Resolución Nº 0640-GG-ESSALUD-2013 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 16-04-2013

Número de resolución0640-GG-ESSALUD-2013
Fecha16 Abril 2013
EstatusVigente
Tipo de documentoDirectiva
EmisorGerencia General
{
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
Lima,
16
de
abr
il
d
el
20.13
VISTA:
6
40
-GG-ESSALUD-2013
Av. Domingo Cueto
120
Jesús María -Lima Perú
T.: 2656000 /
2657000
www
.essalud.
gob
.pe
La
Carta W 49 1 -GCL-ESSALUD-2013 de la Gerencia Central de Logística, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución
de
Presidencia Ejecutiva 012-ESSALUD-2007 modificada
por Resolución de Presidencia Ejecutiva 252-PE-ESSALUD-2007, se aprobó la
Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de
Salud (ESSALUD);
Que, conforme al literal
a)
del artículo 47° del Reglamento
de
Organización y Funciones de
la
Oficina General de Administración, aprobado mediante Resolución de Presidencia
Ejecutiva W 533-PE-ESSALUD-
2011
, corresponde a
la
Gerencia Central de Logística
formular y proponer a la citada Oficina General los lineamientos
de
política, planes y
programas de los sistemas
de
abastecimiento, administración patrimonial y seguros
patrimoniales, servicios generales, almacenamiento y distribución y controlar
su
cumplimiento;
Que, de acuerdo al literal j) del artículo
61
o del mencionado Reglamento, la Sub Gerencia
de Patrimonio de
la
Gerencia de Patrimonio y Servicios de
la
Gerencia Central de Logística
tiene por función , entre otras, administrar, coordinar y supervisar la cobertura
de
seguros
para riesgos patrimoniales a nivel institucional, así como proponer normas y
procedimientos dentro del ámbito de seguros patrimoniales;
Que, mediante Resolución de Gerencia Central W 016-GCL-IPSS-96, se aprobó
la
Directiva W 001-GCL-IPSS-96, Gula de Procedimientos Generales para tramitar las
reclamaciones por Siniestros en los Riesgos Contratados por
el
Instituto Peruano de
Seguridad Social;
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Que, con Resolución de Gerencia Central No 017-GCL-IPSS-96, se aprobó la Directiva
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Trabajadores y Bienes Patrimoniales del Instituto Peruano de Seguridad Social;
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Que, a la fecha se requiere actualizar los lineamientos contenidos en las Directivas
aprobadas mediante las Resoluciones de Gerencia Central Nros. 016 y 017-GCL-IPSS-96,
a efectos
de
implementar los mecanismos y procedimientos tendientes a alcanzar la
optimización de la administración
de
los seguros patrimoniales
de
ESSALUD, conforme a
los cambios que se vienen desarrollando en
la
Institución;
Que, en dicho contexto, la Gerencia Central de Logística propone
la
aprobación de
la
Directiva "Normas para Tramitar la Indemnización y/o Reposición de los Bienes
Patrimoniales Siniestrados de ESSALUD
",
cuyo objetivo es establecer las políticas y los
procedimientos para actuar en casos de ocurrencia
de
siniestro que afecten los bienes
patrimoniales que se encuentran bajo responsabilidad del Seguro Social de Salud -
ESSALUD, a fin
de
obtener la indemnización y/o reposición por parte
de
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RESOLUCIÓN
DE
GERENCIA GENERAL
640
-GG-ESSALUD-2013
Av. Domingo Cueto
120
Jesús Maria -Lima Perú
T
.:
2656000 / 2657000
www
.essalud.gob.
pe
Que,
en
el inciso b) del articulo de
la
Ley W 27056, Ley
de
Creación del Seguro Social
de Salud -ESSALUD, se establece que el Gerente General es competente para dirigir el
funcionamiento
de
la
institución, emitir las directivas y los procedimientos internos
necesarios, en concordancia con las politicas, lineamientos y demás disposiciones del
Consejo Directivo y del Presidente Ejecutivo;
Que, con las visaciones
de
la Gerencia Central de Logística y
de
la Oficina Central de
Asesoría Jurídica;
Estando a lo propuesto y en uso de las facultades conferidas:
SE RESUELVE:
1. APROBAR
la
Directiva W
OS
-GG-ESSALUD-2013 "Normas para Tramitar
la
Indemnización y/o Reposición de los Bienes Patrimoniales Siniestrados
de
ESSALUD",
que forma parte de la presente Resolución.
2. DEJAR SIN EFECTO la Directiva W 001-GCL-IPSS-96 "Guia
de
Procedimientos
Generales para tramitar las reclamaciones por Siniestros en los Riesgos Contratados
por el Instituto Peruano de Seguridad Social
",
aprobada por Resolución de Gerencia
Central 016-GCL-IPSS-96, en el extremo referido a
la
tramitación
de
las
reclamaciones por siniestros de los bienes patrimoniales de ESSALUD.
DEJAR SIN EFECTO
la
Directiva W 02-GCL-IPSS-96 "Guía
de
Procedimientos
Generales para Asegurar a los Trabajadores y Bienes Patrimoniales del Instituto
Peruano de Seguridad Social
",
aprobada por Resolución de Gerencia Central W 017-
GCL-IPSS-96, en
el
extremo referido al aseguramiento de los bienes patrimoniales
de
ESSALUD.
4. DISPONER que la Gerencia Central
de
Logística realice
la
difusión, implementación y
supervisión
de
lo dispuesto en la presente Resolución.
5. DEJAR SIN EFECTO todo aquello que se oponga a lo dispuesto en la presente
Resolución.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE
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GERENTE GENERAL
ES
SALUD
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DIRECTIVA
DE
GERENCIA GENERAL No
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-GG-ESSALUD-2013
"NORMAS
PARA
TRAMITAR
LA
INDEMNIZACIÓN
Y/0
REPOSICIÓN
DE
BIENES
PATRIMONIALES SINIESTRADOS"
GERENCIA CENTRAL DE LOGISTICA
GERENCIA
DE
PATRIMONIO Y SERVICIOS
SUB GERENCIA
DE
PATRIMONIO
1
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DIRECTIVA DE GERENCIA GENERAL No
OS
-GG-ESSALUD-2013
"NORMAS PARA TRAMITAR LA INDEMNIZACIÓN
Y/0
REPOSICIÓN DE BIENES
PATRIMONIALES SINIESTRADOS"
1
2
3
4
5
6
7
7.1
7.2
8
Anexos
Anexo W
01
Anexo 02
Formatos
IN
DI
CE
Ob
je
tivo .. .. ....
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Siniestros - Riesgos Generales .
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Formato
02 Decl
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Siniestros -Vehículos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ...
22
R
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2
DIRECTIVA
OS
-GG-ESSALUD-2013
"NORMAS PARA TRAMITAR LA INDEMNIZACIÓN
Y/0
REPOSICIÓN DE BIENES
PATRIMONIALES SINIESTRADOS"
1.
