos
terapia física y rehabilitación de acuerdo a
la
UPSS Medicina
de
Rehabilitación.
Organización de la atención :
necesarios para realizar
Directiva de Salud de la
La
atención ambulatoria y a usuarios hospitalizados, debe garantizarse
12 horas diaria o de acuerdo
al
horario definido por el establecimiento
de salud . La UPSS debe referir a los usuarios que requieran
29
,,
1 '
018
DIR
EC
TIV
!\
GG-E
SS
AL
U
D-
2
01
3
"Definición, caracteristicas y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
Es Salud"
determinados procedimientos de Medicina
de
Rehabilitación
que
excedan su capacidad resolutiva de acuerdo a su categoría.
La UPSS del establecimiento de salud, puede ser propia o tercerizada
en forma total parcial.
Capacidad Resolutiva.
Estos establecimientos de salud realizan procedimientos destinados a la
terapia física de acuerdo a la Directiva
de
Salud de la UPSS Medicina
de
Rehabilitación vigente.
i)
UPSS Laboratorio Clínico (Patología Clínica)
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la toma,
recepción, procesamiento de las muestras biológicas y emisión
de
resultados de los procedimientos de Patología Clínica,
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Patología Clínica o profesionales
de
Tecnología
Médica en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica o
de
Biologia,
Además, cuenta con Técnico en Laboratorio,
Infraestructura:
Áreas especificas para la toma , recepción y procesamiento
de
muestras biológicas de acuerdo a la Directiva de Salud de la
UPSS
Patología Clínica vigente.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar la
toma, recepción y procesamientos de muestras
de
acuerdo a la
Directiva
de
Salud
de
la UPSS Patología Clínica vigente.
Organización de
la
atención:
El establecimiento de salud debe garantizar
24
horas de atenci
ón
,
especialmente para la atención
de
emergencias. Si la UPSS
no
tiene la
capacidad resolutiva para realizar el procesamiento y emisión
de
resultados
de
algunos procedimientos de Patología Clínica, deben
tomar y remitir
la
muestra biológica al laboratorio de referencia según
corresponda, o en su defecto referir al usuario. La UPSS d el
establecimiento de salud, puede ser propia o tercerizada en forma total
par
cial.
Capacidad Resolutiva:
Realizan procedimientos de Bioquímica, Hematologia, Microbiología e
Inmunología correspondientes a su categoria, de acuerdo a la
Dir
ectiva
de Salud de la UPSS Patología Clínica.
j) UPSS Anatomía Patológica.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para realizar
lo
s
exámenes anatomopatológicos para confirmar, e
sc
larec
er
o definir
diagnósticos. garantizando la calidad y oportunidad de los informes.
30
'
018
DIRECTIVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos.
Médico especialista en Anatomía Patológica, profesional
de
Tecnología
Médica en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica y personal técnico
capacitado.
Infraestructura.
Áreas específicas para la toma
de
muestras, recolecci6n y
procesamiento de muestras, diagnóstico, archivo y necropsias.
Equipamiento.
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar la
toma de muestras, recolección y procesamiento
de
muestras,
diagnóstico, archivo y necropsias de acuerdo al listado
de
equipamiento biomédico básico para los establecimientos de salud,
vigentes.
Organización
de
la Atención.
La atención debe garantizarse
por
06
horas diarias. Si la UPSS
no
tiene
la capacidad resolutiva para realizar el procesamiento y emisión
de
resultados de algunos procedimientos
de
Anatomía Patológica, deben
tomar y/o recepcionar y remitir la muestra al establecimiento
de
referencia según corresponda, o en su defecto referir al usuario a
otro establecimiento especializado o servicio médico
apoyo
.
Si el establecimiento
de
salud trabaja en Red Asistencial, el Médico
especialista en Anatomia Patológica responsable
de
la
supervisión a la
que
pertenece, programa turnos para supervisar el
desempeño
del
personal en los procesos y procedimientos en establecimientos
de
salud precedentes.
La UPSS del establecimiento
de
salud, puede
ser
propia o tercerizada
en forma total o parcial.
Capacidad Resolutiva.
Realiza procedimientos en las áreas
de
Patología de especimenes
quirúrgicos, Citología y Necropsia.
k) UPSS Centro de Hemoterapia y Banco de sangre
Unidad básica del establecimiento
de
salud
organizad-
para realizar
procesos para
la
provisión de sangre y hemocomponentes en condici6nes
de
seguridad a las UPSS usuarias del propio establecimiento
de
salud o
de
otros establecimientos de salud.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Patología Clínica o Hematología Clínica. De
no
contar con alguno
de
los Médicos especialistas señalados: Médico -
Cirujano o profesional de Tecnología Médica en Laboratorio Clínico y
Anatomía Patológica, o
de
Biología capacitados en Centro
de
3 1
" '
018
DIR
EC
TIVA
GG-ESSALUD-2
01
3
"Definición , características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Hemoterapia y Banco de
Sangre
, En este caso, deberán
ser
supervisados
por
Médico especialista en Patología Clínica o
Hematologia Clínica responsable de la supervisión en la Red
de
Servicios de Salud. Asimismo, Técnico en Laboratorio Clínico
capacitado en Hemoterapia y Banco de Sangre.
Infraestructura:
Areas especificas para las actividades del servicio para Centros
de
Hemoterapia y Banco de Sangre Tipo 1 según normatividad vigente del
Programa Nacional
de
Hemoterapia y Bancos de Sangre
(PRONAHEBAS).
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para Centros de
Hemoterapia y Banco de Sangre Tipo 1 de acuerdo a la normatividad
vigente del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos
de
Sangre
(PRONAHEBAS).
Organización
de
la Atención:
Se organiza como Centro
de
Hemoterapia y
Banco
de Sangre Tipo 1 en
el
que
se recepciona, conserva y suministra sangre y
hemocomponentes. provenientes de un Centro de Hemoterapia y Banco
de
Sangre Tipo
11
, para
ser
aplicadas con fines terapéuticos para
proveer de sangre y hemocomponentes a las
UPSS
usuarias
dentro
del
establecimiento
de
salud, y gestionar el destino final
de
sangre y
hemocomponentes. Además realiza las pruebas cruzadas o
de
compatibilidad sanguínea.
En estos establecimientos de salud se garantiza la disponibilidad
de
la
sangre y hemocomponentes durante las
24
horas de atención . El
establecimiento
de
salud
debe
tener convenio
de
partes con un Centro
de Hemoterapia y Banco
de
Sangre Tipo
11
para garantizar el
aprovisionamiento de sangre en condiciones
de
seguridad.
Capacidad Resolutiva:
Realiza la recepción
de
sangre y de hemocomponentes provenientes
de un Centro
de
Hemoterapia y Banco de Sangre Tipo
11.
Asimismo, el
almacenamiento, distribución
de
sangre y
de
hemocomponentes y
realización de pruebas
que
garanticen la transfusión sanguínea segura
(pruebas cruzadas o de compatibilidad sanguínea).
1)
UPSS Farmacia
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada, para dispensación,
expendio, gestión de programación y almacenamiento especializado
de
productos farmacéuticos, dispositivos médicos (con excepción
de
equipos
biomédicos y
de
tecnología controlada) y productos sanitarios
que
correspondan; así como, farmacotécnia y farmacia clínica, de acuerdo a la
complejidad del establecimiento de salud .
Para su funcionamiento requiere
de
:
32
' .
DIRECTIVA
º
18
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
Es Salud"
Recursos humanos:
Profesional Químico Farmacéutico y Técnico de Farmacia.
Infraestructura:
Área específica para actividades administrativas, dispensación o
expendio, y almacenamiento especializado de productos farmacéuticos.
dispositivos médicos, y productos sanitarios que correspondan; así
como farmacotécnia y farmacia clínica .
de
acuerdo a
la
normatividad
que apruebe la Autoridad Sanitaria Nacional.
Equipamiento:
Mobiliario y equipos para actividades administrativas, dispensación o
expendio y almacenamiento especializado de productos farmacéuticos,
dispositivos médicos y productos sanitarios
que
correspondan; así
como
farmacotécnia y farmacia clínica , de acuerdo a
la
normatividad vigente.
Organización
de
la atención:
El establecimiento de salud debe garantizar 24 horas para la
atención
de
emergencias y de acuerdo al horario del establecimiento
de salud para las atenciones electivas. Además,
debe
desarrollar la
gestión
de
programación.
Capacidad Resolutiva:
Realiza dispensación y expendio
de
medicamentos previa Receta Única
Estandarizada (RUE)
de
los medicamentos de acuerdo al Petitorio
Nacional Único de Medicamentos Esenciales y aquellos medicamentos
fuera del petitorio que el Comité Farmacológico institucional lo autorice,
dispositivos médicos y productos sanitarios
que
correspondan a los
pacientes ambulatorios y a los pacientes hospitalizados. En el área
de
Farmacia Clínica realizan Farmacovigilancia y seguimiento
farmacoterapéuticos, y en el área de Farmacotécnia: Diluciones y
acondicionamiento
de
antisépticos y desinfectantes y acondicionamiento
de dosis de medicamentos.
m) UPSS Nutrición y Dietética.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para promover,
prevenir, proteger y recuperar la salud nutricional del usuario de atención
ambulatoria y usuario hospitalizado, garantizando la oportunidad y calidad
de
atención. Para el usuario hospitalizado planifica, prepara, distribuye y
controla los regímenes dietéticos, fórmulas lácteas y fórmulas enterales.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Profesional de Nutrición y personal técnico capacitado.
1 nfraestructura:
Áreas especificas para la planificación, elaboración . conservación y
distribución
de
regímenes dietéticos de acuerdo a normatividad vigente .
Equipamiento:
33
.,
.
_,
DIR
ECT
IY
A
01
8
º GG- E
SSAL
UD-2
01
3
"Definición, características y funciones generales de los Establecimi ento de Sa
lu
d
de
EsSalud"
Mobiliario. equipos e insumos necesarios para la atención
de
acuerdo
al listado de equipamiento biomédico básico para los establecimientos
de
salud,
de
acuerdo a normatividad vigente.
Organización
de
la atención:
Debe garantizar el funcionamiento
de
12 horas diarias, para brindar
soporte nutricional
al
usuario hospitalizado según a las necesidades
de
cada uno. La UPSS del establecimiento de salud, puede ser propia o
tercerizar los servicios que ésta brinda en forma total o parcial.
Capacidad Resolutiva:
Planifica, e labora, conserva y distribuye regímenes dietéticos.
fórmulas lácteas y rmulas enterales
de
acuerdo a la prescripción
médi
ca
. Realiza la evaluación del estado nutricional del usuario del
servicio, consistente en
el
cálculo
de
las necesidades nutricionales .
elaboración del plan y seguimiento nutricional
de
acuerdo a las
indicaciones médicas.
n) UPSS Central
de
Esterilización.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para realizar la
limpieza, desinfección . preparación y empaque, esterilización mediante
métodos físicos y químicos, almacenamiento y distribución del material
médico, instrumental y equipo biomédico del establecimiento
de
salud.
Asimismo, se realiza desinfección de alto nivel (DAN) y
de
nivel intermedio
(DNI) del material y equipo biomédico que lo requiera de acuerdo a
normatividad vigente.
Para
su
funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Profesional de Enfermería y personal técnico capacitados en
desinfección y esterilización hospitalaria.
Infraestructura:
Áreas específicas definidas como: roja o contaminada, azul o d e
preparación, verde restringida, y área administrativa, donde se realizan
actividades que aseguren la calidad de los procesos y seguridad laboral;
con flujo unidireccional,
de
fácil acceso y comunicación con las UPSS
usuarias.
Equipamiento:
Mobiliario. equipos biomédicos e insumos necesarios para los
procesos
de
desinfección y de esterilización, de acuerdo al listado de
equipamiento biomédico básico para los establecimientos
de
salud y
normatividad vigente sobre Desinfección y Esterilización Hospitala
ri
a.
Organización de
la
atención:
Garantiza la desinfección y esterilización del materi
al
, instrumental y
equipo biomédico, durante 24 horas, para los procedimientos dicos y
quirúrgicos de las UPSS usuarias, centralizando dichos procesos en
esta UPSS
de
acuerdo a normatividad vigente. El desarrollo
de
los
34
1 '
DIR
ECTI
VA
!'P
18
GG-ESSAUJ
D-
20
13
"De
fi
nición. características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
Es Salud"
procesos
de
la UPSS sigue un flujo unidireccional desde la recepción
hasta
la
distribución de materiales y equipos estériles. También real iza
monitoreo, supervisión, evaluación y capacitación alias UPSS usuarias
que
realicen el prelavado, lavado, desinfección y esterilización
de
corresponder a las caracteristicas del material, instrumental o equipo
biomédico. La UPSS del establecimiento de salud, puede ser propia o
tercerizada.
Capacidad Resolutiva:
Realiza esterilización mediante medios físicos (vapor húmedo) y
químicos (gas), y desinfección de alto nivel (DAN) y de nivel intermedio
(DNI) del material, instrumental y equipo biomédico; abasteciendo a
todas las UPSS usuarias del establecimiento de salud.
ACTIVIDADES DE A TENCION DIRECTA Y DE A TENCION DE SOPORTE
Son de cumplimiento obligatorio:
a. Referencias y Contrarreferencias:
Realiza los procedimientos para asegurar la continuidad de atención
del paciente de acuerdo a normatividad vigente.
b. Vigilancia Epidemiológica:
Se realiza vigilancia, análisis y evaluación epidemiológica ; monitoreo
de
la incidencia y prevalencia
de
la morbilidad, mortalidad e infecciones
intrahospitalarias.
c. Registros de
la
Atención de Salud e Información:
Realiza actividades para la disponibilidad. oportun idad, seguridad y
control del registro y archivo
de
los registros médicos y
otros
relacionados. Asimismo provee información estadística
de
salud y
soporte informático, mecanización e integración
de
los sistemas
de
información requeridos para los procesos organizacionales.
d. Atención del Recién Nacido en el Área
de
Observación:
Atención del recién nacido
que
requiere observación y/o cuidados en el
marco de las atenciones neonatales esenciales. Cuando el caso
lo
requiera, se realizará la referencia oportuna a un establecimiento con
mayor capacidad resolutiva. Asimismo, atención del recién nacido
sano
de madre con complicaciones que no permiten el alojamiento
co
njunto.
e. Prevención y detección temprana del
Cáncer
:
Se real iza actividades de prevencn del Cáncer,
que
incluyen la
promoción de estilos de vida saludables y de
la
importancia del
despistaje, y el diagnóstico precoz.
f. Salud Ocupacional:
35
018
DIRECTIVA
GG-ESSJ\LUD-2013
"Definición, caracteristicas y funciones generales de los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
Promueve ambientes de trabajo saludables, controla los riesgos
ocupacionales y previene los accidentes y enfermedades relacionadas
al trabajo, y las acciones de la protección de la salud de los
trabajadores.
g. Medicina Complementaria:
Corresponde a Consulta Médica en Medicina Complementaria utilizando
procedimientos de diagnóstico y terapéuticos individuales y grupales,
tradicionales, simples y naturales,
que
tienen evidencias
de
ser
un
complemento en el cuidado
de
la salud de las personas. También
desarrollan Talleres en salud para la promoción
de
es
tilos de vida
saludable, e intervenciones vivencial
es
.
b)
HOSPITAL ESPEC IALIZADO
DEFINICIÓN :
Es el Establecimiento de Salud del Segundo Nivel de Atención, sin población
asignada, donde se brinda atención
de
las necesidades
de
salud
más
frecuentes de mediana y alta
comp
lejidad. Desarrolla actividades de
recuperación y rehabi litación, promoción y prevención
de
la salud.
Podrá contar con los siguientes recursos humanos:
MEDICOS
Médico Internista
Pediatra
G i neco-obstetra
Cirujano General
Cirujano Pediatra
Médico Emergenciólogo
Médico Neurocirujano
Médico Geriatra
Oftalmólogo
dico Anestesiólogo
Patólogo Clínico
dico Rehabilitador
Médico Radiólogo
Médico Traumatólogo,
Otorrinolaringólogo
Urólogo
Dermatólogo
Odontólogo
Médico lntensivista
Cardiólogo
Gastroenterólogo
PROFESIONALES DE LA
SALUD
Químico Farmacéutico
Psicólogo
Enfermera
Obstetriz
Nutricionista
PERSONAL TECNI
CO
Y
ADMINISTRATIVO
Administrador
Estadístico
Ingeniero
de
Sistemas
Contador.
Economista.
Tecnólogo
Radiología
Tecnólogo
Laboratorio
Médico en Técnico administrativo.
Médico de Técnico
de
Laboratorio
Tecnólogo Médico en Terapia
Física
Tecnólogo Médico en Terapia
Ocupacional
Tecnólogo Médico en Terapia
del Lenguaje y Aprendizaje o
Profesor especializado, o
equivalente.
Trabajadora Social
Técnico
de
Enfermería
Técnico en Estadística.
Técnico Asistencial.
Técnicos en informática.
Pe
rsonal de Servicios
Generales.
36
~~
~
º
~
~
~
~
.....
..
.....
~.
r.
J.11B>1N4"
·
·~tD
·
Neumólogo
Nefrólogo
Neurólogo
DIRECTIVA N.DlSGG-ESSALUD-2013
"Definición, caracteristicas y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Reumatólogo
Radiólogo
Endocrinólogo
Psiquiatra.
Neonatólogo
Epidemiólogo.
Anatomo -Patólogo.
(*)Puede contar con otros especialistas médicos
de
acuerdo a la caracteristica de la
demanda local y regional.
Estos establecimientos de salud cuentan como mínimo con las UPSS:
Consulta Externa, Emergencia, Hospitalización, Centro Quirúrgico. Centro
Obstétrico, Diagnóstico por Imágenes, Medicina de Rehabilitación, Patología
Clínica, Anatomía Patológica, Centro
de
Hemoterapia y Banco de
Sangre
,
Unidad de Cuidados Intensivos, Unidad
de
Cuidados Intermedios,
Neonatología, Hemodiálisis, Farmacia, Nutrición y Dietética y Central
de
Esterilización; y cumple con las Actividades de: Referencias y
Contrarreferencias, Vigilancia epidemiológica, salud ocupacional, prevención
y diagnóstico precoz del cáncer y registro
de
la atención en salud e
información.
Los establecimientos
de
salud que brindan atención especializada en un
campo clínico o grupo etario, cuentan con las UPSS necesarias para
garantizar la atención integral del paciente, siendo obligatorias las UPSS
de
Atención Directa: Consulta Externa y Hospitalización; así como las UPSS de
Atención de Soporte: Diagnóstico por Imágenes, Patología Clínica, Farmacia,
Nutrición y Dietética .
En los establecimientos
de
salud de cirugía ambulatoria no es obligatorio
contar con la UPSS Hospitalización, sin embargo deben disponer de
camas
para desarrollar
la
actividad de Atención en el Area de Observación
del
Paciente Post Operado. Los establecimientos de salud, cuyo campo clínico
es quirúrgico, cuentan en forma obligatoria con la UPSS Centro Quirúrgico.
Si el campo clínico
que
desarrollan es
la
atención obstétrica cuenta en forma
obligatoria con
la
UPSS Centro Obstétrico.
Si las patologías propias del campo clínico que desarrollen, requieran
de
atención de emergencia cuentan en forma obligatoria con
la
UPSS
Emergencia. En el caso
de
establecimientos de salud
que
por su
campo
clínico o grupo etario no implementen esta UPSS, deben realizar
obligatoriamente la actividad de Atención
de
Urgencias y Emergencias
de
su campo.
37
..
.
018
DIRECTIVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición, caracterlsticas y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
En todos los casos anteriormente descritos, las UPSS
de
Atención
de
Soporte se implementarán obligatoriamente
de
acuerdo al
campo
clínico
que
desarrollen, las mismas
que
pueden ser propias del establecimiento de salud
o en su defecto los servicios podrán ser tercerizados.
FUNCIONES GENERALES
Promoción
Prevención
Recuperación
Rehabilitación
Gestión
Docencia e investigación
UNIDADES PRODUCTORAS DE SERVICIOS DE SALUD.
Son
de
cumplimiento obligatorio:
a) UPSS Consulta Externa
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la atención
de
salud, en la modalidad ambulatoria, a usuarios
que
no estén eh condición
de Urgencia y/o Emergencia.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médicos especialistas y otros profesionales de
la
salud
de
acuerdo a
la(s) Especialidad(es) en el campo o
grupo
etario
que
atienden.
Además
debe contar con personal técnico
de
enfermería.
Infraestructura:
Área asignada para la atención
de
Consulta Externa
re
spetando la
dignidad y privacidad del usuario, Sala
de
Espera, Admisión,
Consultorios y Tópicos.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e instrumental necesarios de
acuerdo
a la especialidad
que
se brinda según corresponda y a la normativa
vigente.
