Resolución Nº 077-2015 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponer la inscripción, bajo la modalidad de trámite anticipado, del programa de emisión denominado "Segundo Programa de Bonos Subordinados ¿ Banco Financiero")

Número de resolución077-2015
Fecha18 Septiembre 2015
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELADIVERSIFICACIÓNPRODUCTIVAYDELFORTALECIMIENTODELAEDUCACIÓN
1
Resolución de Intendencia General SMV
077-2015-SMV/11.1
Lima, 18 de setiembre de 2015
El Intendente General de Supervisión de Conducta;
Vistos:
El Expediente Nº 2015033135, así como el Informe
Interno Nº 777-2015-SMV/11.1 del 18 de setiembre de 2015, de la Intendencia
General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión
de Conductas de Mercados;
Considerando:
Que, el 17 de agosto de 2015, Banco Financiero del Perú
solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, la inscripción, bajo la
modalidad de trámite anticipado, del programa de emisión denominado “Segundo
Programa de Bonos Subordinados – Banco Financiero” hasta por un monto máximo de
emisión de S/. 150 000 000,00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) o
su equivalente en Dólares Americanos y el registro del Prospecto Marco
correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, de la revisión de la documentación e información
presentada como sustento de la solicitud a la que se contrae la presente Resolución,
se ha verificado que en junta general obligatoria anual de accionistas de Banco
Financiero del Perú, celebrada el 26 de marzo de 2012, se acordó delegar en su
Directorio la facultad de acordar la emisión de obligaciones de bonos subordinados o
de cualquier otro tipo;
Que, en sesión de Directorio del Banco Financiero del
Perú, celebrada el 23 de junio de 2015, se aprobó la emisión del “Segundo Programa
de Bonos Subordinados – Banco Financiero” hasta por un monto máximo de emisión
de S/. 150 000 000,00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su
equivalente en Dólares Americanos, así como los demás términos y condiciones del
programa de emisión;
Que, asimismo, en dicha sesión se acordó delegar
facultades en algunos de los funcionarios de Banco Financiero del Perú, para que
éstos puedan determinar los términos, condiciones y características del programa de
emisión señalado precedentemente así como de las emisiones que se realicen en el
marco del mismo;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
221, numeral 14 y 232 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, las
empresas del sistema financiero pueden emitir, a través de oferta pública de valores
mobiliarios, instrumentos representativos de deuda, siempre que cuenten previamente
con la opinión favorable de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP;

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