OBJETIVO
Establecer las políticas y procedimientos para actuar en casos de ocurrencia de
siniestros que afecten los bienes patrimoniales que se encuentran bajo
responsabilidad del Seguro Social de Salud -ESSALUD.
2. FINALIDAD
Obtener información y documentación oportuna y necesaria para presentar y
sustentar ante
la
Compañía de Seguros los reclamos por siniestros
de
los bienes
patrimoniales bajo responsabilidad del Seguro Social de Salud -ESSALUD, a fin
de
obtener de
la
aseguradora su indemnización y/o reposición.
3. BASE LEGAL
./
Ley No 27056, Ley de Creación del Seguro Social de
Salud-
ESSALUD .
./
Reglamento de
la
Ley de Creación de ESSALUD, aprobado por Decreto Supremo
002-99-TR y modificatorias .
./
Ley 27 444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
./
Ley N°26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de
la
Superintendencia de Banca y Seguros .
./
Ley 27181- Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre .
./
Decreto Supremo 024 -2002 -MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de
Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por accidentes de tránsito
./
Resolución de Presidencia Ejecutiva No 012-PE-ESSALUD-2007, que aprobó la
Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro
Social de Salud (ESSALUD) .
./
Resolución de Gerencia General No 1455-GG-ESSALUD-2007, que aprobó
la
Directiva No 014-GG-ESSALUD-2007, Norma Marco para
la
Formulación,
Aprobación y Actualización de Documentos Técnicos, Normativos y de Gestión en
ESSALUD .
./
Directiva 25-GG-ESSALUD-2011 , Normas para
la
Administración de los Bienes
Patrimoniales Muebles de Propiedad de ESSALUD, aprobada por Resolución de
Gerencia General 1502-GG-ESSALUD-2011, y sus modificatorias
./
Directiva 05-GG-ESSALUD-2012, Normas para el Control de Predios y/o Bienes
Inmuebles, así como Responsabilidades y Obligaciones de los Administradores de
los Predios y/o Bienes Inmuebles de Propiedad y/o Afectaciones en Uso a favor de
ESSALUD, aprobada por Resolución de Gerencia General 292-GG-ESSALUD-
2012, y sus modificatorias
./
Código Civil, de aplicación supletoria .
./
Código Penal, de aplicación supletoria.
4. ALCANCE
El ámbito de aplicación de esta Directiva es a todas las Redes Asistenciales,
Órganos Desconcentrados, Oficinas Centrales y Gerencias Centrales del Seguro
Social de Salud -ESSALUD que cuenten con bienes patrimoniales en la
Institución bajo su administración y responsabilidad.
5. RESPONSABILIDAD
La difusión, el cumplimiento y la aplicación de las disposiciones contenidas en la
presente Directiva comprende a todos los Gerentes Centrales, Jefes de Oficina,
Gerentes, Directores y Jefes de Administración de las Redes Asistenciales y
3
Órganos Desconcentrados , Gerentes, Sub Gerentes, Jefes de División,
Coordinadores de Patrimonio o quien haga sus veces, asr como los responsables
de lasdependencias de transportes.
6. CONCEPTOS
DE
REFERENCIA
Ajustador de Siniestros:
Es
la persona natural o jurídica encargada de establecer las
pérdidas ocurridas (evaluación de los daños) y efectuar
la
liquidación del siniestro
(establecer el monto de
la
pérdida).
Ajuste de Seguro: Es el procedimiento basado
en
normas pre-establecidas legal o
contractualmente, conducente a establecer económicamente el monto de
la
pérdida
para efectos de indemnización.
Asegurado: Es la persona que queda libre del riesgo por haberlo transferido al
asegurador, también es beneficiario del seguro al recibir la indemnización.
Asegurador: Entidad dedicada a
la
cobertura del riesgo, denominada "Compañía
de
Seguros" la cual esta debidamente constituida y autorizada por las leyes peruanas,
para asumir los riesgos que cubre, emitiendo las respectivas Pólizas e indemnizando
las pérdidas o daños producidos por los siniestros.
Aseguramiento: Es el acto administrativo por el cual la Compañía de Seguros, ante el
requerimiento de ESSALUD, emite una Póliza o endoso o suplemento de inclusión a la
póliza, a través del cual
se
acredita la cobertura de seguro para el bien patrimonial o
dinero del asegurado.
Contenido: Totalidad de bienes patrimoniales (equipos, mobiliario y existencias) que
sean propiedad del Asegurado y no estén
en
concepto de depósito o custodia. Se
encuentran en cada uno de los locales (propios, cedidos
en
uso, alquilados, etc.)
ocupados por
la
Institución en el ámbito nacional.
Contrato de Seguro: Documento por el cual,
el
Asegurador se obliga mediante la
percepción de una prima, a pagar al Asegurado, o a la persona designada por este,
una indemnización al verificarse la eventualidad prevista
en
el contrato.
Deducible:
Es
la cantidad de dinero que asume el asegurado cuando presenta una
reclamación indemnizatoria como consecuencia de
la
ocurrencia de un siniestro. Esta
cantidad puede ser un monto fijado previamente o un porcentaje de la suma
asegurada o del importe total del siniestro. Dicha suma deberá ser abonada a la
Institución por el usuario o responsable de los bienes siniestrados, de ser el caso.
Gastos Extras: Gastos ejecutados para mantener la operación de los servicios del
hospital, debidamente sustentados con
la
documentación comercial del caso. En el
caso de ser necesario , pueden gestionarse el alquiler de equipos que garanticen el
funcionamiento de los servicios del centro asistencial.
Gastos Extraordinarios: Gastos ejecutados con ocasión de
la
remoción
de
escombros, limpieza y otras derivados del siniestro, debidamente sustentados con
la
documentación comercial del caso.
Indemnización: Es la compensación otorgada por la Compañía de Seguros,
en
virtud
a un contrato, por la ocurrencia de un siniestro, según corresponda.
Jefe de Unidad Orgánica:
En
la Sede Central se considera Jefe de
la
Unidad
Orgánica a los Gerentes Centrales y Jefes de Oficina, en las Redes Asistenciales y
Órganos Desconcentrados, a sus Gerentes o Directores.
Póliza: Contrato de Seguro, que contiene los derechos y obligaciones de las partes
(Asegurado y Asegurador) y determina
la
intervención de los terceros interesados en
el contrato.
Prima: Es el precio pactado por el seguro contratado (un porcentaje calculado sobre la
suma asegurada).
Es
la contraprestación que recibe el Asegurador para hacerle frente
a los riesgos que está amparando
en
la póliza y es
lo
que está obligando a ambas
partes a cumplir con lo establecido
en
el contrato.
Reposición: Sustitución de un bien siniestrado por parte de
la
compañía de seguros
en aplicación a lo establecido en las Pólizas Multiriesgo y de Vehículos contratadas
por ESSALUD. 4
Responsable del Bien: Persona a cargo de la tenencia y uso del bien.