Organización
de
la oferta:
El
horario de atención debe programarse para cubrir 24 horas
de
atención. Estos establecimientos de salud organizan la
UPSS
Consulta Externa por especialidad(es) en un campo clínico o
grupo
etario
que
atienden.
Capacidad resolutiva:
La consulta externa incluye la entrevista, evaluación clínica ,
prescripción y procedimientos médico-quirúrgicos, según corresponda.
b) UPSS Emergencia.
38
• <
DIRCCTIY A Nº
Ol~G-ESSAL
U
D-
2
01
3
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento
de
Salud de
Es Salud"
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para la
atención
inmediata y permanente a usuarios
que
estén en condición
de
Urgencia
y/o
Emergencia.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos
humanos
:
Médicos especialistas y otros profesionales
de
la salud
de
acu
er
do
a
la(s) especialidad(es)
que
desarrollan.
Asi
como
personal técnico
de
enfermería.
Infraestructura:
Área
destinada
a la atención inmediata
de
emergencias
y
áreas
de
observación diferenciadas
por
sexo
, según corresponda a la(s)
especialidad(es)
que
desarrolla(n).
Asimismo
, podrán
contar
con
una
Unidad
de
Vigilancia Intensiva o
Area
Crítica
de
Emergencia,
según
campo
clínico
que
desarrolle.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e instrumental nec
esarios
de
acuerdo
a la especialidad
que
se
brinda para la atención
de
usuarios
en
condición
de
urgencia o emergencia.
según
la normatívidad vi
gente
.
Organización
de
la atención:
La
atención de urgencias y emergencias está organizada
de
acuerdo
a
lo establecido
en
la NTS vigente,
durante
las
24
horas
, los 365
días
del
año
.
Asimismo
, se
debe
garantizar el funcionamiento
de
Triaj e
de
las urgencias y emergencias, y la disponibilidad
de
los servicios
de
apoyo al diagnóstico y tratamiento necesarios.
Debe
estar
organizada para
asegurar
la referencia del usuario, en
caso la condición de emergencia lo amerite. En los establecimientos
de salud
de
esta categoría y si las patologías propias
que
desarrollen
requieran
de
atención
de
emergencia deben
organizar
la
UPSS
Emergencia. Sin
embargo
de
no
ser
el
caso
, deben realizar la actividad
de atención
de
urgencias y emergencias,
de
forma obligatoria.
Estos
establecimientos
de
salud organizan la
UPSS
Emerg
encia
por
especialidad(es) según el
campo
clinico o
grupo
etario.
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos
de
salud resuelven
daños
de
prioridad 1,
11
y
111
,
según corresponda a la(s) especialidad(
es
)
que
desarrolla(n), refiriendo
a los usuarios en
caso
la condición lo amerite,
de
acuerdo a
normativi
dad
vigente
c) UPSS Hospitalización.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar los
cuidados necesarios a los usuarios
que
requieren
permanen
cia y
necesidad
de
soporte asistencial
por
más
de
doce
(12)
ho
r
as
,
por
su
grado
de
dependencia o riesgo. Dichos
cuidados
están referidos a las
39
018
DIR
ECT
IV
/\
GG-
ESSAl.UD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los
Establecimiento de Salud de
EsSalud"
atenciones y procedimientos médico-quirúrgicos, con fines diagnósticos,
terapéuticos o de rehabilitación.
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médicos especialistas y otros profesionales
de
la salud según
el
grupo
etario o campo clínico que desarrollen. Asimismo. cuenta con
profesionales de Enfermeria o de Obstetricia, según corresponda , y
personal técnico de enfermería las
24
horas.
Infraestructura:
Áreas específicas destinadas a la hospitalización
pe
los usuarios.
diferenciadas por sexo y edad , de acuerdo a normatividad vigente,
según grupo etario o campo clínico
que
desarrolle.
Equipamiento:
Camas hospitalarias. mobiliario, equipos biomédicos e instrumental
necesarios para garantizar
la
estadía y atención
de
los usuarios.
de
acuerdo a la normatividad vigente
Organización
de
la oferta:
La hospitalización debe garantizar cuidados de enfermería u obstetricia,
según corresponda, durante las 24 horas del día. Asimismo debe
programar la visita médica diaria e ínterconsultas por Médicos
especialistas de acuerdo al campo clínico o grupo etario
que
atienda, y
garantizar la disponibilidad de estos médicos para
la
resolución de
situaciones
de
urgencia o emergencia
de
los usuarios hospitalizados.
así como de servicios médicos de apoyo
al
diagnóstico y
tratamiento.
Los establecimientos de salud deben organizar esta UPSS
de
manera
obligatoria. a excepción
de
los establecimientos
de
salud de Cirugía
Ambulatoria, para lo cual éstos deben programar las intervenciones
quirúrgicas considerando horarios que no condicionen la permanencia
del paciente en el establecimiento de salud por más de 12 horas,
además deben organizar
la
actividad
de
Atención para paciente post
operado en Área de Observación .
El
establecimiento
de
salud
garantiza la provisión
de
dietas a pacien tes hospitalizados.
Estos establecimientos de salud organizan
la
UPSS Hospitalización
por especialidad(es) según el campo clínico o grupo etario que
atiendan.
Capacidad Resolutiva:
Los establecimientos de salud de esta categoría, realizan atención en
hospitalización según la(s) especialidad(es) que desarrollan.
d) UPSS Centro Quirúrgico.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para realizar
procedimientos anestesiológicos e intervenciones quirúrgicas. Así co
mo
para
la
atención
de
la fase de recuperación post anestésica.
40
018
DIR
EC
TIVA
GG-ESSALUD-201 3
"Definición. características y funcio
nes
generales
de
los Establecimiento de Salud de
Es Salud"
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Anestesiología, profesional
de
Enfermería y
personal técnico de enfermería. Asimismo participan médicos
de
la{s)
especialidad(es) quirúrgica(s) según el campo o
grupo
etario.
Infraestructura:
Área específica destinada a la realización
de
las intervenciones
quirúrgicas según los estándares definidos para tal fin . Áreas de trabajo
específicas para los cuidados y atención correspondientes a usuarios
que
requieran procedimientos anestesiológicos e intervenciones
quirúrgicas, diferenciadas en Zona No Restringida. Zona
Semi
-
Restringida y Zona Restringida .
Equipamiento
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para la atención
de
acuerdo a normatividad vigente.
Organización de la atención:
Garantiza la disponibilidad
de
sala
de
operaciones para las
intervenciones quirúrgicas de emergencia durante las
24
horas y para
las intervenciones quirúrgicas electivas
de
acuerdo a una programación.
Asimismo, el establecimiento de salud garantiza la disponibilidad
de
servicios médicos
de
apoyo al diagnóstico y tratamiento.
El
médico especialista en Anestesiología conduce esta UPSS y
coordina
la
programación
de
tumos operatorios diariamente durante el
horario de atención de esta UPSS en los
que
participan los médicos
de
las especialidades quirúrgicas
que
se desarrollan. Los establecimientos
de salud especializados cuyo campo
de
acción
es
el quirúrgico deben
organizar
la
UPSS
Ce
ntro Quirúrgico,
Capacidad Resolutiva:
Se realizan intervenciones quirúrgicas electivas y de emergencia en las
especialidades
que
desarrollan.
e) UPSS Cen
tr
o Obstétrico.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para
la
atención
del parto vaginal de la gestante con o sin complicaciones, la Atención
durante el puerperio inmediato, y atención
inm
ediata del recién naci
do
.
En
los establecimientos de salud públicos, se priorizará la atención de la
gestante con complicaciones.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Ginecologia y Obstetricia. en Pediatría,
profesionales de Obstetricia, de Enfermería y personal cn ico de
enfermería.
Infraestructura:
-J.I
-' .
018
DIR
E
CTIVA
GG-
E
SSAL
UD-201 3
"Definición, características y funciones generales de l
os
Establecimiento de Sal
ud
de
EsSalud"
Áreas específicas
como
sala
de
dilatación, sala
de
partos, área
de
atención inmediata del recién nacido, área
de
puerperio inmediato.
Asimismo, opcionalmente podrán contar con Salas Multifuncionales
que
se definen
como
salas individuales,
que
permiten la atención del
período de dilatación, expulsivo y puerperio inmediato en una sola
habitación, garantizando el fácil acceso a la tecnología
de
apoyo en el
momento requerido, y con facilidades para el acompañamiento
familiar.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumas necesarios para
la
atención
del parto vaginal con o sin complicaciones, y la atención inmediata
del
recién nacido
de
acuerdo a la normatividad vigente.
Organización
de
la atención:
Se organiza para brindar durante las 24 horas atención del
parto
vaginal
de
la gestante con complicaciones y atención inmediata
del
recién nacido, debiendo garantizar la disponibilidad de apoyo al
diagnóstico y tratamiento. Asimismo, el establecimiento de salud
se
organiza para
la
atención de emergencia
de
gestantes
que
acudan en
situación
de
parto inminente.
Esta UPSS coordina con la UPSS Centro Quirúrgico, para
la
resolución
del parto
por
vía abdominal, cuando el caso lo amerite
por
determinación del médico responsable. Los establecimientos de salud
cuyo campo
de
acción
es
el obstétrico deben organizar la
UPSS
Centro
Obstétrico.
Capacidad Resolutiva:
Se realiza la atención especializada del parto vaginal y abdominal
de
la
gestante con o sin complicaciones, del puerperio inmediato y la atención
inmediata del recién nacido.
f)
UPSS Diagnóstico por Imágenes.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para la
realización, procesamiento e interpretación de los estudios por
radiaciones ionizantes y
no
ionizantes.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Radiología, profesional
de
Tecnología
Médica en Radiología y personal técnico
de
enfermería.
1 nfraestructura:
Áreas específicas para la realización
de
procedimientos de
ultrasonografía y radiologia convencional, tomografías computarizadas,
protegidas
de
acuerdo a las normas establecidas
por
el IPEN.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para la atención
de acuerdo a normatividad vigente del Ministerio de Salud y normas
del
IPEN.
42
018
OIRECTIV J\ GG-ESSJ\LU
0-
2
013
"Definición, caracteristicas y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Organización de la atención.
Se organiza para brindar atención de apoyo al diagnóstico para
procedimientos electivos de acuerdo a la demanda y para
procedimientos
de
urgencia o emergencia durante las 24 horas.
Opcionalmente, realiza la lectura
de
imágenes de manera presencial o
bajo la modalidad de Telemedicina (imágenes digitalizadas) y emisión
del informe respectivo.
En los establecimientos de salud cuyo
campo
clínico requiere del
apoyo
de está UPSS
de
Atención de Soporte, podrá ser propia o podrá
tercerizar los servicios
que
a ésta UPSS le corresponden brindar en
forma total o parcial
Capacidad Resolutiva.
Realiza procedimientos de radiología convencional y especializada y
tomografía computarizada según el
campo
clínico
que
desarrolle.
g) UPSS Medicina de Rehabilitación.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para brindar
atención de la persona con discapacidad temporal o permanente,
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista de Medicina
de
Rehabilitación y otros profesionales
de
la
salud según el campo
que
desarrolle dentro de la especialidad,
Así
como
personal 1 técnico
de
apoyo.
Infraestructura:
Areas específicas
de
acuerdo al campo
que
desarrolle dentro de
la
especialidad de acuerdo a la Directiva
de
Salud
de
la
UP.SS Medicina
de Rehabilitación vigente.
Equipamiento:
Estos establecimientos de salud cuentan con mobiliario, equipos
biomédicos e insumas necesarios,
de
acuerdo a los procedimientos
que
desarrolle dentro
de
la especialidad.
Organización de
la
atención:
La atención ambulatoria y a usuarios hospitalizados, debe garantizarse
por
12
horas diarias por el médico especialista en Medicina de
Rehabilitación.
Los establecimientos de salud
cuyo
campo de acción sea
Medicina de Rehabilitación,
no
podrán tercerizar los servicios
que
presta está UPSS en su totalidad, puesto que representa
su
campo
de
acción principal. Se podrá tercerizar los servicios
que
esta UPSS brinda
en forma parcial cuando la demanda exceda su capacidad de oferta. En
los establecimientos
de
salud cuyo campo clínico
no
corresponde a
Medicina de Rehabilitación, si cuentan con esta UPSS podrá ser
prop
ia
o podrá tercerizar en forma total o parcial , los servicios
que
le
corresponde brindar a dicha UPSS.
43
018
DIRECTIVA 0 GG-ESSALUD-2013
"Definición, caracteristicas y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
Capacidad Resolutiva:
Realizan procedimientos del campo que desarrolle dentro de la
especialidad
de
acuerdo a normativa vigente
h) UPSS Laboratorio Clínico (Patología Clínica)
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para
la
toma,
recepción, procesamiento
de
las muestras biológicas y emisión
de
resultados de los procedimientos de Patología Clínica,
Para
su
funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Patología Clínica, profesional
de
Tecnología
Médica en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica y/o
de
Biología,
Además
de
personal técnico en Laboratorio Clínico,
Infraestructura:
Áreas especificas para
la
toma, recepción y/ o procesamiento
de
muestras biológicas de acuerdo a la Directiva
de
Salud de la UPSS
Patología Clínica vigente.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar la
toma, recepción y /o procesamientos de muestras
de
acuerdo a la
Directiva de Salud
de
la UPSS Patología Clínica vigente.
Organización de
la
atención:
El
establecimiento de salud debe garantizar 24 horas de atención.
especialmente para la atención de emergencias.
Si
la UPSS no tiene la capacidad resolutiva para realizar el
procesamiento y emisión de resultados
de
algunos procedimientos
de
Patología Clínica. deben tomar y re mitir la muestra biológica al
laboratorio
de
referencia según corresponda, o en
su
defecto referir al
usuario.
En
los establecimientos
de
salud cuyo campo clínico requiere del apoyo
de está UPSS
de
Atención
de
Soporte, podrá ser propia o tercerizar los
servicios que a esta UPSS le corresponde brindar en fo
rm
a total o
parcial.
Capacidad Resolutiva:
Realiza procedimientos
de
Bioquímica, Hematología, Microbiología e
Inmunología correspondientes
al
segundo nivel
de
atención,
de
acuerdo
a
la
Directiva de Salud
de
la UPSS Patología Clínica, vigente.
i)
UPSS Anatomía Patológica.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para realizar los
exámenes anatomopatológicos para confirmar, esclarecer o definir
diagnósticos garantizando
la
calidad y oportunidad
de
los informes.
Para
su
funcionamiento requiere
de
:
'
018
DIRECTIV
A Nº
GG-ESSALUD-201
3
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
Recursos humanos:
Médico especialista en Anatomía Patológica, profesional de Tecnología
Médica en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica y personal
técnico
capacitado.
1 nfraestructura:
Áreas especificas para la toma de muestras, recolección y
procesamiento de muestras, diagnóstico, archivo y necropsias clínicas.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar la
toma
de
muestras, recolección y procesamiento de muestras,
diagnóstico, archivo y necropsias de acuerdo al listado
de
equipamiento biomédico básico para los establecimientos de salud,
vigentes.
Organización de la atención.
La atención debe garantizarse por 06 horas diarias de
acuerdo
al
horario establecido en el establecimiento. En los establecimientos
de
salud cuyo
campo
clínico requiere del apoyo de esta UPSS de Atención
de
Soporte, podrá ser propia o tercerizar los servicios
que
a esta
UPSS
le corresponde brindar en forma total o parcial.
Capacidad Resolutiva:
Realiza procedimientos de las áreas de Patología de especímenes
quirúrgicos, Citología y Necropsia Clínica.
j)
UPSS Centro
de
Hemoterapia y Banco
de
Sangre.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para realizar
procesos para la provisión de sangre y hemocomponentes, en condiciones
de seguridad a las UPSS usuarias del propio establecimiento
de
salud o a
otro establecimientos de salud,
de
corresponder.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Patología Clínica o Hematología o Médico -
Cirujano o profesional
de
Tecnología Médica en Laboratorio Clínico y
Anatomía Patológica, o, de Biología capacitado en Centro
de
Hemoterapia y Banco de Sangre. En los tres últimos
casos
supervisados
por
Médico especialista en Patología Clínica o
Hematología Clínica responsable
de
la supervisión en la Red
de
Servicios de Salud . Asimismo, Técnico en Laboratorio Clínico
capacitado en Hemoterapia y Banco de Sangre.
Infraestructura:
Áreas especificas para las actividades del servicio para Centros
de
Hemoterapia Tipo 1 según normatividad vigente del Programa Nacional
de
Hemoterapia y Bancos
de
Sangre (PRONAHEBAS).
Equipamiento:
45
..
:
DIR
E
CTIVA
Np
lS
GG-
E
SSAL
U
D-
2
01
3
"De
fi
nición , características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos
de Hemoterapia Tipo 1 de acuerdo a la
Programa Nacional de Hemoterapia
(PRONAHEBAS).
Organización
de
la atención:
necesarios para Centros
normatividad vigente del
y Bancos de
Sangre
Se organiza como Centro
de
Hemoterapia y Banco de Sangre Tipo 1 en
el
que
se recepciona, conserva y suministra sangre y
hemocomponentes, provenientes
de
un Centro
de
Hemoterapia y Banco
de Sangre Tipo
11
, para
ser
aplicadas con fines terapéuticos para
proveer de sangre y hemocomponentes a las UPSS usuarias
dentro
del establecimiento
de
salud, y gestion1
ar
el destino final de
sangre
y
hemocomponentes. Además realiza las pruebas cruzadas o
de
compatibilidad sanguínea.
En
estos establecimientos de salud se garantiza
la
disponibilidad
de
la
sangre y hemocomponentes durante las 24 horas
de
atención.
Los establecimientos de salud pertenecientes a esta categoría deben
tener convenio
de
partes con un Centro de Hemoterapia y Banco de
Sangre Tipo
11
para garantizar el aprovisionamiento de sangre en
Condiciones de seguridad.
Capacidad Resolutiva:
Realiza la recepción de sangre y
de
hemocomponentes provenientes de
un Centro de Hemoterapia y Banco de Sangre Tipo
11.
Asimismo, el
almacenamiento, distribución de sangre y de hemocomponentes, y la
realización de pruebas que garanticen la transfusión sanguínea segura
(pruebas cruzadas o de compatibilidad sanguínea) .
k)
UPSS Cuidados Intensivos.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para brindar
atención de salud especializada en medicina intensiva a usuarios críticos
en condición de inestabilidad y gravedad persistente.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos.
Médicos especialistas en Medicina Intensiva, profesionales
de
Enfermería con especialidad o capacitada en cuidados intensivos y
personal técnico de enfermería capacitado en cuidados críticos.
Además cuenta con Médico pediatra sub-especialista en Neonatología.
Infraestructura.
Áreas definidas para la Unidad de Cuidados Intensivos Generales y la
Unidad
de
Cuidados Intensivos Neonatales, y
de
ser posible la Unidad
de Cuidados Intensivos Pediátricos y otras Unidades
de
Cuidados
Intensivo-
Especializados de acuerdo a demanda. Asimismo, cada
una
de estas unidades dispone de áreas
de
trabajo específicas para los
cuidados y atención a usuarios críticos, diferenciadas en Zona Negra,
Zona Gris y Zona Blanca. Esta última incluye áreas de cuidados
46
018
DIRECTIVA GG-ESSALUD-2013
"Definición , características y funci
ones
generales de los Establecimiento de Salud
de
Es Salud"
intensivos y cuidados intermedios; y opcionalmente un área para la
Unidad de Soporte Nutricional.
Equipamiento.
Cuentan con mobiliario, equipo biomédico e insumos necesarios para la
atención de usuarios críticos,
de
acuerdo a la Directiva de Salud vigente
de esta UPSS.
Organización
de
la atención:
La atención debe garantizarse las 24 horas del día, debiendo con
tar
con
la
disponibilidad de los servicios
de
apoyo al diagnóstico y
tratamiento respectivo y soporte nutricional entera! y parenteral. Esta
UPSS se organiza para la atención de pacientes críticos. a través
de
una Unidad de Cuidados Intensivos General, Unidad
de
Cuidados
Intensivos Neonatales y de acuerdo a
demanda
Unidad
de
Cuidados
Intensivos Pediátricos, y otras Unidades de Cuidados Intensivos
Especializados.
El Médico especialista en Medicina Intensiva y el sub-especialista en
Neonatología, son programados
de
manera diaria durante el horario
de
atención de
fa
UPSS.
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos de salud, realizan terapia intensiva con soporte
tecnológico para
la
atención
de
pacientes críticos
que
requieren
cuidados intensivos generales o de cuidados intensivos neonatales.
