Resolución Nº 142-2023-OS/CD del Organismo Superior de la Inversión en Energía y Minería, 11-08-2023

Número de resolución142-2023-OS/CD
Fecha11 Agosto 2023
Resolución de Consejo Directivo que modifica la Norma “Condiciones Generales del Servicio de
Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final” aprobada por
Resolución de Consejo Directivo N° 054-2016-OS/CD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 142-2023-OS/CD
Lima, 08 de agosto de 2023
VISTO:
El Memorando GSE-250-2023, mediante el cual la Gerencia de Supervisión de Energía pone a
consideración del Consejo Directivo el proyecto de resolución que que modifica la Norma “Condiciones
Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final”
aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 054-2016-OS/CD.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo establecido en el literal c) del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco
de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa
de los organismos reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar, en
el ámbito y materia de su respectiva competencia, normas de carácter general que regulen los
procedimientos a su cargo, respecto de obligaciones o derechos de las entidades o actividades
supervisadas;
Que, conforme con lo dispuesto en el artículo 22° del Reglamento General de Osinergmin
aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, la función normativa de carácter general es
ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de Osinergmin a través de resoluciones;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 054-2016-OS/CD Osinergmin aprobó la
Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las
Tarifas al Usuario Final” (en adelante, Norma de Condiciones Tarifarias), consolidando lo regulado en
diversos dispositivos tales como los contratos de concesión, el Reglamento de Distribución, las
resoluciones tarifarias del regulador y los procedimientos de facturación aprob ados para cada
concesión y, asimismo, poniendo énfasis en los criterios generales a los cuales debe ir adecuándose la
prestación del servicio en las concesiones, a efectos de tener homogeneidad y brindar información
exhaustiva al consumidor respecto a la prestación del servicio, consolidando lo regulado en diversas
normas y contratos de concesión;
Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2021-EM se modificaron diversas disposiciones del
Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo N° 042-
99-EM referidas, entre otras, al contrato de suministro, períodos de facturación y estimaciones, las
cuales se encuentran reguladas en la Norma de Condiciones Tarifarias, por lo que resulta necesario
adecuar la citada norma a las disposiciones vigentes;
Que, con relación a la modificació n efectuada mediante el Decreto Supremo N° 008-2021-
EM, referida a los contratos de suministro, se debe indicar que de acuerdo con el numeral 54.1 del

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