Riesgos: Incertidumbre de
la
pérdida del bi
en
asegurado. Es también cada una de las
contingencias que son cubiertas por un Contrato de Seguros.
Siniestralidad: Conjunto de siniestros producidos durante un periodo
de
tiempo
determinado
en
una
póliza o grupo de ellas.
Se
representa por un índi
ce
o porcentaje
que resulta de comparar el costo de los siniestros atendidos e indemnizados con el
monto de las primas cobradas.
Siniestro: Entiéndase por siniestro, a toda ocurrencia que tenga como consecuencia
la
pérdida o daño parcial o total de los bienes y/o activos de propiedad de
la
Institución; así como los daños que pueden ocasionar estos bienes o activos a
personas o bienes de terceros; y otros daños que pudieran presentarse en las
instalaciones de ESSALUD.
Suma Asegurada:
Es
el
valor asignado en la Póliza como
la
responsabilidad máxima
que debe pagar
la
Compañía de Seguros en caso de pérdida o daño del bien u objeto
asegurado a los beneficiarios de la misma.
7. DISPOSICIONES
7.1
DISPOSICIONES GENERALES
7 .1.1 RESPONSABLES
DE
LA DECLARACIÓN DEL SINIESTRO
El
responsable del bien siniestrado,
en
coordinación con su Jefe inmediato, deberá
comunicar el siniestro
al
analista correspondiente (Riegos Generales ó Vehículos) de
la Sub Gerencia
de
Patrimonio de la Gerencia Patrimonio y Servicios
de
la
Gerencia
Central de Logística, dentro de las
24
horas de ocurrido o descubierto este, vía
correo electrónico,
el
cual deberá contener obligatoriamente la información requerida
en los Anexos
01
y 02 de
la
presente norma, según se trate de riesgos generales o
vehículos, respectivamente, sin perjuicio de remitir la documentación formal indicada
en
el
numeral siguiente.
7.1.2 LLENADO Y DISTRIBUCION
DE
FORMATOS DE DECLARACIÓN
La
comunicación de los siniestros a
la
Sub Gerencia de Patrimonio se formalizará
posteriormente
ún
icamente a través de los siguientes formatos:
Formato 1:
Pa
ra todos los casos de siniestros de bienes. con excepción de los
siniestros que comprenden a los vehículos de la Institución (riesgos generales).
Formato 2: Comunicación formal por
las
pérdidas y daños de vehículos .
Los formatos se prepararán
en
original y copia, debiendo distribuirse de
la
siguiente
manera:
Original: Para la Sub Gerencia de Patrimonio.
Copia: Para
el
archivo de
la
Gerencia u Oficina Administrativa que efectúa la
declaración.
7 .1.3 REMISION
DE
LOS FORMATOS
Los formatos de declaración de siniestros serán rem itidos a
la
Sub Gerencia de
Patrimonio, mediante carta del funcionario responsable
de
la
Dependencia respecti
va
,
dentro de las 72 horas de la ocurrencia.
7.1.4 INTERPONER DENUNCIA POLICIAL O ANTE EL MINISTERIO PÚBLICO
El
responsable del bien interpondrá
la
denuncia policial o la denuncia ante el Ministerio
Público, dentro de las 24 horas de ocurrido
el
siniestro, solicitándose inmediatamente
una copia certificada. En
el
caso de pérdida
de
bienes, a través de
la
Sub Gerencia de
5
Servicios Generales y Transporte
en
la Sede Central o quien haga sus veces en las
Redes Asistenciales u Órganos Desconcentrados, se entregará una copia
de
la
denuncia a
la
Empresa de Vigilancia Contratada, en un plazo no mayor de 48 horas
contados desde el día hábil siguiente a la interposición de
la
misma, a fin de que
realice los trámites correspondientes.
En el caso de bienes en calidad de custodia, conforme a lo dispuesto en el
ordenamiento penal, siendo el lugar de comisión de un delito aquel en que el autor ha
actuado o en el que se producen sus efectos, la dependencia agraviada con el
siniestro será
la
encargada de practicar
la
denuncia policial respectiva así como
realizar el trámite del siniestro correspondiente.
7.1.5 AVISO A
LA
COMPAÑÍA DE SEGUROS POR SINIESTROS
PATRIMONIALES
La Sub Gerencia de Patrimonio, será quien coordine la atención del siniestro con la
Compañía de Seguros, por lo que en ningún caso el trabajador está autorizado a
comunicar el siniestro directamente al Asegurador. Igualmente toda coordinación y
acciones con el Ajustador de Seguros deben realizarse a través de dicha
Sub
Gerencia.
En caso sea necesario,
la
dependencia agraviada con el siniestro solicitará la
presencia de un Ajustador de Seguros, para realizar la inspección respectiva en el
lugar de los hechos.
7.1.6 DE
LA
INSPECCION POR EL AJUSTADOR
Y/0
COMPAÑÍA DE SEGUROS
El Ajustador de Seguros designado para ajustar y liquidar el siniestro, cuando el caso
lo requiera, coordinará a través de la Sub Gerencia de Patrimonio, con la dependencia
afectada, el área técnica correspondiente y/o la Gerencia de lngenierfa Clínica, para
verificar IN SITU los daños ocasionados por el siniestro.
El Ajustador podrá entrevistarse con diferentes personas, con el propósito de recoger
información y establecer las causas del siniestro; y, solicitar documentos para la
sustentación del siniestro, los cuales le serán entregados a través de
la
Sub Gerencia
de Patrimonio.
La dependencia afectada con el siniestro deberá facilitar a
la
Compañía de Seguros y
al Ajustador, las investigaciones, comprobaciones y exámenes para determinar la
causa del daño y
la
evaluación de las pérdidas.
7.1.7 DE LA DOCUMENTACION SUSTENTATORIA
Es requisito indispensable contar con la totalidad
de
la documentación
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"11
sustentatoria, según el seguro afectado, para la indemnización de los siniestros.
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El plazo máximo para la entrega de los documentos sustentatorios (originales), a la
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Sub Gerencia de Patrimonio, es de 10 días útiles de ocurndo o escu
1erto
e
siniestro.
Transcurridos
45
días útiles de ocurrido o descubierto el siniestro sin que
se
complete el envío de la documentación correspondiente, el mismo será dejado
sin efecto, bajo responsabilidad del usuario o responsable del bien,
comunicándose de ello al Órgano de Control Institucional para los fines pertinentes,
según la complejidad del siniestro. 6
El responsable de
la
custodia del bien y el encargado de realizar el trámite en
la
unidad orgánica, comparten
la
responsabilidad de agilizar la obtención y remisión de
toda la información y/o documentación solicitada por el Ajustador de Seguros y/o
Compañía de Seguros.