Además pueden ofrecer otros cuidados intensivos especializados de
acuerdo a demanda.
1)
Unidad de Cuidados Intermedios (UCIN)
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar
atención de salud especializada en medicina intensiva a usuarios críticos
en condición de estabilidad y en quienes
no
sea prioridad el manejo
intensivo.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos Humanos:
Médicos especialistas en Medicina Intensiva, profesionales de
Enfermería con especialidad o capacitada en cuidados
in
tensivos y
personal técnico
de
enfermería capacitado en cuidados críticos.
Además cuenta con Médico pediatra sub-especialista en Neonatofogía.
Infraestructura.
Area definida para la Unidad de Cuidados Intermedios en Zona Blanca y
opcionalmente un área para
la
Unidad de Soporte Nutricional.
Equipamiento.
Cuentan con mobiliario, equipo biomédico e insumos necesarios para la
atención de usuarios críticos, de acuerdo a la Directiva de Salud vigente
de esta UPSS.
Organización de la atención:
._
018
DIRECTIVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición, caracteristicas y funciones generales de los Establecimien
to
de
Salud
de
Es Salud"
La atención debe garantizarse las 24 horas
del
día, debiendo contar
con la disponibilidad de los servicios de apoyo al diagnóstico y
tratamiento respectivo y soporte nutricional enteral y parenteral. El
Médico especialista en Medicina Intensiva y el sub-especialista en
Neonatologia, son programados
de
manera diaria durante el horario de
atención de la UPSS.
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos
de
salud, realizan terapia intensiva con soporte
tecnológico para la atención de pacientes críticos estables y
que
no
requieren de forma prioritaria cuidados intensivos.
m) UPSS Hemodiálisis.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar
terapéutica sustitutiva dialítica en pacientes
con
insuficiencia renal.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Nefrología, asimismo profesional
de
Enfermería
y personal técnico de enfermería capacitados en Hemodiálisis.
Además
de
profesionales de Nutrición.
de
Trabajo Social,
de
Psicología
y Técnico de mantenimiento
de
máquina, estos últimos serán propios
de
la
UPSS o del establecimiento que presta atención en esta UPSS.
de
acuerdo a lo especificado en Directiva
de
Salud
de
la UPSS
Hemodiálisis.
Infraestructura:
Áreas específicas para las actividades del servicio, de acuerdo a la
Directiva de Salud de
la
UPSS Hemodiálisis.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar
las
actividades del servicio de acuerdo a
la
Directiva de Salud
de
la UP
SS
Hemodiálisis.
Organización
de
la atención:
La UPSS del establecimiento de salud, debe garantizar la atención
diaria en turnos programados, así
como
la atención de emergencia
durante las 24 horas. La UPSS del establecimiento de salud, puede
ser
propia o tercerizada.
En estos
es
tablecimientos de salud, el médico especialista en
Nefrología, así
como
de
otros profesionales de la salud y personal
técnico.
se
programan diariamente durante el horario
de
atención
de
la
UPSS.
Capacidad Resolutiva:
Realiza el procedimiento
de
Hemodiálisis en pacientes
que
lo requieran.
n)
UPSS Farmacia
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para dispensación,
expendio, gestión
de
programación y almacenamiento especializado
de
48
¡ ,
018
DIRECT
IVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
productos farmacéuticos, dispositivos médicos (con excepción
de
equipos biomédicos y
de
tecnología controlada) y productos sanitarios
que
correspondan; así como, farmacotécnia y farmacia clínica,
de
acuerdo a la complejidad del establecimiento
de
salud.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Profesional Químico Farmacéutico y Técnico
de
Farmacia.
Infraestructura:
Área específica para actividades administrativas, dispensación o
expendio, y almacenamiento especializado de productos farmacéuticos,
dispositivos médicos, y productos sanitarios
que
correspondan; así
como farmacotécnia y farmacia clínica, de acuerdo a la normatividad
que
apruebe
la
Autoridad Sanitaria Nacional.
Equipamiento:
Mobiliario y equipos para actividades administrativas, dispensación o
expendio y almacenamiento especializado de productos farmacéuticos,
dispositivos médicos y productos sanitarios
que
correspondan; así
como
farmacotécnia y farmacia clínica,
de
acuerdo a
la
normatividad vigente.
Organización de la atención:
El
establecimiento de salud debe garantizar 24 horas de atención, para
los casos de emergencias y de
acuerdo
del horario del establecimiento
de salud para las atenciones electivas.
Capacidad Resolutiva:
Realiza dispensación y expendio
de
medicamentos previa Receta Única
Estandarizada (RUE) de los medicamentos propios
de
la especialidad
o
campo
clínico de acuerdo al Petitorio Nacional Único de
Medicamentos Esenciales y aquellos medicamentos fuera del petitorio
que el Comité Farmacológico institucional lo autorice, dispositivos
médicos y productos sanitarios
que
correspondan a los pacientes
ambulatorios, y a los pacientes hospitalizados, Farmacovigilancia y
seguimiento farmacoterapéuticos en el área
de
Farmacia Clínica, y
diluciones y acondicionamiento
de
antisépticos y desinfectantes; y
acondicionamiento
de
dosis de medicamentos en el área
de
Farmacotécnia, y almacenamiento especializado cumpliendo las
buenas prácticas de almacenamiento.
o) UPSS Nutrición y Dietética.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para promover,
prevenir, prot
eger
y recuperar la salud nutricional del usuario
de
atención
ambulatoria y hospitalizado, garantizando la oportunidad y calidad de
atención. Para el usuario hospitalizado planifica, prepara, d istribuye y
controla l
os
regímenes dietéticos, fórmulas lácteas y fórmulas enterales.
Para su funcionamiento requiere de:
49
-
018
DIR
EC
TIV/\
GG-ESSALUD-2
01
3
"Definición, caracteristicas y funciones generales de los Estable
ci
miento de Salud
de
EsSalud"
Recursos humanos:
Profesional
de
Nutrición y personal técnico capacitado.
Infraestructura:
Áreas específicas para la planificación, elaboración, conservación y
distribución de regímenes dietéticos
de
acuerdo a normatividad vigente.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos e insumos necesarios para la atención
de
acuerdo al
Listado de Equipamiento Biomédico Básico para los Establecimientos
de Salud vigente.
Organización de la atención:
Debe garantizar el funcionamiento de 12 horas diarias de acuerdo a
turnos
de
programación , para brindar soporte nutricional al us uario
hospitalizado. En los establecimientos
de
salud cuyo campo clinico
requiere del apoyo de esta UPSS
de
Atención de Soporte. podrá ser
propia o tercerizar los servicios que a esta UPSS le corresponde n
brindar en forma total o parcial.
Capacidad Resolutiva:
Pl
anifica, elabora, conserva y distribuye regímenes dieté
ti
cos, fórmulas
lácteas y fórmulas enterales de acuerdo a la prescripción médica.
Realiza la eva
lu
aci
ón
del estado nutricional del usuario del servicio,
consistente en el lculo de las necesidades nutricionales. elaboración
del plan y seguimiento
nu
tricional d e acuerdo a las indicaciones
médicas.
p)
UPSS Central de Esterilización.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para realizar la
limpieza, desinfección, preparación y empaque, esterilización mediante
métodos físicos y quimicos, almacenamiento y distribución del material
médico, instrumental y equipo biomédico del establecimiento de salud.
Asimismo,
se
realiza desinfección de alto nivel (DAN) y
de
nivel intermedio
(
DN
I) del material y equipo biomédi
co
que lo requiera de acue
rd
o a
normatividad vigente.
Para
su
funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Profesional
de
Enfermería y personal técnico capacitados en
desinfección y esterilización hospitalaria.
Infraestructura:
Áreas especificas definidas como: roja o contaminada, azul o de
preparación, verde o restringida, y área administrativa , donde se
realizan actividades que aseguren la calidad
de
los procesos y
seguridad laboral; con flujo unidireccional,
de
cil acceso y
comunicación con las UPSS usuarias.
Equipamiento:
50
018_
DI RECT
IY
A º GG-ESSALUD-2013
"Definición, caracteristicas y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para los
procesos
de
desinfección y
de
esterilización,
de
acuerdo al Listado
de
Equipamiento Biomédico Básico para los Establecimientos de Salud
y
no
rmatividad vigente sobre Desinfección y Esterilización
Hospitalaria.
Organización de la atención:
Garantiza
la
atención durante las 24 horas en
la
desinfección y
esterilización del material, instrumental y equipo biomédico para los
procedimientos médicos y quirúrgicos
de
las UPSS usuarias,
centralizando dichos procesos en esta UPSS de acuerdo a normatividad
vigente.
El
desarrollo
de
los procesos
de
la UPSS sigue un flujo
unidireccional desde
la
recepción hasta la distribución de materiales y
equipos estériles. También realiza monitoreo, supervisión, evaluación ; y
capacitación a las UPSS usuarias
que
realicen el prelavado, lavado.
desinfección y esterilización
de
corresponder a las características
del material, instrumental o equipo biomédico.
En los establecimientos de salud cuyo
campo
clínico requiere del apoyo
de ésta UPSS de Atención de Soporte, podrá ser propia o tercerizar los
servicios
que
a está UPSS le corresponden brindar en forma total o
parcial.
Capacidad Resolutiva:
Realiza esterilización mediante medios físicos (vapor húmedo) y
químicos (gas), y desinfección de alto nivel (DAN) y de nivel intermedio
(DNI) del material, instrumental y equipo biomédico; abasteciendo a
todas las UPSS usuarias del establecimiento
de
salud.
ACTIVIDADES DE ATENCIÓN DIRECTA Y DE ATENCIÓN DE SOPORTE
Son de cumplimiento obligatorio:
a. Referencias y Contrarreferencias:
Realiza los procedimientos para asegurar la continuidad
de
atención
del paciente de acuerdo a normatividad vigente.
b. Vigilancia Epidemiológica:
Se realiza vigilancia, análisis y evaluación epidemiológica; monitoreo de
la incidencia y prevalencia de la morbilidad, mortalidad e infecciones
intrahospitalarias.
c. Salud Ocupacional:
Promueve ambientes de trabajo saludables, controla los riesgos
ocupacionales y previene los accidentes y enfermedades relacionadas
al trabajo, y las acciones de la protección de la salud de los
trabajadores.
d. Prevención y detección temprana del Cáncer:
51
DIRECTIVA
o
018
GG-ESSAU
JD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establec1m1ento de Salud de
EsSalud"
Se
realiza actividades de prevención del Cáncer, que incluyen la
promoción de estilos
de
vida saludables y
de
la importancia del
despistaje, y el diagnóstico precoz.
e. Registros
de
la Atención
de
Salud e Información:
Realiza actividades para la disponibilidad , oportunidad, seguridad y
cont
ro
l del registro y archivo
de
los registros médicos y otros
re
lacionados. Asimismo provee información estadística de salud y
soporte informático, mecanización e integración de los sistemas
de
información requeridos para los procesos organizacionales.
Vl.2.3
TERCER
NIVEL
DE
ATENCIÓN
a)
HOSPITAL
NACIONAL
DEFINICION
:
Es
el Establecimiento
de
Salud del Ter
cer
Nivel de Atención, sin población
asignada, responsable de satisfacer la demanda de servicios de salud
de
alta
complejidad, brindando atención integral ambulatoria para patología compleja ,
atención hospitalaria especializada y
de
emergencias. mediante la oferta
de
especialidades médicas y quirúrgicas, aplicando procedimientos diagnósticos
y terapéuticos
de
alta complejidad.
Podrá contar con los siguientes recursos humanos, de niv
el
profesional y
técnico.
PERSONAL MEDICO PROFESIONAL DE LA PERSON
AL
TECNICO Y
SALUD ADMINISTRATIVO
Anestesiólogo Psicólogo Administrador
Médico Internista Enfermera Estadístico
Cirujano General Obstetriz Ingeniero
de
Sistemas
Médico Emergenciólogo Biólogo Contador.
Médico lntensivista Nutricionista Economista.
Pediat
ra
Tecnólogo Médico en Técnico administrativo
Gineco-obstet
ra
Ra
diología Técnico asistencial.
Cardiólogo Tecnólogo Médico
de
Técnico
de
Laboratorio
Gastroenterólogo Laboratorio Técnico
de
Enfermería
Médico Rehabilitador Tecnólogo Médico
de
Técnico en Estadistica
Neumólogo
Pa
tología Técnico Administrativo
Nefrólogo Tecnólogo Médico en Personal Servicios Generales
Neurólogo Terapia Fisica Analista programador,
Reumatólogo Tecnólogo Médico en Técnicos en Informática.
Endocrinólogo Terapia Ocupacional
Dermatólogo Tecnólogo Médico en
Psiquiatra. Terapia Respiratoria
Oftalmólogo Tecnólogo Médico
en
52
018
DIRE
CTIVA
o GG-ESSJ\LUD-201 3
"Definición, caracteristicas y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
Otorrinolaringólogo
Traumatólogo Ortopedista
Neurocirujano
Hematólogo
Neonatólogo
Geriatra
Urólogo
1
nfectólogo
Oncólogo
Cirujano Oncólogo
Cirujano de Tórax y
Cardiovascular
Cirujano plástico
Cirujano
de
cabeza y cuello
Cirujano Pediatra
Patólogo Clínico
Radiólogo
Epidemiólogo
Anátomo-Patólogo.
Médico Especia lista en
Bioingeniería
Odontólogo especia
li
zado.
Terapia
de
Lenguaje o
equivalente.
Químico Farmacéutico
Trabajadora Social
(*)Puede contar con otros especialistas médicos de acuerdo a
la
característica de la
demanda local y regional.
Estos establecimientos
de
salud cuentan como mínimo con las UPSS Consulta
Externa, Emergencia. Hospitalización , Centro Quirúrgico, Centro Obstétrico,
Diagnóstico por Imágenes, Medicina Física y Rehabilitación, Laboratorio Clínico ,
Anatomía Patológica, Centro de Hemoterapia y Banco de Sangre, Unidad
de
Cuidados Intensivos (generales y especializados
),
Unidad
de
Cuidados
Intermedios, Hemodiálisis, Neonatología, Unidad
de
Procura y trasplante de
órganos, Radioterapia, Medicina Nuclear, Farmacia, Nutrición y Dietética y Central
de
Esterilización; cumple con las actividades de: referencias y contrarreferencias,
vigilancia epidemiológica, salud ocupacional, registro de la atención en salud e
información, quimioterapia y docencia e investigación
FUNCIONES GENERALES
Promoción Gestión
Prevención Docencia e investigación
Recuperación
UNIDADES PRODUCTORAS DE SERVICIOS DE SALUD
Son de cumplimiento obligatorio:
a) UPSS Consulta Externa
53
~~
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J.
MEDINA
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Cl€REN1l:
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DIRECTIV
A NQl B
GG-ESSAL
U
D-2013
"Definición , características y funciones generales de los Establecimiento de Sal
ud
de
EsSalud"
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la atención
de
salud, en
la
modalidad ambulatoria, a usuarios
que
no
estén en condición
de Urgencia y/o Emergencia. Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médicos especialistas en Medicina Interna, Ginecología y Obstetricia.
Cirugía General, Pediatría, Anestesiología, Cardiología, Medicina
de
Rehabilitación, Neurología, Neumología, Gastroenterología,
Reumatolog ia, Psiquiatría, Oftalmología, Otorrinolaringología,
Traumatología y Ortopedia, Urología, Dermatología, Endocrinología.
Hematología Clínica, Medicina
de
Enfermedades Infecciosas y
Tropicales, Cirugía Torácic a y Cardiovascular, Cirugía Plástica, Cirugía
de Cabeza y Cuello, Neurocirugía, Nefrología, Geriatría, Medici na
Oncológica, Radioterapia, Cirugía Pediátrica y sub-especialistas en
Neonatología y Cirugía Oncológica; otros profesionales de la salud y
personal técnico de enfermería.
1 nfraestructura:
Área establecida para la atención de Consulta Externa de acuerdo a la
normativa vigente Comprende Sala de Espera, Admisión, Consultorios,
Tópicos y área
de
procedimientos.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédico e instrumental necesario de acuerdo
a las especialidades y subespecialidades
que
se brindan y a la
normativa vigente.
Organización de
la
atención:
El horario
de
atención
debe
programarse
de
acuerdo
al volumen
de
la
demanda y disponibilidad
de
recursos necesarios. Los ambientes de
consultorio externo podrán ser utilizados en diferentes horarios para la
atención médica especializada. Se organiza la atención
de
consulta
externa durante el horario
de
atención de la
UPSS
definido
por
el
establecimiento de salud , en las especialidades de Medicina Interna,
Ginecología y Obstetricia, Cirugía General, Pediatría, Anestesiología,
Medicina de Rehabilitación y Traumatología y Ortopedia, Cardiología ,
Neurología, Neumología, Gastroenterología, Reumatología, Psiquiatria,
Oftalmología , Otorrinolaringología, Urología, Dermatología,
Endocrinología, Hematología Clínica, Medicina de Enfermedades
Infecciosas y Tropicales, Cirugía Torácica y Cardiovascular, Cirugía
Plástica, Cirugía
de
Cabeza y Cuello, Neurocirugía, Geriatría , Medicina
Oncológica, Radioterapia, Cirugía Pediátrica y subespecialidades en
Neonatologia y Cirugía Oncológica.
Capacidad resolutiva:
La consulta externa incluye la entrevista, evaluación clínica,
prescripción y procedimientos médicos e intervenciones de cirugía
de
consultorio externo, si lo requiere. La atención es realizada
por
Médico
especialista en medicina Interna, Ginecología y Obstetricia, Cirugía
General, Pediatría, Anestesiología, Cardiología, Medicina de
Rehabilitación, Neurología, Neumología, Gastroenterología,
Reumatología, Psiquiatría, Oftalmología, Otorrinolaringología,
54
018
DIRECTIY
!\
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
Traumatología y Ortopedia, Urología, Dermatología, Endocrinología,
Hematología Clínica, Medicina
de
Enfermedades Infecciosas y
Tropicales, Cirugía Torácica y Cardiovascular, Cirugía Plástica, Cirugía
de Cabeza y Cuello, Neurocirugía, Nefrología, Geriatría, Medicina
oncológica, Cirugía Pediátrica y sub-especialistas en Neonatología y
Cirugía Oncológica. Asimismo,
es
realizada
por
otros profesionales
de
la salud . Debe realizarse la Actividad de Atención Integral del Cáncer.
b) UPSS Emergencia.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la atención
inmediata y permanente a usuarios
que
estén en condición de Urgencia
y/o Emergencia.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Medicina Interna, Ginecología y Obstetricia,
Cirugía General, Pediatría Anestesiología, Traumatología y Ortopedia,
Neurocirujano, Cirujano
de
Tórax, Cardiología, Medicina
de
Emergencias y Desastres, Psiquiatría, Urología, Oftalmología,
Otorrinolaringología, Cirugía de Cabeza y Cuello, Neurología y
Nefrología así
como
de otros profesionales de la salud y personal
técnico de enfermería.
Infraestructura:
Triaje y Tópicos de atención diferenciados
por
especialidad para la
atención inmediata
de
urgencias y emergencias (Medicina Interna,
Pediatría, Ginecología y Obstetricia y Cirugía General). Asimismo,
cuenta con áreas de observación diferenciadas por sexo, sala
de
yeso y
la Unidad de Shock Trauma y Reanimación.
El ambiente
de
observación podrá
estar
diferenciado por edad y
condiciones especiales según demanda.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e instrumental necesarios
de
acuerdo a
la especialidad
que
se brinda para la atención de usuarios en condición
de urgencia o emergencia, de acuerdo a la normatividad vigente.
Organización de la atención:
La atención debe estar organizada por prioridades de acuerdo a lo
establecido en la Directiva de Salud vigente, las mismas
que
serán
determinadas a través
de
un triaje, durante las 24 horas, los 365
dias
del año. Asimismo el establecimiento
de
salud debe garantizar la
disponibilidad
de
los servicios de apoyo al diagnóstico y tratamiento
necesarios. Esta UPSS
es
dirigida
por
un
Médico especialista en
Medicina de Emergencias y Desastres o en Medicina Interna.
La UPSS debe coordinar
la
referencia del usuario, en caso la condición
de urgencia o emergencia exceda la capacidad resolutiva
de
la
UPSS.
Asimismo, deben programar Médicos especialistas en Psiquiatría,
Urología, Oftalmología, Otorrinolaringología, Cirugía
de
Cabeza y
55
018
DIRE
CTIVA
GG-
ESSALUD-2
01
3
"Definic
ión
, características y funciones generales
de
los Establecimiento
de
Salud
de
EsSalud"
Cuello, Neurología y Nefrología mínimamente en
la
modalidad de retén,
y además podrán
ser
programadas otras especialidades de acuerdo a
demanda.
