Resolución Nº 1086-2023 de Tribunal de Fiscalización Laboral, 17-11-2023

Sentido del falloSe declara INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por TELEATENTO DEL PERÚ S.A.C, en contra de la Resolución de Intendencia N°566-2022-SUNAFIL/ILM, de fecha 04 de abril de 2022
Fecha17 Noviembre 2023
Número de resolución1086-2023
EmisorTribunal de Fiscalización Laboral - Primera Sala
MateriaLABOR INSPECTIVA
Tribunal de Fiscalización Laboral
Primera Sala
Resolución N° 1086-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala
1
EXPEDIENTE SANCIONADOR
:
3818-2020-SUNAFIL/ILM
PROCEDENCIA
:
INTENDENCIA DE LIMA METROPOLITANA
IMPUGNANTE
:
TELEATENTO DEL PERÚ S.A.C.
ACTO IMPUGNADO
:
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA 566-2022-
SUNAFIL/ILM
MATERIA
:
LABOR INSPECTIVA
Sumilla: Se declara INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por TELEATENTO DEL PERÚ
S.A.C., en contra de la Resolución de Intendencia N° 566-2022-SUNAFIL/ILM, de fecha 04 de abril de
2022.
Lima, 17 de noviembre de 2023
VISTO: El recurso de revisión interpuesto por TELEATENTO DEL PERÚ S.A.C. (en adelante, la
impugnante) en contra de la Resolución de Intendencia N° 566-2022-SUNAFIL/ILM de fecha 04 de
abril de 2022, (en adelante, la resolución impugnada) expedida en el marco del procedimiento
sancionador, y
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1.1 Mediante Orden de Inspección 15995-2018-SUNAFIL/ILM, se dio inicio a las
actuaciones inspectivas de investigación, con el objeto de verificar el cumplimiento del
ordenamiento jurídico sociolaboral
1
, que culminaron con la emisión del Acta de Infracción
N° 3483-2018-SUNAFIL/ILM (en adelante, el Acta de Infracción), mediante la cual se
propuso sanción económica a la impugnante por la comisión , entre otra, de una (01)
infracción muy grave en materia de relaciones laborales, por no acreditar el pago del
trabajo en sobretiempo (horas extras) del extrabajador denunciante, del periodo
comprendido desde setiembre 2014 a setiembre 2016; así como, por la comisión de una
(01) infracción a la labor inspectiva, por no acreditar el cumplimiento de la medida
inspectiva de requerimiento de fecha 05 de diciembre de 2018, a raíz que, anteriormente,
no se ha podido comprobar las materias que fueron objeto de inspección mediante la
1
Se verificó el cumplimiento sobre las siguientes materias: Remuneraciones (Sub materias: Pago de la remuneración -
Sueldos y Salarios, Bonificaciones), Jornada, Horario de Trabajo y Descansos Remunerados (Sub materia: Horas extras),
Registro de control de asistencia (Sub materia: Incluye Todas).
Firmado digitalmente por :
ORSINI WISOTZKI Desiree Bianca FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.11.2023 17:27:42-0500
Firmado digitalmente por :
MENDOZA LEGOAS Luis Erwin FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 20.11.2023 09:38:52-0500
Firmado digitalmente por :
DE LAMA LAURA Manuel Gonzalo FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 20.11.2023 21:57:55-0500

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