7.1.8 MEDIDAS NECESARIAS PARA AMINORAR LAS PÉRDIDAS
Los funcionarios responsables de ESSALUD en la Sede Central, Redes Asistenciales
u Órganos Desconcentrados deberán disponer se realicen las acciones a que hubiera
lugar con
la
finalidad disminuir e impedir la propagación del siniestro a efectos de
limitar o disminuir las pérdidas, debiendo abstenerse de modificar o transformar los
bienes deteriorados. Cualquier gasto por este concepto será reembolsado por los
aseguradores, en caso de siniestros cubiertos por los seguros contratados.
El personal
de
ESSALUD, no debe contraer compromiso formal o informal con relación
al siniestro o con persona alguna afectada por el mismo, bajo responsabilidad.
7.1.9 SEGUIMIENTO DE LA ACCIONES LEGALES COMPLEMENTARIAS
Los funcionarios responsables de ESSALUD en la Sede Central, Redes Asistenciales
u Órganos Desconcentrados dispondrán que los usuarios de los bienes siniestrados
cumplan con las diligencias policiales, judiciales y administrativas a que hubiera lugar,
en el más breve plazo.
Dichos funcionarios deberán adoptar las medidas correctivas pertinentes, así como
disponer el deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar e informar a la
Gerencia de Patrimonio y Servicios (Sub Gerencia de Patrimonio y Sub Gerencia
de
Servicios Generales y Transporte) las conclusiones de las investigaciones sumarias
correspondientes, a efectos de disponer que el usuario del bien sub materia responda
por el bien sustraído, de ser el caso.
En
caso de tratarse de siniestros complejos se requerirá
la
presencia del analista
de
seguros que corresponda, de
la
Sub Gerencia
de
Patrimonio.
7.1.10 RESPONSABILIDAD DE
LA
VERIFICACIÓN DE INFORMACIÓN
Es responsabilidad del Jefe de la Unidad Orgánica, el verificar el cumplimiento de la
comunicación del siniestro a
la
Sub Gerencia de Patrimonio de conformidad al numeral
7.1.1, como consecuencia de
la
materialización de los riesgos a los que se encuentran
expuestos los bienes de
la
Institución.
7 .1.11 ADQUISICIÓN DE BIENES
Y/0
VEHICULOS INDEMNIZADOS
POR
SINIESTRO
El
proceso de adquisición de bienes patrimoniales muebles ó de unidades vehiculares
declaradas como pérdida total, se realiza conforme a lo dispuesto en la Ley
de
Contrataciones del Estado y
su
Reglamento.
La reposición de los mismos por parte de la compañía de seguros sólo opera en
aquellos casos en los cuales lo haya requerido
la
Institución.
7.1.12 REPORTE DE SINIESTROS
La Gerencia de Patrimonio y Servicios de la Gerencia Central de Logística, previa
evaluación de la información remitida por las Redes Asistenciales, Órganos
7
Desconcentrados, Gerencias y Oficinas Centrales, de ESSALUD, real izará el
respectivo cierre y circularización del reporte de siniestros a nivel nacional, hasta los
quince (15) días hábiles posteriores al cierre del trimestre, el cual contendrá los datos
establecidos mediante documento denominado Reporte de Siniestros Informados por
ESSALUD a Nivel Nacional.
A efectos que
la
Sub Gerenc
ia
de Patrimonio emita el reporte de siniestros
vehiculares, el Jefe de la Unidad Orgánica, está en la obligación
de
remitir: i) Preforma
-Presupuesto de reparación del Vehículo y; ii) Orden de Atención (con la cual la
compañía de seguros autoriza la reparación de la unidad siniestrada), en el plazo
de
1 O días útiles de ocurrido el siniestro, bajo responsabilidad.
7.2 DISPOSICIONES ESPECIFICAS
7.2.1 SEGUROS PATRIMONIALES CONTRATADOS POR ESSALUD
7 .2.1.1 SEGURO MUL
TI
RIESGO
Seguro que cobertura contra las pérdidas y/o daños ocasionados al patrimonio
institucional: edificios, contenidos y existencias que se encuentren dentro
de
los
locales afectados, como consecuencia de
la
materialización de los riesgos a los
que se encuentran expuestos los bienes de la Institución.
7 .2.1.
1.1
Dicho seguro comprende además las siguientes coberturas:
a) Seguro
de
Incendio y Líneas Aliadas: Como materia asegurada se
cuenta a los activos en general, comprendiendo toda propiedad inmueble
(excluyendo el valor del terreno) o mueble, de cualquier clase, naturaleza y
descripción.
b) Seguro de Equipo Electrónico: Otorga cobertura contra los daños o
pérdidas que puedan ocurrir accidentalmente a los equipos de computación
y demás equipos computarizados, de la Institución y/o de terceros, bajo su
responsabilidad, cuidado y control, incluyendo equipos
de
vídeo y
TV
,
equipos de comunicación y telefonía, soporte de software y datos tanto
de
gestión como de proceso y cualqui
er
otro equipo similar, instalados en
cualquier local ocupado por el asegurado en el territorio nacional,
incluyendo los instalados en policlínicas móviles y hospitales de campaña,
todo lo cual está incluido en
el
valor declarado del Seguro Multiriesgo 1
Incendio y Líneas Aliadas.
e) Seguro de Rotura de Maquinarias: Otorga cobertura contra los daños o
pérdidas que puedan ocurrir accidentalmente a la maquinaria y equipos de
la Institución. Como materia asegurada comprende las maquinarias y
equipos de propiedad del asegurado y/o de terceros bajo su
responsabilidad, cuidado y control, en cualqui
er
lugar del territorio nacional,
consistente, mas no limitado
en
: grupos electrógenos, ascensores y
equipos, compresores de aire, calderos piro tubulares, sub estaciones
eléctricas, salas de bombas, etc.
d) Seguro de Todo Riesgo Equipos de Contratistas (TREC): Como materia
asegurada comprende el equipo de propiedad del asegurado y/o de
terceros bajo su responsabilidad cuidado y control , en cualquier lugar del
territorio naciona
l.
7 .2.1.1.2
La
documentación requerida para sustentar un siniestro bajo esta cobertura
es
la
siguiente:
1. Aviso
de
Siniestro, Formato N°1
2. Copia certificada de
la
denuncia policial. 8
choque, volcadura, despiste,
la
sustracción de equipos médicos fijos u otros
de ambulancia.
7 .2.1.3.1 La documentación requerida para sustentar un siniestro bajo esta cobertura
es
la
siguiente:
a) Para
todos
los
casos:
1.
Aviso de Siniestro, Formato
No2
2.
Denuncia policial.
3.
Informe del Chofer ante su jefe inmediato, describiendo los hechos
de
ocurrencia del siniestro.
4.
El
traslado del vehículo siniestrado al taller o factoría, se realizará después
de que se haya informado a
la
Sub Gerencia de Patrimonio, a fin de que
coordine la presencia del Procurador de
la
Compañía de Seguros para que
evalúe y autorice el presupuesto de reparación.
5. En caso de siniestro, se podrá contactar a
la
Compañía de Seguros a fin
de
solicitar el asesoramiento respectivo. Sin embargo, esto no exime al
responsable del vehículo de comunicar inmediatamente a la Sub Gerencia
de Patrimonio sobre el siniestro, bajo responsabilidad.