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos
de
salud realizarán el manejo integral
de
daños
prioridad 1,
11y111
, pudiendo referir a los usuarios solo en
caso
exceda la
capacidad resolutiva de
la
UPSS.
c) UPSS Hospitalización.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar los
cuidados necesarios a los usuarios que requieren permanencia y
necesidad de soporte asistencial por más de
doce
(12) horas, por su grado
de dependencia o riesgo. Dichos cuidados están referidos a las
atenciones y procedimientos médico-quirúrgicos, con fines diagnósticos,
terapéuticos o
de
rehabilitación.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médicos especialistas en Medicina Interna, Ginecología y Obstetricia.
Pediatría, Cirugía General y Médicos sub-especialistas en Neonatología
además de otros profesionales
de
la
salud, pudiendo
contar
con
médicos de otras especialidades. Asimismo, cuenta con profesionales
de Enfermería o de Obstetricia, según corresponda, y personal técnico
de
enfe
rmería las 24 horas.
En
esta UPSS participan Médicos especialistas en Cardiología,
Medicina de Rehabilitación, Neurología, Neumología, Gastroenterologia,
Reumatologia, Psiquiatría, Oftalmologia, Otorrinolaringología,
Traumatología y Ortopedia, Urología, Dermatología, Endocrinología,
Hematología Clínica, Medicina
de
Enfermedades Infecciosas y
Tropicales, Cirugía Torácica y Cardiovascular, Cirugía Plástica, Cirugía
de Cabeza y Cuello, Neurocirugía, Nefrología, Geriatria, Medicina
Oncológica, Radioterapia , Cirugía Pediátrica, así
como
de
otras
especialidades
de
acuerdo a
la
demanda, quienes además realizarán
interconsultas.
Infraestructura:
Áreas específicas destinadas a hospitalización de los usuarios,
diferenciadas
por
sexo, las cuatro especialidades (Medicina Interna,
Cirugía General, Pediatría y Ginecología y Obstetricia) y otras
especialidades de acuerdo a la demanda.
Equipamiento:
Camas hospitalarias. mobiliario, equipos biomédicos e instrumental
necesarios para garantizar la atención
de
los usuarios, de acuerdo a la
normatividad vigente.
Organización
de
la atención :
La hospitalización debe garantizar cuidados
de
enfermería u obstetricia
según corresponda, durante las 24 horas, en las especialidades
de
56
.
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018
DIRE
CT
IVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
Es Salud"
Medicina
!~terna
,
Cirugia General, Pediatría y Ginecología y Obstetricia.
debiendo programar la visita médica diaria en las referidas
especialidades. Asimismo, programa la atención de interconsultas
en las especialidades
de
Anestesiología, Cardiología, Neurología,
Neumología, Gastroenterología, Reumatologia, Psiquiatría,
Oftalmología, Otorrinolaringología, Urología, Dermatología,
Endocrinología. Hematología Clínica, Medicina
de
Enfermedades
Infecciosas y Tropicales, Cirugía Torácica y Cardiovascular, Cirugía
Plástica, Cirugía de Cabeza y Cuello, Neurocirugía, Geriatría, Medicina
Oncológica, Radioterapia, Cirugía Pediátrica y sub-especialistas
en
Neonatología y Cirugía Oncológica ; garantizando la disponibilidad
de
médicos para
la
resolución de situaciones de urgencia o emergencia del
los usuarios hospitalizados, así
como
de servicios médicos
de
apoyo al
diagnóstico y tratamiento.
Además, podrá organizar la atención de hospitalización para otras
especialidades además de las especialidades de Medicina Interna ,
Cirugía General, Pediatría y Ginecología y Obstetricia de acuerdo a
demanda.
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos de salud, realizan atencn en hospitalización
de
alta complejidad en las especialidades
de
Medicina Interna, Ginecología
y Obstetricia, Cirugía General y Pediatría, y
de
otras especialidades y
subespecialidades
de
acuerdo a
la
demanda.
d) UPSS Centro Quirúrgico.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para realizar
procedimientos anestesiológicos e intervenciones quirúrgicas, así
como
para
la
atención
de
la fase
de
recuperación post anestésica.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Anestesiología, profesionales de Enfermeria y
personal técnico de enfermería. Asimismo participan como mínimo
Médicos especialistas en Cirugía General, Ginecología y Obstetricia,
Oftalmología, Otorrinolaringología, Traumatología y Ortopedia, Urología,
Cirugía Torácica y Cardiovascular, Cirugía Plástica, Cirugía de Cabeza
y Cuello, Neurocirugía, Cirugía Pediátrica y Cirugía Oncológica.
Infraestructura:
Area específica destinada a la realización
de
las intervenciones
quirúrgicas, contando con salas de operación según especialidades y
de
acuerdo a la normatividad vigente. Areas de trabajo específicas para los
cuidados y atención correspondientes a usuarios
que
requieran
de
procedimientos anestesiológicos e intervenciones quirurgicas;
diferenciadas en Zona No Restringida, Zona Semi -Restringida y
Zona
Restringida.
57
DIRE
C
TIVA
o
018
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
Equipamiento
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para la atención
de acuerdo a normatividad vigente.
Organización
de
la atención:
Garantiza
la
disponibilidad de sala de operaciones para las
intervenciones quirúrgicas
de
emergencia durante las 24 horas y
para
las intervenciones quirúrgicas electivas de acuerdo a un rol de
programación
de
turnos. Asimismo, garantiza la disponibilidad de
servicios médicos de apoyo al diagnóstico y tratamiento.
El
Médico especialista
en
Anestesiología conduce esta
UPSS
y
coordina la programación
de
turnos operatorios diariamente durante el
horario de atención de esta UPSS en los que participan los Médicos
especialistas en Cirugía General, Ginecología y Obstetricia,
Oftalmología, Otorrinolaringología, Traumatología y Ortopedia, Urología,
Cirugía Torácica y Cardiovascular, Cirugía Plástica. Cirugía de Cabeza
y Cuello, Neurocirugía, Cirugía Pediátrica y Cirugía Oncológica durante
el horario de atención de
la
UPSS.
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos de salud realizan intervenciones quirúrgicas
electivas y de emergencia en las especialidades de Cirugía General .
Ginecología y Obstetricia, Oftalmología. Otorrinolaringología,
Traumatología y Ortopedia, Urología Cirugía Torácica y Cardiovascular,
Cirugía Plástica, Cirugía
de
Cabeza y Cuello, Neurocirugía , Cirugía
Pediátrica y Cirugía Oncológica con el soporte de procedimientos
de
anestesia local, regional y general.
e)
UPSS Centro Obstétrico.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para
la
atención del
parto vaginal de la gestante con o sin complicaciones, la atención durante
el puerperio inmediato y la atención inmediata del recién nacido. En los
establecimientos de salud públicos,
se
priorizará la atención de la gestante
con complicaciones .
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Ginecología y Obstetricia, Médico sub-
especialista
en
Neonatolog
ía
o especialista en Pediatría capacitado en
Neonatología, profesionales de Obstetricia, de Enfermería y personal
técnico de enfermería.
1 nfraestructura.
Áreas específicas como sala de dilatación, sala
de
partos normal y sala
de parto patológico (parto monitorizado) , área
de
atención inmediata del
recién nacido, área de recién nacido con factor
de
riesgo, área de
puerperio inmediato. Asimismo, opcionalmente podrán contar para los
trabajos de partos normales
como
Salas Multifuncionales o individuales.
que permiten la atención del periodo de dilatación, expulsivo y puerperio
58
DIRECTIY
A º18cG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
inmediato en una sola habitación, garantizando el fácil acceso a la
tecnología de apoyo en el momento requerido; y con facilidades para el
acompañamiento familiar.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para la atención
del parto vaginal con o sin complicaciones, y la atención inmediata del
recién nacido de acuerdo a la normatividad vigente.
Organización de la atención:
Se organiza para brindar durante las
24
horas atención del parto vaginal
de
la gestante con complicaciones, puerperio inmediato y atención
inmediata del
re
cién nacido. El establecimiento de salud
debe
garantizar la disponibilidad de apoyo al diagnostico y tratamiento.
Asimismo, coordina con la
UPSS
Centro Quirúrgico, para la resolución
del parto por vía abdominal, cuando el
caso
lo amerite
por
determinación del médico responsable.
Coordina con la UPSS Cuidados Intensivos, para la atención
de
la
gestante
que
requiere
de
cuidados críticos. Asimismo, con la Unidad
de Cuidados Intensivos Neonatales para la atención del recién nacido
que
requiere de cuidados críticos.
Capacidad Resolutiva.
Se realiza la atención especializada del parto vaginal de la gestante
con o sin complicaciones, del puerperio inmediato y atención inmediata
del recién nacido
por
el neonatólogo.
f)
UPSS Diagnóstico por Imágenes.
Unidad básica funcional del establecimiento
de
salud organizada para la
realización, procesamiento e Interpretación de los estudios por radiaciones
ionizantes y no ionizantes .
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Radiología, profesionales
de
Tecnología Médica
en Radiología, de Enfermería capacitada y personal técnico
de
enfermería.
Infraestructura.
Áreas específicas y protegidas para la realización de procedimientos
de radiología convencional, radiología especializada, radiología
intervencionista, tomografía computada, densitometría ósea,
mamografía y resonancia magnética de acuerdo a las normas
establecidas
por
el IPEN, y procedimientos de ultrasonografía.
Equipamiento
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para la atención
de
acuerdo a normatividad vigente del Ministerio de Salud y normas
del
IPEN.
Organización de
la
atención:
59
018
DIRECTIV
/\
GG-ESSALUD-2013
"Definición. características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
Se organiza para brindar atención
de
apoyo al diagnóstico para
procedimientos electivos de acuerdo a la demanda y para
procedimientos
de
urgencia o emergencia durante las 24 horas.
Además realiza la lectura de imágenes
de
manera presencial o bajo la
modalidad de Telemedicina (imágenes digitalizadas) y emisión del
informe respectivo.
La
UPSS del establecimiento de salud, puede ser
propia o tercerizada en forma tota l o parcial.
Capacidad Resolutiva.
Realiza procedimientos
de
radiología convencional, especializada e
intervencionista, procedimientos ultrasonográficos,
de
mamografía.
densitometría ósea,
de
tomografía y
de
resonancia magnética. '
g) UPSS Medicina
de
Rehabilitación.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar
atención de la persona con discapacidad temporal o permanente .
Para
su
funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos.
Médico especialista y/o sub-especialistas en Medicina de Rehabilitación.
profesionales
de
Tecnología Médica en Terapia Física y Rehabilitación
de
Enfermería capacitada en Rehabilitación, de Tecnología Médica en
Terapia Ocupacional.
Además,
de
Tecnología Médica en Terapia de Lenguaje o
de
Educación con especialización en problemas de Lenguaje.
Opcionalmente de acuerdo a demanda, profesionales
de
Educación
con especialización en problemas
de
aprendizaje,
de
Psicología.
Asimismo, Técnicos en Fisioterapia o personal técnico de enfermería
capacitado
en
Rehabilitación.
Infraestructura.
Sala
de
espera, gimnasio, consultorio (para terapias). cubículo
de
agentes físicos para el desarrollo
de
las terapias de rehab
il
itación,
área para hidroterapia y área de procedimientos médicos de acuerdo a
la
Directiva de Salud de
la
UPSS Medicina de Rehabilitación .
Opcionalmente contarán con Taller de Biomecánica.
Equipamiento.
Mobiliario. equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar
terapia física, terapia ocupacional, terapia
de
lenguaje, rehabilitación
cardiaca de acuerdo a
la
Directiva de Salud de la UPSS Medicina
de
Rehabilitación.
Organización de la Atención .
La
atención ambulatoria y a usuarios hospitalizados, debe garanti
zarse
diariamente de acuerdo al horario definido por el establecimiento
de
salud. Asimismo, los establecimientos de esta categoria podrán
participar en la Estrategia de RBC (Rehabilitación Basada en la
Comunidad).
60
DIRECTIVA
NplB
GG-ESSALUD-2013
"Definición. características y funciones generales de los Establecimiento
de
Salud
de
Es Salud"
La
UPSS del establecimiento de salud, puede
ser
propia o terceriza
da
en forma total o parcial.
Capacidad Resolutiva.
Estos establecimientos
de
salud, realizan procedimientos destinados a
la terapia física (incluye hidroterapia para miembro superior e inferior, y
opcionalmente corporal), terapia ocupacional, terapia de lenguaje,
terapia
de
aprendizaje y opcionalmente podrán desarrollar
rehabilitación cardio- respiratoria .
h) UPSS Laboratorio Clínico (Patología Clínica )
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la toma.
Recepción, procesamiento
de
muestras biogicas y
em
isn de resultados
de los procedimientos de Patología Clínica.
Para
su
funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Patología Clínica, profesionales de Tecnología
Médica en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica y/ o de 8iologla.
Además. cuenta con Técnico
en
Laboratorio.
Infraestructura:
Áreas específicas para
la
toma, recepción y procesamiento
de
muestras
biológicas de acuerdo a la Directiva de Salud de la UPSS Patolo
gía
Clínica vigente.
Equipamiento:
Mobiliario. equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar la
toma. recepcn y procesamientos
de
muestras de acuerdo a la
Directiva
de
Salud
de
la UPSS Patología Clínica, vigentes.
Organización
de
la atención:
El
establecimiento de salud debe garantizar 24 horas de atención ,
especialmente para la atención
de
las áreas críticas (Emergencia .
Unidad
de
Cuidados Intensivos, Centro Quirúrgico y Centro Obstétrico).
Si
la UPSS no tiene
la
capacidad resolutiva pa
ra
realizar el
procesamiento y emisión de resultados de algunos procedimientos
de
Patologia Clínica. deben tomar y remitir
la
muestra biológica al
laboratorio
de
referencia según corresponda, o en
su
defecto referir
al
usuario.
La
UPSS del establecimiento de salud, puede ser propia o
tercerizada en forma total o parcial.
Capacidad Resolutiva:
Realizan todos los procedimientos
de
Bioquímica, Hematología,
Microbiología e Inmunología correspondientes a la categoría de acuerdo
a la Directiva de Salud de la UPSS Patología Clínica.
i)
UPSS Anatomía Patológica.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para realizar los
exámenes anatomopatológicos para confirmar, esclarecer o definir
diagnósticos garantizando
la
calidad y oportunidad
de
los informes.
61
018
DIRECTIVA
GG-ESSALUD-201 3
"Definición. características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos.
Médico especialista en Anatomía Patológica . profesionales
de
Tecnología Médica en Laboratorio Clínico y Anatomia Patológica. y
personal técnico capacitado.
Infraestructura.
Áreas especificas para la toma de muestras, recolección y
procesamiento de muestras, diagnóstico, archivo y necropsias.
Equipamiento.
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar
la
toma
de
muestras, recolección y procesamiento
de
muestras,
diagnóstico, archivo y necropsias
de
acuerdo al listado
de
equipamiento
biomédico básico para los establecimientos
de
salud, vigentes .
Organización de la atención:
La atención debe garantizarse de acuerdo al horario establecido para la
UPSS. Si la UPSS
no
tiene la capacidad resolutiva para realizar el
procesamiento y emisión
de
resultados de algunos procedimientos de
Anatomía Patológica. deben
tomar
y/o recepcionar, y remitir la
muestra biológica al establecimiento o servicio médico de
apoyo
especializado según corresponda, o en su defecto referir al usuario. La
UPSS del establecimiento de salud, puede ser propia o tercerizada en
forma total o parcial.
Capacidad Resolutiva.
Realiza procedimientos dentro
de
las áreas
de
Patología
de
especímenes quirúrgicos, Citología, Necropsias, lnmunohistoquímica,
Genética y Citometría
de
Flujo.
j)
UPSS Centro de Hemoterapia y Banco de Sangre.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para realizar
procesos para la provisión de sangre y hemocomponentes, en condiciones
de
seguridad a las UPSS usuarias del propio establecimiento
de
salud o a
otros establecimientos de salud, de corresponder.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Patología Clínica o en Hematología Clínica
Asimismo, profesionales
de
Tecnología Médica en Laboratorio Clínico o
de Biología capacitados en Centro
de
Hemoterapia y Banco de
Sangre
y Técnico en Laboratorio Clínico capacitado en Hemoterapia y Banco
de
Sangre.
En
los Centros de Hemoterapia y Banco
de
Sangre Tipo
11
que
transfunden sangre o hemocomponentes dentro de la UPSS deben
contar con Licenciada(o) en Enfermería capacitada en Hemoterapia y
Banco de Sangre.
62
' .
18
DIR
ECT
IVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición , características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
Es
Salud"
Infraestructura:
Áreas específicas para las actividades del servicio para Centros de
Hemoterapia y Banco de Sangre Tipo
11
según normatividad del
Programa Nacional
de
Hem
oterapia y Bancos de Sangre
(PRONAHEBAS).
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para Centros de
Hemoterapia y Banco de Sangre Tipo
11
de acuerdo a
la
normativi
dad
del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre
(PRONAHEBAS).
Organización
de
la atención:
Se organiza
como
Centro
de
Hemoterapia y Banco de Sangre Tipo 11
en el
que
capta, selecciona, obtiene, realiza las pruebas
inmunoserológicas e inmunohematológicas necesarias, prepara,
conserva, y suministra tanto a las UPSS del mismo establecimiento
como a los establecimientos
de
salud externos
que
requieran
la
sangre
y hemocomponentes, y gestiona el destino final
de
la
sangre y
hemocomponentes.
Además se realizan las pruebas cruzadas o de compatibilidad
sanguínea. Asimismo, opcionalmente podrá transfundir sangre y
hemocomponentes dentro
de
esta UPSS. En estos establecimientos de
salud
se
garantiza la disponibilidad de la sangre y hemocomponentes
durante las 24 horas de atención. En los establecimientos de salud
públicos,
la
UPSS Centro
de
Hemoterapia y Banco de Sangre
no
puede
ser
tercerizada.
Capacidad Resolutiva:
Realiza la captación , selección , obtención, preparación , conservación,
transfusión si correspondiera y el suministros de la sangre y
hemocomponentes intra y extra institucional, asimismo la realización
de
pruebas para garantizar la transfusión sanguínea segura (pruebas
cruzadas o
de
compatibilidad sanguínea).
k)
UPSS Cuidados Intensivos Generales y Especializados
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para brindar
atención
de
salud especializada en medicina intensiva a usuarios críticos
en condición de inestabilidad y gravedad persistente.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos.
Médicos especialistas en Medicina Intensiva, profesionales de
Enfermería con especialidad o capacitada en cuidados intensivos y
personal técnico de enfermería capacitado en cuidados críticos.
Además cuenta con Médico pediatra sub-especialista en Neonatologia.
Infraestructura.
Áreas definidas para la Unidad
de
Cuidados Intensivos Generales y la
Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales, y
de
ser
posible la Unidad
63
DIRECTIVA N
l'
OliG-ESSJ\LUD-2013
"Definicrón, caracteristicas y funciones generales de los Establecimiento
de
Salud de
EsSalud"
de
Cuidados Intensivos Pediátricos y otras Unidades
de
Cuidados
Intensivo Especializados de acuerdo a demanda. Asimismo, cada una
de
estas unidades dispone de áreas
de
trabajo específicas para los
cuidados y atención a usuarios críticos, diferenciadas en Zona Negra,
Zona Gris y Zona Blanca. Esta última incluye áreas
de
cuidados
intensivos y cuidados intermedios; y opcionalmente
un
área para la
Unidad de Soporte Nutricional.
Equipamiento.
Cuentan con mobiliario, equipo biomédico e insumos necesarios para la
atención de usuarios críticos, de acuerdo a la Directiva de Salud vigente
de
esta UPSS.
Organización de la atención:
La atención debe garantizarse las 24 horas del día, debiendo contar
con la disponibilidad de los servicios
de
apoyo
al
diagnóstico y
tratamiento respectivo y soporte nutricional enteral y parenteral. Esta
UPSS se organiza para
la
atención de pacientes críticos . a través de
una Unidad
de
Cuidados Intensivos General , Unidad de Cuidados
Intensivos Neonatales y
de
acuerdo a demanda Unidad
de
Cuidados
Intensivos Pediátricos, y otras Unidades de Cuidados Intensivos
Especializados.
El
Médico especialista en Medicina Intensiva y el sub-
especialista en Neonatología, son programados de manera diaria
durante el horario de atención de la UPSS.
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos de salud, realizan terapia intensiva con soporte
tecnológico para la atención
de
pacientes
cr
íticos
que
requieren
cuidados intensivos generales o
de
cuidados intensivos neonatales.
