Resolución Nº 103-2022-SUNEDU-03-08 de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 14-12-2022

Fecha14 Diciembre 2022
Número de resolución103-2022-SUNEDU-03-08
EmisorSuperintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria
1
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 0027-2022-SUNEDU-03-10
Lima, 14 de diciembre de 2022
VISTOS:
La solicitud de subsidio por fallecimiento (RTD N° 045318-2022-SUNEDU-TD), presentada
por el señor DOMINGO PABLO RUIZ AYALA; el Informe N° 060-2022-SUNEDU-03-10-JNCQ; el
Informe N° 039-2022-SUNEDU-03-10-RMKG y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12 de la Ley 30220, Ley Universitaria, se crea la
Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria como un organismo público técnico
especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica,
presupuestal y administrativa para el ejercicio de sus funciones, que tiene naturaleza jurídica de
derecho público interno y constituye pliego presupuestal;
Que, asimismo, a través de la Séptima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley
N° 30220, Ley Universitaria, se dispuso que la Sunedu asuma la administración y pago de las
pensiones de los/as pensionistas de la extinta Asamblea Nacional de Rectores pertenecientes al
régimen pensionario regulado por el Decreto Ley N° 20530;
Que, por su parte, en el artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones de la
Sunedu, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modificado mediante Decreto
Supremo N° 006-2018-MINEDU (en adelante, el ROF), señala que la Oficina de Recursos Humanos
es el órgano de apoyo, encargado de conducir, ejecutar y supervisar la gestión de recursos humanos
en la Sunedu;
Que, a través de la solicitud signada con el RTD N° 045318-2022-SUNEDU-TD, el señor
DOMINGO PABLO RUIZ AYALA (en adelante, el peticionante), solicitó el pago por concepto de
subsidio por fallecimiento, en su condición de hijo del ex pensionista, señor PABLO ARTURO RUIZ
BALDEÓN, quien falleciera el 10 de febrero de 2019; acreditando su petición con el Acta de
Defunción emitida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC, documento
nacional de identidad y su partida de nacimiento, con la cual se acredita su entroncamiento familiar
directo;
Que, el pago del concepto de subsidio por fallecimiento se encuentra sustentado en los
artículos 144 y 149 del Decreto Supremo 005-90-PCM, Reglamento de la L ey de Bases de la
Carrera Administrativa del Decreto Legislativo 276, el cual señala:
Firmado Digitalmente por:
KUZMA GALLARDO Rodolfo
Martin FAU 20600044975 soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 14/12/2022 18:37:24
Firmado Digitalmente por:
CIPRA QUISPE Jennyfer
Nataly FAU 20600044975 soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 14/12/2022 19:10:09
Firmado Digitalmente por:
SILVA BALBUENA Ada Giovanna
FAU 20600044975 soft
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 15/12/2022 13:24:29

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