6. Cuando los siniestros ocurrieran durante los días feriados, sábados o
domingos se comunicará a
la
Sub Gerencia de Patrimonio a primera hora
del primer día hábil de
la
semana.
b)
Para
choque,
vuelco
e
incendio:
1.
Peritaje de daños
2.
Resultado de dosaje etílico
3. Presupuesto de reparación del vehículo
4.
Fotografías del vehículo siniestrado
5.
Atestado policial o resultado de las investigaciones (para determinar la
responsabilidad frente
al
tercero)
6.
Acta y/o constancia de entrega de conformidad del taller del vehículo
reparado.
7.
Otros documentos que pueden ser solicitados por la Compañía de Seguros.
e) Para
atropello:
1.
Informe médico que determine el grado de invalidez.
2.
Resultado del dosaje etílico
d)
En
caso
de
muerte:
1 . Atestado policial.
2. Declaratoria de Herederos inscrita en los Registros Públicos.
3. Fotocopia legalizada del DNI (de los herederos mayores de edad), original
de la partida de nacimiento (de los menores de edad) y partida de
matrimonio (del cónyuge supérstite).
e) En
caso
de
robo/pérdida
total:
1.
Gravamen del Registro de Propiedad Vehicular -SUNARP, libre
de
gravámenes.
2.
Gravamen policial (capturas policiales, choque, fuga, etc.).
3. Gravamen Municipal
4.
Tarjeta de Propiedad (original). En caso de no tenerla, obtener un
duplicado.
5. Copia del certificado SOAT.
6. Llaves del vehículo.
7.
Factura por
la
venta de los restos del vehículo.
8. Estado de Cuenta de Pago del Impuesto Automotriz (original). 10
J
9. Formulario del SAT de Declaración Jurada (rubro
IX
de "descargo")
mediante el cual se solicita dar de baja administrativa o temporal al vehículo
siniestrado (para vehículos sujeto al pago de impuesto automotriz)
1
O. Después de presentar estos documentos, se solicitará a la Compañía
de
Seguros carta de presentación para la notaría elegida .
11. Los Funcionarios autorizados, con poderes suficientes vigentes que los
autoricen a transferir al veh ículo siniestrado, deberán apersonarse a la
Notaría con la finalidad de suscribir el Acta de Transferencia Vehicular,
portando lo siguiente:
a) Vigencia de Poder
b) Copia(s) de lo(s) DNI
12. Otros documentos que puedan ser solicitados por la Compañía de Seguros.
7.2.1.3.2 EXCLUSIÓN 1 INCLUSION DE VEHICULOS EN CASO DE PÉRDIDA
TOTAL
EXCLUSIÓN
a. Cuando los daños a
la
unidad siniestrada sean igual o superior al 70% de
la
suma asegurada dicha unidad será declarada como pérdida total.
b.
En
dicho caso, luego de recibida
la
carta de
la
Compañía de Seguros que
comunica que el siniestro reclamado corresponde a una pérdida total, el
analista de seguros (vehículos), solicitará a la dependencia usuaria del
vehículo siniestrado indique
si
la
indemnización deberá hacerse en efectivo
o
si
requiere
la
reposición de
la
unidad siniestrada.
c. Dicho requerimiento será puesto en conocimiento de
la
Compañía de
Seguros, a través de
la
Gerencia de Patrimonio y Servicios, solicitando se
disponga la exclusión de
la
unidad siniestrada del correspondiente seguro.
d.
El
analista de seguros (vehículos) a través de la Gerencia de Patrimonio y
Servicios coordina con
la
Ofici
na
Central de Asesoría Jurídica el
otorgamiento de poderes a los funcionarios que realizarán la transferencia
del vehículo siniestrado a la Compañía de Seguros, así como la
transferencia del vehículo adquirido por el Asegurador a ESSALUD, de ser
el caso.
e. Posterior a
la
indemnización correspondiente, sea por reposición o en
efectivo, se procede a
la
Baja del bi
en
siniestrado; así como al Alta del bien
adquirido o repuesto, conforme a lo dispuesto en la Directiva 25-GG-
ESSALUD-2011, Normas para
la
Administración de los Bienes
Patrimoniales Muebles de Propiedad de ESSALUD.
INCLUSIÓN
Cuando se materialice
la
adquisición ó reposición del vehículo correspondiente,
se solici
ta
a
la
Compañía de Seguros
la
inclusi
ón
de la nueva unidad en el
Seguro de Vehículos.
7.2.1.4SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Cubre
la
responsabilidad civi l frente a terceros, la responsabilidad civil de
ocupantes y los accidentes personales que puedan sobrevenir producto del
accidente.
7 .2.1.4.1 La documentaci
ón
requerida para sustentar
un
siniestro bajo
es
ta cobertura
es
la
siguiente:
1. Aviso de Siniestro, Formato No1
2. Copia de las cartas por reclamación escrita, notificación administrativa o
judicial o citación que reciba.
3. Copia de las cartas de respuesta a las reclamaciones.
11
4. Copia de los gastos de internamiento en Hospital o Clfnica del afectado,
para ser autorizados por la Compañía de Seguros.
5.
Otros documentos que pueden ser solicitados por el Asegurador.
7 .2.1.5 SEGURO
DE
CASCOS 1 EMBARCACIONES
NO
PESQUERAS
Otorga cobertura contra los daños o pérdidas que pueden sufrir las
embarcaciones de la Institución, por riesgos del
río,
como: incendio, naufragio,
hundimiento, avería por incendio, explosión , colisión y/o choque con cualquier
objeto de
la
naturaleza.
7 .2.1.5.1 La documentación requerida para sustentar un siniestro bajo esta cobertura
es
la
siguiente:
1. Aviso de Siniestro, Formato No1
2. Copia certificada de
la
Protesta ante
la
Capitanía del Puerto.
3. Fallo de Capitanía
4. Copia de las facturas correspondientes a las reparaciones efectuadas a la
embarcación previamente autorizadas por
la
aseguradora.
5. Copia de las facturas por concepto de Peritaje realizado a
la
embarcación
siempre y cuando haya sido autorizado por
la
Compañía de Seguros.
7.2.1.6SEGURO DE TRANSPORTE NACIONAL
El
seguro de Transporte Nacional cubre los riesgos asociados en el transporte
de bienes.
El
seguro puede cubrir transporte vía terrestre, fluvial, marítima,
aérea o multimodal, frente a las pérdidas y/o daños que sufran los bienes
asegurados a consecuencia de
un
hecho ocasionado súbito e imprevisto, de
acuerdo a las condiciones de
la
póliza. Toma efecto desde el momento
en
que
las mercancías dejan el sitio de almacenaje para comienzo del tránsito,
continúa durante el curso ordinario del mismo y concluye en el destino final.
7 .2.1.6.1 La documentación requerida para sustentar un siniestro bajo esta cobertura
es la siguiente:
1.