Además pueden ofrecer otros cuidados intensivos especializados
de
acuerdo a demanda.
1)
Unidad de Cuidados Intermedios (UCIN)
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para brindar
atención
de
salud especializada en medicina intensiva a usuarios críticos
en condición de estabilidad y en quienes no sea prioridad el manejo
intensivo.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos.
Médicos especialistas en Medicina Intensiva, profesionales
de
Enfermería con especialidad o capacitada en cuidados intensivos y
personal técnico de enfermería capacitado en cuidados críticos.
Además cuenta con Médico pediatra sub-especialista en Neonatologia.
Infraestructura.
Área definida para la Unidad
de
Cuidados Intermedios en Zona Blanca y
opcionalmente un área para la Unidad
de
Soporte Nutricional.
Equipamient
o.
64
..
'
DIRl:CTIVA
o
018
GG-ESSAL
UD-201 3
"Definición. caracteristicas y funciones generales de l
os
Establec1m1ento de Sa lud de
Es
Salud"
Cuentan con mobiliario, equipo biomédico e insumos necesarios para la
atención de usuarios críticos.
de
acuerdo a la Directiva
de
Salud vigente
de esta UPSS.
Organización
de
la atención:
La atención debe garantizarse las 24 horas del día, debiendo contar
con la di sponibilidad de los servicios
de
apoyo
al
diagnóstico y
tratamiento respectivo y soporte nutricional entera! y parenteral. El
Médico especialista en Medicina Intensiva y el sub-especialista
en
Neonatologia, son programados
de
manera diaria durante el horario
de
atención de
la
UPSS.
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos
de
salud, realizan terapia intensiva con soporte
tecnológico para la atención de pacientes críticos estables y que no
requieren
de
forma priontaria cuidados intensivos.
m) UPSS Hemodiálisis.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar
terapéutica sustitutiva dialítica en pacientes con insuficiencia renal.
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Nefrología, asimismo profesional
de
Enfermería
y personal técnico de enfermería capacitados en Hemodiálisis.
Además de profesionales
de
Nutrición, de Trabajo Social, de Psicología
y Técnico de mantenimiento de máquina. estos últimos serán propios
de
la
UPSS o del establecimiento que presta atención en esta UPSS.
de
acuerdo a lo especificado en Directiva
de
Salud
de
la UPSS
Hemodiális1s
Infraestructura:
Áreas especificas para las
act
ividades del servicio,
de
acuerdo a la
Directiva
de
Salud
de
la UPSS Hemodiálisis.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar las
actividades del servicio
de
acuerdo a la Directiva de Salud de
la
UPSS
Hemodiálisis.
Organización de la atención :
La UPSS del establecimiento
de
salud, debe garantizar la atención
diaria en turnos programados. así como la atención de emergencia
durante las 24 horas.
La
UPSS del establecimiento de salud. puede ser
propia o tercerizada.
En
estos establecimientos de salud. el médico especialista
en
Nefrología, así como de otros profesionales
de
la salud y personal
técnico, se programan diariamente durante el horario
de
atención
de
la
UPSS.
65
.-
DIRE
C
TIV
A º
O~G-
E
SSAL
U
D- 20
1
3
"Definición, características y fun
ci
ones
generales
de
los Establecimiento de Salud de
Es Salud"
Capacidad Resolutiva:
Realiza el procedimiento
de
Hemodiálisis en pacientes
que
lo requieran .
n) UPSS Unidad
de
Procura y Trasplante
de
Órganos:
Unidad básica del establecimiento de salud organ izada para
la
procura y
trasplante de órganos de acuerdo a normatividad vigente.
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Personal médico especialista y
de
enfermería suficiente para la correcta
valoración del paciente donante, realización de la extracción: para
brindar un correcto apoyo social a los familiares y la conservación y
destino final de los restos: y para sala
de
operación en el implante
de
órgano con turno de guardia de presencia física o retén .
Infraestructura:
Área específica para garantizar una adecuada valoración
de
l donante:
así como la extracción, preparación, conservación y el transporte
de
órganos. Unidad quirúrgica especializada correspondiente al órgano a
trasplantar. con experiencia demostrada y disponibilidad permanente.
Unidad de anestesiología con disponibilidad permanente. Unidad
de
hospitalización post-operatoria para trasplantados, de las características
adecuadas según la práctica clínica vigente. Laboratorio
de
histocompatibilidad acreditado por la
ONDT
Equipamiento:
Mobiliario, equipos, protocolos y guias clínicas establecidas para la
obtención, remoción, conservación y transporte de órganos; así como
para la inclusión en listas
de
espera. proceso
de
extracción, traspla nte y
seguimiento a corto y largo plazo.
Organización de la atención:
Se organiza para garantizar la atención
de
acuerdo a turnos
establecidos.
La
UPSS del establecimiento
de
sa
lud, puede ser propia
o tercerizada. El establecimiento
de
salud debe garantizar la
disponibilidad
de
atención, cuando
se
requiera
Ca
pacidad Resolutiva:
Realiza el procedimiento
de
procura
de
órganos de donantes y
trasplante en pacientes cuando se requiera.
o) UPSS Radioterapia .
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la ejecució n
de tratamientos con rad iaciones.
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Radioterapia, profesional de Tecnología Médica
capacitado en Radioterapia. Físico con capacitación
en
Física Médica
66
018
DIRECTIVA
GG-ESS/\LUD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
además de Fisico o Tecnólogo Médico capacitado en Dosimetría y
personal técnico capacitado.
Infraestructura:
Áreas específicas adecuadas y seguras para la evaluación, dosimetría,
aplicación
de
radioterapia, áreas de hospitalización general para
pacientes que reciben teleterapia y especiales para los
que
reciben
braquiterapia, y tópico de acuerdo a normas
de
l Instituto Peruano
de
Energía Nuclear (IPEN).
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos
procedimientos de teleterapia y braquiterapia.
Organización de la atención:
necesarios para los
Se organiza para garantizar la atención
de
acuerdo a turnos
establecidos.
La
UPSS del establecimiento
de
salud, puede ser propia o
tercerizar los servicios que ésta brinda .
Capacidad Resolutiva:
Realiza procedimientos de braquiterapia y teleterapia .
p)
UPSS Medicina Nuclear.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la
realización y procesamiento
de
procedimientos diagnósticos y
terapéuticos con aplicación de radioisótopos y radiof ármacos.
Para
su
funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Medicina Nuclear. Asimismo, profesionales de
Tecnología Médica en Radiología,
de
Enfermería. personal técnico
capacitado.
Infraestructura:
Áreas específicas adecuadas y seguras para la aplicación de los
radioisótopos y radiofármacos . además cuenta con área de observación
y área de descontaminación . de acuerdo a normas del Ministerio
de
Sal
ud
y del IPEN.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para los
procedimientos
de
la UPSS: Cámara Gamma, Centellógrafo lineal o
captador de Yodo, Procesador de películas fotosensibles.
Organización
de
la atención :
Se organiza para garantizar la atención en turnos establecidos.
La
UPSS del establecimiento de salud, puede ser propia o tercerizar los
servicios que ésta brinda.
Capacidad Resolutiva:
Realiza exámenes de captación de sustancias radioactivas y
tratamientos con radioisótopos.
q) UPSS Farmacia
67
018
DIRECI
IVA
GG-ESSALUD-201 3
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
Es Salud"
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para dispensación.
expendio, gestión
de
programación y almacenamiento especializado
de
productos farmacéuticos, dispositivos médicos (con excepción
de
equipos
biomédicos y de tecnología controlada) y productos sanitarios que
correspondan: así como, farmacotécnia y farmacia clínica,
de
acuerdo a la
complejidad del establecimiento
de
salud.
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Profesional Químico Farmacéutico y Técnico
de
Farmacia.
Infraestructura:
Area específica para actividades administrativas, dispensación o
expendio, y almacenamiento especializado
de
productos farmacéuticos.
dispositivos médicos, y productos sanitarios que correspondan . así
como farmacotécnia y farmacia clínica.
de
acuerdo a la normatividad
que apruebe
la
Autoridad Sanitaria Nacional.
Equipamiento:
Mobiliario y equipos para actividades administrativas, dispensación o
expendio y almacenamiento especializado de productos farmacéuticos,
dispositivos médicos y productos sanitarios
que
correspondan; asi como
farmacotécnia y farmacia clínica, de acuerdo a la normatividad vigente.
Organización
de
la Atención:
El
establecimiento de salud debe garantizar 24 horas para la atención
de
emergencias y
de
acuerdo al horario del establecimiento
de
salud
para las atenciones electivas. Además, debe desarrollar la gestión de
programación.
El
Químico Farmacéutico del establecimiento
de
salud
podrá supervisar el desempeño del personal en los procesos y
procedimientos
de
la UPSS Farmacia y atención con medicamentos en
los establecimientos de salud de categorías precedentes según
corresponda.
Capacidad Resolutiva:
Realiza dispensación y expendio previa Receta Única Estandarizada
(RUE) de los medicamentos de acuerdo al Petitorio Nacional Único de
Medicamentos Esenciales y aquellos medicamentos fuera del petitorio
que el Comité Farmacológico institucional lo autorice, dispositivos
médicos y productos sanitarios
que
correspondan a los a los pacientes
ambulatorios y a los pacientes hospitalizados a través del Sistema de
Dispensación de Medicamentos en Dosis Unitaria; así como
dispensación especializada para la unidad de cuidados intensivos y
sala de operaciones. En caso del desarrollo de estudios clínicos.
deberá brindar e! servicio de dispensación de productos en
investigación para ensayos clínicos.
En
el
área de Farmacia Clínica realizan Farmacovi
g1lanc
ia,
seguimiento farmacoterapéuticos, Información
de
Medicamentos y
Tóxicos, y brinda el servicio
de
farmacocinética clínica. previa
evaluación
de
la
necesidad del servicio. En el área
de
Farmacotécnia:
68
DIRECTIVA "Oll(;G-ESSALU
D-
2
01
3
"Definición, características y funciones generales
de
l
os
Establecimiento de Sal
ud
de
EsSalud"
Diluciones y acondicionamiento de antisépticos y desinfectantes;
acondicionamiento de
dosis
de
medicamentos, fórmulas magistrales y
preparados oficinales, y brinda el servicio de preparación
de
mezclas
parenterales y enterales especializadas, previa evaluación de la
necesidad del servicio.
r) UPSS Nutrición y Dietética.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para pr
omover
,
prevenir, proteger y recuperar
la
salud nutricional del usuario
de
atención ambulatoria y usuario hospitalizado, garantizando la oportunidad
y calidad de atención. Para el usuario hospitalizado planifica, prepara,
distribuye y controla los regímenes dietéticos, fórmulas lácteas y f órmul
as
enterales.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Profesional de Nutrición y personal técnico capacitado.
Infraestructura:
Áreas específicas para la planificación, elaboración, conservación y
distribución de regímenes dietéticos de acuerdo a normativi
dad
vigente.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos e insumos necesarios para
la
atención de acuerdo
al Listado de Equipamiento Biomédico Básico para los Establecimientos
de Salud vigente.
Organización de la atención:
Debe garantizar el funcionamiento diario
de
acuerdo a turnos
de
programación en relación al volumen
de
la demanda, para brindar
soporte nutricional al usuario hospitalizado de acuerdo a
las
necesidades
de
cada
uno
. La UPSS del establecimiento de salud ,
puede
ser
propia o terceri
zar
los servicios
que
ésta brinda.
Capacidad Resolutiva:
Planifica, elabora, conserva y distribuye reg imenes dietéticos. fórmulas
lácteas y fórmulas enterales de acuerdo a la prescripción médica.
Realiza la evaluación
del
estado nutricional del usuario del servicio,
consistente en e l cálculo
de
l
as
necesidades nutricionales, elaboración
del plan y seguimiento nutricional
de
acuerdo a las indicaciones
médicas.
s) UPSS Central de Esterilización.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para real izar la
limpieza, desinfección, preparación y empaque, esterilización mediante
métodos físicos y químicos. almacenamiento y distribuci6n del
mater
ial
médico. instrumental y equipo biomédico del establecimiento de sal
ud
.
Asimismo, se realiza desinfección
de
alto nivel (DAN) y de nivel intermedio
(DNI) del material y
equipo
biomédico
que
lo
requiera
de
acuerdo a
normatividad vigente.
69
DIRECTIVA
ºt't:J-ESSAL
UD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Profesional de Enfermería y personal técnico capacitados en
desinfección y esterilización hospitalaria.
Infraestructura:
Áreas específicas definidas, roja o contaminada, azul o de preparación,
verde o restringida, y área administrativa, donde realizan actividades
que
aseguren la calidad de los procesos y seguridad laboral; con flujo
unidireccional, de ci l acceso y comunicación con las UPSS usuarias.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para los
procesos de desinfección y
de
esterilización,
de
acuerdo al Listado de
Equipamiento Biomédico Básico para los Establecimientos de Salud y
normatividad vigente sobre Desinfección y Esterilización Hospitalaria .
Organización de la atención:
Garantiza la desinfección y esterilización del material, instrumental y
equipo biomédico para los procedimientos médicos y quirúrgicos
de
las
UPSS usuarias, centralizando dichos procesos en esta UPSS de
acuerdo a normatividad vigente. El desarrollo
de
los procesos
de
la
UPSS sigue un flujo unidireccional desde la recepción hasta la
distribución de materiales y equipos estériles. También realiza
monitoreo, supervisión, evaluación; y capacitación a las UPSS usuarias
que
realicen el prelavado, lavado, desinfección y esterilización
de
corresponder a las características del material, instrumental o equipo
biomédico. La UPSS del establecimiento
de
salud, puede
ser
propia o
tercerizada.
Capacidad Resolutiva:
Realiza esterilización mediante medios físicos (vapor húmedo) y
químicos (líquido, gas y plasma
),
y desinfección de alto nivel (DAN) y
de
nivel intermedio (ONI) del material, instrumental y equipo biomédico;
abasteciendo a todas las UPSS usuarias del establecimiento de
salud .
ACTIVIDADES DE ATENCIÓN DIRECTA Y ATENCIÓN DE SOPORTE
Son
de
cumplimiento obligatorio:
a. Referencias y Contrarreferencias:
Realiza los procedimientos para asegurar la continuidad de atención
del paciente de acuerdo a normatividad vigente.
b. Vigilancia Epidemiológica:
Se realiza vigilancia, análisis y evaluación epidemiológica; monitoreo
de
la incidencia y prevalencia
de
la morbilidad, mortalidad e infecciones
intrahospitalarias.
70
018
DIRECTIVA o GG-ESSALU
D-201
3
"Definición, características y funciones generales
de
l
os
Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
c. Salud Ocupacional:
Promueve ambientes de trabajo saludables, controla los riesgos
ocupacionales y previene los accidentes y enfermedades relacionadas
al trabajo, y las acciones de la protección de la salud
de
los
trabajadores.
d. Registros
de
la Atención
de
Salud e Información:
Realiza actividades para la disponibilidad , oportunidad. seguridad y
control del provee información estadística de salud y soporte
Informático, mecanización e integración de los sistemas de información
requeridos para los procesos organizacionales.
e. Gestión de Docencia e Investigación.
Realiza actividades
de
planificación, desarrollo, promoción y control
de
los procesos de investigación y docencia que se desarrollan en
el
establecimiento de salud.
b) INSTITUTO
DEFINICIÓN
Es el Establecimiento
de
Salud del tercer nivel
de
atención, sin población
asignada. de ámbito nacional, que realiza prestación de servicios de salud
de
la más alta complejidad y capacidad resolutiva en un campo clínico o
grupo
etario. Propone normas y estrategias y desarrolla innovación cientifico
tecnológica en uno o varios campos de la salud a través
de
la investigación,
docencia y prestación de servicios de salud altamente especializados.
Constituye el Centro de Referencia especializado de alta complejidad y alta
especialización. Cuenta con un equipo
de
profesionales altamente
especializados y acreditados
que
garantiza la investigación y el desarrollo
de
técnicas médico quirúrgicas de alta complejidad y alta especialización según
cartera de servicios.
Brindan asesoría técnica a las Redes Asistenciales para el desarrollo y
mejoramiento continuo de la calidad de los procesos y procedimientos de las
prestaciones en el marco de sus competencias.
Cuenta con el siguiente personal:
PERSONAL
MEDICO
Médico especialistas
para el campo clínico o
grupo etário que atienden.
PROFESIONALES DE LA SALUD
Psicólogo
Enfermera
Obstetriz
PERSONAL
TECNICO
ADMINISTRATIVO
De acuerdo al volumen y tipo
de
las necesidades
de
salud y
al tamaño de la
of
erta
que
de
~~~~~~
~~
~~~-'--
~~
~~~~~~~
~
~~~~~~~~~~
~
71
018
DIRECTIVA
GG-ESSJ\LUD-2
013
"Definición, características y funciones generales de los
Establec1m1ento
de
Sa
l
ud
de
EsSalud"
Tecnólogos Médicos,
Asistenta Social
Nutricionista y otros profesionales
de acuerdo al volumen y tipo de las
necesidades de salud
que
se
atiendan.
ella se derive
Los establecimientos de salud de esta categoría cuentan con las UPSS
necesarias para la atención integral del paciente en el
campo
de la
especialidad
que
desarrollan, siendo las UPSS Consulta Externa y
Hospitalización y la UPS Docencia e Investigación, obligatori
as
.
Los establecimientos de salud ,
cuyo
campo
clínico
es
quirúrgico, c uentan
en forma obligatoria con la UPSS Centro
Qu
irúrgico.
Si el campo clínico
que
desarrollan
es
la atención obstétrica cuenta en
forma
obligatoria con la UPSS Centro Obstétrico y UPSS Centro Quirúrgico.
Si las patologías propias del campo clínico
que
desarrollen requieran
de
atención de cuidados crí
ti
cos cuentan en forma obligatoria con la
UPSS
Cuidados Intensivos.
Si las patologías propias del
campo
clínico que desarrollen, requieran
de
atención
de
emergencia cuentan en forma obligatoria con la
UPSS
Emergencia, En el caso de establecimientos de salud
que
por su
campo
clínico o grupo etario no implementen esta UPSS, deben realizar
obligatoriamente la actividad de Atención
de
Urgencia y Emergencias.
En todos los casos anteriormente descritos, las UPSS de Atención
de
Soporte se implementarán obligatoriamente de acuerdo al campo clínico
que
desarrollen, las mismas
que
pueden ser propias del establecimiento de salud
o en su defecto los servicios podrán ser tercerizados. Dependiendo del
campo
de la especialidad, podrán
contar
con las UPSS Banco
de
órganos. Radio
terapia, Medicina Nuclear, Unidad de Cuidados Intermedios, UCI neonatal
Unidad de trasplantes. Neonatotogía.
Cumple con las actividades
de
: referencias y contrarreferencias, vig
il
ancia
epidemiológica, salud ocupacional , registro de la atención en salud e
información, quimioterapia y gestión de la docencia e investigación.
FUNCIONES
GENERALES
Promoción
Prevención
Recuperación
Rehabilitación
Gestión
72
-
DIREC
TIVA
Ol~G-
E
SSAL
U
D-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
Es Salud"
Investigación
Docencia
UNIDADES PRODUCTORAS DE SERVICIOS DE SALUD
Son de cumplimiento obligatorio:
a) UPSS Consulta Externa
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la atención
de salud, en la modalidad ambulatoria, a usuarios
que
no estén eh
condición de Urgencia y/o Emergencia.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médicos especialistas y otros profesionales de la salud de acuerdo
a la(s) especialidad(es) en el campo o grupo etario que desarrollen.
Además debe contar con personal técnico de enfermería.
Infraestructura:
Area asignada para la atención
de
Consulta Externa respetando la
dignidad y privacidad del usuario Sala de Espera, Admisión,
Consultorios y Tópicos.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e instrumental necesario de acuerdo a
la
especialidad
que
se brinda y a la normativa vigente.
Organización
de
la oferta:
El
horario de atención debe programarse de acuerdo al volumen
de
la
demanda y disponibilidad de recursos humanos. Estos establecimientos
de salud organizan
la
UPSS Consulta Externa por especialidad y por
todos los servicio(s) sub-especializado(s) derivado(s) de la especialidad
principal o base
.
Capacidad resolutiva:
La
consulta externa incluye la entrevista, evaluación clínica, prescripción
y procedimientos médico-quirúrgicos de la especialidad y todos los
servicios sub-especializados derivados de
la
misma, según
corresponda.
b) UPSS Hospitalización.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para brindar los
cuidados necesarios a los usuarios
que
requieren ser hospitalizados para
realizar atenciones, procedimientos médico-quirúrgicos , con fines
diagnósticos, terapéuticos o de rehabilitación y que requieran
permanencia y necesidad de soporte asistencial por más de doce ( 12)
horas, por
su
grado de dependencia o riesgo.
