Resolucion N° 082-2023-OS/CD. Resolución de Consejo Directivo que aprueba los costos administrativos incurridos por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. con motivo de la implementación del FISE en el marco del Programa de Promoción de Nuevos Suministros Residenciales de Gas Natural del comprendido entre el 01 de septiembre de 2021 hasta el 31 de enero de 2023

Fecha de publicación19 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 17 de mayo de 2023

VISTOS:

El Informe Técnico N° 334-2023-GRT elaborado por la División de Gas Natural y el Informe Legal N° 335-2023-GRT elaborado por la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, los recursos del Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante “FISE”) se destinarán para la masificación del uso del gas natural mediante el financiamiento parcial o total de las conexiones de consumidores regulados, sistemas o medios de distribución o transporte, y conversiones vehiculares, todo de acuerdo con el Plan de Acceso Universal a la Energía aprobado por el Ministerio de Energía y Minas (en adelante “Minem”);

Que, conforme con el numeral 16.2 del artículo 16 del Reglamento de la Ley N° 29852, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM (en adelante “Reglamento FISE”), los costos administrativos en los que incurran las Distribuidoras de Gas Natural por Red de Ductos para la implementación del FISE serán establecidos por Osinergmin y reembolsados por el Administrador;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 037-2021-MINEM/DM, publicada el 22 de febrero de 2021, el Minem aprobó el “Programa Anual de Promociones 2021”, estableciendo que, para efectos del Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao, el FISE financiará el costo del Servicio Integral de Instalación Interna;

Que, con Decreto Supremo N° 004-2021-EM, publicado el 26 de febrero de 2021, se modificó el Reglamento FISE, disponiéndose en el inciso i) del artículo 10.5 que el FISE puede financiar, individual o conjuntamente, una parte o la totalidad del derecho de conexión, la acometida, el servicio integral de instalación interna, la línea montante o matriz y sistema de regulación, entre otros aspectos, que se incluyen en el Programa Anual de Promociones;

Que, además a través de dicha modificación, en el numeral 16.2 del artículo 16 del Reglamento FISE se dispuso que únicamente las actividades de recaudación serán definidas por el Administrador, que los costos resultantes no se consideran en el cálculo tarifario y que como parte de las actividades de recaudación, el Administrador puede incluir la...

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