Av
iso de Siniestro, Formato No1
2.
Denuncia Policial
3. Protesta y Fallo de la Capitanía para el transporte fluvial.
4. Declaración de Transportes (en original)
5. Copias de las facturas de embarque, orden de salida o Desplazamiento
de
bienes, especificaciones notas de peso.
6.
Contrato del transporte terrestre o Carta Porte, o Conocimiento de
Embarque o Guía Aérea .
7.
Carta de Reclamo al transportista y
su
respuesta, respecto a las
responsabilidades por los daños o pérdidas.
8.
Reporte de inspecci
ón
que demuestre evidentemente el grado de pérdida o
daño.
9. Boletas de desembarque y peso al destino final.
1 O. Nota de Contenido.
11
. Otros documentos que pueden ser solicitados por el Ajustador de Seguros.
12
7.2.1.7SEGURO DE TRANSPORTES -IMPORTACIÓN
Y/0
EXPORTACIÓN
TEMPORAL
Comprende como materia asegurada las materias primas, y/o productos en
proceso y/o productos terminados y/o productos químicos y/o maquinarias y/o
equipos y/o repuestos y/o herramientas y/o accesorios y/o insumas y/o
equipaje y/o efectos personales y/o cualquier otro bien del asegurado.
7.2.1.7.1 La documentación requerida para sustentar un siniestro bajo esta cobertura
es
la
siguiente:
1. Aviso de Siniestro, Formato N°1
2. Denuncia Policial
3.
Protesta y Fallo de
la
Capitanía, solo para transporte marítimo.
4. Aplicación o Declaración de seguros, en original.
5. Copias de las facturas de compra de la mercancía embarcada, de la orden
de salida o Desplazamiento de los bienes, sus especificaciones y notas de
peso.
6. Según corresponda : Contrato de transporte terrestre, Carta Porte,
Conocimiento de Embarque (limpio a bordo) o Guía Aérea.
7. Reporte de inspección que demuestre el grado de pérdida o daño.
8.
Boleta de desembarque y peso al destino final.
9.
Carta de Reclamo al transportista terrestre o línea aérea y su respuesta,
respecto a las responsabilidades por los daños o pérdidas.
1
O.
Guía de Internamiento.
11. Nota de Contenido.
12. Otros documentos que pueden ser solicitados por el Ajustador de Seguros.
7.2.1.8SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE
TRÁNSITO-
SOAT
Seguro obligatorio establecido por Ley con un fin netamente social. Su objetivo
es asegurar la atención, de manera inmediata e incondicional, de las víctimas
de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y muerte.
7.2.1.8.1Las coberturas del SOAT, son las siguientes: i) Muerte, ii) Invalidez
e Permanente, iii) Incapacidad Temporal, iv) Gastos Médicos;
y,
v)
Sepelio.
7.2.1.8.2Es responsabilidad de la Red Asistencial u Órgano Desconcentrado todo lo
concerniente a la cobertura del SOAT, así como su activación, remisión de
información, tramitación y seguimiento, ante
la
Compañía de Seguros,
establecimientos de salud y autoridades correspondientes, en caso
de
materializarse los riesgos a los que se encuentran expuestas las unidades
vehiculares de
la
Institución.
7 .2.1.8.3 La documentación requerida para sustentar un siniestro bajo esta cobertura
es
la
siguiente:
1 . Certificado SOA T
2. Licencia de Conducir
3.
Tarjeta de Propiedad
4. Resultado de dosaje etílico
5.
En
caso de atropello de personas, el conductor de la unidad procederá al
traslado de los heridos al puesto asistencial más cercano.
6.
En
caso del chofer o algunos de los ocupantes resultaran con lesiones en
un accidente, éstos deberán ser trasladados
al
centro asistencial más
cercano, conjuntamente con el correspondiente certificado SOAT
7.
En caso de que el accidentado sea trasladado a un Centro Asistencial
de
ESSALUD, el chofer o persona autorizada deberá firmar Pagaré, que es
13
requisito para la atención del accidentado, y efectuar la entrega del
certificado SOAT.
7.2.2 INDEMNIZACIÓN DE SINIESTROS
La
indemnización, se efectuará una vez que
la
Compañ
ía
de Seguros cuente
con todos los documentos solicitados.
A efectos de evitar poner
en
peligro la indemnización de los bienes
siniestrados, estos no podrán ser manipulados, modificados o transformados
sin
la
autorización de
la
Compañía de Seguros a través de la Sub Gerencia
de
Patrimonio.
Las modalidades de indemnización de siniestros son las siguientes:
a. Indemnización en dinero:
Por el valor del bien (Incluye gastos extras y gastos extraordinarios)
Adelantos por
la
indemnización
b.
Indemnización en bienes
Reconstrucción
Reparación o Reinstalación
Reposición
La
Sub Gerencia de Patrimonio deberá comunicar a la dependencia usuaria del
bien siniestrado, la indemnización realizada por la Compañía de Seguros.
7.2.2.1 INDEMNIZACION EN DINERO
a. Para Adquirir, Reparar, Reinstalar o Reconstruir Bienes
El
Ajustador determinará el valor a indemnizar por la Compañía de Seguros,
de
acuerdo a las cotizaciones alcanzadas, aplicando la depreciación y deducibles
respectivos.
La
dependencia ó unidad orgánica beneficiada con la indemnización
en
dinero
deberá realizar las gestiones necesarias para que se ponga a su disposición
dicho presupuesto, a efectos de efectivizar la adquisición de bienes o
contratación de servicios para su reparación, reinstalación o reconstrucción.
Los cascos (embarcaciones no pesqueras) y los bienes en general
que
tuvieran siniestros de pérdida total procederán a su baja de acuerdo a la
normatividad vigente.
b. Por Gastos Extras y Gastos Extraordinarios
Todo gasto que realice la Institución por concepto de gastos extras o gastos
extraordinarios, debe ser facturado a nombre de ESSALUD. Para ello,
deberá alcanzarse una cotización del servicio requerido a
la
Sub Gerencia
de
Patrimonio, para ser autorizado por
la
Compañía de Seguros. Posteriormente
se deberán enviar las facturas por el pago de estos gastos, con el sustento
respectivo a fin de solicitar el reembolso al Asegurador.
14
c. Adelantos de la indemnización en dinero
La
Compañía de Seguros podrá otorgar un adelanto del valor total de la
pérdida. Para ello será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Que el Ajustador haya establecido
un
estimado del monto indemnizable.
Que los daños se encuentre amparados por la Póliza y resulte procedente
su reclamación.
Que la Compañía determine
la
procedencia del adelanto de acuerdo a los
términos y condiciones del Contrato de Seguros
7.2.2.2 INDEMNIZACIÓN
EN
BIENES
a. A cargo de la Compañia de Seguros las Reparaciones, Reinstalaciones
y Reconstrucciones
En
caso se necesite la adquisición, reparación, reinstalación o reconstrucción
de los bienes siniestrados, ésta deberá especificarse en los informes y listados
de bienes afectados, remitiéndose
la
cotización correspondiente de dicho
servicio realizada por
un
tercero (a fin de garantizar el reembolso del gasto),
enviados a
la
Sub Gerencia de Patrimonio , quien deberá dar aviso inmediato a
la Compañía de Seguros de tal necesidad para su aprobación.