Para
su
funcionamiento requiere de:
73
01
8
DIR
EC
TJV A Nº GG-ESSALU
D-
2
01
3
"Definición, caracteristicas y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
Es
Salud"
Recursos humanos:
Médicos especialistas y otros profesionales de la salud según el c
ampo
clínico o
grupo
etáreo
que
desarrollen. Asimismo, cuenta con
profesionales
de
Enfermería o
de
Obstetricia, según corresponda, y
personal técnico de enfermería las 24 horas.
Infraestructura:
Áreas especificas destinadas a hospitalización
de
los usuarios,
diferenciadas
por
sexo y edad, de acuerdo a normatividad vigente,
según campo cínico o grupo etario
que
desarrolle.
Equipamiento:
Camas hospitalarias, mobiliario, equipos biomédicos e instrumental
necesarios para garantizar la estadía y atención de los usuarios, de
acuerdo a la normatividad vigente
Organización de la oferta:
La hospitalización debe garantizar cuidados
de
enfermería u
obstetricia, según corresponda, durante las 24 horas del día. Asimismo
debe programar la visita médica diaria e interconsultas por médicos
especialistas
de
acuerdo al
campo
clínico o grupo etario
que
atienda, y
garantizar la disponibilidad de estos médicos para la resolución
de
situaciones de urgencia o emergencia de los usuari
os
hospitali
zados
,
así como de servicios médicos
de
apoyo al diagnóstico y tratamiento.
Estos establecimientos de salud organizan la
UPSS
Hospitalización
por
especialidad y todos los servicio(s) sub-especializado(s) derivado(s)
de
la
especialidad principal o base.
Capacidad Resolutiva:
En los establecimientos de salud
de
esta categoría, realizan atención de
hospitalización según la especialidad y todos los
serv1c1os
sub
-
especializados derivados
de
la misma, según corresponda.
c) UPS Gestión de Docencia e Investigación .
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para planificar,
desarrollar, promover y controlar los procesos de investigación y docencia
que se desarrollan en el establecimiento de salud.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico con alguna especialidad
profesionales con capacitación
de
Docencia.
Infraestructura:
o subespecialidad y otros
postgrado en Investigación y
El Instituto de Salud Especializado, debe asegurar ambientes para el
desarrollo de las actividades de está UPS, así
como
para el desarrollo
de los procesos de docencia en el establecimiento
de
salud e
investigación en el establecimiento
de
salud.
74
DIRECTI
VA
º
OltG-ESSALlJD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento
de
Salud
de
Es Salud"
Equipamiento:
Mobiliario, equipamiento e insumos necesarios para las actividades
de
está UPS.
Organización
de
la atención:
La docencia que se desarrolla en estos establecimientos
de
salud se
refiere a las
ac
tividades estructuradas y programadas
que
realizan
dent
ro
de
su especialidad para su propio personal y de otros
establecimientos de salud según niveles de atención, de preferencia
estas actividades docentes deben proporcionar una certificación por una
Universidad a los asistentes.
Estas actividades docent
es
no están referidas
al
campo clínico que el
establecimiento de salud ofrece a las diferentes universidades, ni a las
actividades individuales de docencia de pre y postgrado que realice su
personal profesional a cuenta de universidades y otras entidades
formadoras de recursos humanos.
La investigación que se desarrolla en estos establecimientos de salud
se refiere a las actividades estructuradas y programadas que realizan el
personal profesional en el campo c
nico o grupo etario del
estableci miento, a partir de las atenciones de salud cotidianas en estos
establecimientos
de
salud. Estas investigaciones deben enmarcarse
dentro
de
las neas de investigac ión definidas por el establecimiento.
Se organiza para la gestión
de
proyectos
de
investigación,
coordinando con entes cooperantes. Asimismo se organiza para la
gestión de los procesos de docencia y realiza convenios con
instituciones del sistema universitario nacional e internacional.
Capacidad Resolutiva:
Planifica, organiza, promueve y controla los procesos de Investigación
del establecimiento
de
salud y Docencia
de
l establecimiento
de
salud.
UNIDADES PRODUCTORAS DE SERVICIOS DE SALUD OBLIGATORIAS
SEGÚN CAMPO CLÍNICO O GRUPO
ET
ARIO:
d) UPSS Emergencia.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para la atención
inmediata y permanente a usuarios que estén en condición de Urgencia
y/o Emergencia.
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médicos especialistas y otros profesionales
de
la salud
de
acuerdo
a la(s) especialidad(es) que desarrollan. Así como personal técnico de
enfermería.
Infraestructura:
75
DIR
EC
TIVA
O~G-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Área destinada a la atención inmediata
de
emergencias y áreas
de
observación diferenciadas por sexo, según corresponda a la(s}
especialidad(es} que desarrolla(n). Asimismo podrán contar con Sala
de
yeso, Unidad de Shock Trauma y Reanimación, según la
especialidad que desarrolle.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e instrumental necesario de acuerdo a la
especialidad
que
se brinda para la atención
de
usuarios en condición
de
urgencia o emergencia. de acuerdo a la normatividad vigente.
Organización de la atención :
La atención
de
urgencias y emergencias está organizada
de
acuerdo a
lo establecido en la NTS vigente, durante las 24 horas, los 365 días
del año. Asimismo, se debe garantizar el funcionamiento de triaje
de
las urgencias y emergencias, y la disponibilidad
de
los servicios
de
apoyo al diagnóstico y tratamiento necesarios. Debe estar organizada
para asegurar la referencia del usuario, en caso la condición
de
emergencia lo amerite.
En los establecimientos
de
salud de esta categoría y si las patologías
propias de
la
especialidad que desarrollan , requieren de atención
de
emergencia deben organizar la UPSS Emergencia. Sin embargo de no
ser el caso, deben realizar la actividad de atención de urgencias y
emergencias. de forma obligatoria. Estos establecimientos
de
salud
organizan la UPSS Emergencia por especialidad y por todos los
servicio(s) sub-especializado(s) derivado(s) de
la
especialidad principal
o base.
Capacidad Resolutiva:
Realizan el manejo inicial
de
los daños de prioridades 1,
11
y
111
, asi
como la referencia correspondiente, en los casos que lo ameriten.
Asimismo. realizan el manejo integral
de
prioridades 1,
11
y
111
, según
corresponda al grupo etario o campo clínico
que
desarrollan, refiriendo a
los usuarios en caso
la
condición del paciente lo amerite.
e) UPSS Centro Quirúrgico.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para realizar
procedimientos anestesiológicos e intervenciones quirúrgicas, as! como
para
la
atención
de
la fase
de
recuperación post anestésica.
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Anestesiología, profesional
de
Enfermería y
personal técnico de enfermería. Asimismo participan Médicos
de
la(s)
especialidad(es) quirúrgica(s) y de todos los servicio(s) sub-
especializado(s) derivados de la misma.
Infraestructura:
76
018
DIRECTIVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Área específica destinada a la realización de las intervenciones
quirúrgicas según los estándares definidos para tal fin . Áreas de trabajo
especificas para los cuidados y atención correspondientes a usuarios
tributarios de procedimientos anestesiológicos e intervenciones
quirúrgicas; diferenciadas en Zona No Restringida, Zona Semi -
Restringida y Zona Restringida,
Equipamiento
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para
la
atención
de acuerdo a normatividad vigente.
Organización
de
la atención:
Garantiza la disponibilidad de sala
de
operaciones para las
intervenciones quirúrgicas de emergencia durante las 24 horas y para
las intervenciones quirurgicas electivas de· acuerdo a una
programación. Asimismo,
el
establecimiento
de
salud garantiza la
disponibilidad de servicios médicos
de
apoyo al diagnóstico y
tratamiento.
El Médico especialista en Anestesiología conduce esta UPSS, y
coordina la programación de turnos operatorios diariamente durante e l
horario
de
atención
de
esta en los que participan los médicos de las
especialidades del campo que desarrolle. Estos establecimientos
de
salud organizan la UPSS Centro Quirúrgico por especialidad y por todos
los servicios sub-especializados derivados
de
la especialidad principal
o ·base. Los establecimientos de salud cuyo campo de acción es el
quirúrgico deben organizar la UPSS Centro Quirúrgico.
Capacidad Resolutiva:
Se realizan intervenciones quirúrgicas electivas y de emergencia en las
especialidades que desarrollan.
f) UPSS Centro Obstétrico.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la atención
de
parto vaginal , especialmente
de
la gestante con complicaciones, la
atención durante el puerperio inmediato y atención inmediata del recién
nacido.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Ginecología y Obstetricia, Médico sub-
especialista en Neonatología o especialista en Pediatría capacitado en
Neonatología, profesionales de Obstetricia, de Enfermería y personal
técnico de enfermería.
Infraestructura:
Áreas específicas como sala de dilatación, sala de partos, área de
atención inmediata del recién nacido, área de puerperio inmediato.
Asimismo, opcionalmente podrán contar con Salas Multifuncionales
que
se
definen como salas individuales, que permiten
la
atención del
período de dilatación , expulsivo y puerperio inmediato en una sola
77
.~
DIRE
CT
IVA
Olª;G-ESSAL
UD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
habitación, garantizando el fácil acceso a la tecnología de apoyo
en
el
momento requerido; y con facilidades para el acompañamiento familiar.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para la atención
del parto vaginal con complicaciones, y la atención inmediata del
recién nacido
de
acuerdo a la normatividad vigente
Organización de la atención
Se
organiza para brindar durante las 24 horas atención del parto vaginal
de
la
gestante con complicaciones y la atención inmediata del recn
nacido, debiendo garantizar la disponibilidad
de
apoyo al diagnóstico y
tratamiento. Asimismo, se organiza para la atención de emergencia
de
gestantes
que
acudan
en
situación
de
parto inminente. Esta UPSS
coordina con la UPSS Centro Quirúrgico, para la resolución del parto
por vía abdominal, cuando el caso lo amerite por determinación del
médico responsable. Asimismo, coordina con la UPSS Cuidados
Intensivos, para la atención
de
la gestante
tributaria
de
cuidados críticos; y con la Unidad
de
Cuidados Intensivos
Neonatal para la atención del recién nacido
que
requiere de cuidados
críticos.
Los establecimientos de salud cuyo campo
de
acción es el obstétrico
deben organizar la UPSS Centro Obstétrico.
Capacidad Resolutiva.
Se realiza la atención especializada del parto vía vaginal de la
gestante con complicaciones, del puerperio inmediato y la atención
inmediata del recién nacido.
g) UPSS Medicina
de
Rehabilitación.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la atención
de
la
persona con discapacidad temporal o permanente.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos.
Médico especialista de Medicina
de
Rehabilitación y otros profesionales
de
la salud según el campo
que
desarrolle dentro
de
la especialidad. Así
como
de personal técnico de enfermería.
Infraestructura.
Áreas especificas
de
acuerdo al campo que desarrolle dentro
de
la
especialidad de acuerdo a la Directiva
de
Salud
de
la UPSS Medicina
de Rehabilitación vigente.
Equipamiento
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios, de acuerdo a los
procedimientos que desarrolle dentro de
la
especialidad.
Organización de la atención .
La
atención ambulatoria ya usuarios hospitalizados, debe garantizarse
diariamente por el médico especialista en Medicina de Rehabilitación
de
78
018
DIRECTIVA
G
G-
E
SSAL
UD-201 3
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
acuerdo al horario definido por el establecimiento
de
salud.
En
los
establecimientos de salud cuyo campo de acción sea Medicina
de
Rehabilitación, no podrán tercerizar los servicios
que
presta está UPSS
en su totalidad , puesto que representa su campo de acción principal. Se
podrá tercerizar los servicios en forma parcial cuando
la
demanda
exceda su capacidad de oferta.
En los establecimientos
de
salud cuyo campo clínico no corresponde a
Medicina de Rehabilitación , si cuenta con esta UPSS podrá ser propia o
tercerizar los servicios que a está UPSS le corresponden brindar
en
forma total o parcial. Estos establecimientos de salud organizan la
UPSS Medicina de Rehabilitación por servicio(s) sub-especializado(s)
derivado(s).
Capacidad Resolutiva.
Realizan procedimientos del campo que desarrolle dentro de la
especialidad
de
acuerdo a normativa vigente
h) UPSS Diagnóstico por Imágenes.
Unidad básica funcional del establecimiento de salud organizada para la
realización, procesamiento e interpretación de los estudios por radiaciones
ionizantes y no ionizantes.
Para
su
funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos.
Médico especialista en Radiología, profesionales de Tecnología Médica
en Radiología,
de
Enfermería y personal técnico
de
apoyo.
Infraestructura.
Áreas específicas para la realización de procedimientos de radiología
convencional, protegidas de acuerdo a las normas establecidas por el
IPEN y procedimientos de ultrasonografía.
Equipamiento
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para la atención
de acuerdo a normatividad vigente del Ministerio de Salud y normas del
IPEN.
Organización de la atención.
Se organiza para brindar atención de apoyo al diagnóstico para
procedimientos electivos
de
acuerdo a la demanda y para
procedimientos de urgencia o emergencia durante las 24 horas.
Opcionalmente, realiza la lectura de imágenes de manera presencial
o bajo la modalidad de Telemedicina (imágenes digitalizadas) y emisión
del informe respectivo.
En
los establecimientos de salud cuyo campo clínico requiere del apoyo
de
está UPSS
de
Atención de Soporte, podrá ser propia o podrá
tercerizar los servicios que a está UPSS le corresponden brindar en
forma total o parcial
Capacidad Resolutiva.
79
018
DIRECTIVA GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
Es Salud"
Realiza procedimientos
de
radiología convencional, especializada e
intervencionista, procedimientos ultrasonográficos y de mamografía,
densitometría ósea, tomografía computada y
de
resonancia magnética
según el campo clínico que desarrolle.
i) UPSS Laboratorio Clínico (Patología Clínica)
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la
toma
,
recepción, procesamiento de las muestras biológicas y emisión
de
resultados
de
los procedimientos
de
Patología Clínica
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Patología Clínica, profesionales de Tecnología
Médica en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica y/o de Biología.
Además
de
personal técnico de Laboratorio Clínico.
Infraestructura:
Áreas específicas para la toma, recepción y procesamiento de muestras
biológicas
de
acuerdo a la Directiva
de
Salud de la UPSS Patologia
Clínica vigente.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar la
toma, recepción y procesamientos
de
muestras
de
acuerdo a la
Directiva
de
Salud
de
la UPSS Patología Clínica vigente,
Organización de
la
atención:
El establecimiento de salud debe garantizar
24
horas de atención,
especialmente para
la
atención de emergencias. Si la UPSS no tiene la
capacidad resolutiva para realizar el procesamiento y emisión
de
resultados de algunos procedimientos
de
Patologia Clínica, deben
tomar y remitir la muestra biológica al laboratorio de referencia según
corresponda, o en su defecto referir al usuario .
En los establecimientos de salud cuyo campo clínico requiere del apoyo
de
está UPSS
de
Atención de Soporte, podrá ser propia o podrán
tercerizar los servicios que a esta UPSS le corresponden brindar en
forma total o parcial.
Capacidad Resolutiva:
Realizan procedimientos
de
Bioquímica, Hematología, Microbiología e
Inmunología correspondientes al tercer nivel
de
atención, de acuerdo a
la Directiva de Salud
de
la UPSS Patología Clínica, vigente. Además,
pueden realizar los procedimientos de Banco
de
órganos y células
madre.
j)
UPSS Anatomía Patológica.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para realizar los
exámenes anatomopatológicos para confirmar, esclarecer o definir
diagnósticos garantizando la calidad y oportunidad
de
los informes.
80
' '
018
DIRE
C
TIVA
GG-
E
SSAL
UD-201 3
"Defini
ci
ón. características y funciones generales de los Establecimiento de Salud
de
Es Salud"
Para su funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos.
Médico especialista en Anatomía Patológica, profesional de Tecnología
Médica en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica y personal técnico
capacitado.
1 nfraestructura.
Áreas específicas para la toma
de
muestras, recolección y
procesamiento de muestras, diagnóstico, archivo y necropsias clínicas.
Equipamiento.
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar la
toma
de
muestras, recolección y procesamiento
de
muestras,
diagnóstico, archivo y necropsias
de
acuerdo al listado de equipamiento
biomédico básico para los establecimientos
de
salud vigente .
Organización
de
la atención .
La
atención debe garantizarse diariamente
de
acuerdo al horario
establecido en
el
establecimiento.
En
los establecimientos de salud cuyo campo clínico requiere del apoyo
de está UPSS de Atención de Soporte, podrá ser propia o podrán
tercerizar los servicios que a está UPSS le corresponden brindar en
forma total o parcial.
Capacidad Resolutiva.
Realiza procedimientos
de
las áreas de Patología
de
especímenes
quirúrgicos, Citología, Necropsia Clínica. lnmunohistoquímica , Genética
y Citometría de Flujo.
k) UPSS Centro
de
Hemoterapia y Banco
de
Sangre.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para realizar
procesos para la provisión de sangre y hemocomponentes, en condiciones
de seguridad a las UPSS usuarias del propio establecimiento de salud o a
otros establecimientos de salud, de corresponder.
Para
su
funcionamiento requiere
de
:
Recursos humanos:
Médico especialista en Patología Clínica o en Hematología Clínica
Asimismo, profesionales de Tecnología Médica en Laboratorio clínico o
de
Biología capacitados en Centro
de
Hemoterapia y Banco de Sangre
y Técnico en Laboratorio Clínico capacitado en Hemoterapia y Banco de
Sangre. En los Centros
de
Hemoterapia y Banco
de
Sangre Tipo
11
que
transfunden sangre o hemocomponentes dentro de la UPSS deben
contar con Licenciada en Enfermería capacitada en Hemoterapia y
Banco
de
Sangre.
Infraestructura:
Áreas especificas para las actividades del
serv1c10
para Centros
de
Hemoterapia y Banco de Sangre Tipo
11
según normatividad del
81
·T
018
DIR
E
CT
IVA
GG-
ESSALU
D-
2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento
de
Salud de
EsSalud"
Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de
Sangre
(PRONAHEBAS).
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios Rara Centros de
Hemoterapia y Banco de Sangre Tipo
11
de
acuerdo a la normatividad
del Programa Nacional
de
Hemoterapia y Bancos
de
Sangre
(PRONA
H ESAS).
Organización de la atención:
Se organiza
como
Centro de Hemoterapia y Banco
de
Sangre Tipo
11
en
el que capta, selecciona, obtiene, realiza las
pruebas
inmunoserológicas e inmunohematológicas necesarias, prepara,
conseNa
, y suministra tanto a las UPSS del mismo establecimiento
como
a los establecimientos de salud externos
que
requieran la sangre
y hemocomponentes, y gestiona el destino final
de
la sangre y
hemocomponentes .
Además
se
realizan las pruebas cruzadas o de compatibilidad
sanguínea. Asimismo, opcionalmente podrá transfundir sangre y
hemocomponentes dentro de esta UPSS. Se garantizará la
disponibilidad
de
la sangre y hemocomponentes durante las 24 horas de
atención. Esta UPSS debe ser propia del establecimiento
de
salud.
Capacidad Resolutiva:
Realiza la captación , selección, obtención , preparación,
conseNación
,
transfusión si correspondiera y el suministro de la sangre y
hemocomponentes intra y extra institucional, asimismo la realización
de pruebas para garantizar
la
transfusión sanguínea segura (pruebas
cruzadas o
de
compatibilidad sanguínea) .
1)
UPSS Cuidados Intensivos Generales y Especializados
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar
atención
de
salud especializada en medicina intensiva a usuarios críticos
en condición de inestabilidad y gravedad persistente .
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos.
Médico especialista en Medicina Intensiva y/o Médico especialista
en
Medicina Interna capacitado en Cuidados Intensivos. Además. cuentan
con profesionales de Enfermería con especialidad o capacitada en
cuidados intensivos y personal técnico de enfermería capacitado en
cuidados criticas.
Infraestructura.
Areas de trabajo específicas para los cuidados y atención a usuarios
críticos, diferenciados en Zona Negra, Zona Gris y Zona Blanca. Estas
incluyen áreas para Cuidados Intensivos, y Cuidados Intermedios según
el
campo
clínico
que
desarrolle.
Equipamiento.
82
018
DIRE
C
TIVA
GG-ESS
ALUD-
2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento
de
Salud de
Es
Salud"
Mobiliario, equipo biomédico e insumas necesarios para la atención de
usuarios críticos, de acuerdo a la Directiva de Salud
de
esta UPSS,
vigente.
