Resolución Nº 059-2021 de Tribunal de Fiscalización Laboral, 01-07-2021
Sentido del fallo | FUNDADO EN PARTE el recurso de revisión interpuesto por CORRUPCIÓN ALL COTTON S.A.C., contra Resolución de Intendencia N° 674-2021-SUNAFIL/ILM, de fecha 30 de abril de 2021, en el extremo que solicita la nulidad de procedimiento sancionador que concluyó con la Resolución de Sub Intendencia N° 243-2020-SUNAFIL/ILM/SIRES, del 7 de julio de 2020. |
Emisor | Tribunal de Fiscalización Laboral - Primera Sala |
Fecha | 07 Julio 2020 |
Número de resolución | 059-2021 |
Materia | - RELACIONES LABORALES - LABOR INSPECTIVA |
Tribunal de Fiscalización Laboral
Primera Sala
Resolución N° 059-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala
1
EXPEDIENTE SANCIONADOR
:
3131-2019-SUNAFIL/ILM/SIRE5
PROCEDENCIA
:
INTENDENCIA DE LIMA METROPOLITANA
IMPUGNANTE
:
CORPORACIÓN ALL COTTON S.A.C.
ACTO IMPUGNADO
:
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 674-2021-
SUNAFIL/ILM
MATERIA
:
- RELACIONES LABORALES
- LABOR INSPECTIVA
Sumilla: FUNDADO EN PARTE el recurso de revisión interpuesto por CORPORACIÓN ALL COTTON
S.A.C., contra la Resolución de Intendencia N° 674-2021-SUNAFIL/ILM, de fecha 30 de abril de
2021, en el extremo que solicita la nulidad del procedimiento sancionador que concluyó con la
Resolución de Sub Intendencia N° 243-2020-SUNAFIL/ILM/SIRE5, del 7 de julio de 2020.
Lima, 01 de julio de 2021
VISTO: El recurso de revisión interpuesto por CORPORACIÓN ALL COTTON S.A.C. (en adelante la
impugnante) contra la Resolución de Intendencia N° 674-2021-SUNAFIL/ILM, de fecha 30 de
abril de 2021 (en adelante la resolución impugnada) expedida en el marco del procedimiento
sancionador, y
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1.1 Mediante Orden de Inspección N° 15620-2018-SUNAFIL/ILM, se dio inicio a las
actuaciones inspectivas de investigación respecto de la impugnante, con el objeto de
verificar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral
1
, las cuales culminaron
con la emisión del Acta de Infracción N° 2936-2018-SUNAFIL/ILM (en adelante, el Acta
de Infracción), mediante la cual se propuso sanción económica a la impugnante por la
comisión de una (1) infracción a la normativa sociolaboral, y una (01) infracción a la labor
inspectiva.
1
Se verificó el cumplimiento sobre las siguientes materias: Jornada, Horario de Trabajo y Descansos Remunerados:
No Goce de Vacaciones.
Firmado digitalmente por :
PACHECO ZERGA Luz Imelda FAU
20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 01.07.2021 19:54:23-0500
Firmado digitalmente por :
MENDOZA LEGOAS Luis Erwin
FAU 20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 01.07.2021 22:00:08-0500
Firmado digitalmente por :
ORSINI WISOTZKI Desiree Bianca
FAU 20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 02.07.2021 19:58:13-0500
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