En caso que el siniestro del vehículo haya ocasionado daños mayores
comprometiendo partes fundamentales de la unidad (motor, carburador,
sistema de frenos, radiador, caja de cambios, etc.), el retiro del taller
de
la
unidad será con
la
presencia de un especialista de la Institución quien dará el
visto bueno de conformidad de
la
unidad reparada
en
el acta de entrega.
b. Conformidad de la indemnización no dineraria
En los casos en que
la
indemnización no sea en dinero, es necesaria
la
conformidad del servicio del área usuaria por
la
reposición, reparación,
reinstalación o reconstrucción de los bienes.
La conformidad del servicio será otorgada por el área usuaria, bajo
responsabilidad, y comunicada a la Sub Gerencia de Patrimonio para la firma
del Convenio de Ajuste.
La conformidad del servicio debe darse
en
concordancia a los requerimientos y
especificaciones técnicas que forman parte
de
la documentación sustentatoria
entregada por el área usuaria.
Para el caso de siniestros de vehículos la conformidad por
la
adquisición ó
reposición del mismo es de exclusiva responsabilidad del encargado del área
de transportes de
la
Sub Gerencia de Servicios Generales y Transporte, o
quien haga sus veces
en
las Redes Asistenciales u Órganos Desconcentrados.
8. PROCEDIMIENTOS
8.1 Contratación de Coberturas de Seguros
8.2 Inclusión o Exclusión de Vehículos
15
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8.1 PROCEDIMIENTO
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03
04
05
06
07
Patrimonio
Descripción
1 . Solicita a
la
Gerencia Central de Finanzas el desglose de los valores
a ser declarados de los inmuebles, local por local, así como de su
contenido: maquinarias, equipo, muebles y enseres, existencias,
conforme a lo establecido en la Resolución SBS 1305-2005.
Asimismo, el valor de las unidades de transporte y el número total
de
cajas chicas a nivel nacional y las escalas de dinero según el tipo
de
la caja.
2.
La Gerencia Central de Finanzas remite la información respecto a los
valores de los bienes de la Institución a ser asegurados, conforme al
requerimiento formulado
1. Solicita a la Sub Gerencia de Servicios Generales y Transporte
informe respecto a las unidades vehiculares de la Flota Vehicular de
ESSALUD a nivel nacional a las cuales
se
deberá contratar la Póliza
de Vehículos y/o SOAT.
2. La Sub Gerencia de Servicios Generales y Transporte remite la
relación de unidades vehiculares de
la
Flota Vehicular de ESSALUD
a nivel nacional que requieren ser incluidas en la Póliza de Vehículos
y/o SOAT, identificando cada una de ellas según los datos que
aparecen en sus respectivas tarjetas de identificación vehicular.
1. Con la información recabada de las áreas correspondientes, según lo
establecido en los pasos anteriores, elabora el Slip Técnico 1
Términos de Referencia de las pólizas a contratar, donde se detallan
las necesidades de coberturas para cada una de ellas.
El
Slip
Técnico deberá incluir la documentación que sustente los valores
declarados en el mismo, debidamente suscrito por la dependencia
responsable de la elaboración de la citada información.
2.
Visa el Slip Técnico 1 Términos de Referencia y lo eleva a la
Gerencia de Patrimonio y Servicios para su aprobación.
1. Aprueba el Slip Técnico 1 Términos de Referencia.
2. Elabora el requerimiento de contratación de seguros a
la
Gerencia
Central de Logística, a efectos de proceder a desarrollar el proceso
correspondiente.
1. Terminado el proceso, suscribe
el
Contrato con
la
Compañía de
Seguros.
2. Remite un contrato original a la Compañía de Seguros, otro a la Sub
Gerencia de Control, Seguimiento y Atención al Proveedor y una
copia a la Sub Gerencia de Patrimonio y Servicios.
1. Recibe la copia del contrato de seguros suscrito y solicita al contratista
las pólizas de seguros.
2. Recibe las Pólizas de Seguros del contratista y las remite al analista
de seguros quien verifica y da la conformidad.
3.
En
el caso del SOAT, remite los certificados correspondientes a la Sub
Gerencia de Servicios Generales y Transporte para su verificación,
conformidad, suscripción y distribución a nivel nacional.
Recibe los certificados SOAT, verifica la información contenida en los
mismos.
la
cual debe coincidir con los datos remitidos conforme se indica
en el Paso No 02, da
su
conformidad, suscribe los certificados y los
distribuye a nivel nacional
Versión: 01-2013
Pág. 1
Responsable
Gerencia Central
de
Logística
Sub
Gerencia
de
Patrimonio
Sub Gerencia de
Patrimonio
Gerencia de
Patrimonio y
Servicios
Gerencia de
Adquisiciones
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Gerencia
de
Patrimonio
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Gerencia
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8.2 PROCEDIMIENTO
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Versión: 01-2013
GCL-GPyS INCLUSIÓN O EXCLUSIÓN DE VEHÍCULOS EN
Sub
Gerencia
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PÓLIZAS DE SEGUROS Pág. 1
Patrimonio
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Descri~ción
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Solicita a la Sub Gerencia de Patrimonio la inclusión o exclusión
de
Sub
Gerencia
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vehículos en la póliza de vehículos. Servicios
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Órganos
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02
Recibe la solicitud y remite al analista
de
seguros vehiculares, para la
Sub
Gere
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a de
elaboración de un informe respecto a la inclusión y/o exclusión de Patrimonio
cobertura de seguros de vehículos.
03
Analiza
la
información y elabora un informe para la inclusión y/o Analista
de
exclusión de la cobertura de seQuros de los vehículos indicados. Seguros de
SGP
04
De ser procedente, solicita a la Compañía de Seguros correspondiente,
Sub
Ge
ren
cia
de
la inclusión o exclusión propuesta con la información sustentatoria.
Patrim
onio
1. Recibe los endosos o suplementos del contratista, verifica los
documentos. Gerencia de
05
2. Suscribe los endosos o suplementos, envía un juego original a la Patrimonio y
Compañía de Seguros; remite los otros originales a la Sub Gerencia Servicios
de Patrimonio y a la Sub Gerencia
de
Control, Seguimiento y
Atención al Proveedor, para los fines correspondientes.
17
PROCEDIMIENTO
INCLUSION O EXCLUSION DE VEHICULOS EN POLIZA DE SEGUROS
Sub
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Servicio.