Organización de la atención
La
atención debe garantizarse las 24 horas del día, debiendo contar
con la disponibilidad
de
los servicios de apoyo
al
diagnóstico y
tratamiento respectivo y soporte nutricional entera! y parenteral. Los
establecimientos de salud cuyas patologías propias del campo
que
desarrollen requieren de atención de cuidados críticos, deben 6rganizar
la UPSS Unidad
de
Cuidados Intensivos diferenciada para la
especialidad que desarrollan.
Opcionalmente, podrán organizar una Unidad
de
Cuidados Intensivos
General con su correspondiente área
de
Cuidados Intermedios.
Capacidad Resolutiva.
Estos establecimientos de salud realizan terapia intensiva, con soporte
tecnológico para la atención
de
pacientes críticos a través
de
una
Unidad de Cuidados 1 ntensivos diferenciada
de
acuerdo al campo
clínico o grupo etario que desarrollen.
m) Unidad
de
Cuidados Intermedios (UCIN)
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar
atención de salud especializada en medicina intensiva a usuarios críticos
en condición de estabilidad y en quienes no sea prioridad el manejo
intensivo.
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos.
Médicos especialistas en Medicina Intensiva, profesionales de
Enfermería con especialidad o capacitada en cuidados intensivos y
personal técnico
de
enfermería capacitado
en
cuidados críticos.
Además cuenta con Médico pediatra sub-especialista en Neonatología .
1 nfraestructura.
Area definida para la Unidad de Cuidados Intermedios en Zona Blanca y
opcionalmente un área para
la
Unidad
de
Soporte Nutricional.
Equipamiento.
Cuentan con mobiliario, equipo biomédico e insumos necesarios para la
atención de usuarios críticos, de acuerdo a la Directiva de Salud vigente
de esta UPSS.
Organización
de
la atención:
La
atención debe garantizarse las 24 horas del día, debiendo contar
con la disponibilidad de los servicios de apoyo al diagnóstico y
tratamiento respectivo y soporte nutricional entera! y parenteral. El
Médico especialista en Medicina Intensiva y el sub-especialista en
Neonatología, son programados
de
manera diaria durante el horario
de
atención de la UPSS.
83
018
DIRECTIVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Capacidad Resolutiva:
Estos establecimientos
de
salud, realizan terapia intensiva con soporte
tecnológico para
la
atención
de
pacientes críticos estables y que no
requieren
de
forma prioritaria cuidados intensivos.
n) UPSS Hemodiálisis.
Unidad básica del establecimiento
de
salud organizada para brindar
terapéutica sustitutiva dialítica en pacientes con insuficiencia renal.
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico especialista en Nefrología, asimismo profesionales
de
Enfermería y personal técnico
de
enfermería capacitados en
Hemodiálisis, además de profesionales
de
Nutrición,
de
Trabajo Social,
de
Psicología y Técnico de mantenimiento de máquina, estos últimos
serán propios de la UPSS o del establecimiento
que
prestan atención en
esta UPSS, de acuerdo a lo especificado en Directiva de Salud
de
la
UPSS Hemodiálisis.
Infraestructura:
Areas especificas para las actividades del
serv1c10
,
de
acuerdo a las
Directiva de Salud de
la
UPSS Hemodiálisis.
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para realizar las
actividades del servicio de acuerdo a la Directiva de Salud de la UPSS
Hemodiálisis.
Organización
de
la atención :
La UPSS del establecimiento de salud, debe garantizar la atención
diaria en turnos programados, as! como la atención de emergencia
durante las 24 horas.
En
los establecimientos
de
salud cuyo campo
clínico requiere del apoyo de está UPSS de Atención
de
Soporte, podrá
ser propia o podrán tercerizar los servicios
que
a está UPSS le
corresponden brindar en forma total o parcial.
El
establecimiento
de
salud que excede
su
capacidad de oferta podrá
tercerizar la atención del paciente con insuficiencia renal crónica a un
Servicio Médico
de
Apoyo para el procedimiento
de
hemodiálisis. En
estos establecimientos de salud, el Médico especialista en Nefrología,
así como de otros profesionales
de
la salud y personal técnico, se
programan diariamente durante el horario de atención
de
la UPSS.
Capacidad Resolutiva.
Realiza el procedimiento de Hemodiálisis en pacientes que lo requieran,
o) UPSS Unidad
de
Procura y Trasplante de Órganos:
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la procura y
trasplante de órganos de acuerdo a normatividad vigente.
8-l
018
DIR
ECT
IVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición, caracteristicas y funci
ones
generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Personal médico especialista y de enfermería suficiente para la correcta
valoración del paciente donante, realización de la extracción; para
brindar un correcto apoyo social a los familiares y
la
conservación y
destino final de los restos ; y para sala
de
operación en el implante de
órgano con turno de guardia
de
presencia física o retén .
Infraestructura:
Area específica para garantizar una adecuada valoración del donante;
así como
la
extracción, preparación, conservación y el transporte
de
órganos. Unidad quirúrgica especializada correspondiente al órgano a
trasplantar, con experiencia demostrada y disponibilidad permanente.
Unidad
de
anestesiología con disponibilidad permanente. Unidad
de
hospitalización post-operatoria para trasplantados, de las características
adecuadas según la práctica clínica vigente. Laboratorio
de
histocompatibilidad acreditado por la
ONDT
Equipamiento:
Mobiliario, equipos, protocolos y guías clínicas establecidas para la
obtención, remoción, conservación y transporte de órganos; así como
para la inclusión en listas de espera, proceso
de
extracción, trasplante y
seguimiento a corto y largo plazo.
Organización de la atención:
Se organiza para garantizar la atención
de
acuerdo a turnos
establecidos.
La
UPSS del establecimiento
de
salud, puede ser propia
o tercerizada.
El
establecimiento
de
salud debe garantizar la
disponibilidad de atención, cuando se requiera
Capacidad Resolutiva:
Realiza el procedimiento
de
procura
de
órganos de donantes y
trasplante en pacientes cuando se requiera .
p) UPSS Radioterapia.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para
la
ejecución
de tratamientos con radiaciones.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico Especialista en Radioterapia, profesionales
de
Tecnología
Médica capacitado en Radioterapia, Físico con capacitación en Física
Médica además de Físico o Tecnólogo Médico capacitado en
Dosimetría y personal técnico capacitado.
Infraestructura:
Areas específicas adecuadas y seguras para la evaluación , dosimetría,
aplicación
de
radioterapia, áreas
de
hospitalización general para
85
DIR
EC
TIVA
RJª
GG-ESSALUD-2013
"Definición. características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
pacientes que reciben teleterapia y especiales para los
que
reciben
braquiterapia, y tópico de acuerdo a normas del IPEN,
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para los
procedimientos
de
teleterapia y braquiterapia.
Organización
de
la atención:
Se organiza para garantizar la atención de acuerdo a turnos
establecidos. En los establecimientos de salud cuyo campo clínico
requiere de esta UPSS de Atención de Soporte. podrá ser propia o
podrán tercerizar los
serv1c1os
que a está UPSS le corresponden
brindar en forma total o parcial,
Capacidad Resolutiva:
Realiza procedimientos
de
braquiterapia y teleterapia.
q) UPSS Medicina Nuclear.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para la realización,
procesamiento
de
procedimientos diagnósticos y terapéuticos con
aplicación de radioisótopos y radiofármacos,
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Médico Especialista en Medicina Nuclear. Asimismo, profesionales de
Tecnologia Médica en Radiología, de Enfermería, personal técnico
capacitado, y otros profesionales .
Infraestructura:
Areas especificas adecuadas y seguras para la aplicación de los radio
isótopos y radiofármacos, además cuenta con área de observación y
área
de
descontaminación
de
acuerdo a normas del Ministerio
de
Salud
y del IPEN .
Equipamiento:
Mobiliario, equipos biomédicos e insumos necesarios para los
procedimientos
de
la UPSS: Cámara Gamma, Centellógrafo lineal o
captador de Yodo, Procesador de películas fotosensibles
Organización
de
la atención:
Se organiza para garantizar la atención
en
turnos establecidos. En los
establecimientos
de
salud cuyo campo clinico requiere del apoyo de
esta UPSS de Atención de Soporte, podrá ser propia o tercerizar
lo-
servicios que a esta UPSS le corresponden brindar en forma total o
parcial.
Capacidad Resolutiva.
Realiza exámenes de captación de sustancias radioactivas y
tratamientos con radioisótopos.
r)
UPSS Farmacia
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para dispensación,
expendio, gestión de programación y almacenamiento especializado
de
86
,.
018
DIR
E
CTIVA
GG-
E
SSALUD-
2
01
3
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
productos farmacéuticos, dispositivos médicos (con excepción
de
equipos
biomédicos y de tecnología controlada) y productos sanitarios
que
correspondan; así
como
, farmacotécnia y farmacia clínica,
de
acuerdo a la
complejidad del establecimiento de salud.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Profesional Químico Farmacéutico y Técnico
de
Farmacia.
1 nfraestructura:
Área específica para actividades administrativas, dispensación o
expendio, y almacenamiento especializado
de
productos farmacéuticos,
dispositivos médicos, y productos sanitarios
que
correspondan; así
como
farmacotécnia y farmacia clínica, de acuerdo a la normatividad
vigente.
Equipamiento:
Mobiliario y equipos para actividades administrativas, dispensación o
expendio y almacenamiento especializado
de
productos farmacéuticos,
dispositivos médicos y productos sanitarios
que
correspondan; así
como
farmacotécnia y farmacia clínica ,
de
acuerdo a la normatividad vigente.
Organización de
la
atención:
El establecimiento de salud debe garantizar
24
horas de atención, para
los casos de emergencias y de
acuerdo
del horario del establecimiento
de
salud para las atenciones electivas, Además , debe desarrollar la
gestión de programación.
Capacidad Resolutiva:
Realiza dispensación o expendio previa Receta Única Estandarizada
(RUE)
de
los medicamentos propios de la especialidad o campo clínico
de
acuerdo al Petitorio Nacional Único
de
Medicamentos Esenciales y
aquellos medicamentos fuera del petitorio
que
el Comité Farmacológico
institucional lo autorice, dispositivos médicos y productos sanitarios
que
correspondan a los a los pacientes ambulatorios y a los pacientes
hospitalizados a través del Sistema de Dispensación de Medicamentos
en Dosis Unitaria; así
como
dispensación especializada para la unidad
de
cuidados intensivos y sala
de
operaciones, En caso del desarrollo
de
estudios clínicos, deberá brindar el servicio
de
dispensación
de
productos en investigación para ensayos clínicos, Farmacovigilancia,
seguimiento farmacoterapéuticos e Información
de
Medicamentos y
Tóxicos en el área
de
Farmacia Clínica, Brinda el servicio
de
farmacocinética clínica, previa evaluación de la necesidad del servicio,
En el área de Farmacotécnia : Diluciones y acondicionamiento
de
antisépticos y desinfectantes; fórmulas magistrales y preparados
oficinales, Brindar el servicio de preparación
de
mezclas parenterales y
entera les especializadas , previa evaluación de
la
necesidad del
servicio y acondicionamiento de dosis de medicamentos, y el
almacenamiento especializado cumpliendo las buenas prácticas
de
almacenamiento.
87
018
DIRE
CT
IVA
GG-ESSALU
D-
2013
"Definición, características y funciones generales de los Establec1
m1en
to
de
Salud
de
EsSalud"
s) UPSS Nutrición y Dietética
Unidad básica del establecimiento
de
sa
lu
d organizada para promover.
prevenir, proteger y recuperar la salud nutricional del usuario de atención
ambulatoria y de! hospitalizado . garantizando la oportun idad y calidad
de
atención, Para el usuario hospitalizado planifi
ca
. pre para, distribuye y
controla los regímenes dietéticos, fórmulas lácteas y fórmulas enterales.
Para
su
funcionamiento requiere de:
Recursos humanos:
Profesional de Nutrición y per
so
nal técnico capacitado
Infraestructura:
Áreas específicas para la planificación, elaboración, conservación y
distribución de regímenes dietéticos
de
acuerdo a normatividad vigente,
Equipamiento:
Mobiliario, equipos e insumos necesarios
de
para la atención
de
acuerdo al Listado de Equipamiento Biomédico Básico para los
Establecimientos de Salud, vigente,
Organización
de
fa
atención:
Debe garantizar
el
funcionamiento diario de acuerdo a turnos
de
programación en relación al volumen
de
la
demanda, para brindar
soporte nutricional al usuario hospitalizado de acuerdo a las
necesidades de cada uno,
En
los establecimientos
de
salud cuyo campo
clinico requ iere del apoyo de está UPSS
de
Atención de Soporte. podrá
ser propia o podrán tercerizar los servicios que a está UPSS le
corresponden brindar en forma total o parcia
l.
Capacidad Resolutiva:
Planifica, elabora, conserva y distribuye regímenes dietéticos, fórmulas
lácteas y fórmulas enterales de acuerdo a la prescripción médica.
Realiza la evaluación
de
l estado nutricional del usuario del servicio,
consistente en el cálculo de las necesidades nutricionales, elaboración
del Plan y seguimiento nutricional de acue
rd
o a las i
nd
icaciones
médicas.
t) UPSS Central de Esterilización.
Unidad básica del establecimiento de salud organizada para realizar
la
limpieza, desinfección , preparación y empaque, esterilización mediante
métodos físicos y químicos, almacenamiento y distribución del material
médico, instrumental y eq ui po biomédico del establecimiento de salud .
Asimismo, se realiza desinfección de alto nivel (DAN) y de nivel intermedio
(DNI) del material y equipo biomédico
que
lo requi
er
a de acuerdo a
normatividad vigente.
Para su funcionamiento requiere de:
Recursos humanos.
Profesional de Enfermer
ía
y personal cnico capacitados en
desinfección y esterilización hospitalaria.
1 nfraestructura.
88
DIRECTIVA
018
o GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
Es Salud"
Áreas específicas definidas
como
: roja o contaminada, azulo
de
preparación, verde o restringida, y área administrativa, donde
se
realizan \ actividades que aseguren la calidad de los procesos y
seguridad laboral; con flujo unidireccional,
de
fácil acceso y
comunicación con las UPSS usuarias.
Equipamiento.
Mobiliario, equipos biomédicos e insumas necesarios para los
procesos de desinfección y
de
esterilización,
de
acuerdo al Listado
de
Equipamiento Biomédico Básico para los Establecimientos de Salud y
normatividad vigente sobre Desinfección y Esterilización Hospitalaria.
Organización de la atención:
Garantiza
la
desinfección y esterilización del material, instrumental y
equipo biomédico para los procedimientos médicos y quirúrgicos
de
las
UPSS usuarias, centralizando dichos procesos en esta
UPSS
de
acuerdo a normatividad vigente. El desarrollo de los procesos sigue un
flujo unidireccional desde la recepción hasta la distribución
de
materiales y equipos estériles. También realiza monitoreo, supervisión.
evaluación; y capacitación a las UPSS usuarias
que
realicen el
prelavado, lavado, desinfección y esterilización de corresponder a las
características del material, instrumental o equipo biomédico.
En los establecimientos de salud cuyo
campo
clínico requiere del
apoyo
de está UPSS de Atención
de
Soporte, podrá
ser
propia o podrán
tercerizar los servicios
que
a está UPSS le corresponden brindar en
forma total o parcial.
Capacidad Resolutiva:
Realiza esterilización mediante medios físicos (vapor húmedo) y
químicos (gas y plasma) y desinfección de alto nivel (DAN) y de nivel
intermedio (DIN) del material, instrumental y equipo biomédico ;
abasteciendo a todas las UPSS usuarias del establecimiento
de
salud.
ACTIVIDADES DE ATENCIÓN DIRECTA Y DE ATENCIÓN DE SOPORTE
Son de cumplimiento obligatorio:
a. Referencias y Contrarreferencias:
Realiza los procedimientos para asegurar la continuidad de atención
del paciente de acuerdo a normatividad vigente.
b. Vigilancia Epidemiológica:
Se realiza vigilancia, análisis y evaluación epidemiológica; monitoreo
de
la incidencia y prevalencia de
la
morbilidad, mortalidad e infecciones
intrahospitalarias.
c. Salud Ocupacional:
Promueve ambientes de trabajo saludables, controla los riesgos
ocupacionales y previene los accidentes y enfermedades relacionadas
al trabajo, y las acciones
de
la protección
de
la salud de los
trabajadores.
d. Registros de
la
Atención de Salud e Información:
89
018
DI
REC
I I
VA
GG-
ESSALUD-20
1 J
"Definición, caracterfst1cas y funciones generales
de
los Establec1m1ento de Salud
de
EsSalud"
Realiza actividades para la disponibilidad, oportunidad, seguridad y
control del registro y archivo de los documentos oficiales de registros
dicos. Asimismo provee información estadística de salud y soporte
informático, mecanización e integración de los sistemas
de
información
requeridos para los procesos or
ga
nizacionales.
e. Atención Integral del ncer:
Se realiza actividades
de
promoción , prevención , detección precoz,
tratamiento especializado, re habilitación y cuidados paliativos
oncológicos; de acuerdo al campo clí nico y/o grupo etario, y según
capacidad resol
ut
iva
VI
I.
CONCEPTOS DE REFERENCIA
1.
Atención
Integral
de
Salud
Es la provisión continua y con calidad
de
una atención orientada hacia la
promoción, prevención, recuperación y rehabilitación en salud, para las personas
en el contexto de
su
familia y comunidad, con un enfoque biopsicosocial.
2.
Atención
Ambulatoria
Es la atención de salud a la persona q ue no está en condición de Urgencia y/o
Emergencia, con fines de promoción,
pr
evenc ión, recuperac ión o rehabilitación.
Puede ser dentro del establ ecimiento de
sa
lud (intramural), o fue ra de este
(extramural).
La
atención ambulatoria
in
tramural se desarro
ll
a preferentemente en
la UPSS Consulta
Ex
terna.
3.
Cirugía
ambulatoria
Es la prestación de salud médico-quirúrgica
de
una o más especialidades y
/o
subespecialidades médicas que se brinda a un paciente en una sala
de
operaciones, cuya recuperación y permanencia postoperatoria no requieren
permanencia en
el
establecimiento
de
salud por más
de
12 horas.
4.
Rehabilitación
basada
en
la
comunidad
Es una estrategia
de
desarrollo comunitario para la rehabilitación, la igualdad
de
oportunidades y la integración social de todas las personas con discapacidad. Se
aplica gracias al
esf
uerzo conjunto de las propias personas con discapacidad,
de
sus familias, organizaciones y comunidades.
5.
Hospitalización
(internamiento)
Proceso por el cual el usuario es ingresado a
un
establecimiento
de
sal
ud
para
brindarle los cuidados necesarios y/o procedimientos dico -quirúrgicos, con
fines diagnósticos, terapéuticos y/o
de
rehabilitación, que requieran permanencia
y necesidad de soporte asistencial por más
de
doce (12) horas, por
su
grado
de
dependencia
de
cuidados hospitalarios o riesgo.
6.
Urgencia
en
salud
Es toda situación que altera
el
estado
de
salud
de
la persona y que requiere
de
atención inmediata, no existiendo riesgo inminente de poner en peligro su vida.
90
018
DIRECTIVA
GG-ESSAL
UD-201 J
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
7. Emergencia en salud
Es toda condición repentina e inesperada
que
requiere atención inmediata al
poner en peligro inminente la vida, la salud o que puede dejar secuelas
invalidantes en
el
paciente.
8.
Parto inminente:
Situación en la que la gestante acude al establecimiento
de
salud en periodo
expulsivo, en alumbramiento o en puerperio inmediato;
que
implica la atención de
la parturienta o puérpera y del recién nacido.
9. Daño Trazador
Enfermedad o daño que permite expresar la capacidad resolutiva
de
un
establecimiento de salud
de
una determinada categoría, reuniendo por lo menos
tres
de
los siguientes requisitos:
Debe de tener
un
impacto potencial sobre las condiciones de salud.
Tiene
que
estar relativamente bien definido y ser de fácil diagnóstico.
Tiene una tasa
de
prevalencia lo suficientemente alta para recopilar datos.
La historia natural de
la
enfermedad debe variar con la atención médica
brindada.
10. Necesidades de salud
Conjunto
de
requerimientos
de
carácter
biológico
,
psicológico
,
social
y
ambiental
que
tiene
la
persona,
familia
y
comunidad
para
mantener
,
recuperar
y
mejorar
su
salud
y la
de
su
entorno
.
así
como
alcanzar
una
condición
saludable
deseable
.
11
. Demanda
de
servicios
de
salud
Expresión
de las necesidades
de
salud
de
una persona o población. Tiene dos
elementos que se dan simultáneamente:
a) Demanda cualitativa, referida a las necesidades
de
salud y su
severidad.
b)
Demanda cuantitativa, referida al volumen
de
la demanda, en un
determinado tiempo y espacio que tienen necesidades de salud .
