Resolución Nº 109-2018 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RSUP 109-2018)

Fecha23 Agosto 2018
Número de resolución109-2018
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELAIGUALDADDEOPORTUNIDADESPARAMUJERESYHOMBRESAÑODELDIÁLOGOYLARECONCILIACIÓNNACIONAL
1
Resolución de Superintendente
Nº 109-2018-SMV/02
Lima, 23 de agosto de 2018
El Superintendente del Mercado de Valores
VISTOS:
El Expediente N° 2018027062 y el Informe N° 837-2018-
SMV/10.2 del 21 de agosto de 2018, remitido por la Superintendencia Adjunta de
Supervisión Prudencial;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 12° de la Ley de
Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo N° 862,
para desempeñarse como sociedad administradora de fondos de inversión cuyos
certificados de participación se coloquen por oferta pública, se requiere de la
autorización de organización y funcionamiento expedida por la Superintendencia del
Mercado de Valores;
Que, de acuerdo con el artículo 150 del Reglamento de
Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución
SMV N° 029-2014-SMV/01, la cancelación de la autorización de funcionamiento de una
sociedad administradora de fondos de inversión es dictada por la Superintendencia del
Mercado de Valores, a pedido de parte, una vez que el solicitante haya cumplido con
presentar todos los requisitos exigidos por la normativa y se haya verificado que la
sociedad administradora no cuente con fondos de inversión de oferta pública a su cargo;
Que, Capital Investments Sociedad Administradora de
Fondos de Inversión S.A. solicitó a la SMV la cancelación de su autorización de
funcionamiento como sociedad administradora de fondos de inversión, que le fue
otorgada mediante Resolución CONASEV N° 053-2006-EF/94.10 del 9 de agosto de
2006;
Que, de la revisión realizada a la documentación
presentada por Capital Investments Sociedad Administradora de Fondos de Inversión
S.A. hasta el 15 de agosto de 2018, se observa que esta ha cumplido con lo dispuesto
en el artículo 150 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades
Administradoras, a efectos de obtener la cancelación de su autorización de
funcionamiento; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 12°, numeral 1, del
Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de
Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF;
RESUELVE:
Artículo 1.- Cancelar la autorización de funcionamiento
como sociedad administradora de fondos de inversión de Capital Investments Sociedad
Administradora de Fondos de Inversión S.A. y, en consecuencia, excluirla de la sección

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