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Analiza la
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:
ANEXO
No
01
INFORME DE SINIESTRO -RIESGOS
GENERALES
1.-
Tipo
de
Siniestro
:
2.-
lugar
del
Siniestro:
Hospital:
Area:
Dirección:
3.-
Fecha
y
hora
de
la
Ocurrencia:
Fecha:
Hora:
4.-
Pérdidas:
Tipo de Equipo:
Marca :
Modelo:
Serie:
Codigo Patrimon ial:
5.-
Valor
estimado
de
la
Pérdida:
6.-
Circunstancias
del
Siniestro:
7.-
Comisaría
de
Denuncia
:
8.-
Persona
de
Contacto:
Nombre:
Te
léfono:
Correo electrónico:
18
. '
1
.
ANEXO
02
INFORME
DE
SINIESTRO -VEHÍCULOS
1. FECHA DE SINIESTRO :
2. HORA DE SINIESTRO :
3. DENUNCIA POLICIAL :
4. TIPO DE VEHICULO :
5.
AÑO
:
6.
PLACA
:
7. CONDUCTOR :
8.
DNI DEL CONDUCTOR :
9.
LICENCIA DE CONDUCIR :
10. VIGENCIA
DE
LA
LICENCIA DE CONDUCIR :
11
. TELEFONICO DEL CONDUCTOR :
12. CORREO ELECTRONICO DEL CONDUCTOR :
13. LUGAR DONDE OCURRIO SINIESTRO :
14. RED ASIST. 1 SEDE CENTRAL :
15
. MODALIDAD :
16
. DAÑOS :
17
. TERCERO :
VEHICULO
PLACA
NOMBRE Y APELLIDOS DEL PROPIETARIO
19
. ;
FORMATO
01
Pá g.
01
.
DECLARACIÓN DE SINIESTRO
(NO LLENAR)
PÓLIZA
IL--
__
_____¡
LUGAR:
___________________
_
(NO LLENAR)
RIESGO
FECHA:---------------------
GERENCIA:
___________________________________________
_
DEPENDENCIA:
__________________________________________
_
2.-6
11
~
D==E==L
=
D
=
E
~
N~U==N==C=IA==N=T=E===='~
e
APELLIDOS
Y
NOMBRES:-------------------------------------
CARGO
_____________
_ TELÉFONO
-----------------
3.- TRIMONIO AFECTADO
a) DINERO
Y/0
VALORES (INDICAR LOS MONTOS CON EXACTITUD)
CÓDIGO
CONCEPTO
IMPORTE
S/
DV1 Fondos de Caja Chica.
DV2 Ingresos Propios.
DV3 Efectivo de Gerencia.
DV4 En Tránsito {
de
o al Bco.)
DV5 Otros.
--·--------------- ----- ----------------------------------------------------------------
TOTAL
SI.
b) DATOS DEL BIEN
Y/0
ACTIVOS: (Llenar todos los datos.
E=
Estado: Bueno, Regular o Malo)
CÓD.PATRIM DESCRIPCIÓN
DEL
BIEN
MARCA
SERIE
ESTADO
20
-..
. (
.
. -
FORMATO
No
02
(Pag. 01)
DECLARACIÓN
DE
SINIESTRO
1
(NO LLENAR)
RIESGO
(NO
LLENAR)
lvEHICULOS
CODIGO
DESCRIPCION
GERENCIA:
DEPENDENCIA:
_____________
-----
_____
__
-
--
----
__
_________
_
LUGAR
:
HORA
Y
FECHA:------
---
------
DELEGACIÓN POLICIAL:
JUZGADO
________
_
EXPEDIENTE
SECRETARIO:
_____
------
-----
--------
HUBO EXAMEN ETILICO SI
__
NO
__
SE SOLICITO PERITAJE DE DAÑOS SI
__
NO
2.-ll==~D,;,;E;,;L~D.,;:E
;;,;,
N~U;;,;N~C~IA,;;N~T
~
E~==:!l
(Persona responsable que decla
ra
el siniestro ante la Sub. Ger. de Patrimonio)
APELLIDOS Y
NOMBRES:----
------------
-------
----------------
CARGO: TELÉFONO
3.-
11
PATRIMONIO AFECTADO
4.-
DATOS DEL VEHÍCULO: (Llenar todos los datos.
E=
Estado: Bueno, Regular o Malo)
PLACA
DESCRIPCIÓN
AÑOADQUIS
.
MOTOR
DEL CONDUCTOR
~-=======
==========d
CÓD.PLANIL. APELLIDOS y NOMBRES
MARCA
CÓD. PATRIM
CHASIS
BREVETE
ESTADO
NO
CILINDROS
DNI
22
11
.
~
\
--
5.~
11
DEL
SINIESTRO
(P
ág .
02
)
DESCRIPCIÓN DE
LOS
DAÑOS OCURRIDOS
AL
VEHÍCULO DE
"ESSALUD":
DETALLE
DE
LA
OCURRENCIA (Relato breve y pr
ec
iso
de
la man era
cómo
ocurrió el
acc
i
de
nt
e, in
di-
cando además la dirección donde está el vehículo
sinies
trado).
LUGAR
DONDE SE ENCUENTRA
EL
VEHICULO
DIRECCION TELEFONO
DAÑOS
DEL
OTRO VEHÍCULO AFECTADO:
PLACA
MARCA
CLASE
6.-11
PERSONAS
AFECTADAS
TERCEROS:
(Nombres y apellidos) (Detalla r con
toda
cl
ar
i
da
d)
PERSONAL DE ESSALUD:
CENTRO
ASISTENCIAL
DONDE SE HAN INTERNADO
PARA
SU
ATENCIÓN:
SE UTILIZO
EL
CERTIFICADO
SOAT
DE
LA
INSTITUCION
__
O DE TERCERO
__
7.-
ll==.
-===O=B=S=E=R=V=A=C=
IO
=N=E=S===:dl (Agregar cualquier otro detalle que se
co
nsidere importante)
Fecha
de
la presente declaración:
FIRMA DEL DE NUNCIANTE y o
DE
L GERENTE
23
REPORTE DE SINIESTROS DE RIESGOS GENERALES · PERIODO
.....
....
..
.
..
.
.....
.... . . ,
ITEM
N" do SI
-o
RED
COBERTURA
FECHA
DETALLE
DEL
SINIESTRO
COOtGO
LUGAR
SITUACIÓN
AJUSTE
OBSERVACIONES
ESTIMADO
DE
DEDU
CIILE
INOE
MNIZ.
RECONOCNIENTO
24
..
REPORTE DE SINIESTROS DE VEHÍCULOS PERIODO ........... .
...
.
..
.
DATOS
DEL
VEHÍCULO DATOS
DEL
SINIESTRO DATOS DEL CONDUCTOR
...
f'ECkA
DE-L
IOOffTO
~
.....
CA
AÑO
.......
OUE.PC:IOfaA
1 RfD SNTltO
E'KHTO
T
~MRPTO
PRESUPESTO
lfTUAaOH RECOHOCI)()
APEUJDO
PA
TI:R
HO
N'O.UOO
WATIORNO
N'
IJC(MCIO
25

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