12. Oferta
de
servicios
de
salud
Conjunto
de recursos del sistema de salud para poder atender las necesidades
de salud
de
la población. Tiene los siguientes elementos:
a) Capacidad resolutiva:
Es la capacidad que tienen los establecimientos
de
salud de producir
el
tipo
de
servicios de salud (en cuanto a especialización y tecnificación)
que
satisfagan las necesidades de los usuarios.
b) Capacidad de Oferta:
Es la capacidad que tienen los establecimientos
de
salud para producir
el número de servicios suficientes para atender el volumen
de
necesidades existentes en la población (dependen
de
la cantidad
de
recursos disponibles).
13. Población Asegurada
91
018
DIRECTIVA
GG-ESSA L U
D-201
3
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
Colectivo conformado por afiliados regulares, potestativos o independientes y sus
derechohabientes.
14. Población Asignada
Conjunto de personas aseguradas por EsSalud,
que
residen o laboran en un
determinado ámbito geográfico que se asigna a un establecimiento
de
salud.
15. Complejo espacio-población
Es una unidad
de
demarcación territorial en la cual se ha identificado una
población asegurada activa. En el caso
de
corredores geográficos, puede integrar
territorios adyacentes.
16. Sistema de Referencia y Contrarreferencia
Es el conjunto de procesos que articulan el otorgamiento de prestaciones de salud
entre Centros Asistenciales
de
los Órganos Desconcentrados de EsSalud y
entidades extrainstitucionales
de
salud con la finalidad de garantizar la
continuidad de la atención, considerando la capacidad resolutiva y la organización
funcional
de
los Servicios.
17. Categorización
Proceso que conduce a clasificar los diferentes establecimientos de salud, en
base a niveles
de
complejidad y características funcionales, que permitan
responder a las necesidades de salud
de
la población que atiende.
18. Unidad Productora
de
Servicios
de
Salud (UPSS)
Es la unidad básica de la oferta asistencial
de
salud, constituida por el conjunto
de
recursos humanos, físicos y tecnológicos, organizados para desarrollar funciones
homogéneas y producir determinados servicios
de
salud, en relación directa con
su nivel de complejidad.
Los establecimientos de salud pueden desarrollar procesos operativos como
Atención Directa, Investigación y Docencia; y procesos de soporte .
Para efectos de la presente norma, las UPSS se agrupan en:
a) Unidades Productoras de Servicios de Salud
de
Atención Directa,
donde se realizan las prestaciones finales a los usuarios. Son las
siguientes:
UPSS Consulta Externa (producto: atención
de
consulta externa).
UPSS Hospitalización (producto: egreso hospitalario).
UPSS Emergencia (producto: atención de urgencias y
emergencias).
UPSS Centro Quirúrgico (producto: atención de intervención
quirúrgica).
UPSS Centro Obstétrico (producto: atención
de
parto).
UPSS Unidad de Cuidados Intensivos (producto: egreso
de
cuidados intensivos).
b) Unidades Productoras de Servicios de Salud
de
Atención de Soporte,
donde se realizan las prestaciones que coadyuvan al diagnóstico y
92
..
.
19
.
20.
018
DlRE
CT
lY
A
GG-ESS/\LUD-201
J
"Definición, caracteristicas y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
tratamiento de los problemas clínicos quirúrgicos de usuarios
que
acuden a las UPSS
de
Atención Directa.
Las UPSS son las siguientes: UPSS Central
de
Esterilización, UPSS
Medicina
de
Rehabilitación, UPSS Patología Clínica, UPSS Anatomía
Patológica, UPSS Diagnóstico por Imágenes, UPSS Farmacia, UPSS
Nutrición y Dietética UPSS Hemodiálisis, UPSS Centro de
Hemoterapia, UPSS Radioterapia y UPSS Medicina Nuclear.
Nivel
de
Complejidad
Es el grado de diferenciación y desarrollo
de
los
serv1c1os
de
salud,
alcanzado merced a la especialización y tecnificación de sus recursos. El
nivel de complejidad guarda relación directa con las categorías de
establecimientos
de
salud
Nivel de Atención
Conjunto de establecimientos de salud organizados según
su
complejidad
para resolver con eficacia y eficiencia las necesidades de salud según
magnitud y severidad; con capacidad resolutiva de la oferta cualitativa y
cuantitativa.
De acuerdo a la demanda, se reconocen tres niveles de atención:
Primer Nivel:
Constituye la puerta de entrada y el primer contacto
de
la población con el
sistema de salud. Brinda atención integral (promoción de la salud ,
prevención, diagnóstico precoz, control de daños, tratamiento y
rehabilitación con enfoque biopsicosocial y en el contexto persona, familia
y comunidad a una población asignada en un determinado ámbito
geográfico (comple
jo
espacio-población). Excepcionalmente los Centros
Especializados sin internamiento no se le asigna población.
Realiza evaluación y atención inicial de urgencias y emergencias, en
algunos casos, su resolución
de
acuerdo al perfil profesional y complejidad
refiriendo según la gravedad, a otros niveles
de
mayor complejidad .
En
el contexto
de
las atenciones
de
complejidad creciente, oferta servicios
de
salud con especialización y tecnificación
que
responde a las
necesidades
de
la demanda y expectativas
de
la población. Debe resolver
hasta el 80% de los problemas de salud
de
la población y , en los casos
que requiera mayor capacidad resolutiva, constituye el facilitador y
coordinador del flujo del usuario (referencia y contrarreferencia) a otros
niveles de atención.
Segundo Nivel:
Complementa la Atención Integral iniciada en el nivel precedente,
agregando un grado de mayor especialización tanto en recursos humanos
como tecnológicos, brinda un conjunto de servicios de salud dirigidos a
solucionar los problemas de las personas referidas del primer nivel
de
atención o aque
ll
as que por urgencia o emergencia acudan a los
establecimientos de salud de este nivel. Puede tener población asignada
93
018
DIR
EC
TIVA
Nº
GG
-E
SSAL
UD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
EsSalud"
donde se realizan actividades
que
corresponden
al
primer nivel
de
atención. Además, realiza actividades preventivas promocionales y
coordinación con otros niveles de atención, según corresponda
Tercer Nivel:
Nivel de mayor especialización y capacidad resolutiva en cuanto a
recursos humanos y tecnológicos, dirigidos a la solución de necesidades
de
salud que son referidas de los niveles
de
atención precedentes así
como aquellas personas que acudan a los establecimientos
de
este nivel
por razones
de
urgencia o emergencia. Además, realiza actividades
preventivas promociona les, y coordinación con otros niveles de atención ,
según corresponda. No tiene población asignada.
21. Establecimiento de Salud
Son aquellos que realizan atención integral de salud en forma ambulatoria o
de
hospitalización (internamiento), con fines de prevención, promoción,
diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, para mejorar, mantener o restablecer
el estado
de
salud de las personas en
el
contexto de familia, centro laboral y
comunidad.
El establecimiento
de
salud, constituye la Unidad Operativa de la oferta de
servicios de salud , según nivel de atención y clasificado en una categoría, está
implementado con recursos humanos, materiales y equipos;
Los establecimientos de salud se clasifican de acuerdo al tipo
de
prestación
que
brindan
en
:
a)
Estable
ci
miento de salud sin hospitalización:
Son aquellos donde se desarrollan atenciones y/ o procedimientos
clínicos o quirúrgicos, con fines diagnósticos, terapéuticos o
de
rehabilitación, que se restringen a la atención clínica ambulatoria.
Corresponden a los establecimientos
de
salud
que
pertenec
en
al
primer nivel
de
atención.
b) Establecimientos de salud con hospitalización:
Son aquellos donde
se
desarrollan atenciones y/o procedimientos
clínicos o quirúrgicos, con fines diagnósticos, terapéuticos o
de
rehabilitación, que por su grado de riesgo requieren permanencia en el
centro, con soporte asistencial, por más de doce (12) horas. Requiere
personal profesional programado para cubrir la atención
de
24 horas.
Corresponden a los Hospitales y pertenecen al segundo y tercer nivel
de atención.
De acuerdo a la población que atienden:
a) Establecimie
nt
o de salud
co
n población asignada:
Son establecimiento de salud del Primer Nivel de Atención y
excepcionalmente del
11
Nivel
de
atención, que tienen la
responsabilidad de brindar Atención Integral de Salud a
un
conjunto
de
personas asignadas a su cargo en
un
ámbito geográfico.
94
018
DIRECTIVA
o GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales de los Establecimiento de Salud de
EsSalud"
b) Establecimiento de salud sin población asignada:
Establecimiento
de
salud
que
no tiene asignado un conjunto
de
personas
de
un ámbito geográfico y brinda atenciones
de
salud
solamente a la población que cuenta con referencia
de
niveles
de
atención
de
menor complejidad. Atiende a varios centros asistenciales
y presta atención especializada. Pertenecen al primer, segundo y tercer
nivel de atención.
22. Establecimiento de Salud
de
Complejidad Creciente (ESCC)
Establecimientos
de
salud del primer nivel de atención que constituye la Unidad
Operativa
de
la oferta de servicios
de
salud, que brinda atenciones integrales,
preventivas, promocionales. recuperativas y de rehabilitación tanto intramural
como extramural, de acuerdo a
su
capacidad resolutiva y nivel de complejidad
que, en respuesta a la característica
de
la demanda, cuenta con recurso
humano, especialidades , equipamiento y procedimientos de mediana
complejidad .
23. Centro especializado
Son establecimientos de Diagnóstico del primer nivel de atención sin población
asignada. que atiende demanda por referencia
de
otros establecimientos del
primer nivel
de
atención, para desarrollar actividades
de
evaluación por
especialidades y realización de exámenes auxiliares de diagnóstico por
laboratorio y/o imágenes de baja o mediana complejidad .
24
. Servicio Médico
de
Apoyo
Son unidades productoras de servicios
de
salud que funcionan
independientemente o dentro de
un
establecimiento con internamiento o sin
internamiento, según corresponda,
que
brindan servicios complementarios o
auxiliares
de
la atención médica, que tienen por finalidad coadyuvar en el
diagnóstico y tratamiento
de
los problemas clínicos.
25. Incremento
de
la capacidad resolutiva del establecimiento
de
salud
a)
La categoría
de
un establecimiento de salud se basa en la existencia
determinadas Unidades Productoras de Servicios de Salud (UPSS)
consideradas como mínimas y el cumplimiento obligatorio de actividades
de atención directa y de soporte.
Las UPSS podrán ser incrementadas cuando
el
análisis de
la
situación
de
salud y el estudio
de
oferta y demanda lo justifiquen, sin que ello
signifique
un
cambio
de
categoría, siempre y cuan
do
reúnan las
condiciones de calidad y seguridad requeridas, verificadas por
la
autoridad
sanitaria.
b)
La Red Asistencial y
el
establecimiento de salud son responsables
de
garantizar
que las UPSS cuenten con los recursos necesarios para
su
funcionamiento y
capacidad resolutiva, durante el horario de atención establecido según
corresponda a cada una de ellas,
de
acuerdo a los daños trazadores
considerados.
c) Los establecimientos de salud según categoría, que no estén en capacidad de
resolver las necesidades de salud
de
un
usuario, deberán referirlo para
continuidad de
la
atención a otro establecimiento de salud que cuente con la
95
018
DIRECTIVA
GG-
ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud
de
Es Salud"
oferta de servicios de salud disponible y requerida, ya sea dentro de la Red
Asistencial correspondiente o en otra Red, según normatividad vigente.
26. Población asegurada activa:
Población que tiene como derecho de cobertura al menos los servicios de
emergencia. Incluye también a trabajadores eventuales y beneficiarios de
prestaciones por desempleo (latencia).
27. Población asegurada acreditada:
Población que cumple con los criterios de acreditación establecidos
normativamente para acceder a todos los servicios y prestaciones que otorga
EsSalud.
VIII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS
1. Los cambios de las nuevas denominaciones de los Establecimientos de
Salud, están a cargo de
la
Gerencia Central de Prestaciones de Salud en
coordinación con la Oficina Central de Planificación y Desarrollo.
2.
El
cambio de denominación de las postas médicas y CAP 1, a centros
médicos se realiza en el lapso de 30 dias, conservando
su
característica
poblacional actual y, su implementación será gradual a cargo de la Gerencia
Central de Prestaciones de Salud en coordinación con la Oficina Central de
Planificación y Desarrollo, Gerencia Central de Finanzas, Gerencia Central de
Gestión de las Personas y Gerencia Central de infraestructura.
3.
Las adecuaciones de la oferta y demanda
en
el 1,
11
y
111
Nivel de Atención,
esta a cargo de la Gerencia Central de Prestaciones de Salud, la Oficina
Central de Planificación y Desarrollo y Gerencia Central de Aseguramiento.
IX.
DISPOSICIONES FINALES
l.
Para
efectos de tercerización,
los
establecimientos de salud, EsSalud
se
rige
bajo
sus
propias normas .
2.
Los
Policlínicos de Complejidad Creciente que por crecimiento vegetativo
sobrepase los 50,000 asegurados activos, tienen un rango máximo de
10,000 asegurados activos adicionales mientras
se
implemente una nueva
oferta de servicios de salud que está a cargo de la
Red
Asistencial
correspondiente en coordinación con la Gerencia Central de Prestaciones
de Salud, Gerencia Central de Aseguramiento, Oficina Central de
Planificación y Desarrollo y Gerencia Central de Gestión de
las
Personas.
96
018
DIRECTIVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición, características y funciones generales
de
los Establecimiento de Salud de
Es Salud"
3.
La
Oficina Central de Planificación y Desarrollo está encargada de
la
implementación del sistema de servicios de salud operativo y estructural
que permita ejecutar lo dispuesto en la presente Directiva, para lo cual
debe contar con el apoyo necesario de las demás Gerencias y Oficinas de
ESSALUD.
4.
La
Gerencia Central de Prestaciones de Salud a través de sus áreas
correspondientes,
es
la
encargada de implementar, monitorear y supervisar
el
cumplimiento de
la
presente Directiva.
S. Culminado
el
proceso de implementación de
la
presente Directiva, los
establecimiento de salud, en coordinación con sus respectivas
Redes
Asistenciales, actualizan
la
categorización correspondiente ante
las
Direcciones de Salud del Ministerio de Salud y Direcciones Regionales de
Salud de los Gobiernos Regionales .
97
018
DIR
EC
TIVA
GG-ESSALUD-2
01
3
"
Defin
ición, características y funciones generales de los Establecimiento
de
Salud de
Es
Salud"
X. ANEXOS:
ANEXO 1.- Equivalencia de Establecimientos de Salud -EsSalud
con la nueva denominación
Pr
i
mer
Nivel de Atención
Pri
m
er
Nivel de Atención
(vigente) (equivalente)
, .
1 Posta Médica
2
CAPI
Centro Médico
3 Centro Médico
4 CAP
11
5 Policlínico Policlinico
de
Compleji
dad
6 CAP
111
Creciente
7 Clinica Central
de
Prevención*
Centro
Especi
alizado
Segundo Nivel Atención Segundo Nivel Atención
(vigente) (equivalente)
1 Hospital 1
2 Hospital
11
Hospital
General
3 Hospital 1
11
Hospital Especializado
4 Hospital
IV
5 Centro Nacional
de
Salud Renal*"
Tercer Nivel Atención Tercer Nivel Atención
(vigente) (equivalente)
1 Hospital Nacional Hospital Nacional
2 Instituto 1
ns
ti
tu
to
Es un policlínica sin población asignada
*"No
cuenta con hospitalización. pero dada las característica d elas
prestaciones
que
brinda,
se
ub
i
ca
en
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nivel
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E
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ablecimiento
de
Salud
de
E
sSa
lud"
ANEXO 2.-
Establecimiento
de
Salud
según
Categoría
(
Re
so
lu
ción Min
is
teria l Nº 546-2
011
/MINSA, que aprueba la NTS Nº 021 •MIN SA/OGSP V.03:
Norma Técnica de Salud "Categorías de Establecimientos del Sector Salud
",
anexo 4, p
ag
. 119)
ESTABLECIMIENTO
DENOMINACION
CATEGORIA
DE
SALUD
(D.S.
013-2006
SA) (*)
Consultorio
de pr
ofesionales
de
la
salud
(no
méd
ico cirujano) 1 - 1
Puesto
de
Salud
o
Posta
de
Salud
o (Con profesiona l de la salud no médico o s in es
pec
ialidad)
1-
z
Consultorio
médico
w (Con
dico cirujano)
:E
1-2
Puesto
de
Salud
o
Posta
de
Salud
z
(Co
n médi
co
ciruiano)
a::
w
1-
z
Centro
de
Salu d
-
z
Centro
Médico
en
Centro
Médico
Especializado
1 - 3
Policlínico
Centro
Odontológico
Centro
de
Salud
con
cama
de
internamiento
1 -4
Centro
Médico
con
cama
de
internamiento
11
- 1
Hospital
de
atención
general
o
Clínica
de
atención
general
1-
11
- 2
z
Hospital
de
atención
general
w
~
Clínica
de
atención
general
11
-E (**)
z
Hospital
de
atención
especializada
a::
w
1-
Clínica
de
atención
especializada
z
111
- 1
z
Hospital
de
atención
general
o
Clínica
de
atención
general
(.)
111
-
E(
º )
Hosp
i
tal
de
atención
especializada
Clínica
de
atención
especializada
111
- 2
Instituto
de
Salud
especializado
(
*)
Reglame
nt
o de los establecimientos
de
salud y Servicios dicos
de
apoyo aprobado p
or
el
Decreto Suprem o 013-2006-SA
(**
)Los
Centr
os
de
Atención
Ge
riatrica se consideran en las categorí
as
11
-E ó
111
-E
99
018
DIRECTIVA
GG-ESSALUD-2013
"Definición, caracteristicas y funciones generales de los Establecimiento
de
Salud
de
Es Salud"
ANEXO
3
ACTIVIDADES DE ATENCION DIRECTA Y DE ATENCION DE
SOPORTE
POR CATEGORIAS
DE
ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL PRIMER NIVEL DE ATENCION (OBLIGATORIAS)
CUM PLIM IE NTO
ACTIVIDADES
1 - 1 1 -2 1 -3
@1
OBLIGATOR
10
ATENCION DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS X X X
REFERENCIAS Y CONTRAREFERANCIAS X X X
DESINFECION Y ESTERILIZACION X X X
PARA TODOS LOS VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA X X X
ESTABLECIMIENTOS
~
~
DESALUD
REGISTROS DE ATENC
ION
DE
SALUD
E
INF
ORMACION X X X
~
Vº
I!:!
~
SALUD AMBIENTAL X X X
~:j:~éOiÑA"v:·
SALUD OCUPACIONAL X X X
~
INTERNAMIENTO
~
ACCIONES DE
DE
SALUD
AMBIENTAL
EN
LA COMUNIDAD X X X
V"Bº
-:,
.\
J ¡ NUTRICION INTEGRAL X X X
i~
...
~
~)
~
SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA X X X ( 1)
ATENCION CON MEDICAMENTOS X X X
PARA TODOS LO PRUEBAS RAPIDAS Y
TOMA
DE
MUESTRA X X (3)
_-...!1
ESTABLECIMIENTOS PREVENCION Y DIAGNOSTICO PRECOZ DEL CANCER X (4) X X
c\CJM
ES
~
DE
SALUD
CON
.._
..
"!-
~
~..,
"'
POBLACION INTERVENCIONES DE CIRUGIA DE CONSULTORIO EXTER. X X
"
.,,
..,
..
-~-
c~
i
ASIGNADA
~4!~
e
...
11.
e.
~
)
ATENCION DE PARTO INMINENTE X X X
.,
y ATENCION DE
LA
GESTANTE
EN
EL PERIODO
DE
PARTO
ATENCI
ON
DEL RECIEN NACIDO
EN
AREA DE OBSERVAC.
~~
ECOGRAFIA
l~~:
·l
RADIO LOGIA
a~
e-'SAl\10' / PARA TODOS LOS RADIOLOGIA
DENTAL
X
CENTROS
ODONTOLOGICO LABORATORIO DENTAL X
(1) A partir de los establecimientos de salud con población asigna
da
, categoria 1 - 3 ,
se
cuenta con Equipo
Básico
(2) Los Establecimientos de
sa
lud con población asignada, categoría 1 - 4 cuentan con UPSS de Farmacia
(3) Los Establecimientos de
sa
lud con población asignada, categoría 1 - 3 y 1 - 4 cuentan con UPSS de
Patología
(
4)
En
establecimiento de salud con población asignada, categoria 1- 1 realizan actividades de prevención
de
Cáncer
100
1 - 4
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X (1)
-2
(3)
X
X
X
X
X
X

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